DECRETO Nº 2351
SANTA FE, “Cuna de la
Constitución Nacional”, 25 NOV 2010
V
I S T O:
El expediente Nº
00101-0209210-0 del S.I.E. por el cual se informa sobre el estado actual de las
contingencias que aconsejaron el dictado del Decreto Nº 2622/09; y
CONSIDERANDO:
Que por el acto
administrativo mencionado se declaró el Estado de Emergencia en el territorio
provincial afectado por el fenómeno pluvial iniciado en el mes de diciembre
2009;
Que como consecuencia
de ello, se dictó el Decreto 0033/10 con el objeto de “articular mecanismos
administrativos y operativos tendentes a dar solución inmediata a los problemas
agudos que se presentaren durante momentos críticos, considerándose necesario a
esos fines constituir un Comité Operativo Interministerial de Emergencia”.
Que dentro del elenco
de funciones asignadas a dicho Comité Operativo se previo la de coordinar y
dirigir las operaciones de contrataciones y compras a cargo de los distintos
organismos de la Administración Pública Provincial.
Que a partir del mes
de junio de 2010, inicialmente mediante Mensaje Nº 6766, el Sistema de
Información y alerta Hidrológico de la Cuenca del Plata del Instituto Nacional
del Agua (INA) comenzó a emitir informes en los que puede verificarse una
bajante persistente y sostenida en todo el curso del río Paraná, llegando
inclusive a niveles por debajo de lo normal para la época del año en varias
estaciones de medición – puertos.
Que en los reiterados
Mensajes de Situación Meteorológica, emitidos por el Servicio Meteorológico
Nacional (SMN) se ha informado que se prevén precipitaciones inferiores a lo
normal, con alta variabilidad especial, en el Litoral, República Oriental del Uruguay
y extremo sur de Brasil – Posibles Escenarios Hidrológicos en la Cuenca del
Plata durante el Período septiembre-octubre-noviembre 2010-, lo que implicaría
bajantes más pronunciadas y lluvias muy esporádicas para la región que nos
comprende, coincidiendo a su vez con los informes efectuados por el Instituto
Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).
Que asimismo ambos
organismos Nacionales, Servicio Meteorológico Nacional y el Instituto Nacional
de Tecnología Agropecuaria (I.N.T.A.), son coincidentes en que tal situación
tiene reales probabilidades de extenderse hasta entrada la estación estival
venidera.
Que, en consecuencia,
los informes referidos señalan con claridad que ha cesado la situación de hecho
que diera lugar a la declaración de emergencia ordenada por Decreto Nº 2622/09;
Que el presente se
dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso d) del Artículo
5º de la Ley Provincial Nº 8.094 y por el Artículo 2º de su decreto
reglamentario Nº 4401/78.
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
ARTICULO 1º -
Declárase concluído al 30 de septiembre del corriente año, el Estado de
Emergencia en el territorio provincial afectado por el fenómeno pluvial que
fuera establecido mediante Decreto Nº 2622 de fecha 30 de diciembre de 2009,
atento a los fundamentos expuestos en los considerandos del presente acto.
ARTICULO 2º -
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BINNER
Dr. Alvaro Gaviola
5533
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