TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición de la Sra. Jueza de Trámite, Dra. Mariana Herz, del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5, Primera Secretaria, sito en calle Urquiza 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “S.D.N.A.F. (F.D.A. JARA) s/Control de legalidad - 21-10567086-6 (489/2016)“, se notifica por edictos al Sr. Alejandro Andrés Facundo Jara D.N.I 23.925.020, se ha dictado la siguiente resolución: “Santa Fe, 04 de Julio de 2018. (...) Resuelve: 1) Declarar en situación de adoptabilidad a Facundo Daniel Alejandro Jara. 2) (...) 3) Notifíquese por Secretaría por cédula, con habilitación de días y horas y reducción de términos a un tercio, a la SDNAF y a la progenitora, Sra. Cardozo, por edictos al progenitor y a la Sra. Defensora General en su público despacho. Protocolícese y oportunamente archívese.” Fdo. Dra. Mariana Herz, Jueza; Dr. Carlos Molinari, Secretario. Queda Ud. debidamente notificado del decreto que antecede. La que se publicare a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 27 de Julio de 2018. Dr. Molinari, Secretaria.
S/C 363087 Ag. 3 Ag. 7
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados NIERES, LAURA LUCÍA c/CAVIGLIOLI, MARÍA ROSA; CAVIGLIOLI, ISMAEL ELIAS; SARAVIA, GABRIEL ANALÍA y/o contra los sucesores de CAVIGLIOLI, MARCELO RAÚL s/Filiación (CUIJ NRO.: 21-10696637-8), tramitados por la Defensoría General Civil Nro. Uno ante el Tribunal Colegiado de Familia Nro. Cinco, Secretaría Segunda de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a la Sra. María Rosa Caviglioli; Rafael Caviglioli; Gabriela Analía Saravia, Ismael Elías Caviglioli y Damaris Samara Caviglioli a comparecer a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. Citándoselos por medio de los presentes edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin, por el término de ley. Se transcribe el proveído que así lo ordena: Santa Fe, 07 de Marzo de 2018. Téngase presente. Agréguese. Por presentados, domiciliados, en el carácter invocado, acuérdaseles la participación legal correspondiente. Por iniciada demanda de Filiación Extramatrimonial por la Sra. Laura Lucia Nieres en representación de su hija menor de edad Celina Nieres contra María Rosa Caviglioli; Rafael Caviglioni; Gabriela Analia Saravia, Ismael Elías Caviglioli y Damaris Samara Caviglioli y/o los sucesores de Marcelo Raúl Caviglioli, a quien se cita y emplaza para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese mediante publicación de edictos (arts. 72, 73 y 597 CPCC). Agréguese la documental acompañada. Dése intervención al Defensor General que por turno corresponda. Hágase saber que no se llevará a cabo el impulso de oficio dispuesto por el art. 709 del C.C.C.N., atento la insuficiencia de recursos con que cuenta el Tribunal y hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en el art. 65 de la Ley 12967, reformada por la Ley 13237. Precédase a la corrección de la carátula, dejando debida constancia en el sistema informático. Notifiquen los empleados: Tessutto, Recce, Escudero y/o Diburzi. Notifíquese.” (Fdo.: Dra. Patricia Nora Ebenegger, Secretaria - Dr. Alejandro Marcos Azvalinsky, Juez). Santa Fe, 4 de Julio de 2018.
