DECRETO Nº 2370
Santa Fe, 22 de Setiembre de 2006.
VISTO:
El Expediente Nº 00401-0146672-5 del
registro del Ministerio de Educación, en el que se propicia el dictado del acto
por el cual se autorice a la Ministro de Educación a subdelegar en la Dirección
General de Recursos Humanos de ese Ministerio el ejercicio de las competencias
delegadas por el Artículo 1º - Inciso 8 del Decreto Nº 610/05; y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se delegó en los
señores Ministros, Secretarios de Estado y Fiscal de Estado, cuando
corresponda, la facultad de intimar “...para el inicio de los trámites jubilatorios conforme a lo dispuesto por el artículo 73º
bis de la Ley Nº 6915, pudiendo disponer la extinción de la relación de empleo
público en los supuestos contemplados en el segundo párrafo del mismo”;
Que la Dirección General de Recursos
Humanos de la Cartera Educativa sostiene que de conformidad a la competencia
asignada en la Estructura Orgánica vigente para el Ministerio de Educación -
Decreto Nº 1272/95 y modificatorios, realiza periódicamente controles de
personal docente y no docente de los distintos niveles educativos, como así
también de los agentes de Planta Central, de los que surge la existencia de
algunos que cumplen con los requisitos de edad y antigüedad necesarios para
iniciar el trámite jubilatorio;
Que se entiende que la subdelegación
propuesta permitiría lograr mayor agilidad en la consecución de los cometidos
asignados a ese organismo, teniendo en cuenta el universo de agentes
comprometidos en diferentes niveles y modalidades educativos, las exigencias
que impuso la Ley Nº 12356 en orden a tener acceso a las vacantes disponibles
para concretar los Concursos de Ingreso y Ascenso y las Vacantes necesarias
para efectivizar los movimientos de Traslados que los anteceden;
Que la Asesoría Jurídica del Ministerio
de Educación opinó que si bien la propuesta resulta compatible con el espíritu
que inspiró el dictado del Decreto Nº 610/05, al no haberse previsto en él
autorización para subdelegar, resulta necesario un acto especial del Poder
Ejecutivo que así lo disponga;
Que el ejercicio de la competencia cuya
subdelegación se propone resulta compatible con las materias atribuidas al
órgano en el cual se propone subdelegar;
Que en el procedimiento han tomado
intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de
Educación y Fiscalía de Estado de conformidad a las previsiones del Reglamento
aprobado por el Decreto Nº 132/94;
Que corresponde encuadrar la presente
gestión en lo dispuesto por el Artículo 72º - Inciso 1 de la Constitución de
Santa Fe y Artículo 4º de la Ley Nº 10101;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º - Autorízase
al Titular del Ministerio de Educación a subdelegar en la Dirección General de
Recursos Humanos de su Jurisdicción la facultad - que le fuera delegada por el
Artículo 1º - Inciso 8 del Decreto Nº 610/05 de intimar a los agentes que
cumplan con los requisitos de edad y antigüedad necesarios para el inicio de
los trámites jubilatorios y a disponer la extinción
de la relación de empleo público de conformidad a las previsiones del Artículo
73º bis de la Ley Nº 6915.
Artículo 2º - Regístrese, comunique,
publíquese y archívese.
OBEID
Adriana E. Cantero de Llanes
____________