DECRETO Nº 2376
SANTA FE, “Cuna de la
Constitución Nacional”, 25 NOV 2010
V
I S T O:
El Expediente Nº
01803-0004427-1 del Sistema de Información de Expedientes, referentes a la
constitución del Comité de Cuenca Canal Principal Saguier – Romero Corralitos
Tramo Superior, al que se le fijará competencia territorial conforme las
disposiciones contenidas en el Artículo 1º de la Ley Nº 9830 y su Decreto
Reglamentario Nº 4960/86, y;
CONSIDERANDO:
Que se han cumplido
satisfactoriamente las gestiones autorizadas por el Ministerio de Aguas,
Servicios Públicos y Medio Ambiente, destinadas a concretar la constitución del
Comité de Cuenca mencionado, según surge de las actuaciones de referencia;
Que los
representantes de los Distritos Angélica, Clucellas, Colonia Cello, Colonia
Iturraspe, Colonia Margarita, Estación Clucellas, Eustolia, Garibaldi, Josefina,
María Juana, Presidente Roca, Saguier, San Antonio, San Martín de las Escobas,
San Vicente, Santa Clara de Saguier, Sastre, Susana, Villa San José, Zenón
Pereyra reunidos en asambleas conjuntamente con el personal designado por la
Subsecretaría de Desarrollo Hídrico del MASPyMA, según consta en Acta, han
resuelto la constitución del Comité de Cuenca Canal Principal Saguier – Romero
Corralitos Tramo Superior;
Que a esos efectos,
la citada Repartición fijará los límites de la Cuenca con el detalle de las
propiedades que quedaran afectadas al régimen de la Ley Nº 9830 y su
reglamentación;
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y
Medio Ambiente toma intervención mediante providencia de fecha 29 de Septiembre
de 2010;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Déjase
constituido el Comité de Cuenca Canal Principal Saguier –Romero Corralitos
Tramo Superior conformado por los Distritos Angélica, Clucellas, Colonia Cello,
Colonia Iturraspe, Colonia Margarita, Estación Clucellas, Eustolia, Garibaldi, Josefina,
María Juana, Presidente Roca, Saguier, San Antonio, San Martín de las Escobas,
San Vicente, Santa Clara de Saguier, Sastre, Susana, Villa San José, Zenón
Pereyra, cuyos límites territoriales fijará la Subsecretaría de Desarrollo
Hídrico del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de acuerdo
al Plano que se adjunta, el que pasa a formar parte integrante del presente
Decreto.
ARTÍCULO 2º: El
Comité de Cuenca Canal Principal Saguier – Romero Corralitos, Tramo Superior
elevará dentro de los 30 días de la fecha del presente Decreto, el Plan de
Trabajos y Presupuestos.
ARTÍCULO 3º: El
Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente designará al
representante técnico de la Provincia a los fines de que integre el Comité
Ejecutivo del Comité de Cuenca Canal Principal Saguier – Romero Corralitos
Tramo Superior.
ARTÍCULO 4º:
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BINNER
Arq. Antonio R. Ciancio
5536
__________________________________________