S/C 363165 Ag. 3 Ag. 7
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Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia Nº Tres - Secretaría Primera, sito en calle Tucumán N° 2846 de la ciudad de Santa Fe (Pcia. de Santa Fe); en los autos caratulados: “REZEK, GLORIA INDIANA c/ACERBI, CARLOS ALBERTO s/Divorcio” (CUIJ: 21-10699506-8), se notifica al Sr. Carlos Alberto Acerbi -D.N.I. 7.891.576, que en los autos de referencia, V.S. ha resuelto lo siguiente: “Santa Fe, 04/07/2018. Vistos: Los presentes descriptos en el acápite en trámite por ante la Secretaría 1ra. este Tribunal, en los que Gloria Indiana Rezék solicita que se declare su divorcio vincular contra Carlos Alberto Acerbi, fundado en el art. 437 y Conc. del C.C. y C. y manifiesta respecto de la propuesta reguladora de sus efectos que los hijos del matrimonio son mayores de edad en la actualidad y que no existen bienes a distribuir entre los cónyuges (fs. 13/14). La accionada no contestó la demanda, a pesar de estar debidamente notificada (fs. 31/32). Y CONSIDERANDO: La peticionaria es cónyuge de la demandada, lo que le confiere suficiente legitimación para un proceso de la naturaleza del presente (cfr. fs. 5/6 vto. -arts. 289 Inc. B, 423, 435 inc. c y 437 C.C. y C.) y la demanda reúne los requisitos contemplados por la legislación civil y comercial, por lo que corresponde acoger la pretensión divorcista. Por lo expuesto y la normativa citada; RESUELVO: El divorcio de Carlos Alberto Acerbi y Gloria Indiana Rezék, matrimonio celebrado en Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, República Argentina, el día 16 de Agosto de 1.973, según Acta Nº 284, Año 1.973. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Oportunamente archívese. Fdo.: Dr. Fabio Della Siega (Juez) - Dra. Silvina Loza (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL (Art.67 del C.P.C.C. modificado por Ley 11.287). El presente es tramitado por la Defensoría General Civil N° 3, razón por la cual reviste el carácter de gestión sin cargo (art. 138, inc. 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe - Ley N° 10.160). Santa Fe, 25 de Julio de 2018. Dra. Lorenz, Prosecretaria.
S/C 363134 Ag. 3 Ag. 7
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de esta dudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. VÁZQUEZ APOLINARIO ALEJO, L.E. 2.390.929 y VIÑA DELIA AMALIA, L.C. 589.700, Expte CUIJ 21-01992073-6 para que comparezcan a valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el lugar habilitado por la Corte Suprema de Justicia (Acordada vigente 07/02/96). – Santa Fe, 20 de abril de 2018 - Fdo. Dra. Marin (Jueza a/c) - Dra. Toloza (Secretaria).Marceña Romagnoli (Prosecretaria).
S/C 340696 Ag. 3 Ag. 9
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Por estar dispuesto en lo autos caratulados “OLIVA, ESTEBAN ALBERTO S/ QUIEBRA – Expediente N° 1237/2006 – CUIJ: 21-00984731-3 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito judicial N° Uno en lo civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad d e Santa Fe, se ha ordenado publicar edicto de Resolución sobre conclusión de quiebra por pago total del Sr. Esteban Alberto Oliva (DNI: 10.524.350). Se transcribe en su parte pertinente de la Resolución: “Santa Fe, 01 de Agosto de 2018.- Y VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: Declarar finalizada la quiebra, dando por concluida la intervención del síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los arts. 103, 107 110, 114 y cc L.C.Q. Publíquense edictos y oportunamente líbrese los oficios que correspondan. Expídase copia, insértese y notifíquese.- Firmado: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza (Juez) – Dra. Mariana Nelli (Secretria)”.- Firmado y Sellado en mi público despacho, a los 01 días del mes de agosto de 2018.-
S/C 363495 Ag. 3 Ag. 9
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: VALENTI, YAMILA SOLEDAD s/Quiebra (CUIJ Nº 21-91997525-5 Año: 2.018) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: 1) Declarar la quiebra de Yamila Soledad Valenti, argentina, mayor de edad, empleada, D.N.I. 18.862.293, domiciliada realmente en calle Santa Cruz 6254 y constituyendo domicilio legal en calle Junín 2883, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 4) Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes de aquél para que los entreguen al Síndico, quien tomará posesión de los mismos. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 6) Ordenar interceptar la correspondencia del fallido y disponer su entrega al Síndico, librándose los correspondientes oficios. 8) Designar al Síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 9) Disponer la inmediata incautación de los bienes. A tal fin se librará mandamiento al Sr. Oficial de Justicia debiendo intervenir, de haber aceptado el cargo, el Síndico que se designe. 10) Fijar el día 10.09.2018 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 12) Disponer la realización de los bienes del fallido en la forma que se determinará una vez realizado el inventario ordenado en el punto 8°). Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario).
