picture_as_pdf 2017-08-03

MINISTERIO DE EDUCACION


NOTIFICACION


Al Señor Oscar Acuña

DNI 16.091.329

Me dirijo a usted con el fin de comunicarle los resultados preliminares de la auditoria contable ordenada mediante la Disposición N° 65/2017 de la Direcciôn General de Administración.

De acuerdo a las actuaciones que obran en el Expte. N° 00401- 0273885-4 se verificô que durante su gestión directiva en la Escuela N° 945, se retiraron fondos de las Tarjetas Recargables - Gastos de Funcionamiento y Refuerzo Nutricional, no contando con los comprobantes que justifiquen la inversión respectiva, verificando además comprobantes que no reúnen los requisitos exigidos por las normas impositivas vigentes, conforme a la Resolución N° 0021/07 del Tribunal de Cuentas de la Provincia para la rendición de cuentas de fondos oficiales. Se indica a continuación el monto total sin rendir, detallando en el anexo que se adjunta el desglose del mismo.

Concepto Importe

Gastos de Funcionamiento $ 22.052,72

Ref Nutricional -

Comedor Escolar $ 5.973,17

Ref. Nutricional -

Copa de Leche $ 1.185,07

Total $ 29.210,96


Atento a lo indicado anteriormente, se solicita que en el período perentorio de diez (10) dias hábiles, proceda a justificar y/o devolver Ia suma total de $ 29.210,96 correspondientes a fondos oficiaLes sin rendir. Transcurrido el plazo otorgado, se procederá a confeccionar la Disposición aprobatoria de la auditoría, dando intervención al Tribunal de Cuentas .de La Provincia.


Nota: El anexo podrá consultarse en el Ministerio de Educación.


DISPOSICION Nº 065


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional" 23 MAY 2017


Visto el Expediente Nº 00401-0273885-4 registro del Ministerio de Educación, mediante el cual la Dirección General de Asuntos Jurídicos, solicita la realización de una auditoría contable en el ámbito de Ia Escuela Nº 945 "General José de San Martin", 71 Km al Oeste de Santa Lucia, Departamento Vera; y -


CONSIDERANDO:

Que es misión de este organismo ejercer el control de los responsables que manejan fondos del Estado Provincial;

Que el mismo alcanzará la verificación de los fondos oficiales, transferidos a la Escuela Nº 945 durante el período 01/01/2010 al 31/12/2014;

Por ello, La Directora General de Administración en uso de las atribuciones que le son propias,


DISPONE:


1°) Encomendar al C.P.N. Cristian Udrizar agente del Departamento de Inspecciones

Externas, la realización de una auditoría contable en el ámbito de la Escuela Nº 945 "General

José de San Martín", 71 Km al Oeste de Santa Lucia, Departamento Vera,

2°) La auditoría alcanzará los fondos oficiales transferidos durante el período 01/01/2010

al 31/12/2014.

3°) Facultar al personal designado a solicitar cualquier tipo de documentación

indispensablepara la realización de la tarea ordenada en el apartado 1º).

4°) Comuníquese a Ia Secretaría de Educación, Subsecretaría de Adminitración, al

Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Escuela Primaria Nº 945,

a! señor Oscar Acuña, al Departamento Inspecciones Externas, luego archívese.

GRACIELA B. RODRIGUEZ DE GALIANO

a/c Subdirección Gral. de Administración

Ministerio de Educación

S/C. 20139 Ago. 3 Ago. 4


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MINISTERIO DE SEGURIDAD


EDICTO


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 4174, Art. 21, se hace saber el siguiente decisorio

RESOLUCIÓN Nº 1685/16


SANTA FE “ Cuna de la Constitución Nacional

29 de Agosto de 2016

VISTO el expediente N° 00201-0800011-V del registro del sistema de Información de Expedientes y Considerando

POR ELLO

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Disponer el archivo de las actuaciones Nro. 00201-0800011-V, del registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionadas con la solicitud efectuada por las señoras ADELINA SOUZA, viuda del señor IIidio Dos Santos Amado (Clase 1936 C.U.I.L. 20-02383728-0), ANA MARÍA DOS SANTOS AMADO (Clase 1959 C.U.I.L. 27-13077163-2) y BEATRIZ ADRIANA DOS SANTOS AMADO (Clase 1963 C.U.I.L. 27-16218830-0), tendiente a obtener el pago de los montos acordados por la expropiación (Ley N° 12353) del terreno de su propiedad, ubicado en la Sección 17 de la ciudad de Rosario (Dpto. homónimo). Dominio N° 112470, Tomo 261 A, Folio 762; en tazón a que el objeto de la presente devino en abstracto.

