MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
COORDINACION EJECUTORA
PROVINCIAL PARA LA
REGULARIZACION DOMINIAL
Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Perusia 50 – Delegación Oeste Bº Barranquitas de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y los Diarios El Litoral y Uno de la ciudad de Santa Fe, en fecha MARTES 4 de OCTUBRE de 2016, a las siguientes personas:
REGION I - NODO RECONQUISTA
DEPARTAMENTO: GENERAL OBLIGADO - LOCALIDAD: RECONQUISTA
1 MICHELOUD JORGE LUIS, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 22 Nº 4754 Bº ZULEMA ,de la ciudad de: RECONQUISTA, identificado como: Lote 7 Manzana X Plano Nº 111300/1987: Partida Inmobiliaria Nº 03-20-00-511633/0253-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 260 Par Fº 2025 Nº 131050/2009 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0062430-6, Iniciador :COLODRERO NATALIA BEATRIZ.
REGION III - NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTA FE
2 BANCO DE CREDITO COMERCIAL, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PASAJE INGENIEROS Nº 7253 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 52 Manzana 7229 D Plano Nº 1158 MU /1951: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-05-127165/0003-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 92 Impar Fº 29 Nº 651/1928 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0072714-2, Iniciador :PONTE MIGUEL ANGEL.
3 NUEVA POMPEYA S.R.L., Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ANTONIO BERUTTI Nº 3930 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 15 Manzana s/m 8339 Plano Nº 1613 MU/1952: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-134071/0017-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 169 Impar Fº 2264 Nº 48203/1951 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069860-0, Iniciador :VIETTA RAMONA.
4 FINSOL S.A., Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GOBERNADOR FREYRE Nº 7440 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 11 Manzana Nº 7434 A Plano Nº 95586/1980: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133570/0071-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 568 Impar Fº 3658 Nº 66963/1994 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0071134-7, Iniciador :QUINT ELBA DOLORES.
REGION III - NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTO TOME
5 CARMEN ELVIRA GOMEZ DE OLMEDO, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SARGENTO CABRAL Nº 2340 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 8 B Manzana 159 Plano Nº 95122/1980: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-140357/0012-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 518 Impar Fº 7051 Nº 80013/1989 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0074830-7, Iniciador :VELOCCI VERONICA GISELLE.
6 DOMINGA EMILIA GODOY DE LAMELA, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GABOTO Nº 1931 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 6 Manzana G Plano Nº 5070/1941: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-142296/0000-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 135 Par Fº 534 Nº 17112/1945 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0074886-8, Iniciador :FRANCOS MANUEL EMILIO.
7 EDITH MAGDALENA MARCONETTI DE VICARIO, "COLMAR" SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES AL PORTADOR, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: HIPOLITO DE IRIGOYEN Nº 3426 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 6 Manzana 3421 E Plano Nº 97656/1981: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-142917/0147-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 231 Impar Fº 2351 Nº 62680/1961 Tomo 273 Par Fº 38 Nº 379/1968 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0067844-4, Iniciador :PAYE MARIA CRISTINA.
8 JOSE MARIA FERNANDEZ, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AGUSTIN DELGADO Nº 3441 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 20 Manzana 33-3446 Plano Nº 74237/1974: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-143262/0457-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 552 Impar Fº 1143 Nº 16813 /1993 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0071214-0, Iniciador :ESQUIVEL MARY GLADYS.
REGION III - NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO: SAN JERONIMO - LOCALIDAD: MACIEL
9 FAUSTINO RAMON MORENO, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 9 DE JULIO Nº 768 ,de la ciudad de: MACIEL, identificado como: Lote 28 Manzana Plano Nº 5644/1949: Partida Inmobiliaria Nº 11-18-00-655263/0001-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 88 Impar Fº 307 Nº 28171/1953 Departamento: SAN JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0025626-4, Iniciador :MORENO MIRIAN DEL CARMEN.
REGION III - NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO: SAN JUSTO - LOCALIDAD: RAMAYON
10 OSUNA MANUEL, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA - RAMAYON ,de la ciudad de: RAMAYON, identificado como: Lote D Manzana 59 Plano Nº: Partida Inmobiliaria Nº 06-10-00-027861/0000-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 54 Fº 309 Nº 36194/1930 Departamento: SAN JUSTO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0068482-5, Iniciador :FARVILLOTTI UDI MANUELITA ANDREA.
REGION I - NODO RECONQUISTA
DEPARTAMENTO: VERA - LOCALIDAD: TARTAGAL
11 CEFERINO RODRIGUEZ, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la ciudad de: TARTAGAL, identificado como: Lote C Manzana 70 Plano Nº 5228/1946: Partida Inmobiliaria Nº 02-13-00-015758/0000-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 57 Par Fº133 Nº 24054/1932 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0075397-4, Iniciador :GOMEZ CESAR DANIEL.
