picture_as_pdf 2013-09-03

CASTELLI MARCELO Y HUGO

S.R.L.


CONTRATO


Fecha del contrato social: 25 de Junio de 2013.

Socios: Castelli Marcelo Juan Raul, argentino, domiciliado en la calle Estanislao Zeballos 2802 de la localidad de Casilda, provincia de Santa Fe, D.N.I. 6.129.604, casado en primeras nupcias con Cáceres Negui Ursula, fecha de nacimiento 10 de Junio de 1940, de profesión productor agropecuario, C.U.I.T. 20-06129604-3 y Castelli Hugo Héctor, argentino, domiciliado en Colonia Candelaria Norte Zona Rural de la localidad de Casilda, provincia de Santa Fe, D.N.I. 6.140.784, divorciado legalmente el 15 de Junio de 1984 en el tribunal de justicia de Rosario según Resolución N° 693/84, fecha de nacimiento 19 de febrero de 1946, de profesión productor agropecuario, C.U.I.T. 20-06140784-8.

Denominación: Castelli Marcelo y Hugo S.R.L.

Domicilio: 1° de Mayo 3445 de la localidad de Casilda, Pcia. de Santa Fe.

Duración: Su duración se fija en 10 (diez) años, a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola ganadera en todas sus etapas, siendo la continuadora de la sociedad de hecho Castelli Marcelo y Hugo.

Capital: El capital social se fija en la suma de $ 1.850.000,00 (pesos Un millón ochocientos cincuenta mil) dividido en 1.850 (Un mil ochocientos cincuenta) cuotas de $ 1000 (pesos mil) cada una. Administración, dirección y representación: estará a cargo de los socios, a quienes se designa Gerentes de la sociedad. A tal fin usaran su propia firma con el aditamento “Socio Gerente” precedida de la denominación social, actuando en forma indistinta cualquiera de ellos.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

Cierre de Ejercicio: La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de Mayo de cada año.

El primer ejercicio cierra el 31 de Mayo de 2014. Socios Gerentes: Castelli Marcelo Juan Raúl y Castelli Hugo Héctor.

$ 60 207033 Set. 3

__________________________________________


AGROPECUARIA LA GRANJA

S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela se ha ordenado la siguiente publicación:

En fecha 14-06-2013, según Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, los señores accionistas de Agropecuaria La Granja S.A., resuelven modificar la cláusula Tercera del Estatuto Social, la cual queda redactada como se indica a continuación: Tercera: Objeto - La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Comerciales: la prestación de servicios agrícolas a terceros, mediante la labranza y el laboreo de suelos, siembra, confección de rollos y silos, picados, fumigaciones, pulverizaciones, recolección de cosechas, picados, ensilado de forrajes, almacenacimiento de cereales y oleaginosas, movimientos de tierra y levantamiento de suelos. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto; y designan a los miembros del Directorio, el cual queda conformado de la siguiente manera: Director Titular Presidente: Sra. Griselda Inés Sartori, D.N.I. Nº 10.807.988, C.U.I.T. Nº 27-10807988-1; y Director Suplente: Sr. Juan Alberto Sartori, D.N.I. Nº 11.444.292, C.U.I.T. Nº 20-11444292-6. - Rafaela, 14 de Agosto de 2013. - Marcela H. Zanutigh, Secretaria.

$ 75 207110 Set. 3

__________________________________________


TARJETA DEPORTIVA RED

SPORT S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados TARJETA DEPORTIVA RED SPORT S.R.L. s/Modificación Art. 1°, Cambio por Denominación TARJETA DEPORTIVA S.R.L.; (Expediente Nº 987, Folio 37, Año 2013) de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe se hace saber que en Asamblea del día 7 de Junio de 2013 los Sres. Socios han resuelto cambiar la denominación social, modificando el Artículo Primero del estatuto, que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo Primero: la sociedad se denomina TARJETA DEPORTIVA S.R.L., tendrá su domicilio legal y administrativo en la jurisdicción de la ciudad de Santa Fe. Podrá trasladar este domicilio, así mismo podrá instalar sucursales, agencias y representaciones en el país y en el extranjero. - Santa Fe, 16 de Agosto de 2013. Estela C. López Bustos, Secretaria.

