MINISTERIO DE EDUCACION
NOTIFICACION
Se notifica por este medio al señor Carlos Alberto Cellini, D.N.I. N° 10.727.157, que en las actuaciones administrativas caratuladas bajo Expte. N° 00402-0017587-V y agregados, ha recaído el Decreto N° 1277 de fecha 02 de julio de 2007, que en lo pertinente expresa:
"EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
ARTICULO 1°: Apruébase la Disposición N° 027 del 29 de enero de 2007 de la Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación, mediante la cual se sancionó con cesantía por abandono de servicio, al señor CARLOS ALBERTO CELLINI, D.N.I. N° 10.727.157 - Clase 1952, como Maestro de Grado titular en la Escuela Primaria Común Nocturna N° 2003 de Rosario - Región VI, en los términos de los Artículo 4° Inciso b), 5° Inciso c) y 14° de la Ley N° 10.290, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Dictamen N° 47/05 de la Junta de Disciplina para el Personal Docente, cuya copia en tres (3) fojas forma parte del presente. ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Ing. Jorge Alberto Obeid -Gobernador de la Provincia de Santa Fe - Adriana Ema Cantero de LLanes -Ministra de Educación de la Pcia. de Santa Fe".
S/C 432 Oct. 3 Oct. 4
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EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA
CONCURSO DE PRECIOS N° 7686
Objeto: Reparación e instalación de sistema de dirección hidráulica para la Unidad Interna N° 835 - Camión M. Benz 1114, año 1984. Consultas a Movilidad y Transporte EPE, Urquiza y Tucumán, Santa Fe.
Apertura: 18-10-2007. Hora: 10.00
CONCURSO DE PRECIOS N° 7687
Objeto: Reparación de chapa y pintura Furgón Renault Kangoo, año 2005 interno EPE n° 2323. Consultas a Movilidad y Transporte EPE, Urquiza y Tucumán, Santa Fe.
Apertura: 18-10-2007. Hora: 9.00
Consultas y Presentación de Ofertas: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe 1ª. Junta 2558 - 1 Piso - Of. 7. 3000 - Santa Fe - Tel: 0342-4505849
S/C 429 Oct. 3 Oct. 4
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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION N° 020/07 - GRAL.
Santa Fe, 27 de Setiembre de 2007.
VISTO:
El Expediente N° 13301-0154690-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el cual se dictó la Resolución General N° 012/2007 sobre visualización de los pagos en bases de datos a través de la página web de API;
y
CONSIDERANDO:
Que la Administración Provincial de Impuestos tiene como objetivo permanente la búsqueda de mecanismos que permitan, a los contribuyentes, mejorar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de todos los tributos provinciales;
Que a tal efecto se ha desarrollado una ampliación de tareas en la aplicación informática que permite a los sujetos pasivos consultar los pagos realizados en cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y en este caso particular, para el Impuesto de Patente única de Vehículos;
Que dicha incorporación, no incluida entre los Impuestos contemplados en aquella normativa, se debió a un proceso que se requería previamente y a compatibilizar elementos del sistema para contener la información registrada en la base de datos de esta Administración Provincial de Impuestos;
Que al igual que el resto de los tributos, la consulta se realizará ingresando en la página web de este organismo (http://www.api.santafe.gov.ar/) incorporada al portal de la Provincia de Santa Fe (www.portal.santafe.gov.ar) donde deberá autenticarse mediante la Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP);
Que la utilización del servicio de autenticación de la Clave Fiscal ha sido acordada con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en el marco del Acta Acuerdo firmada con la Administración Provincial de Impuestos, la cual fue aprobada por Decreto N° 3469/06;
Que este procedimiento satisface las medidas de seguridad requeridas para preservar la confidencialidad de los datos de los contribuyentes y/o responsables de las obligaciones tributarias;
Que el desarrollo del sistema a cargo de la Sectorial de Informática dependiente de la Dirección General de Coordinación ha contemplado todos los pasos que conforman la visualización de los pagos garantizando su inviolabilidad;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Técnica y Jurídica mediante Informe N° 933/07, la Dirección General de Coordinación, la Subdirección de Seguridad de Información y las Administraciones Regionales Santa Fe y Rosario;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Incorpórase en el primer párrafo del Artículo 2° de la Resolución General 012/07 de la Administración Provincial de Impuestos, la frase "e Impuesto Patente única sobre Vehículos", a continuación de "Ingresos Brutos Escribanos"; el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 2°- La consulta estará disponible para los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Aportes Sociales Ley 5110, Impuesto Inmobiliario, Agentes de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Agentes de Retención del Impuesto de Sellos, Instituto Becario, Sellos Escribanos e Ingresos Brutos Escribanos e Impuesto Patente única sobre Vehículos que tengan la Clave Fiscal otorgada y se encuentre habilitado por la Administración Federal de Ingresos Público (AFIP).