S/C 17967 Oct. 3 Oct. 5
__________________________________________
Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la Regularización Dominial- Ley Nacional 24.374 y su modif.Dto. Prov.N°.1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario, y/ o en Centro Cívico sito en calle 9 de Julio 1765 de la ciudad de Venado Tuerto - dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fín de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art.6 inc d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en los Diarios Locales de la ciudad de Rosario (La Capital y Página12 ), en fecha MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2016 ,y en el Boletín oficial por 3 (tres) a las siguientes personas:
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO ROSARIO – LOCALIDAD ROSARIO
1) Sr/a: GASPAR BORSELLINO Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: VERA MUJICA 3665, de la ciudad de ROSARIO identificado como: Lote:1 Manzana:10 Plano N°:7074/1934 partida inmobiliaria N° 16-03-12- 309645/0000-4 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo152B Folio 1421 N° 8872 Departamento:ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0002911-7, Iniciador: MERELES MARIA HERMELINDA .
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO ROSARIO – LOCALIDAD ROSARIO
2) Sr/a: GUSTAVO AMADO ZALAZAR Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: FRAY MAMERTO ESQUIU 5682, de la ciudad de ROSARIO identificado como: Lote:23A Manzana: 32 Plano N°120165/1985 partida inmobiliaria N° 16-03-15-322348/0035-8 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 209 Folio 390 N° 51042 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0002048-2,Iniciador: HAIDAR MARGARITA LIDIA.
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO ROSARIO - LOCALIDAD ROSARIO
3) Sr/a: EDUARDO CESAR PORCEL Matrícula Individual LE: 6.037.424 y EDUARDO JAIME REMOLINS Matrícula Individual LE:6.025.636, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SCHWEITZER 9426, de la ciudad de ROSARIO identificado como: Lote:9 Manzana: 21 Plano N°: 110528/1982, partida inmobiliaria N°16-03-14 312797/0528 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 418A Folio 340 N°133135 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004327-6, Iniciador: VIAPIANO MARCELA INES.
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO ROSARIO - LOCALIDAD GRANADERO BAIGORRIA
4) Sr/a: ANGEL INOSENCIO PAGANI y ANTONIO HUMBERTO SALVATO Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLAO 1472, de la ciudad de GRANADERO BAIGORRIA identificado como: Lote: 14 Manzana:70 Plano N°:109521/1982 partida inmobiliaria N° 16-02-00 334204/0022 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 336B Folio 1105 N° 145725 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004260-2, Iniciador: SOSA MARCIANO ALBERTO .
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO ROSARIO - LOCALIDAD GRANADERO BAIGORRIA
5) Sr/a: NERINA RAQUEL ROSSI Matrícula Individual 3.926.117 y GRACIELA BEATRIZ ROSSI Matrícula Individual 12.526.059, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 4 N°124, de la ciudad de GRANADERO BAIGORRIA identificado como: Lote:4 Manzana: J15 Plano N°:17374/1957 partida inmobiliaria N°16-02-00 335408/0167 y 16-02-00 335409/0113 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 415A/389/TDH Folio 168/444 N°13326/333158 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004286-4, Iniciador: REGINELLI SILVIO JUAN .
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO ROSARIO – LOCALIDAD GRANADERO BAIGORRRIA
6) Sr/a: ATAHUALPA S.A Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CHUBUT 2708, de la ciudad de GRANADERO BAIGORRIA identificado como: Lote:33 Manzana: 26 Plano N°:63495/1970 partida inmobiliaria N°16-02-00 335415/2177 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 333B Folio 1432 N°106303 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004284-2, Iniciador: RAMIREZ ISABEL .
REGION IV -NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO ROSARIO – LOCALIDAD VILLA GOBERNADOR GALVEZ
7) Sr/a: EDUARDO ANGEL JESUS MARTINELLI Matrícula Individual LE:7.822.945, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ALVEAR 1932, de la ciudad de VILLA GOBERNADOR GALVEZ identificado como: Lote:12B Manzana:25 Plano N°:109120/1982 partida inmobiliaria N°16-08-00 344157/0225-8 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 435A Folio 394 N°160462 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004283-1, Iniciador: BARRETO JUAN JOSE.
S/C 18045 Oct. 3 Oct. 5
__________________________________________
DIRECCIÓN PROVINCIAL
DE CONTRATACIONES Y
GESTION DE BIENES
DISPOSICIÓN Nº 315
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
20 de Septiembre 2016
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyS Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16 y 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES Y
GESTION DE BIENES
DISPONE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: DROGUERIA DEL SUD S.A. CUIT N° 30-53888062-7.