ARTICULO 2°: De Forma.-

Firmado: Lic. MAXIMILIANO PULLARO.-

S/C 20132 Ag. 3

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EDICTO


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 4174, Art. 21, se hace saber el siguiente decisorio


RESOLUCIÓN N° 1234/16


SANTA FE “ Cuna de la Constitución Nacional

16 de Junio de 2016


VISTO el expediente N° 00201-0170054-2 del registro del sistema de Información de Expedientes y Considerando

POR ELLO

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Dar por aceptada a la señora MARÍA BELÉN BAGILET (Clase 1984-CUIL 27-31200401-7), quien revista como Suboficial de Policía (Escalafón Técnico - Sub Escalafón Administrativo) en la Policía de la Provincia- Departamento Operaciones Policiales (D-3), la renuncia presentada por razones de índole particular, a partir del 14/07/2014.-

ARTÍCULO 2°: De Forma.-

Firmado: Lic. MAXIMILIANO PULLARO.-

S/C 20131 Ag. 3

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EDICTO


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 4174, Art. 21, se hace saber el siguiente decisorio


RESOLUCIÓN N° 2537/15


SANTA FE “ Cuna de la Constitución Nacional

10 de Diciembre de 2015

VISTO el expediente Nº 00205-0003098-7 del registro del sistema de Información de Expedientes y Considerando

POR ELLO

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Declarar desierto, conforme los apercibimientos previstos en el Artículo 49”, última parte, del Decreto Nº 10204/58, el recurso de apelación interpuesto por el señor URIEL MIRONIUK (M.I. 31.439.941), contra la Disposición de la Dirección del Instituto de Detención de Rosario (U.3) N° 3 de fecha 19 de enero de 2010, por la cual se resolvió descontar doce (12) días de labor de sus haberes mensuales, en virtud de encontrarse injustificadas las inasistencias que van desde el 25 de diciembre de 2009 al 5 de enero de 2010,

ARTÍCULO 2°: De Forma.-

Firmado: Dr. RAÚL LAMBERTO.-

S/C 20133 Ag. 3

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EDICTO


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 4174, Art. 21, se hace saber el siguiente decisorio


DECRETO Nº 4336/14


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional

18 de Noviembre de 2014


VISTO el expediente Nº 00205-0002278-2 del registro del sistema de Información de Expedientes y Considerando

POR ELLO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Rechazase, por las razones expuestas precedentemente, el recurso de apelación interpuesto por el empleado de la Dirección General del Servicio Penitenciario (R-) URIEL MIRONIUK (Clase 1985 - C.U.I.L. 20-31439941-3), contra la Disposición de la Dirección del Instituto de Detención de Rosario (U.3) Nº 66 de fecha 11 de Junio de 2009, que resolvió aplicarle una sanción de suspensión por tres (3) días.

ARTÍCULO 2°: De Forma.-

Firmado: Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI

S/C 20134 Ag. 3

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MINISTERIO DE ECONOMÍA


RESOLUCIÓN N°551


Santa Fe “Cuna de la Constitución Nacional”

28 JUL 2017

V I S T O:

El expediente Nº 00301-0068436-9 y su agregado 00303-0000238-5, del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir diversos cargos vacantes de la Dirección General de Presupuesto; y

CONSIDERANDO:

Que las funciones correspondientes a la Coordinación General de Programación Presupuestaria se encontraban vacantes, en razón de que su titular se encontraba adscripto al Tribunal de Cuentas de la Provincia, y las funciones inherentes al mismo fueron asignadas por Decreto N° 2234/14;

Que en fecha 27 de octubre de 2016 se produce la vacante del cargo, y en función a lo dispuesto por el artículo 3° del citado decreto de asignación de funciones, corresponde tomar las medidas para el llamado a concurso para la cobertura definitiva del cargo subrogado;

Que por otra parte, la Dirección General de Presupuesto gestiona la cobertura de un cargo de categoría 04 – Asistente Profesional Mayor – Agrupamiento Profesional, para lo cual la citada repartición adjunta el pertinente perfil del puesto y gestiona el correspondiente llamado a concurso;

Que la Secretaría de Recursos Humanos y Función Pública ha tomado intervención en autos, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que asimismo, las entidades sindicales UPCN y ATE han tomado conocimiento de los perfiles previstos para los puestos, y han propuesto los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes del mismo;

Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por Decretos Nros. 1729/09 y 4439/15;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1° - Llamar a concurso interno para cubrir los cargos vacantes dependientes de la Dirección General de Presupuesto, que a continuación se detallan:

Coordinación General de Programación Presupuestaria (Erogaciones y Cálculo de recursos), Categoría 07 – Agrupamiento Administrativo.