$ 45 207255 Set. 3

__________________________________________


BIOMA S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos: BIOMA S.A. s/Designación de Autoridades, Expte. 793, Folio 29, año 2013, en trámite por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se dispone la siguiente publicación por un día en el BOLETIN OFICIAL. Por Asamblea General Ordinaria Unánime del 30 de Abril de 2013, se procedió a designar nuevas autoridades en el directorio y por acta de directorio Nº 19 de la misma fecha se efectuó la distribución de cargos en el mismo, quedando integrado de la siguiente forma:

Presidente: Alicia Esther Botturi Arieu, D.N.I. 17.688.840; C.U.I.T. Nº 27-17688840-2. Mandato: hasta el 31/12/2015.

Director Suplente: Marcelo Jorge Merello, D.N.I. 14.751.357, C.U.I.T. Nº 20-14751357-8. Mandato hasta el 31/12/2015.

Santa fe, 16 de Agosto de 2013. - Estela C. López Bustos, Secretaria.

$ 45 207369 Set. 3

__________________________________________


SFR SONGS S.R.L.


CESION DE CUOTAS


Por estar así dispuesto en los autos: SFR SONGS S.R.L. s/Cesión de Cuotas, Expte. Nº 1820, Fº 453, Año 2011, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber: que tras cesión de cuotas, el artículo 4 del contrato social de SFR SONG S.R.L., queda redactado de la siguiente manera: El capital de la sociedad se fija en la suma de pesos diez mil quinientos ($ 10.500) dividido en Treinta (30) cuotas de pesos Trescientos Cincuenta ($ 350). El que es integrado por los socios en forma igualitaria por un total de pesos Tres Mil Quinientos ($ 3.500) cada uno. La sociedad está integrada por los socios Horacio Antonio Bizarra, Adrián Hugo Forni y Hugo Alberto Zimmermann, correspondiéndole a cada uno la cantidad de diez (10) Cuotas Sociales. Santa Fe, 1 de Agosto de 2013. - Estela C. López Bustos, Secretaria.

$ 45 207353 Set. 3

__________________________________________


G.P. ENERGY S.A.


AUMENTO DE CAPITAL


En la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, a los veinte días del mes de Julio de 2012 mediante Asamblea General Ordinaria Nº 11, los accionistas titulares del ciento por ciento del capital social de G.P. ENERGY S.A., que constan en el libro de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas Generales Nº 1 de la sociedad. Folio N° 12, decidieron por unanimidad Aumentar el capital social de la sociedad en la suma de $ 160.000,00, con lo cual este alcanza la suma de $ 200.000, suscribiéndose en el mismo en efectivo en un 35% por los actuales accionistas, y en un 65% por parte de dos nuevos accionistas que se incorporan a la sociedad, integrando en dicho acto el 25% de su suscripción. El presente deberá publicarse por un día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 10 Inc. “a”, ley 19.550).

Rafaela, 14 de Agosto de 2013. - Marcela H-. Zanutigh, Secretaria.

$ 45 207335 Set. 3

__________________________________________


CENTRO DE MANO S.R.L.


CESION DE CUOTAS

DESIGNACION GERENTE


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 22 días del mes de Julio del año dos mil trece, se acordó lo siguiente: El socio Enrique Leonardo Litmanovich, vende, cede y transfiere, por un valor total de pesos veinticuatro mil seiscientos ($ 24.600) al Sr. Adrián Litmanovich, la cantidad de dos mil cuatrocientas sesenta (2.460) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una de valor nominal; y vende cede y transfiere, por un valor total de pesos seis mil ($ 6.000) a la Sra. Julieta María Gayoso Ortiz, de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. N° 25.480.047, C.U.I.T. 27-25480047-9, nacida el 12 de Septiembre de 1976, de profesión médica, casada en primeras nupcias con Adrián Litmanovich, domiciliada en la calle Rodríguez N° 855 de la ciudad de Rosario la cantidad de seiscientas (600) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una de valor nominal. El Sr. Enrique Leonardo Litmanovich renuncia en ese acto a su cargo de gerente de la sociedad. Los socios resuelven por unanimidad designar como gerente al Sr. Adrián Litmanovich, de nacionalidad argentino, titular del D.N.I. N° 23.004.783, C.U.I.T. 23-23004783-9, nacido el 3 de Marzo de 1973, de profesión médico, casado en primeras nupcias con Julieta María Gayoso Ortiz, domiciliado en la calle 1429 N° 9373 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 68 207389 Set. 3