ARTÍCULO 2: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ADVANCED MEDICAL TECHNOLOGIES S.A. CUIT N° 30-70829185-0; NUTRI HOME S.A. CUIT N° 30-69118223-8; WUINGNIER S.R.L. CUIT N° 30-71126777-4.
ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 18015 Oct. 3 Oct. 4
__________________________________________
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCIÓN Nº 0224/16 - TCP
SANTA FE, 27 de septiembre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 00901-0075838-5 del Sistema de Información de Expedientes del Tribunal de Cuentas de la Provincia, relacionado con la modificación de la Resolución R N° 0007-TCP de fecha 21-12-2015; y,
CONSIDERANDO:
Que, con el objeto de llevar adelante los concursos de personal correspondientes de acuerdo a la normativa vigente, el Presidente manifiesta que resulta indispensable reanalizar lo normado por la Resolución Nº 006/08-TCP y su modificatoria R Nº 0007-TCP, con el objeto de optimizar la claridad en la valoración de los antecedentes a los que deberá ajustarse el Jurado, presentando una propuesta acorde a lo expuesto;
Que, en reunión plenaria de fecha 27-09-2016 el Tribunal da tratamiento a un pre proyecto de modificación de la Resolución R Nº 0007-TCP de fecha 21-12-2015; traído a consideración por la Presidencia;
Por ello, en el marco de las facultades conferidas en el artículo 200°, inciso b) de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado y, de acuerdo con lo resuelto en Reunión Plenaria realizada en fecha 27-09-2016 y registrada en Acta N° 1503;
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE
LA PROVINCIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Derogar la Resolución R Nº 0007-TCP de fecha 21-12-2015; atento los fundamentos expuestos en el considerando de la presente.
ARTÍCULO 2º: Sustituir el artículo 3° de la Resolución N° 006/08 - TCP, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 3º: Ambito del llamado: Los concursos podrán ser internos o abiertos.
Los concursos internos estarán limitados al personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia que se encuentre cumpliendo funciones dentro del organismo. En caso de declararse desierto, podrán admitirse postulantes de otras jurisdicciones y/o escalafones de la Administración Publica Provincial.
Cuando se llame a concursos abiertos participarán, además de los citados en el párrafo precedente, personas que pertenezcan o se encuentren cumpliendo funciones en otros organismos así como ajenas a la Administración Pública Provincial, situación que debe explicitarse en la Resolución de Convocatoria a Concurso”.
ARTÍCULO 3º: Dejar sin efecto el artículo 4º de la Resolución Nº 006/08 -TCP.
ARTÍCULO 4º: Sustituir el artículo 11° de la Resolución N° 006/08 -TCP, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 11°: Para la valoración de los antecedentes, el Jurado se ajustará a los siguientes ítems:
1) Título.
(Máximo 25 puntos)
Pautas:
-Se valorará el título de mayor puntaje que posea el concursante.
-Únicamente se otorgará puntaje por los títulos expedidos por establecimientos educativos oficiales, de gestión pública o privada, reconocidos por el Estado.
-De acuerdo a las requisitos establecidos en cada concurso particular se considerarán de manera excluyente los incisos a) o b) desarrollados a continuación:
a) Si se requiere título universitario determinado, se valorará la antigüedad en el mismo, a razón de 2 puntos por año y/o 0,16 por cada fracción mensual, hasta llegar a los 25 puntos máximos. El cómputo se realizará hasta la fecha del llamado a concurso.
b) En los restantes casos, el puntaje mínimo a obtener es el que corresponde al título o nivel educativo determinado como requisito fijado en la convocatoria del concurso. No obstante ello, deberá valorarse la formación educativa de mayor nivel que posea el postulante que supere el requerimiento mínimo exigido, siempre que las incumbencias de dicha formación se relacione directamente con el perfil del puesto concursado, conforme los siguientes parámetros:
Universitario con planes de 4 años o más: 25
Terciario o tecnicatura con planes de estudio de h/4 años: 15
Terciario o tecnicatura con planes de estudio de h/3 años: 13
Medio con planes de estudio de mas de 5 años: 11
Medio con planes de estudio de 5 años: 10
2) Posición en la Carrera. (Máximo 20 puntos)
Se valorará la posición escalafonaria del agente, entendiéndose la misma cómo las funciones que desempeña el mismo en cumplimiento del cargo del cual es titular, o el desempeño de funciones de mayor jerarquía a las del cargo del cual es titular por poseer la asignación de funciones pertinente.