S/C 363132 Ag. 3 Ag. 9
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Por disposición del Sr. Juez a cargo de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: “ACOSTA, MARÍA SUSANA s/Solicitud Propia Quiebra”, Expte. CUIJ Nº 21-01997732-0, Año 2018, se ha ordenado lo siguiente: 1) Declarar la quiebra de María Susana Acosta, argentina, soltera, empleada, mayor de edad, DNI 27.446.754, apellido materno Lasso, domiciliada realmente en calle Avellaneda 3892, Santa Fe. 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico en el término de 48 hs. los bienes de aquél. 3) Intimar al deudor para que dentro del plazo de 24 hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 5) Disponer que la Sindicatura en el término de 30 días realice el inventario de los bienes del fallido, el cual comprenderá rubros generales. 6) Fijar como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico, el día 10 de Septiembre de 2018. Fdo. Dr. Néstor Tosolini (Secretario) - Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez). Santa Fe, 27 de Julio de 2018. Dr. Leizza, Prosecretario.
S/C 363137 Ag. 3 Ag. 9
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Por así estar dispuesto en los autos: “BOURLOT, ANTONELLA s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-01995347-2)“ la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 24 de Julio de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Bourlot Antonella, apellido materno Dbellut, argentina, D.N.I. N° 31.394.814, CUIL N° 27-31394814-0, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Pasaje Ceferino Namuncurá N° 4472, y legal en calle Catamarca N° 3337, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal .fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 25/07/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 13/09/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 28/09/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 29/10/2018 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 13/12/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. CONSTE: Que en la audiencia realizada el día 25 de Julio de 2018 para sorteo de Sindico, en estos autos resultó sorteada Sindica la C.P.N. María Lucia Adur con domicilio en calle Juan de Garay 2855 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.
S/C 363168 Ag. 3 Ag. 9
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Por así estar dispuesto en los autos QUIROZ, MARÍA INEZ s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-0199599-6) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 24 de Julio de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Quiroz Maria Inez, apellido materno Ruiz, argentina, D.N.I. N° 11.676.451, CUIL Nº 27-11676451-8, mayor de edad, jubilada, con domicilio real en calle 4° Pasaje N° 9600, Barrio Yapeyu, y legal en calle Obispo Gelabert N° 2574, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos, a la fallida a los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 25/07/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Sindico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 13/09/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 28/09/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 29/10/2018 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 13/12/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el - BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 Inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste: Que en la audiencia realizada el día 25 de Julio de 2018 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteada Sindica la C.P.N. Judit Kofman con domicilio en calle Corrientes 3265, piso 13, Depto. “D” de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.
S/C 363167 Ag. 3 Ag. 9
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Por disposición del Sra. Juez de la. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe; en autos caratulados: “VERNETTI, LEONIDAS DOMINGO c/ALAMO, NÉSTOR s/Ejecución hipotecaria” (Expte. 762/2003), se cita, llama y emplaza a los herederos del Sr. Néstor Raúl Alamo, DNI 17.997.284, hijo de Carlos Enrique Alamo y Edith Raquel Luna, nacido en la ciudad de Esperanza (Dpto. Las Colonias, Provincia de Santa Fe) el 12 de Diciembre de 1966, y fallecido en la ciudad de Santa Fe el 05 de Octubre de 2015, con último domicilio en calle Reantsy Venezuela de la ciudad de Esperanza (Dpto. Las Colonias, Provincia de Santa Fe); para que comparezcan a estar a derecho en los términos y bajo los apercibimientos establecidos en el art. 512 del CPC. Lo que se publica sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, Julio 24 de 2018. Dr. Maurutto, Secretario.
