picture_as_pdf 2007-09-03

REGISTRADA BAJO EL Nº 12730

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio Marco celebrado el 13 de septiembre de 2004, entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, representado por su Secretario de Educación, Prof. Alberto Estanislao Sileoni y el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su entonces Titular, Prof. Carola Nin; e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto N° 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa, el 22 de febrero de 2005, al T° V, F° 093, bajo el N° 2383, aprobado por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto N° 926/06, cuya copia en tres (3) fojas forma parte de la presente.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE A LOS DOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SIETE.

Arq. MARIA EUGENIA BIELSA

Presidenta

H.C. de Senadores

Provincia de Santa Fe

Dr. EDMUNDO CARLOS BARRERA

Presidente

Cámara de Diputados

JOSE LUIS GRAMAJO

Subsecretario

Cámara de Senadores

Dr. DIEGO A. GIULIANO

Secretario parlamentario

Cámara de Diputados

SANTA FE, 28 de agosto de 2007

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

OBEID

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar.

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