Para realizar la valoración correspondiente, aplicará la tabla que se detalla a continuación:
Desempeña las funciones concursadas o de mayor jerarquía: 20
Desempeña funciones correspondientes a un nivel, subnivel o categoría inmediatamente inferiores a las concursadas: 10
Desempeña funciones correspondientes a dos niveles, subniveles o categorías inferiores a las concursadas: 5
Desempeña funciones correspondientes a tres niveles, subniveles o categorías inferiores a las concursadas: 4
3) Desempeño de Tareas o funciones similares o asimilables y antecedentes laborales.
(Máximo 20 puntos)
En todos los casos, se valorara el desempeño de tareas similares o asimilables en responsabilidad y función, que cumpla el agente, y que posean una relación con las funciones del cargo concursado, de acuerdo al perfil exigido. Se valorarán los antecedentes laborales presentados por los postulantes, que dentro o fuera del ámbito del Tribunal de Cuentas, aportaran experiencia efectiva para el desempeño del cargo concursado. Este ítem se compone de tres sub-ítems:
a) Desempeño de tareas o funciones similares o asimilables o experiencias laborales destacadas en el ámbito del Tribunal de Cuentas de la Provincia (Máximo 20 puntos):
-Desempeño de tareas de mayor jerarquía o que impliquen un grado mayor de responsabilidad que las propias del postulante, o que implique una vinculación directa como apoyo técnico del Cuerpo Plenario o de sus integrantes, debiéndose contar con el correspondiente Acto Administrativo. Máximo puntaje a otorgar 15 puntos.
-Participación en Comisiones, Equipos de Trabajo, Investigaciones o Programas, relativos a temas declarados de interés por parte del organismo, siempre y cuando dichas funciones hayan sido asignadas por Acto Administrativo y sean accesorias a las tareas habituales del agente. Máximo puntaje a otorgar 5 puntos.
b) Desempeño de tareas o funciones similares o asimilables o experiencias laborales en otros ámbitos públicos (nacional, provincial o municipal) (Máximo 10 puntos):
Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
- Se valorará la posición máxima alcanzada por el agente fuera del Tribunal de Cuentas, entendiéndose la misma como las funciones que desempeña o ha desempeñado el mismo en cumplimiento de un cargo titular o por poseer la asignación de funciones pertinente. Para realizar la valoración correspondiente se aplicará la tabla que se detalla a continuación:
Desempeña o desempeñó las funciones concursadas o de mayor jerarquía (Secretarías, Subsecretarías, Direcciones provinciales o equivalentes): 10
Desempeña o desempeñó funciones correspondientes a un nivel, subnivel o categoría inmediatamente inferiores a las concursadas: 8
Desempeña o desempeñó funciones correspondientes a dos niveles, subniveles o categorías inferiores a las concursadas: 6
Desempeña o desempeñó funciones correspondientes a tres niveles, subniveles o categorías inferiores a las concursadas: 4
Cuando los regímenes que definen la carrera escalafonaria en otros organismos
públicos no sean exactamente coincidentes con los vigentes en el Tribunal de Cuentas, se determinará su equivalencia a los fines de la puntuación de acuerdo con la tabla anterior.
c) Desempeño de tareas o funciones similares o asimilables o experiencias laborales en el ámbito privado, (Máximo 10 puntos).
Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
- Experiencias laborales que impliquen el desarrollo de trabajos que podrían considerarse auxiliares con relación al cargo que se concursa y referidos a una rama o especialidad igual o similar. Máximo puntaje a otorgar 5 puntos.
- Cuando se concursen cargos que impliquen el ejercicio de funciones de conducción, se valorarán las experiencias laborales previas que acrediten dicho requisito, sea por la posición jerárquica en la estructura de la organización, el manejo de personal a cargo o el nivel de relación y responsabilidad respecto de los niveles directivos y/o gerenciales. Máximo puntaje a otorgar 3 puntos.
-Ejercicio profesional. Se valorarán los antecedentes de desempeño en la profesión independiente, que justifique el agente con la correspondiente inscripción en la matrícula (activa).
Para ello se tendrán en cuenta la cantidad de años de ejercicio, a razón de 0,5 puntos por año o fracción mayor a seis meses. Los mismos se valorarán a la fecha de llamado, debiéndose demostrar matrícula activa por cada uno de los años presentados. Máximo puntaje a otorgar 5 puntos.