$ 165 363171 Ag. 3 Ag. 16
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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia de Distrito N° 1, en lo civil y Comercial, de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: SCAREL, CLAUDIA ITATI s/Quiebra (C.U.I.J. Nº 21-01975599-9), se han regulados los Honorarios Profesionales y se ha presentado el Informe final y Proyecto de Distribución que prescribe el artículo 218 de la Ley 24.522; disponiéndose la Publicación de Edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe; debiendo exhibirse en hall de central de planta baja de estos Tribunales. Para mayor recaudo se transcribe las partes pertinentes de las providencias que así lo ordenan que dice. “Santa Fe de la Vera Cruz, 13 de Junio de 2018 Vistos: ... Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios de la C.P.N Mónica Guadalupe González en la suma de $ 47.921. Regular los honorarios del Dr. Rubén Gabriel Villanueva en la suma de $20.538 (jus=10,95). Vista al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Firmado: Dra. María Ester Noé de Ferro (Secretaria); Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza). Santa Fe, 24 de Julio de 2018. Por presentado por la Sindicatura el Informe Final y Proyecto de Distribución de fondos que prescribe el art. 218 L.C.Q. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL, debiendo exhibirse en el hall central de planta baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo.: Dra. María Ester Noé de Ferro (Secretaria); Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza. Santa Fe, 27 de Julio de 2018. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.
S/C 363166 Ag. 3 Ag. 6
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En los autos caratulados SANTA CRUZ, MARÍA CRISTINA y Otro c/ESPOSITO, CARLOS ALBERTO s/Apremio Expte. Nº 182 - Año 2016, que tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Segunda Nominación - Primera Secretaria, ciudad de Santa Fe, el señor juez ha fijado fecha para el sorteo de un defensor de oficio para el día 15 de Agosto de 2018, a las 10:30 horas. Se publicará por el término de dos (2) días, en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Secretaría, Santa Fe, 23 de Julio de 2018. Dra. Bonavia, Secretaria.
$ 33 363195 Ag. 3 Ag. 7
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Por estar así ordenado en los autos caratulados: LUNA, SANDRA GUADALUPE s/Solicitud Propia Quiebra, C.U.I.J. N° 21-01996644-2, Año 2018, que se tramitan ante el Juzgado de 1ra. Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, y conforme lo prescripto por si Art. 89 de la Ley N° 24.522, se hace saber que en los autos de referencia ha sido designada en el carácter de Sindico titular en este proceso falencial, la C.P.N. Adriana Raquel Bonaparte, D.N.I. N° 17.009.746, con domicilio constituido en calle Moreno N° 2.407 (3000) Santa Fe, Tel-Cont: (0342)455-7209, E-mail: abonapar@fce.unl.edu.ar, quién recibirá las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 L.C.Q.) en ese domicilio hasta el día 17 de Agosto de 2.018 inclusive, en el horario de 9,30 a 12,00 hs. Asimismo se informa que la fallida posee C.U.I.L. N° 27-21411947-7: Santa Fe, 5 de Julio de 2.018. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.
S/C 363199 Ag. 3 Ag. 9
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se informa que los efectos de cumplimentar con la totalidad de los requerimientos exigidos para la obtención de la matricula de escribana de la Srita. María Florencia Descalzo, DNI N° 34.650.629, se ha iniciado Sumaria Información bajo los autos caratulados MARÍA FLORENCIA DESCALZO s/Sumaria Información (Expte. CUIJ N° 21-01993633-0). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 28 de Junio de 2018. Dr. Silvestrini, Secretario.
$ 33 363169 Ag. 3 Ag. 7
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Autos: AGUILAR, DEBORA BELÉN s/Quiebra (Legajo Original) 21-01975258-2 Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: $41.490; Honorarios de la abogado de la fallida: $ 17.782. Santa Fe, 26 de Julio de 2018. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.