__________________________________________


HACENDADOS DON ROBERTO

S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de la Instancia de Distrito de la 1ª Nominación de Rosario a cargo del Registro Público de Comercio se ha dispuesto efectuar la publicación de edicto a fin de informar que en fecha 15/05/2013 los socios de la sociedad que gira bajo la denominación HACENDADOS DON ROBERTO S.R.L., de forma unánime han resuelto 1) Modificar la cláusula de administración, dirección y representación, de modo que pueda ser ejercida por uno no más gerentes, socio o no socio, designando como gerente al Sr. Roberto Marcelo Luraschi, D.N.I. 12.527.428 y quedando redactada de la siguiente manera: “La administración, dirección y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, que en tal caso actuarán en forma indistinta, y firmarán con sus firmas particulares precedida de un sello en el que conste la denominación social, y seguida de un sello que exprese el carácter de “gerente”. El mandato del gerente comprende: a) Administrar y disponer de todos los bienes sociales cualquier clase que fueren, sin limitación, y verificar los pagos de la administración; b) Celebrar contratos de locación de muebles e inmuebles actuando la sociedad como locadora o locataria, por los precios, condiciones y plazos que se considere conveniente; c) Celebrar contratos de locación de servicios fijando funciones y remuneraciones; d) Cobrar y percibir los créditos activos y dando de lo que se percibiere los recibos del caso; e) Aceptar de los deudores cualquier clase de garantías, ya sean reales o personales, efectuando si fuere necesaria la quita o espera que se crea conveniente; f) Firmar todos los documentos públicos o privados que fueren necesarios otorgar con motivo de cualquier asunto o negocio; g) Efectuar depósito de dinero o valores de cualquier clase en instituciones bancarias, en las cuentas de la sociedad o de terceros, sean en cuenta corriente, caja de ahorros y plazos fijo, pudiendo extraerlos en todo o en parte, girando sobre los mismos cheques y todo género de libranzas; h) Solicitar créditos en cuenta corriente o en descubierto, en las condiciones que se juzguen convenientes, con o sin garantías reales o personales, girando sobre los mismos todo tipo de libranza sea al portador, a la orden de terceros o de la misma sociedad; i) Descontar en los bancos o instituciones de crédito; firmar letras como girantes, endosantes, aceptantes o avalistas; cobrar, pagar y firmar o endosar pagarés; solicitar transferencias de fondos y en general realizar toda clase de operaciones bancarias, sin limitaciones, ya sea en el Banco Nación Argentina, Hipotecario Nacional, de la Provincia de Santa Fe, de la Provincia de Santiago de Estero y cualquier otro banco oficial o privado; j) Efectuar depósitos en poder de sociedades o de particulares y extraerlos, así como los que terceros efectúen en cuentas que tuviere la sociedad, ya se trate de bancos, instituciones particulares; k) Adquirir el activo o pasivo de otras sociedades, o integrar cualquier tipo de sociedades como socia o accionista; 1) suscribir la correspondencia, contratos de transporte y de seguros; 11) Conceder esperas, quita a deudores, novar obligaciones, celebrar contratos de depósitos, operaciones de warrants, contrato de cuenta corriente mercantil; renunciar derechos; celebrar permutas; aceptar donaciones, realizar todo tipo de gestiones ante las autoridades administrativas