4) Otros antecedentes Específicos (Máximo 22 puntos)
4.1) Antecedentes Docentes y/o de Investigación (Máximo 7 puntos)
Docencia e Investigación. Se valorarán los antecedentes afines al desempeño de las funciones que se concursan, relativos a experiencia docente universitaria, terciaria y secundaria, dictado de cursos, participación como panalista o expositor en Seminarios, jornadas, congresos, trabajos de investigación y publicaciones, conforme los parámetros que se enuncian:
Profesor Universitario titular o adjunto (*): 5
Profesor Universitario JTP o adscripto (*): 3
Profesor Terciario (*): 2
Profesor Secundario y Auxiliares docentes Universitarios (*): 2
Panelista, expositor en Seminario, Congresos o Jornadas, dictado de cursos, inclusive dentro del TCP (0,25 puntos por cada certificación presentada): 2
Publicaciones (**): 5
Trabajos de investigación (***): 2
(*) Docencia
En todos los casos para acceder a los puntajes indicados el concursante debe acreditar una antigüedad mínima de 2 años en el ejercicio de la docencia en el nivel y modalidad que se pretende merituar.
(**) Publicaciones (hasta 5 puntos)
Se otorgarán hasta 3 puntos por cada libro en calidad de autor y hasta 1,50 en calidad de coautor, si se refieren a materias de la especialidad. Los capítulos de libros de autoría colectiva serán puntuados como artículos.
Para puntuar los artículos se aplicará el parámetro enunciado precedentemente para “Panelista, expositor en Seminarios, Congresos o Jornadas, dictado de cursos, inclusive dentro del TCP”; a razón de 0,25 puntos por cada uno.
(***) Investigación (hasta 2 puntos)
Se otorgarán hasta dos puntos por proyectos de investigación relacionados con las funciones del control externo, a razón de 0,50 puntos por cada uno de los certificados.
4.2) Capacitación de Grado Universitario o Postgrado. (Máximo 10 puntos)
En todos los casos se valorará en forma acumulativa la capacitación que posea el agente en carreras que se consideren afines con el puesto a cubrir, de la siguiente manera:
Título de Doctorado: 10
Titulo de Maestría: 7
Título de Especialización: 5
Título de Grado (no tenido en cuenta en ítem 1: Título): 2
Asimismo, y en los casos en que no se haya alcanzado la titulación, pero el postulante posea todas las materias aprobadas, con tesis o tesina pendiente, se valorará dicho avance de la siguiente forma:
Doctorado – con todas las materias aprobadas – tesis pendiente: 6
Maestría - con todas las materias aprobadas – tesis pendiente: 4
Especialización - con todas las materias aprobadas – tesis pendiente: 3
Se considerarán los cursos de posgrado que se relacionen con el desempeño del cargo a cubrir. Se valorá cada certificado de la siguiente manera:
Postgrados de 101 hasta 200 horas o más, por cada uno de ellos: 3
Postgrados de 51 hasta 100 horas, por cada uno de ellos: 2,5
Postgrados de 26 hasta 50 horas, por cada uno de ellos: 2
Postgrados de hasta 25 horas, por cada uno de ellos: 1
4.3) Cursos Asistidos (Máximo 5 puntos)
Se considerarán los cursos que se relacionen con el desempeño del cargo a cubrir, diferenciándose aquellos que posean una evaluación final de aquellos que no la posean. En el caso que la certificación no establezca si la misma corresponde a un curso aprobado o asistido, se tomará el puntaje correpondiente a Cursos sin Evaluación.
4.3.a) Cursos con Evaluación (Máximo 4 puntos)
Se valorarán aquellos cursos a los que asistió el postulante sujetos a evaluación y/o presentación de trabajo final, teniendo en consideración el contenido temático y la carga horaria. Las certificaciones deberán contener la expresión “ha Aprobado”, o equivalente.
Para ello se valorará a razón de 0,04 puntos por cada hora de cursado, por cada certificado presentado por el postulante.
En los casos que las certificaciones no registren carga horaria, se estimarán 4 horas por día; y en el caso de no establecerse ni carga horaria ni indicación de días, el curso se considerará de una (1) hora.
4.3.b) Cursos sin Evaluación (Máximo 1 punto)
Se valorarán aquellos cursos, jornadas, seminarios y/o congresos a los que asistió el postulante, teniendo en consideración el contenido temático y la carga horaria. Las certificaciones deberán contener la expresión “ha asistido”, “ha participado” o equivalente.
Pare ello se valorará a razón de 0,02 puntos por cada hora de cursado, por cada certificado presentado por el postulante.
En los casos que las certificaciones no registren carga horaria, se estimarán 4 horas por día; y en el caso de no establecerse ni carga horaria ni indicación de días, el curso se considerará de una (1) hora.
5 ) Antigüedad (Máximo 13 puntos)
Se valorarán los años de servicio del postulante, reconocidos para la percepción del correspondiente adicional otorgándose 0,5 puntos por cada año o fracción mayor a seis meses.