S/C 363085 Ag. 3 Ag. 6
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en los Autos Caratulados “MAGNANTE, MARIANA INÉS S/ SUMARIA INFORMACIÓN” EXPTE. CUIJ: 21-01994783-9 (Año 2018), se hace saber: Que la señora Mariana Inés Magnante, nacida el 10 de abril de 1979, de apellido materno Gibert, argentina, DNI número 27.205.212, con domicilio en calle Pedro Ferré 2454, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, notaria, con titulo otorgado por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral de Santa Fe en fecha 24-08-17, promueve Sumaria Información con citación fiscal, ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Novena Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, tendiente a acreditar los extremos legales exigidos en los Arts. 1, 4 y 7 de la Ley Orgánica del Notariado Nro. 6898, a fin de que se le conceda la matrícula como escribana de la Primera Circunscripción del Colegio de Escribanos de la provincia de Santa Fe, como paso previo al ejercido del notariado. Santa Fe, 03 de Julio de 2018. Dr. Néstor Antonio Tosolini. Santa Fe, 27 de Julio de 2018. Dr. Leizza, Prosecretario.
$ 33 363148 Ag. 3 Ag. 7
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 17, Civil, Comercial y Laboral, de Villa Ocampo, se cita y emplaza a Asociación Cultural y Social de Villa Ana a comparecer a estar a derecho y bajo apercibimientos de rebeldía, en autos: “BASSE, DALMACIO RITO c/ASOC. CULTURAL y SOC. VILLA ANA s/Usucapión; Expte. Nº 456/2018. Villa Ocampo, 26 de Julio de 2018. Dra. Sánchez, Secretaria.
$ 45 363182 Ag. 3 Ag. 9
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 19 de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores y legatarios del Sr. Enrique González, con DNI Nº 6.238.565, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley (Expte. Nº 906/2017). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Esperanza, 14 de Septiembre de 2017. Fdo. Dra. Julia Collado, Juez. Dra. Claudia Brown, Secretaria. Esperanza, 22 de Junio de 2013. Dra. Fascendini, Prosecretaria.
$ 45 363132 Ag. 3 Ag. 16
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, con asiento en calle San Jerónimo N° 1551, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y/o a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes de la herencia de la Sra. Graciela del Carmen Macedo, D.N.I. N° 14.274.750, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, y se exhibe en el hall de Tribunales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del C.P.C.C. modificado por Ley 11.287 y lo resuelto en el Acuerdo Ordinario de la C.S.J.S.F. celebrado el día 07/02/96, Acta Nro. 3. Todo así ordenado en autos caratulados: “MACEDO, GRACIELA DEL CARMEN s/Sucesorio - CUIJ 21-01989967-2. Santa Fe, 4 de Julio de 2018. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario).
$ 45 363180 Ag. 3 Ag. 7
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de esta ciudad de Santa Fe, cita llama, y emplaza a los herederos y legatarios de Rubén Luis Mangiante, Doc. Ident. M. 6.171.243, en autos: MANGIANTE RUBÉN LUIS s/Sucesorio” Expte. CUIJ 21-01997010-5, por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica los efectos legales en el BOJLETIN OFICIAL de esta ciudad de Santa Fe, 26 de Julio de 2018. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.
$ 45 363197 Ag. 3 Ag. 13
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, ciudad de Santa Fe, Provincia Homónima, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Alvizo Estela DNI Nº 4.950.236, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer sus derechos en los autos ALVIZO ESTELA s/Sucesorio, Expte. CUIJ Nº 21-01997338-4 Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Santa Fe, 26 de Julio de 2018. Dr. Maurutto, Secretario.
$ 45 363114 Ag. 3 Ag. 13
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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de esta ciudad, en autos caratulados “FIAD, MARTA INÉS s/Sucesorio” (CUIJ. 21-01986598-0), se cita, llama y embaza a los herederos, acreedores y legatarios de Marta Inés Fiad de Keller, DNI. N° 0.611.331, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 3 de Julio de 2018. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.