Asistente Profesional Mayor, Categoría 4 – Agrupamiento Profesional.

ARTÍCULO 2° - La descripción de los puestos y determinación de los perfiles solicitados, así como las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en el Anexo I. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la Categoría a concursar, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Lic. GONZALO MIGUEL SAGLIONE

MINISTRO DE ECONOMÍA

PROVINCIA DE SANTA FE


ANEXO I


PERFIL DEL PUESTO

Jurisdicción: 36 Ministerio de Economía.

Cargo a cubrir: Coordinador General de Programación Presupuestaria (Erogaciones y Calculo de Recursos – Administración Central), Categoría 7 – Agrupamiento Administrativo.

Dirección: Dirección General de Presupuesto.

Lugar de prestación de servicios: Centro Cívico Gubernamental – Avda. Illia 1151, 7º Piso de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

Número de puestos a cubrir: 1 (uno).

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO:

Analizar las Pautas de elaboración del Presupuesto en sus distintas etapas (Preliminar, Proyecto de Presupuesto, Presupuesto Plurianual y Presupuesto prorrogado).

Participar en la elaboración del proyecto de ley del presupuesto general de la Provincia.

Analizar los anteproyectos de presupuesto que se le asigne.

Entender en las modificaciones al presupuesto, mediante el análisis y evaluación de la ejecución y del avance físico.

Evaluar la ejecución de los presupuestos, aplicando las técnicas respectivas.

Entender en los aspectos financieros y físicos del Plan Provincial de Inversión Pública.

Estudiar y participar en las actualizaciones en los clasificadores de gastos y de recursos vigentes.

Participar en la determinación y seguimiento de costos de la Masa Salarial del Sector Público Provincial.

Analizar la estructura de la planta de cargos y su actualización en función de los actos o normas que la modifiquen.

Controlar los anteproyectos de Presupuestos remitidos por las jurisdicciones y entidades que integran la Administración Central y confeccionar informes respecto a los desvíos.

Participar en la elaboración y consolidación de los documentos presupuestarios, en todas sus etapas.

Examinar permanentemente las Jurisdicción/entidades durante todo el ciclo presupuestario desde la etapa de formulación hasta el momento de cierre del ejercicio presupuestario, conforme las directivas emanadas de la Dirección.

Elaborar proyectos de normas e informes técnicos.

Participar en las gestiones de distribución de los créditos que se asignen a las distintas jurisdicciones en virtud de las disposiciones de la Ley Nro. 12.036.

Participar en la confección de los indicadores de gestión y de la evaluación presupuestaria que le encomiende la Dirección.

Conocimientos Básicos y Esenciales:

- De la Organización del Estado:

Constitución de la Provincia de Santa Fe (particularmente en los aspectos hacendales).

De la Ley Nº 13.509 de Ministerios.

- Del Personal:

Estatuto del Personal de la Administración Pública – Ley Nº 8525.

Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública - Decreto Nº 2695/83 y modificatorios.

- Conocimientos específicos:

De la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, sus normas reglamentarias y complementarias.

De la Ley de Presupuesto.

De los Clasificadores Presupuestarios con inclusión del Esquema Ahorro Inversión Financiamiento y los resultados que expone: Decreto N° 1302/96.

Del Régimen de Responsabilidad Fiscal: Ley Nacional Nº 25.917 y normas reglamentarias y modificatorias.

Del Régimen de Formulación del Presupuesto anual, plurianual y presupuesto prorrogado: Ley N° 12.510 – aspectos específicos.

Del Régimen de Modificaciones Presupuestarias: Decreto N° 553/01 y modificatorios.

Del Régimen de Programación de la Ejecución Presupuestaria: Ley N° 12.510 – aspectos específicos y Decreto N° 1975/96.

De la confección de Indicadores de Gestión.