Asimismo se considerará el desempeño que posea el postulante como empleado o agente en el ámbito privado (con prueba de aportes a la ANSES) o de la administración pública municipal o nacional y el desempeño de becas, pasantías (*) o contrato en este Tribunal y/o en la Administración Pública Provincial, otorgándose 0,3 puntos por cada año o fracción mayor a seis meses.
Ambos conceptos se sumarán, determinando la cantidad de años y meses de antigüedad en conjunto, a los fines de la puntuación.
(*) En el caso de pasantías desempeñadas en este Tribunal, los años de servicio serán reconocidos mediante el otorgamiento de 0,5 puntos por cada año o fracción mayor a seis meses cuando las mismas hayan sido desempeñadas con anterioridad a la Ley Nº 26427: “Sistema de Pasantías Educativas en el marco del sistema educativo nacional”, sancionada el 26-10-2008, en los restantes casos el puntaje a otorgar es de 0,3 puntos.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, en el sitio Web de este Tribunal de Cuentas www.tcpsantafe.gob.ar, comuníquese vía Intranet TCP; y; luego, archívese.
Fdo.: CPN Oscar Marcos Biagioni-Presidente.
Dr Dalmacio Juan Chavarri-Vocal.
CPN María del Carmen Crescimanno-Vocal.
CPN Germán Luis Huber-Vocal.
Dr Gerardo Gasparrini-Vocal.
CPN Estela Imhof-Secretaria de Asuntos de Plenario.
S/C 18049 Oct. 3 Oct. 5
__________________________________________
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS
NOTIFICACIÓN
Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos, se NOTIFICA al contribuyente RUDI, ADRIÁN ANTONIO, D.N.I. Nº 23.029.797, Cuenta Nº 011-118536-8 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, CUIT. N° 20-23029797-6, con domicilio fiscal en Av. Aristóbulo del Valle 3998 de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe (C.P. 3000), por Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el inciso f) del Art. 35 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias), la Resolución Nº 354-0/16 de la Administración Regional Santa Fe, dictada en autos caratulados: “Expediente Nº 13301-0239249-1 - RUDI ADRIÁN ANTONIO s/inspección”: “Santa Fe, 23 de Agosto de 2016.
VISTO:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVE:
Artículo 1ro.: Conferir vista de las actuaciones administrativas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 70 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (t.o. 2014), al contribuyente Rudi, Adrián Antonio inscripto bajo la Cuenta Nº 011-118536-8, C.U.I.T. 20-23029797-6, como consecuencia de las impugnaciones y/o cargos formulados en su contra, con respecto a los períodos fiscales 2011 (diciembre), 2012 (febrero a diciembre), 2013 (enero a diciembre) y 2014 (enero y febrero) referidos al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por la suma de $ 148.362,36 (Pesos ciento cuarenta y ocho mil trescientos sesenta y dos con 36/100), conforme se expusiera en los Considerandos de la presente, otorgándose un plazo de 15 (quince) días, que podrá ser prorrogado por otro lapso igual y por única vez, para que se allane a la pretensión fiscal o formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho.
Artículo 2do.: Instruir sumario de conformidad con lo dispuesto en el art. 94 del Código Fiscal vigente -Ley 3.456 (t.o. 2014), al contribuyente Rudi, Adrián Antonio inscripto bajo la Cuenta Nº 011-118536-8, C.U.I.T. 20-23029797-6, como consecuencia de la presentación extemporánea de las declaraciones juradas correspondientes a las posiciones marzo de 2012; abril de 2013 y enero de 2014, tal como surge de las actuaciones obrantes en el presente expediente, incurriendo en la infracción contemplada en el art. 23 punto 1) del Código Fiscal (t.o. 1997) y en el art. 46 inciso b) del mencionado texto legal (t.o. 2014), según corresponda, y presuntamente pasible por ello de Multas calificadas de Infracción a los Deberes Formales, graduadas por el art. 1° inciso a) primer párrafo de la Resolución General N° 06/1993 - modificada por Resolución General Nº 27/2008-, emanadas de esta Administración, y por el art. 78 del Código Fiscal vigente (t.o. 2014), según corresponda, otorgándose un plazo de 15 (quince) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho.
