picture_as_pdf 2010-12-03

DECRETO Nº 2376

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 25 NOV 2010

 

V I S T O:

El Expediente Nº 01803-0004427-1 del Sistema de Información de Expedientes, referentes a la constitución del Comité de Cuenca Canal Principal Saguier – Romero Corralitos Tramo Superior, al que se le fijará competencia territorial conforme las disposiciones contenidas en el Artículo 1º de la Ley Nº 9830 y su Decreto Reglamentario Nº 4960/86, y;

CONSIDERANDO:

Que se han cumplido satisfactoriamente las gestiones autorizadas por el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, destinadas a concretar la constitución del Comité de Cuenca mencionado, según surge de las actuaciones de referencia;

Que los representantes de los Distritos Angélica, Clucellas, Colonia Cello, Colonia Iturraspe, Colonia Margarita, Estación Clucellas, Eustolia, Garibaldi, Josefina, María Juana, Presidente Roca, Saguier, San Antonio, San Martín de las Escobas, San Vicente, Santa Clara de Saguier, Sastre, Susana, Villa San José, Zenón Pereyra reunidos en asambleas conjuntamente con el personal designado por la Subsecretaría de Desarrollo Hídrico del MASPyMA, según consta en Acta, han resuelto la constitución del Comité de Cuenca Canal Principal Saguier – Romero Corralitos Tramo Superior;

Que a esos efectos, la citada Repartición fijará los límites de la Cuenca con el detalle de las propiedades que quedaran afectadas al régimen de la Ley Nº 9830 y su reglamentación;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente toma intervención mediante providencia de fecha 29 de Septiembre de 2010;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Déjase constituido el Comité de Cuenca Canal Principal Saguier –Romero Corralitos Tramo Superior conformado por los Distritos Angélica, Clucellas, Colonia Cello, Colonia Iturraspe, Colonia Margarita, Estación Clucellas, Eustolia, Garibaldi, Josefina, María Juana, Presidente Roca, Saguier, San Antonio, San Martín de las Escobas, San Vicente, Santa Clara de Saguier, Sastre, Susana, Villa San José, Zenón Pereyra, cuyos límites territoriales fijará la Subsecretaría de Desarrollo Hídrico del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de acuerdo al Plano que se adjunta, el que pasa a formar parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 2º: El Comité de Cuenca Canal Principal Saguier – Romero Corralitos, Tramo Superior elevará dentro de los 30 días de la fecha del presente Decreto, el Plan de Trabajos y Presupuestos.

ARTÍCULO 3º: El Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente designará al representante técnico de la Provincia a los fines de que integre el Comité Ejecutivo del Comité de Cuenca Canal Principal Saguier – Romero Corralitos Tramo Superior.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BINNER

Arq. Antonio R. Ciancio

5536

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