Procesos Judiciales – Sentencias y Reconocimientos Administrativos firmes: Ley 12.036 y Decreto Reglamentario Nº 953/11

- Conocimientos Técnicos no específicos:

Conocimiento del Sistema Informático Provincial de Administración Financiera.

Manejo de herramientas informáticas: Procesador de textos, planillas de cálculo, Internet y correo electrónico.

Excelente redacción y vocabulario administrativo y específico de la materia.

Requisitos de Estudios o Experiencia:

Profesional Universitario graduado en Ciencias Económicas (excluyente).

Antigüedad mínima de 5 años en el título con presentación del certificado emitido por la institución que corresponda.

Preferentemente poseer experiencia anterior en materia de Administración Financiera Pública no inferior a cinco (5) años.

Preferentemente con antecedentes en estudios de especializaciones, postgrado y en general todos aquellos estudios cursados con vinculación al cargo.

Características Personales:

Liderazgo para el cambio.

Pensamiento estratégico, habilidad analítica.

Marcada capacidad de trabajo y de gestión.

Profunda responsabilidad y compromiso.

Integridad, honestidad y ética.

Iniciativa, creatividad e innovación.

Orientación al trabajo por resultados.

Capacidad para la resolución de problemas.

Trato amable y respetuoso con los distintos integrantes de la repartición y con personas ajenas a la misma.


ANEXO


PERFIL DEL PUESTO

Jurisdicción: 36 Ministerio de Economía.

Cargo a cubrir: Asistente Profesional Mayor - Categoría 4 - Agrupamiento Profesional

Dirección: Dirección General de Presupuesto.

Lugar de prestación de servicios: Centro Cívico Gubernamental – Avda. Illia 1151, 7º Piso de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

Número de puestos a cubrir: 1 (uno).

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO:

Analizar las Pautas de elaboración del Presupuesto en sus distintas etapas (Preliminar, Proyecto de Presupuesto, Presupuesto Plurianual y Presupuesto prorrogado).

Mantener actualizados los clasificadores de créditos y recursos.

Controlar los anteproyectos de Presupuestos remitidos por las jurisdicciones y entidades que integran el Sector Público Provincial y confeccionar informes respecto a los desvíos.

Efectuar el seguimiento permanentemente de las Jurisdicción/entidades durante todo el ciclo presupuestario desde la etapa de formulación hasta el momento de cierre del ejercicio presupuestario, conforme las directivas emanadas de la Dirección.

Colaborar en la elaboración de proyectos de normas e informes técnicos sobre modificaciones al Presupuesto.

Analizar la programación de la ejecución y asignaciones de cuotas de compromiso.

Participar en las gestiones de distribución de los créditos que se asignen a las distintas jurisdicciones en virtud de las disposiciones de la Ley Nro. 12.036.

Participar en la confección de los indicadores de gestión y de la evaluación presupuestaria que le encomiende la Dirección.

Conocimientos básicos y esenciales:

- De la Organización del Estado:

Constitución de la Provincia de Santa Fe (particularmente en los aspectos hacendales)

De la Ley Nº 13.509 de Ministerios.

- Del Personal:

Estatuto del Personal de la Administración Pública – Ley Nº 8.525.

Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública - Decreto Nº 2695/83 y modificatorios.

- Conocimientos específicos:

Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, sus normas reglamentarias y complementarias.

Ley de Presupuesto vigente.

Clasificadores Presupuestarios: Decreto Nª 1302/96

Régimen de Formulación del Presupuesto anual, plurianual y presupuesto prorrogado: Ley 12.510 – Aspectos específicos;

Del Régimen Nacional de Responsabilidad Fiscal, Ley Nacional Nº 25.917 y normas reglamentarios y modificatorias

Técnica de Presupuesto por Programas: Manual de Aspectos Metodológicos Formulación Presupuesto por Programas – Dirección Nacional de Presupuesto, Ministerio de Economía.

Régimen de Modificaciones Presupuestarias: Decreto Nº 553/01 y modificatorios

Régimen de Programación de la Ejecución Presupuestaria: Ley Nº 12.510 – Aspectos específicos y Decreto Reglamentario Nº 1975/96

Procesos Judiciales – Sentencias y Reconocimientos Administrativos firmes: Ley 12.036 y Decreto Reglamentario Nº 953/11.

- Conocimientos Técnicos no específicos:

Conocimiento del Sistema Informático Provincial de Administración Financiera (SIPAF).