Artículo 3ro.: Instruir sumario de conformidad con lo dispuesto en el art. 94 del Código Fiscal vigente -Ley 3.456 (t.o. 2014), al contribuyente Rudi, Adrián Antonio inscripto bajo la Cuenta Nº 011-118536-8, C.U.I.T. 20-23029797-6, como consecuencia de no poner a disposición de la inspección los elementos requeridos en 7 (siete) oportunidades, tal como surge de las actuaciones obrantes en el presente expediente, incurriendo en la infracción contemplada en el art. 44 del Código Fiscal (t.o. 1997) y en los art. 46 inciso i) y 77 tercer párrafo punto 2) del mencionado texto legal (t.o. 2014), según corresponda, y presuntamente pasible por ello de Multas calificadas de Infracción a los Deberes Formales con respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, reglamentadas y graduadas por el art. 1° inciso d) de la R.G. 06/93 y modif. (4 requerimientos) y por el art. 1° inciso g) de la R.G. 21/2014, otorgándose un plazo de 15 (quince) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho.
Artículo 4to.: Instruir sumario de conformidad con lo dispuesto en el art. 94 del Código Fiscal vigente -Ley 3.456 (t.o. 2014), al contribuyente Rudi, Adrián Antonio inscripto bajo la Cuenta Nº 011-118536-8, C.U.I.T. 20-23029797-6, como consecuencia de la infracción material prima facie cometida en los anticipos Febrero a Diciembre de 2012, Enero a Diciembre de 2013, Enero y Febrero de 2014 de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, derivada de la omisión de su obligación tributaria, por ser inexactas las declaraciones juradas presentadas, conforme se expusiera en los Considerandos de la presente, correspondiendo encuadrar su conducta, en principio, como culposa -infracción material no fraudulenta-, conforme a lo previsto en el art. 87 del mencionado texto legal, y siendo la sanción graduada de acuerdo a lo prescrito en el art. 4° de la Resolución General Nº 20/2014, emanada de esta Administración, otorgándose un plazo de 15 (quince) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho.
Artículo 5to.: Hacer saber al contribuyente Rudi, Adrián Antonio que en el caso de allanarse a la pretensión fiscal deberá presentar las declaraciones juradas originales o rectificativas, según corresponda, mediante los medios habilitados a tal efecto, e ingresar el saldo resultante mencionado en el art. 1° de la presente, con más los correspondientes intereses resarcitorios, calculados hasta la fecha de su efectivo pago, conforme al art. 104 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (t.o. 2014), presentación que surtirá los efectos de una declaración jurada para el contribuyente y de una determinación de oficio para esta Administración limitada a los aspectos
fiscalizados. De ingresarse el saldo de impuesto adeudado, deberá informarse
tal circunstancia a la Dirección de Planificación, Selección y Control de
Fiscalización Externa sita en Pasaje Falucho 2431-1° Piso - 3000 - Santa Fe.
Artículo 6to.: Comunicarle además que en caso de aceptar la pretensión
fiscal, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la notificación
de la presente, corresponderá la reducción de la multa por omisión establecida en el art. 4to. de la presente, a un monto equivalente a dos
tercios (2/3) del mínimo legal (10 % según art. 87 del Código Fiscal vigente -
Ley 3.456 (t.o. 2014), es decir, 6,66% de conformidad a lo establecido en el 2°
párrafo del art. 92 del citado texto legal.
Artículo 7mo.: Dejar expresa constancia, a los efectos dispuestos en el art. 67 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (t.o. 2014), que la presente vista conferida es parcial y abarca sólo los aspectos a los cuales se hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta permitieron ponderarlos.
Artículo 8vo.: Disponer que la contestación a la vista y sumarios instruidos deberá ser presentada en la Regional Santa Fe de esta Administración Provincial de Impuestos sita en Pasaje Falucho Nº 2431 - 3000 - Santa Fe, debiéndose comunicar a la misma cualquier cambio de domicilio constituido ante esta Administración. Se hace saber que las actuaciones se encuentran a disposición en la Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa sita en Pasaje Falucho 2431 - 1 ° Piso - 3000 - Santa Fe, en el horario de atención al público.
Artículo 9no.: Regístrese y pase a la Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa - Regional Santa Fe para su conocimiento y notificación de la presente a la firma Rudi, Adrián Antonio en el domicilio fiscal de Av. Aristóbulo del Valle Nº 3998 de la ciudad de Santa Fe (C.P. 3000), provincia de Santa Fe, y demás efectos pertinentes.
Fdo.: C.P.N. Luciano E. Mohamad - Administrador Regional Santa Fe - Administración Provincial de Impuestos.
S/C 18042 Oct. 3 Oct. 5
__________________________________________
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO Nº 3014
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 14 de Setiembre de 2015.
“VISTO el expediente N° 00201-0041615-6, del registro del Sistema de Información de Expedientes y considerando
POR ELLO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Declárase extinguido el reclamo administrativos relacionados con el reclamo administrativos tendiente a obtener la correcta liquidación y pago en sus haberes de los adicionales creados por la Ley Nº 9561, interpuestos por el señor CARLOS RUBÉN CABRAL (M.I. 8.280.504), de conformidad a las condiciones previstas en la respectiva Acta de Adhesión suscripta por el nombrado, teniendo presentes las renuncias contenidas en la misma
ARTÍCULO 2°: De forma.