nacionales, provinciales o municipales, especialmente ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería y Delegación SELSA, y Pesas y Medidas, y Junta Nacional de Carnes u organismos que lo sustituyan; comparecer en juicios ante tribunales de cualquier fuero o jurisdicción por si o por medio de apoderados, confiriendo al efecto poderes generales o especiales, con facultad para promover demandas, contestarlas, declinar, prorrogar, poner y absolver posiciones, producir todo tipo de género de pruebas e informaciones; comprometer en arbitros o arbitradores, transigir, renunciar al derecho de apelar y a prescripciones adquiridas, desistir y cuantas otras facultades sean necesarias para la mejor defensa de los derechos de la sociedad; facultades para actuar ante las Delegaciones de Guías y Certificados de cualquier provincia; m) Otorgar fianzas en todo lo relacionado con los negocios sociales; n) Conferir poderes especiales para objetos determinados. La enumeración que antecede no es limitativa y el gerente podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, incluidos los especificados en los artículos 782, 1881 del Código y Decreto 5965/63, artículo 9; o) Le queda absolutamente prohibido emplear la firma social en asuntos o negocios ajenos al giro de la sociedad y en garantizar a terceros con documentos a favor o de otra naturaleza, en cuyo caso se hace extensiva también la prohibición a su firma particular, y a la firma particular de los demás socios. 2) Cesión de Cuotas: El Sr. Roberto Marcelo Luraschi, C.U.I.T. 20-12527428-6, en su carácter de socio de “HACENDADOS DON ROBERTO S.R.L.” donó, cedió y transfirió a título gratuito a su único hijo Julián Marcelo Luraschi, argentino, soltero, mayor de edad, D.N.I. 32.513.219, C.U.I.T. 20-32513219-2, domiciliado en avenida Nuestra Señora del Rosario 164 de Rosario la nuda propiedad de las doscientas cuarenta y cuatro mil seiscientas treinta y dos (244.632) cuotas de un peso cada una de las cuales era titular y que representan la suma de pesos doscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos treinta y dos ($ 244.632) del capital social de “Hacendados Don Roberto S.R.L.”, reservándose el usufructo de las mismas, habiendo brindado asentimiento la esposa del cedente y conformidad los restantes socios. Consecuentemente la cláusula de capital queda explicitada de la siguiente manera: “El capital social de la sociedad “Hacendados Don Roberto S.R.L.” queda conformado por pesos seiscientos setenta y nueve mil seiscientos ($ 679.600) dividido en seiscientos setenta y nueve mil seiscientos (679.600) cuotas de pesos uno ($ 1) cada una de ellas, suscripto en su totalidad y de la siguiente manera: María Amelia Luraschi, doscientos diecisiete mil cuatrocientos ochenta y cuatro (217.484) cuotas que representan doscientos diecisiete mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos ($ 217.484), Nora Marta Luraschi, doscientos diecisiete mil cuatrocientos ochenta y cuatro (217.484) cuotas que representan doscientos diecisiete mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos ($ 217.484), y Julián Marcelo Luraschi, la nuda propiedad de doscientas cuarenta y cuatro mil seiscientas treinta y dos (244.632) cuotas que representan la suma de doscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos treinta y dos pesos ($ 244.632) del capital social; el usufructo de esta últimas cuotas corresponde al Sr. Roberto Marcelo Luraschi. Rosario, de Agosto de 20l3.

