picture_as_pdf 2010-12-03

DECRETO Nº 2351

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 25 NOV 2010

 

V I S T O:

El expediente Nº 00101-0209210-0 del S.I.E. por el cual se informa sobre el estado actual de las contingencias que aconsejaron el dictado del Decreto Nº 2622/09; y

CONSIDERANDO:

Que por el acto administrativo mencionado se declaró el Estado de Emergencia en el territorio provincial afectado por el fenómeno pluvial iniciado en el mes de diciembre 2009;

Que como consecuencia de ello, se dictó el Decreto 0033/10 con el objeto de “articular mecanismos administrativos y operativos tendentes a dar solución inmediata a los problemas agudos que se presentaren durante momentos críticos, considerándose necesario a esos fines constituir un Comité Operativo Interministerial de Emergencia”.

Que dentro del elenco de funciones asignadas a dicho Comité Operativo se previo la de coordinar y dirigir las operaciones de contrataciones y compras a cargo de los distintos organismos de la Administración Pública Provincial.

Que a partir del mes de junio de 2010, inicialmente mediante Mensaje Nº 6766, el Sistema de Información y alerta Hidrológico de la Cuenca del Plata del Instituto Nacional del Agua (INA) comenzó a emitir informes en los que puede verificarse una bajante persistente y sostenida en todo el curso del río Paraná, llegando inclusive a niveles por debajo de lo normal para la época del año en varias estaciones de medición – puertos.

Que en los reiterados Mensajes de Situación Meteorológica, emitidos por el Servicio Meteorológico Nacional (SMN) se ha informado que se prevén precipitaciones inferiores a lo normal, con alta variabilidad especial, en el Litoral, República Oriental del Uruguay y extremo sur de Brasil – Posibles Escenarios Hidrológicos en la Cuenca del Plata durante el Período septiembre-octubre-noviembre 2010-, lo que implicaría bajantes más pronunciadas y lluvias muy esporádicas para la región que nos comprende, coincidiendo a su vez con los informes efectuados por el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

Que asimismo ambos organismos Nacionales, Servicio Meteorológico Nacional y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (I.N.T.A.), son coincidentes en que tal situación tiene reales probabilidades de extenderse hasta entrada la estación estival venidera.

Que, en consecuencia, los informes referidos señalan con claridad que ha cesado la situación de hecho que diera lugar a la declaración de emergencia ordenada por Decreto Nº 2622/09;

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso d) del Artículo 5º de la Ley Provincial Nº 8.094 y por el Artículo 2º de su decreto reglamentario Nº 4401/78.

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A

ARTICULO 1º - Declárase concluído al 30 de septiembre del corriente año, el Estado de Emergencia en el territorio provincial afectado por el fenómeno pluvial que fuera establecido mediante Decreto Nº 2622 de fecha 30 de diciembre de 2009, atento a los fundamentos expuestos en los considerandos del presente acto.

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BINNER

Dr. Alvaro Gaviola

5533

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