Manejo de herramientas informáticas: Procesador de textos, planillas de cálculo, Internet y correo electrónico.

Excelente redacción y vocabulario administrativo y específico de la materia.

Requisitos, Estudios y/o Experiencia:

Profesional Graduado en Ciencias Económicas (Excluyente)

Preferentemente con experiencia en el manejo del Sistema Integrado Provincial de Administración Financiera (SIPAF)


ANEXO II


COMPOSICIÓN DEL JURADO

El Jurado estará integrado para todos los cargos de la siguiente manera:

Presidente: El señor Secretario Legal y de Coordinación.

Titulares:

El Director Provincial de Administración y Coordinación Técnica.

La señora Directora General de Presupuesto, CPN STELLA MARIS RODRIGUEZ

El señor Contador General de la Provincia, CPN RAUL EDUARDO GIMENEZ

La señora Directora General de Administración, CPN IVANNA LILIAN ARCE de FASSINO.

El señor DARÍO ADOLFO COSTA, en representación de UPCN.

El CPN MARCELO SILVESTRO, en representación de UPCN

El señor LUIS COPELLO, en representación de UPCN.

La señora KARINA SANCHEZ, en representación de ATE.

Suplentes:

El Subsecretario de Hacienda.

El señor Subdirector General de Presupuesto, ALEJANDRO GUSTVO EPELBAUM

La señora Subcontadora General de la Provincia, CPN ANA CRISTINA CONSOLI

El señor Subdirector General de Administración, CPN MIGUEL ANGEL ARIAS

La señora MONICA PAYA, en representación de UPCN.

El señor EDUARDO BELLAFRONTE, en representación de UPCN.

El señor ROBERTO FRANCUCCI, en representación de UPCN.

La señora CAROLINA BARRIOS, en representación de ATE.

LUGAR y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

Coordinación General de Personal, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 – 6º. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe (Puerta 617).

Desde el día 07/08/2017 hasta el 18/08/2017 en el horario de 8 hs. a 12 hs..

Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8 hs. a 12 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso y el llamado del mismo se difundirá durante diez (10) días, a partir 31/07/2017 y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92º del Decreto Nº 1729/09.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de su D.N.I. o documento equivalente; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Además deberá presentar copia del último recibo de haberes y certificación de situación de revista emitida por el Área de Recursos Humanos de la Jurisdicción que dependa.

Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público, como así también las certificaciones digitalizadas deberán estar legalizadas por el Organismo o Entidad emisora.

La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de DNI del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Economía en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del Jurado durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: A partir del 22/08/2017, en horario a determinar por el jurado.

Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 102º del Decreto Nº 1729/09 – Régimen de Concursos, y modificatorios.

Etapa II: Evaluación Técnica:

Lugar y Fecha: A determinar por el Jurado.

Etapa III y IV (Categoría 7):

Lugar y Fecha: A determinar por el Jurado.

La calificación de cada etapa será numérica de 0 a 100 puntos, teniendo en cuenta lo indicado en los artículos 103º, 104° y 105° del Decreto Nº 1729/09 - Régimen de Concursos y modificatorios.

Orden de Méritos:

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Cat 7

Evaluación Antecedentes 30%

Evaluación Técnica 40%

Evaluación Personalidad 20%

Entrevista Personal 10%

Total 100%


Cat 4

Evaluación Antecedentes 30%

Evaluación Técnica 40%

Total 100%


El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos para la categoría 7, e igual o mayor a 50 puntos para la categoría 4. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

S/C 20149 Ag. 3 Ag. 7

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RESOLUCIÓN N°550


Santa Fe “Cuna de la Constitución Nacional”

28 JUL 2017

V I S T O:

El expediente Nº 00320-0004827-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir el cargo vacante de Jefe de División Soporte Técnico y Administrativo, Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública; y

CONSIDERANDO:

Que dicho cargo se encuentra vacante y por Decreto N° 5000 de fecha 29 de diciembre de 2016 se asignaron las funciones inherentes al mismo, estableciendo en su artículo 7° que debían disponerse las medidas tendientes al llamado a concurso para la cobertura definitiva del cargo subrogado;

Que conforme a ello, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública adjunta el pertinente perfil del puesto y gestiona el correspondiente llamado a concurso;

Que la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública ha tomado intervención en autos, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que asimismo, las entidades sindicales UPCN y ATE. han tomado conocimiento del perfil previsto para el puesto y han propuesto los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes del mismo;

Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por Decretos Nros. 1729/09 y 4439/15;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1° - Llamar a concurso interno interjurisdiccional para cubrir el cargo vacante

de Jefe de División Soporte Técnico y Administrativo, Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo de la Dirección General Recursos Humanos y Función Pública.