$ 210 207397 Set. 3

__________________________________________


ROBERTO A. LURASCHI e Hijos S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito de la 1ra. Nominación de Rosario a cargo del Registro Público de Comercio se ha dispuesto efectuar la publicación de edicto a fin de informar que en fecha 15/05/2013 los socios de la sociedad que gira bajo la denominación ROBERTO A. LURASCHI e HIJOS S.R.L., de forma unánime han resuelto 1) Modificar la cláusula de administración, dirección y representación, de modo que pueda ser ejercida por uno no más gerentes, socio o no socio, designando como gerente al Sr. Roberto Marcelo Luraschi, D.N.I. 12.527.428 y a la Sra. Nora Marta Luraschi, D.N.I. 12.480.929 y quedando redactada de la siguiente manera: “La administración, dirección y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, que actuarán en forma indistinta y firmarán con sus firmas particulares precedida de un sello en el que conste la denominación social, y seguida de un sello que exprese el carácter de “gerente”. El mandato del gerente comprende: a) Administrar y disponer de todos los bienes sociales cualquier clase que fueren, sin limitación, y verificar los pagos de la administración; b) Celebrar contratos de locación de muebles e inmuebles actuando la sociedad como locadora o locataria, por los precios, condiciones y plazos que se considere conveniente; c) Celebrar contratos de locación de servicios fijando funciones y remuneraciones; d) Cobrar y percibir los créditos activos y dando de lo que se percibiere los recibos del caso; e) Aceptar de los deudores cualquier clase de garantías, ya sean reales o personales, efectuando si fuere necesaria la quita o espera que se crea conveniente; f) Firmar todos los documentos públicos o privados que fueren necesarios otorgar con motivo de cualquier asunto o negocio; g) Efectuar depósito de dinero o valores de cualquier clase en instituciones bancarias, en las cuentas de la sociedad o de terceros, sean en cuenta corriente, caja de ahorros y plazos fijo, pudiendo extraerlos en todo o en parte, girando sobre los mismos cheques y todo género de libranzas; h) Solicitar créditos en cuenta corriente o en descubierto, en las condiciones que se juzguen convenientes, con o sin garantías reales o personales, girando sobre los mismos todo tipo de libranza sea al portador, a la orden de terceros o de la misma sociedad; i) Descontar en los bancos o instituciones de crédito; firmar letras como girantes, endosantes, aceptantes o avalistas; cobrar, pagar y firmar o endosar pagarés; solicitar transferencias de fondos y en general realizar toda clase de operaciones bancarias, sin limitaciones, ya sea en el Banco Nación Argentina, Hipotecario Nacional, de la Provincia de Santa Fe, de la Provincia de Santiago de Estero y cualquier otro banco oficial o privado; j) Efectuar depósitos en poder de sociedades o de particulares y extraerlos, así como los que terceros efectúen en cuentas que tuviere la sociedad, ya se trate de bancos o instituciones particulares; k) Adquirir el activo o pasivo de otras sociedades, o integrar cualquier tipo de sociedades como socia o accionista; l) suscribir a correspondencia, contratos de transporte y de seguros; ll) Conceder esperas, quita a deudores, avalar obligaciones, celebrar contratos de depósitos, operaciones de Warrants, contrato de cuenta corriente mercantil; renunciar derechos; celebrar permutas; aceptar donaciones, realizar todo tipo de gestiones ante las autoridades administrativas nacionales, provinciales o municipales, especialmente ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería y Delegación SELSA, y Pesas y Medidas, y Junta Nacional de Carnes u organismos que lo sustituyan; comparecer en juicios ante tribunales de cualquier fuero o jurisdicción por si o por medio de apoderados, confiriendo al efecto poderes generales o especiales, con facultad para promover demandas, contestarlas, declinar, prorrogar, poner y absolver posiciones, producir todo tipo de género de pruebas e informaciones; comprometer en arbitros o arbitradores, transigir, renunciar al derecho de apelar y a prescripciones adquiridas, desistir y cuantas otras facultades sean necesarias para la mejor defensa de los derechos de la sociedad; facultades para actuar ante las Delegaciones de Guías y Certificados de cualquier provincia; m) Otorgar fianzas en todo lo relacionado con los negocios sociales; n) Conferir poderes especiales para objetos determinados. La enumeración que antecede no es limitativa y el gerente podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, incluidos los especificados en los artículos 782, 1881 del Código y Decreto 5965/63, artículo 9; o) Le queda absolutamente prohibido emplear la firma social en asuntos o negocios ajenos al giro de la sociedad y en garantizar a terceros con documentos a favor o de otra naturaleza, en cuyo caso se hace extensiva también la prohibición a su firma particular, y a la firma particular de los demás socios”. 2) Cesión de Cuotas: El Sr. Roberto Marcelo Luraschi, C.U.I.T. 20-12527428-6, en su carácter de socio de “ROBERTO A. LURASCHI e HIJOS S.R.L. donó, cedió y transfirió a título gratuito a su único hijo Julián Marcelo Luraschi, argentino, soltero, mayor de edad, D.N.I 32.513.219, C.U.I.T. 20-32513219-2, domiciliado en avenida Nuestra Señora del Rosario 164 de Rosario la nuda propiedad de las seiscientas sesenta y tres (663) cuotas, que representan la suma de pesos seiscientos sesenta y tres ($ 663) del capital social de “ROBERTO A. LURASCHI y Cia. S.R.L.” reservándose el usufructo de las mismas habiendo brindado asentimiento la esposa del cedente y conformidad los restantes socios. Consecuentemente la cláusula de capital queda explicitada de la siguiente manera: “El capital social de la sociedad “Roberto A. Luraschi y Cía. S.R.L.” queda conformado por pesos cuatro mil ($ 4.000) dividido en cuatro mil (4.000) cuotas de pesos uno ($ 1) cada una de ellas, suscripto en su totalidad y de la siguiente manera: Ehlida Tettamanti vda. de Luraschi, dos mil once (2.011) cuotas que representan dos mil once pesos ($ 2.011), Nora Marta Luraschi, seiscientos sesenta y tres (663) cuotas que representan seiscientos sesenta y tres pesos ($ 663), María Amelia Luraschi, seiscientos sesenta y tres (663) cuotas que representan seiscientos sesenta y tres pesos ($ 663), y Julián Marcelo Luraschi, la nuda propiedad de seiscientos sesenta y tres (663) cuotas que representan seiscientos sesenta y tres pesos ($ 663) del capital social; el usufructo de esta últimas cuotas corresponde al Sr. Roberto Marcelo Luraschi. Rosario, de Agosto de 2013.