$ 45 363196 Ag. 3
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados “AMADEI, AURELIO AMADOR s/Declaratoria “ Expte. CUIJ 21-01977623-6, se cita, se llama y se emplaza a los herederos, acreedores, y legatarios que se consideren con derecho a los bienes de la herencia de don Aurelio Amador Amadei, D.N.I 2.393.982, para que comparezca dentro del termino de ley, y bajo los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo 1551, de esta ciudad de Santa Fe. Fdo. Dra. Huycuk - Secretario; Dra. Alvarez, Jueza.
$ 45 363179 Ag. 3 Ag. 16
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 5ta. Nom, de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, GIMÉNEZ, RICARDO OMAR D.N.I. M. N°6.205.931, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Planta Baja del Tribunal (art. 67 C.P.C.C. mod. por Ley 11.287 y acordada de la C.S.J. del 07.02.96, acta N° 3). Santa Fe, 2 de Julio de 2018. Dra. Roteta, Secretaria.
$ 45 363161 Ag. 3 Ag. 16
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na Nominación de esta ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Supertino Miguel Angel, DNI 12.147.041, Expte CUIJ 21-01994080-9 para que comparezcan a valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar habilitado por la Corte Suprema de Justicia (Acordada vigente 07/02/96). Fdo. Dr. Tosolini (secretario) - Dr. Lizasoain (Juez). Santa Fe, 21 de Junio de 2018. Dr. Leizza, Prosecretario.
S/C 363096 Ag. 3 Ag. 16
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1, en lo Civil y Comercial, de la Novena Nominación de la ciudad Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: JUÁREZ, JORGE ALCIDES y Otros s/Declaratoria de herederos” (CUIJ 21-01996425-3), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Jorge Alcides Juárez, D.N.I. 07.890.626, domiciliado en calle Fresnos 1181 de la localidad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe, fallecido el día 17 de marzo de 2017 y de María Cristina Ferreira, D.N.I. 06.136.851, domiciliada en calle 1° de Mayo 1546 de la ciudad de Santa Fe, fallecida el día 31 de enero de 2018, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y SEDE JUDICIAL. Santa Fe, Julio de 2018. Dr. Tosolini, Secretario.
$ 45 363130 Ag. 3 Ag. 16
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: BUIGUES, MARISA LILIANA s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-01997150-0 Año 2018, se cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por Marisa Liliana Buigues, DNI 16.627.302, para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer los mismos. Santa Fe, 01 de Junio de 2018. De conformidad con el Art. 2340 del C.C.C., notifíquese a los herederos denunciados y cítese a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, por edicto publicado por un día en el diario de publicaciones oficiales para que lo acrediten dentro de los treinta días. Notifíquese. Fdo: Dra. María Ester Noé de Ferro (Secretaria); Dra. Romina Kilgelmann (Jueza). Santa Fe, 24 de Julio de 2018.
$ 45 363147 Ag. 3 Ag. 28
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VERA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil Comercial y Laboral de Vera, 2da. Nominación, en autos: CISNERO y/o CISNEROS, MARTÍN s/Sucesorio, Expte. Nº 199/18; se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia, de Martín Cisnero y/o Cisneros de DNI. N° 06.322.700, para que dentro del término de ley, comparezcan a hacerlos valer. Vera, 27 de Junio de 2018. Dra. Deiber de Fabbro, Secretaria.
$ 33 363190 Ag. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 13 en lo Civil Comercial y Laboral de Vera, 1ra. Nominación, ZALABA, CARLOS ORLANDO s/Sucesorio, Expte. N° 265/18; se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia, de Carlos Orlando Zabala, DNI N° 06.354.131 para que dentro del término de ley, comparezcan a hacerlos valer. Vera, 29 de Junio de 2018. Dra. Deiber de Fabbro, Secretaria.
