picture_as_pdf 2017-10-03

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

DARIO PABLO NOGUERA


Por disposición Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial 11° Nominación Rosario, se dispuso que el martillero Darío Pablo Noguera, CUIT 20-21.690.149-6 remate en autos: Mutual Asistencial y Social c/Otro s/Ejecución Prendaria - Expte. Nº 435/17, CUIJ Nº 21-02880909-0, día 18 Octubre 2017 - 18 hs. en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario, sito calle Entre Ríos N° 238, lo siguiente: 1) Dominio LCL 169, Marca Iveco, Modelo 450E33T, Tipo Tractor de Carretera, Marca de Motor Iveco, N° F2BE0681*8126335, Chasis Marca Iveco N° 8ATM1PNHOCX081394, Modelo 2012. Base $ 1.138.286,40. Retasa del 25% o sea $ 853.714,80 y Última Base $ 227.657,30 (20% de la primer base). Según informe Reg. Automot. registra: Prenda: 1° grado inscripta 7/11/16 por $ 1.138.286,40. Acreedor: Mutual Asistencial y Social. Domicilio: Av. San Lorenzo y Sta. Fe (Dto 24 y 25) Cap. Bermudez. Embargo de fecha 22/05/17 por $ 1.138.260,40. Intereses: $ 341.478,12 en los presentes Autos y Juzgado. 2) Dominio LAL 368, Marca Belgrano Metalúrgica Belgrano, Modelo Tanque STTR1008981, Tipo Semirremolque, Chasis Marca Belgrano Metalúrgica Belgrano SRL N° 8B9008981CS000006, Modelo 2012. Base $ 487.838,64. Retasa del 25% o sea $ 365.879 y Última Base $ 97.567,70 (20% de la primer base). Según informe Reg. Automot. registra: Prenda: 1° grado inscripta 7/11/16 por $ 487.838,64. Acreedor: Mutual Asistencial y Social. Domicilio: Av. San Lorenzo y Sta. Fe (Dto 24 y 25) Cap. Bermudez. Embargo de fecha 22/05/17 por $ 487.838,64. Intereses; $ 146.351,59 en los presentes Autos y Juzgado. Además, en ambos Informes consta: Inhibición: Autos: Mutual Residentes Barrio Tais c/Otro s/Medidas Aseguram. Bienes, Exp N° 491/16, Juzg. 1° Inst. Circuito N° 18 - El Trébol. Anotación ingresada por R.S 21064 con el N° 605 el 22/12/16. Inhibición: Autos: Heccel Rosario SRL c/Otros s/Ejecutivo, Exp CUIJ N° 21-02874522-9, Juzg. 1° Inst. Dist. CyC 8° Nomin. Rosario. Anotación ingresada por R.S 21038 con el N° 239 el 24/2/17. Los vehículos saldrán a la venta en el estado de conservación y uso en que se encuentren. El que resulte comprador deberá abonar el 10% en efectivo, cheque certificado o transferencia bancaria en cuenta judicial del Banco Municipal- Sucursal 80- Caja de Abogados, a la orden de este juzgado y para estos autos, como seña y según corresponda conforme disposiciones de AFIP, más el 10% de comisión al Martillero, todo ello en el acto de subasta; y el saldo de precio deberá ser abonado por el adquirente dentro de los cinco días posteriores a la subasta. Los gastos totales de transferencia, impuestos, patentes y/o multas que se adeudaren, gastos por traslado y/o acarreos serán a cargo del comprador, IVA -si correspondiere- estará incluido en el precio de venta, debiendo el adquirente acreditar en el acto de remate, su condición frente tributo, con comprobante emitido por el AFIP y su correspondiente DNI. Exhibición los dos días hábiles previos a subasta de 10 a 11 hs. en el depósito en que se encuentra sito Pcias. Unidas y Bv. Segui. Rosario. Secretaria, 15 de Setiembre de 2017. Dr. Sergio Gonzalo (Secretario).

$ 426 336477 Oct. 3 Oct. 5

__________________________________________


POR

NAZARIO A. PIVETTA


Por disposición del Juzgado,de 1ª Instancia de Distrito Civil de la 5º Nominación de Rosario, en: VILLANI, Silvia Irma Susana c/Sucesores y Otros s/Apremio por honorarios, (Expte. Nº 1.047/10), se ha dispuesto que el martillero Nazario A. Pivetta, Mat. 789-P-64- CUIT Nº 20-06039374-6, remate el 6 de Octubre del corriente año a las 15 horas, o el próximo día hábil si resultara inhábil el indicado, en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros, calle Entre Ríos Nº 238, con la base de $ 1.000.000 y en caso de ausencia de postores, saldrá en segunda, subasta con una retasa del 25%, y de persistir la falta de postores, seguidamente con un 20% de la primera, el siguiente inmueble: Un lote de terreno con todo lo en él edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad, el que, conforme al plano de subdivisión Nº 47.308/66, es el designado con el número “21-a”, ubicado en calle Marcos Paz Nº 6153, entre Garzón y Barra, a 47,43m. de calle Garzón hacia el Oeste y a 37,34m. de calle Barra hacia el Este, compuesto de 7,36m. de frente al Norte, por 20,34m. de fondo, con una superficie de 149,70m2, y linda: al Norte, con calle Marcos Paz, al Este con el lote 21-b, al Sud con el lote 21-b y al Oeste, con Alesio Sigismondo y Víctor Marquinez Merlín, Nicolás Kachuk y Marcos Domina, todos de la misma manzana y plano. Inscripto el dominio al T° 360B, F° 1391, N° 187.206, Departamento Rosario. Del informe registro General surgen anotado embargo al: T° 125 E., F° 3342, Nº 385.778, por $ 133.396,85, del 04/11/2016, carga 8/11/2016, orden este Juzgado y en autos: Pereyra Villani, Rubén Dario c/otros s/Medida Cautelar (Expte. 1002/2011). El comprador deberá abonar en el acto el 10% a cuenta del precio, más la comisión del 3% al Martillero, en dinero efectivo o cheque certificado o cancelatorio. Para el caso que la suma supra mencionada supere el valor de $ 30.000 no podrá realizarse en efectivo, optando por los medios de pago mencionados, conforme disposición del Banco Central de la República Argentina, según comunicación “A” 5147 de fecha 23-11-10; El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con apercibimiento del Art. 497 C.P.C., dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o martillero actuante a la AFIP. El saldo aludido deberá depositarse conforme lo ordenado precedentemente, en el Banco Municipal de Rosario Suc. 80 caja de abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos. Queda prohibida la compra por terceros. Son por cuenta y cargo exclusivo del comprador, todos los impuestos, tasas y contribuciones que se adeudaren como así también los gastos, honorarios e impuestos por transferencia del inmueble de marras, (conf. Art. 19 inc. 11° ley impositiva anual) e I.V.A. - si correspondiere. El adquirente en subasta deberá obtener la protocolización en el Registro General de las diligencias relativas a la venta y posesión mediante la intervención de un escribano público. Toda cesión de [os derechos resultantes de la subasta deberá efectuarse por escritura pública. Constancias de dominio obran en autos, no admitiéndose reclamos por insuficiencia y/o falta de títulos. Más información al Martillero, Tel (0341) 152-111230). Secretaría. Rosario, 26 de Setiembre de 2017. Silvina L. Rubulotta, Secretaria Subrogante.

$ 489 336451 Oct. 3 Oct. 5

__________________________________________