$ 210 207398 Set. 3

__________________________________________


3470 PRODUCCIONES S.A.


ESTATUTO


Por disposición del señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela se ha ordenado la siguiente publicación:

1) Fecha del Instrumento: 4 de Junio de 2013.

2) Socios: Juan Carlos Ramón Basso, apellido materno “Chialvo”, nacido el 12 de Septiembre de 1957, titular del D.N.I. Nº 13.224.676, C.U.I.T. Nº 23-13224676-9, argentino, industrial, casado en segundas nupcias con Analía Isabel Faber, domiciliado en calle Saavedra N° 1491 de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe; Guillermo Wilson, apellido materno “Lisi”, nacido el 16 de Agosto de 1989, titular de la D.N.I. N° 34.557.870, C.U.I.L. N° 20-34557870-7, soltero, estudiante, argentino, domiciliado en calle General Paz N° 720 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe; y Gabriel Andrés Lagger, apellido materno “Fontanetto”, nacido el 26 de Mayo de 1968, titular del D.N.I. N° 20.190.412, C.U.I.T. Nº 23-20190412-9, argentino, publicista, casado en primeras nupcias con Verónica Paula Daniele, domiciliado en calle Belgrano N° 727 de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe.

3) Denominación: 3470 Producciones S.A.

4) Domicilio: Rafaela, Provincia de Santa Fe. Sede Social: Tucumán N° 565 de la ciudad de Rafaela de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe.

5) Plazo de Duración: Noventa y Nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, dentro o fuera del país, la producción y difusión de noticias periodísticas mediante el desarrollo y explotación de medios de comunicación audiovisuales, en especial por medios electrónicos: páginas web y correos electrónicos. La realización de servicios publicitarios, su explotación o comercialización; diseño y ejecución de acciones de marketing; y diseño y desarrollo de campañas publicitarias. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigentes, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7) Capital: El capital se fija en la suma de pesos ciento vente mil ($ 120.000), representado por ciento veinte mil (120.000) acciones de pesos Uno ($ 1,00) valor nominal cada una.

8) Administración y Representación: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. Los accionistas fundadores designan para integrar el primer directorio: Director Titular Presidente: Gabriel Andrés Lagger, D.N.I. Nº 20.190.412; y Director Suplente: Juan Carlos Ramón Basso, D.N.I. Nº 13.224.676.

9) Fiscalización: La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19.550.

10) Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de Mayo de cada año.

Rafaela, 16 de agosto de 2013 - Marcela H. Zanutigh, Secretaria.

$ 102 207341 Set. 3

__________________________________________


TAMBORES SAN LORENZO S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber sobre cesión de cuotas, aumento de capital, cambio de sede social y modificación administración y designación gerente, de “TAMBORES SAN LORENZO S.R.L.

1) Cesión de cuotas: Que por instrumento de fecha 29 de Enero de 2.013, El Cedente, Sr. Oscar Eduardo Nicoletti, argentino, apellido materno Marco, nacido el 29/06/1956, D.N.I. 12.115.245, cuit. 20-12115245-3, de profesión comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con María Angélica Baldani, domiciliado en calle Santiago del Estero 1133 de la ciudad de San Lorenzo, Pcia. de Santa Fe, Cede, Vende y transfiere por el precio de $.50.000, y en la siguiente proporción su cuota social a los Sres. Lucas Matías Nicoletti, D.N.I. 29.680.231 cuil: 20-29680231-0. Soltero, contador público nacional, de apellido Materno Laviano, nacido el 05/09/1982, domiciliado en calle Colón 504 de la ciudad de San Lorenzo la cantidad de 250 cuotas de capital de pesos 100,00 cada una de ellas, lo que representa la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000,00); Y al Cesionario Franco Sebastian Nicoletti, D.N.I. 35.464.062; C.U.I.L.: 20-35464062-8, nacido el 24/08/1990, Soltero, comerciante, de apellido Materno Laviano, domiciliado en calle Colón 504 de la ciudad de San Lorenzo la cantidad de 250 cuotas de capital de pesos 100,00 cada una de ellas, lo que representa la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000,00).