$ 33 363186 Ag. 3
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RAFAELA
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CAMARA DE APELACION
Por disposición del Señor Juez de trámite de la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial en los autos caratulados: Expte. N° 361 Año 2016 - GOTTIG, NÉSTOR T. y Otro c/LUENGO, MARCELO y Otros s/Acción posesoria” se ha dispuesto publicar lo ordenado por decreto que a continuación se transcribe: “Rafaela, 25 de julio de 2018. Habiéndose publicado los edictos de conformidad a lo ordenado a fs. 725, decláreselos rebeldes a los herederos del demandado Sr. Marcelo Luengo, por no haber comparecido los mismos a tomar intervención en autos dentro del término de ley. Notifíquese mediante edictos que se publicarán dos días (Art. 77 C.P.C.C.). Acredite el Dr. Angel R. Levis el fallecimiento de su poderdante conforme lo dispuesto por decreto de fecha 5 de junio de 2018.- Fdo.: Román - Presidente, Juez de Cámara; Albrecht - Secretario. No Repone Cód. Fiscal de la Pcia. de Sta. Fe Ley N° 3456-y sus modificatorias. Publicar en el BOLETÍN OFICIAL por 2 días (art. 77 del C.P.C.). Rafaela, 27 de Julio de 2018. Dr. Albrecht, Secretario.
S/C 363144 Ag. 3 Ag. 6
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en Civil y Comercial de la Segunda Nominación de ésta ciudad de Rafaela, se notifica en autos caratulados: Expte. N° 469 - Año 2017- GUTIÉRREZ, Arturo Ricardo c/Suc. De Tomas Ambrosio y/o Ambroggio y/o Otros s/Usucapión, que no habiendo comparecido los demandados a estar a derecho, decláraselos rebeldes en cuanto por derecho corresponde.- Dr. D. M. F. Hail - Juez - Dra. N. Carinelli - Secretaria. Rafaela, 29 de Junio de 2018.
$ 33 363149 Ag. 3 Ag. 7
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación asiento en Rafaela, en la causa: Expte. Nro 220/1993 - Allochis, Mario y Otra s/Concurso Preventivo (Hoy Quiebra), tramitando por ante éste S.S. ha ordenado la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 5 días, haciendo saber, en cumplimiento de la Ley Concursal), que se ha Resuelto: con fecha 6 de Julio de dos mil dieciocho: 1) Rechazar el pedido de clausura por falta de activo; 2) Aprobar el proyecto de distribución obrarte a fs. 891/892; 3) Declarar la clausura del procedimiento por distribución final; 4) Hacer saber a la Sindicatura que deberá continuar interviniendo hasta la conclusión de la quiebra, debiendo investigar la existencia de nuevos bienes sujetos a desapoderamiento; 5) Declarar que la inhabilitación de los fallidos Sres. Mario Alberto Allochis D.N.I. Nro 10.154.142 y de Rita Juana Gentile L.C. 6.407.159 dispuesta en la sentencia de quiebra obrarte a fs. 289 y ss de fecha 26/12/1996; ha cesado de pleno derecho el día 09/08/1996; aclarándose que la inhibición general de bienes dispuesta en estos autos continúa vigente exclusivamente respecto de los bienes adquiridos hasta el día 09/08/1996, mientras que los bienes adquiridos por el fallido con posterioridad a la fecha referida son de libre administración y disposición, no existiendo respecto de ellos inhibición alguna en razón de este proceso falencial. Ofíciese. Archívese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo: Dra. Carina Gerbaldo - Secretaria, Dra. María José Alvarez Tremea -Juez. Rafaela, 24 de Julio de 2018. Dra. Gerbaldo, Secretaria.
$ 46 363152 Ag. 3 Ag. 9
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, Dr. Duilio M. Francisco Hail, Secretaría a cargo de la Dra. Natalia Carinelli, en los autos caratulados: FALLINI, DELMA MARY s/Sucesorio - Expte. Nº 357 -Año: 2018-, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Fallini, Delma Mary, D.N.I. N°: F 1.687.361, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de Ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Sede Judicial (art. 67 C.P.C.C. Ref. Ley 11.287). Rafaela, 2 de Julio de 2018. Dr. García, Prosecretario.
$ 45 363181 Ag. 3 Ag. 13
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