Firmado: Dr. Antonio Juan Bonfatti.
S/C 18034 Oct. 3
__________________________________________
DECRETO Nº 5067
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 30 de Diciembre de 2014.
“VISTO el expediente N° 00201-0020536-5, del registro del Sistema de Información de Expedientes y considerando
POR ELLO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Declárese extinguido los reclamos administrativos relacionados con la liquidación y pago del haber no remunerativo de la Ley No 9561 interpuesto por los señores FRANCISCO GIL (M.I. 6.052.122), JOSÉ ÓSCAR DOMÍNGUEZ (M.I 8.344.824), DANIEL RENESTO GÓMEZ ( M.I. 12.694.015), JUAN CARLOS GUILLERMO DÍAZ (M.I 14.494.287), MATEO BENITO VALENZUELA (M.I 12.429.383), JUAN ÁNGEL CASTAÑEDA (M.I 13.692.550), NOEMÍ GRACIELA FERREYRA (M.I 13.788.813), AMADEO JOSÉ PALOKIC (M.I 14.440.884), HÉCTOR JORGE GONZALES (M.I 14.055.545) JUAN RENE MACHADO (M.I 10.181.989) JORGE SAÚL PUPULIN (M.I 10.938.198), PEDRO HIPÓLITO NACHELI (M.I 11.446.814) Y MIGUEL ÁNGEL TREJO (M.I 13.448.608).
ARTÍCULO 2º: De forma.
Firmado: Dr. Antonio Juan Bonfatti.
S/C 18035 Oct. 3
__________________________________________
DECRETO N° 3005
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 14 de Septiembre de 2015.
“VISTO el expediente N° 0201-0040558-5, y agregados Nros. 00201-0047503-4, 00201-2000004-V, 00201-0051163-5 y 00201-0034903-8 , del registro del Sistema de Información de Expedientes y considerando
POR ELLO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Recházanse. Por improcedentes, los recursos de apelación interpuestos por el Comisario Principal (r) HUGO FIDEL ESPINDOLA, (Clase 1948 - M.I. 5.408.153), contra las Resoluciones de la Jefatura de Policía de la Provincia Nros. 91 /1995 y 590/1996.
ARTÍCULO 2°: De forma.
Firmado: Dr. Antonio Juan Bonfatti.
S/C 18036 Oct. 3
__________________________________________
DECRETO N° 3233
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 03 de Octubre de 2013.
“VISTO el expediente N° 00201-0103700-0 y agregados Nros. 00201-0103925-9, 00201-0103975-4, 00201-0103931-8, 00201-0102410-9, 00201-0104331-1, 00201-0104140-5, 00201-0103424-3, 00201-0102869-9, 00201-0103635-5, del registro del Sistema de Información de Expedientes y considerando
POR ELLO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Recházanse, por razones expuestas precedentemente, los reclamos administrativos tendientes a obtener la devolución de las sumas descontadas de sus haberes, durante diferentes períodos, por aplicación de la Ley N° 11373 “De la Emergencia del Régimen Provisional - Consolidación de Deudas Provisionales - sistema de Pago y Compensación - Adhesiones - Aportes Excepcionales” y el Decreto Reglamentario N° 234796, formulados por los empleados policiales que se detallan: AMADEO FARGET (Clase 1950- CUIL 20-08280761-7).
ARTÍCULO 2º: De forma.
Firmado: Dr. Antonio Juan Bonfatti.
S/C 18037 Oct. 3
__________________________________________
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
OBJETO: INMUEBLE PARA ALQUILAR EN LA CIUDAD DE GRANADERO BAIGORRIA
Ubicación del inmueble: Zona céntrica.
Superficie mínima construida: 200 m2.
Características del inmueble: Deberá contar con 3 o mis habitaciones para oficinas, 2 baños, 1 cocina y usa sala de espera.
Plazo de la locación: 3 años.
Precio del alquiler: El monto del alquiler deberá cotizarse como precio final. Se podrá diferenciar el costo mensual según sea el primer, segundo o tercer año. No incluir IVA, comisiones o gastos adicionales. Plazo de presentación de los presupuestos: 5 días hábiles a partir de la fecha de publicación.
Lugar de presentación de los presupuestos: Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, 3 de Febrero 2649 (código postal 3000), oficina 211.
Consultas: Teléfono: 0342 - 4506790- E-mail: mpchiappero@santafe.gov.ar
S/C 18055 Oct. 3