2) Prorroga duración contrato. Hasta el 18 de febrero de 2.023.

3) Aumento de capital: en $ 100.000 (llevando el capital a $ 200.000) que suscribe íntegramente el socio Eugenio Osvaldo Nicoletti, argentino, apellido materno Marco, nacido el 24/03/1955, D.N.I. Nº 11.549.672, cuit: 20-11549672-8, de profesión comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con Beatriz Inés Laviano, domiciliado en calle Colón 504 de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, que integra el 25% en el acto con depósito Bancario y el 75% restante en el plazo de dos años con depósito Bancario.

3) Cambio de Sede social: Fijándose el de Ruta A012 Km 66 de la ciudad de San Lorenzo Pcia. de Santa Fe.

4) Gerente: Se Modifica la cláusula de Administración la que estará a cargo de uno o más gerentes, designándose como único Gerente a Lucas Matías Nicoletti, D.N.I. 29.680.231 C.U.I.L.: 20-29680231-0. Soltero, contador público nacional, de apellido Materno Laviano, nacido el 05/09/1982, domiciliado en calle Colón 504 de la ciudad de San Lorenzo.

Que en virtud de las modificaciones quedan reformados las cláusulas Segunda, Tercera, Quinta y Sexta del contrato social que queda redactado de la siguiente forma:

Segunda: Domicilio Legal: La sociedad tendrá su domicilio en Ruta A012 km 66 de la ciudad de San Lorenzo., o donde en el futuro resuelvan trasladarlo, pudiendo establecer sucursales, agencias, representaciones o depósitos en cualquier punto del país.

Tercera: Duración: Atento la prórroga de duración del contrato social, la sociedad tendrá una vigencia hasta el 18 de febrero de 2.023.

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil divididos en 2.000 cuotas de capital de pesos Cien ($ 100,00) valor nominal cada una de ellas, que los socios suscriben de la siguiente manera: El Señor Eugenio Osvaldo Nicoletti suscribe 1.500 cuotas de capital de pesos 100,00 cada una, que representa la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000), de las cuales 500 por un valor de $ 50.000, fueron suscriptas e integradas con anterioridad a este acto, y las 1000 cuotas del aumento de capital son suscriptas en su totalidad e integradas por el Sr. Eugenio Osvaldo Nicoletti de la siguiente forma: el 25% en este acto mediante depósito Bancario, y el 75% restante dentro de los dos años posteriores mediante depósito bancario. Por su parte el señor Lucas Matías Nicoletti suscribe 250 cuotas de capital de pesos 100,00 cada una lo que representa la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000,00), las cuales se encuentran integradas íntegramente con anterioridad a este acto, y el señor Franco Sebastián Nicoletti suscribe 250 cuotas de capital de pesos 100,00 cada una lo que representa la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000,00), las cuales se encuentran integradas íntegramente con anterioridad a este acto.

Sexta: Administración, dirección y Representación: estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no; siendo nombrados y removidos por el voto de los socios que representan la mayoría del capital social indicada supra. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de sello de la sociedad (con denominación social y la leyenda socio-gerente), actuado en forma individual y/o indistinta cada una de ellos. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el art. 9 del decreto 5965/63, y los artículos 782, y 1.881 del Cod. Civil, con la única excepción de los que enumeran los incisos: 1), 4), 5), 6), 7), 8), 10), 13), 14), 15), 16) y 17) de la última norma (Art. 1.881 C.C.) o prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos operacionales o negocios ajenos a la sociedad, en los que se requerirá, en todos los casos, la aprobación de los Socios con las mayorías previstas en la cláusula anterior.