Los que no posean dicha Clave Fiscal deberán gestionarla en la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP - aplicando el procedimiento establecido por la Resolución General N° 1345 (AFIP) y sus modificatorias."
ARTICULO 2° - Regístrese comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
C.P.N. HECTOR SERRAVALLE
Administrador Provincial
A.P.I.
S/C 433 Oct. 3
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RESOLUCION N° 21/07 - GRAL.
Santa Fe, 27 de Setiembre de 2007.
VISTO:
El Expediente N° 13301-0138934-6 y agregado N° 13301-0155519-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el cual se tramitó la presentación de las declaraciones juradas anuales a través de la página Web para aquellos contribuyentes y/o responsables locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que no utilizan el Aplicativo Provincia de Santa Fe; y,
CONSIDERANDO:
Que la Administración Provincial de Impuestos ha implementando este sistema interactivo en busca de agilizar los trámites que deben realizar los contribuyentes y/o responsables para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales habilitando un servicio sencillo y dinámico;
Que la Resolución General N° 0014/2007 dispuso la vigencia para las declaraciones juradas que venzan a partir del año 2007, pero la practicidad del sistema induce a brindar la posibilidad a estos contribuyentes, para que presenten también las declaraciones juradas anuales anteriores al período legislado en la nombrada Resolución;
Que el universo de contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos locales encuadrados para estas presentaciones, son sólo aquellos no obligados a la utilización del "Aplicativo Provincia de Santa Fe";
Que han tomado intervención, la Dirección General de Técnica y Jurídica mediante Informe N° 893/07 y la Dirección General de Coordinación;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°- Establécese obligatorio el uso del sistema informático denominado "Presentación Declaración Jurada Anual IBSF por Internet" (PREDEJU), aprobado por Resolución General N° 014/07, para confeccionar y presentar las Declaraciones Juradas Anuales por los años fiscales 2005 y anteriores, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para los contribuyentes y/o responsables locales que no utilizan el Aplicativo Provincia de Santa Fe aprobado por Resolución General N° 02/01 -API- y modificatorias.
ARTICULO 2°- Para las presentaciones mencionadas en el artículo 1° de esta norma, será también de aplicación lo establecido en la Resolución General N° 0014/2007.
ARTICULO 3°- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
C.P.N. HECTOR SERRAVALLE
Administrador Provincial
A.P.I.
S/c 434 Oct. 3
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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
NOTIFICACION
Por disposición de la Señora Administradora Provincial de Impuestos, se notifica a la firma MADERAS AMIANO S.R.L., cuenta N° 021-263364-3, con domicilio fiscal en Av. Alberdi 727 de la ciudad de Rosario, y a los Sres. Emery Ernesto Amiano, L.E. N° 5.994.202, Ana Elide M. Morelli, L.C. N° 1.765.472, Emery Antonio Amiano, D.N.I. N° 14.180.331, Rolando Elbio Patriarca, D.N.I. N° 14.180.685, Mario Daniel Amiano, D.N.I. N° 18.112.522, Horacio Gabriel Amiano, D.N.I. N° 20.119.353 y Sergio José Amiano D.N.I. N° 21.722.722, en carácter de Socios de la firma y todos con domicilio en Av. Alberdi 727 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t. o. 1997, la Resolución N° 405/07 Ind., dictada en autos caratulados: Expediente N° 13302-0205442-8 "MADERAS AMIANO S.R.L.": Santa Fe, 15 de Agosto de 2007.
VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:
ARTICULO 1° - Hacer lugar parcialmente al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 1110-1/02 de Administración Regional Rosario, por los Sres. Emery Ernesto Amiano, L.E. N° 5.994.202, Ana Elide M. Morelli, L.C. N° 1.765.472, Emery Antonio Amiano, D.N.I. N° 14.180.331, Rolando Elbio Patriarca, D.N.I. N° 14.180.685, Mario Daniel Amiano, D.N.I. N° 18.112.522, Horacio Gabriel Amiano, D.N.I. N° 20.119.353 y Sergio José Amiano D.N.I. N° 21.722.722, por derecho propio y en su carácter de socios de la firma MADERAS AMIANO S.R.L., con domicilio fiscal en Av. Alberdi 727, Provincia de Santa Fe, cuenta N° 021-263364-3 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110, de conformidad a los considerandos precedentes.
ARTICULO 2° - Requerir a la firma MADERAS AMIANO S.R.L., y a los Sres. Emery Ernesto Amiano, L.E. N° 5.994.202, Ana Elide M. Morelli, L.C. N° 1.765.472, Emery Antonio Amiano, D.N.I. N° 14.180.331, Rolando Elbio Patriarca, D.N.I. N° 14.180.685, Mario Daniel Amiano, D.N.I. N° 18.112.522, Horacio Gabriel Amiano, D.N.I. N° 20.119.353 y Sergio José Amiano D.N.I. N° 21.722.722, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el art. 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 1.902,71 (pesos mil novecientos dos con 71/100) en concepto de impuestos, intereses y multas por omisión graduadas según Res. Gral. 04/98, por los anticipos 01, 03, 04, 05 y 12/00 y 01, 02, 03 y 04/01 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos e impuestos, intereses y multas por omisión por los anticipos 10 y 11/99 y 04/01 de Aportes Sociales - Ley 5110, de acuerdo al Cuadro Resumen de Reajuste confeccionado por la Subdirección de Fiscalización Externa N° 2 de Administración Regional Rosario, obrante a fs. 208 y que forma parte de la presente.
ARTICULO 3° - De acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5) del citado texto legal se intima para que en el término de 15 (quince) días de notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiban o remitan las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional Rosario - Subdirección de Fiscalización Externa N° 2, sitas en calle Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y las costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
Además se hace saber, que conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, les asiste el derecho de interponer formal recurso de apelación en los términos del art. 64 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.
ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación y demás efectos.
C.P.N. SILVIA C. PACHECO
a/c ADMIN. PROV. DE IMPUESTOS
CUADRO RESUMEN DE REAJUSTE
CONTRIBUYENTE: Domicilio: AV. ALBERDI N° 465 ROSARIO Cta. N°: 021-263364-3
MADERAS AMIANO S.R.L. Expte. 13302-0205442-8
Diferencia Multas
Concepto de Impuesto Calificación Monto Intereses Total
Liquidadas
Al 3l/08/07
Ingresos Brutos 2000 01,03,04,05 376,74 Resol. 04/98 Art. 5° 15,28 57,56 783,27 1.217,57
Ingresos Brutos 2000 12 408,03(1) Resol. 04/98 Art. 5° 15,28 62,35 62,35
Ingresos Brutos 2001 01,02,03,04 1.536,73 (1) Resol. 04/98 Art. 5° 15,28 234,79 234,79
Aportes Sociales Ley 5110 1999 10 y 11 113,98 Resol. 04/98 Art. 5° 10,00 11,39 255,99 381,36
Aportes Sociales Ley 5110 2001 04 66,47(1) Resol. 04/98 Art. 5° 10,00 6,64 6,64
SUB-TOTALES 490,72 372,73 1.039,26 1.902,71
SON PESOS: MIL NOVECIENTOS DOS CON 71/100
OBSERVACIONES: (1) Informativo, no suma
RESOLUCION INDIVIDUAL N° 405
FECHA: 15/08/07
S/c 10563 Oct. 3 Oct. 9