Lo que se publica a los efectos legales. Rosario, de Agosto de 2013.

$ 150 207396 Set. 3

__________________________________________


SURCO FABRIL S.A.


ESTATUTO


Datos de los Socios: Gorr Jaquelina María, nacida el 27 de Septiembre de 1968, titular de D.N.I. 20.279.056, C.U.I.T. 27-20279056-4, de apellido materno Ravaglia, de nacionalidad Argentina, de profesión docente, con domicilio en Calle 27 Nº 1027 de la ciudad de Las Parejas, Departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe, de estado civil soltera; y Sacco Franco Nicolás, nacido el 7 de Junio de 1992, titular de D.N.I. 36.303.203, C.U.I.T. 20-36303203-7 de apellido materno Barreta, de nacionalidad Argentina, de profesión empleado, con domicilio en Calle Avenida 13 Nº 1440 de la ciudad de Las Parejas, Departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe, de estado civil soltero.

Fecha del Acta Constitutiva: 18 de Julio de 2013.

Denominación Social: SURCO FABRIL S.A.

Domicilio: La sede social se fija en Calle 27 Nº 1027, de la ciudad de Las Parejas, Departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe.

Plazo de Duración: Noventa y nueve (99) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto Social: a) Industriales: mediante la producción, elaboración y trasformación de productos metálicos consistentes en la construcción, fabricación y reparación de maquinarias agrícolas, de sus partes y sus repuestos; b) Comerciales: mediante la compra-venta, comercialización, distribución y consignación de partes y repuestos para la maquinaria agrícola y de todos los productos enumerados en este artículo.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las Leyes o este Estatuto.

Capital: El capital social es de pesos trescientos mil ($ 300.000) representado por Treinta Mil (30.000) Acciones de Pesos Diez ($ 10) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la ley 19.550.

Administración y Representación: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de nueve (9), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Los directores en su primera cesión deberán designar un Presidente y un Vicepresidente, en caso de ser el órgano plural, éste último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La asamblea fija la remuneración del Directorio. La representación de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio.

Fiscalización: Prescindencia: la sociedad, conforme lo dispuesto por el artículo 284, último párrafo de la ley 19.550, prescinden de la designación de la sindicatura, reservándose el derecho de contralor que les confieren las disposiciones legales vigentes.

Asambleas: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, mediante carta documento y demás formas establecidas por el artículo 237 de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día una hora después de la fijada para la primera. Rigen el quórum y mayoría determinados por los artículo 243 y 244 de la ley 19.550 según la clase de asamblea, convocatoria y materias de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto.

Cierre del Ejercicio Comercial: 31 de Julio de cada año.

Integración del capital: se suscribe e integra de acuerdo con el siguiente cuadro: Gorr Jaquelina María, 15.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de Pesos diez ($ 10) valor nominal cada una, con derecho a un voto cada una, equivalente a la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000), que integra el 25% en este acto, equivalente a Pesos Treinta y Siete Mil Quinientos ($ 37.500) y el saldo de Pesos Ciento Doce Mil Quinientos ($ 112.500) en un plazo máximo de un año; y Sacco Franco Nicolás, 15.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de Pesos diez ($ 10) valor nominal cada una, con derecho a un voto cada una, equivalente a la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000), que integra el 25% en este acto, equivalente a Pesos Treinta y Siete Mil Quinientos ($ 37.500) y el saldo de Pesos Ciento Doce Mil Quinientos ($ 112.500) en un plazo máximo de un año.

Integrantes del Directorio: queda constituido por un miembro titular y un miembro suplente quienes permanecerán en sus cargos por el período de tres ejercicios. Como consecuencia de lo resuelto y habiéndose procedido a distribuir los cargos el Directorio queda integrado de la siguiente manera: Presidente: Mondino Rubén Horacio, nacido el 21 de Julio de 1958, titular de D.N.I. 12.388.272, C.U.I.T. 20-12388272-6, de apellido materno Ceccorilli, de nacionalidad Argentina, de profesión comerciante, con domicilio en Calle 27 Nº 1027 de la ciudad de Las Parejas Provincia de Santa Fe, de estado civil casado; Director Suplente: Sacco Franco Nicolás, D.N.I. 36.303.203.

$ 159 207372 Set. 3

__________________________________________