ARTÍCULO 2° - La descripción del puesto y determinación del perfil solicitado, así como las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la Categoría a concursar, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.


Lic. GONZALO MIGUEL SAGLIONE

MINISTRO DE ECONOMÍA

PROVINCIA DE SANTA FE


ANEXO I


PERFIL DEL PUESTO

Jurisdicción: Ministerio de Economía.

Cargo a cubrir: Categoría 4 – Agrupamiento Administrativo – División Soporte Técnico y Administrativo.

Sector: Secretaría de Recursos Humanos y Función Pública - Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

Lugar de prestación de servicios: Casa de Gobierno – 3 de Febrero 2649, 1º Piso- Santa Fe.

Horario de Trabajo: Según Reglamentación vigente.

Cantidad de puestos a cubrir: 1 (uno)

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

Aportar para la producción de informes técnicos, jurídicos y/o legales, la documentación requerida para su resolución.

Efectuar el control y registro de expedientes y notas inherentes a la Dirección General.

Facilitar el seguimiento de las actuaciones y/o temas a requerimiento de la superioridad.

Colaborar con la Superioridad en el control de la efectiva entrega de ropa de trabajo.

Asesorar a las dependencias encargadas de la solicitud y recepción de la ropa de trabajo de cada Jurisdicción, en la tramitación y procedimiento a seguir.

Asistir a la Superioridad en las tareas de ordenamiento, documentación y archivo de providencias e informes surgidos del área.

Realizar toda otra actividad dentro de su área de competencia que le sea requerida por sus superiores

Conocimientos Básicos y Esenciales:

De la organización del Estado

Ley 10.052 – Convenio Colectivo de Trabajo

Ley Nº 13.509 de Ministerios.

Ley 12510 – Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado – Nociones Generales.

Del Personal

Ley Nº 8525 – Estatuto del Personal de la Administración Pública y modif.

Decreto Nº 2695/83 y modificatorios – Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.

Decreto Nº 291/09 y modificatorios – Proceso de Selección de Personal.

Decreto 1729/09 y modificatorios - Régimen de Concursos Internos.

Decreto 1919/89 y modificatorios - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.

Conocimientos específicos

Decreto N° 073/15 – Estructura Orgánica Funcional de la Conducción Política del Ministerio de Economía.

Decreto Nº 692/09 - Acceso a la Información Pública.

Decreto Nº 4174/15 – Régimen General de Actuaciones Administrativas.

Decreto N° 2510/13 Estructura y competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

Decreto N° 2038/2013 –Título III - Capítulo II - Subsistema de Recursos Humanos y Función Pública.

Resolución Nº 672/09 (Ministerio de Economía) Plazos de conservación de documentos.

Manejo del Sistema de Información de Expedientes – SIE.

Conocimientos Técnicos no específicos

Manejo de herramientas informáticas: Procesador de textos, planillas de cálculo, Internet y correo electrónico.

Excelente nivel de expresión oral y escrita.

Requisitos, estudios y/o experiencia:

Estudios secundarios completos (Excluyente).


ANEXO II


COMPOSICIÓN DEL JURADO

El Jurado estará integrado de la siguiente manera:

Presidente: El señor El señor Secretario de Recursos Humanos y Función Pública.

Titulares:

El señor Director General de Recursos Humanos y Función Pública, DR. DANIEL SANDIANO.

El señor Subdirector General de Recursos Humanos y Función Pública, DR JOSE TURRI.

La señora Coordinadora General de Selección y Concursos, DRA. FABIANA GIANI.

La señora Directora General de Administración, CPN IVANNA LILIAN ARCE de FASSINO.

El señor DARÍO ADOLFO COSTA, en representación de U.P.C.N.

El CPN MARCELO SILVESTRO, en representación de U.P.C.N.

El señor LUIS COPELLO, en representación de U.P.C.N.

La señora KARINA SANCHEZ, en representación de A.T.E.

Suplentes:

El señor Asistente Profesional Mayor de Asesoramiento Jurídico en Regímenes Especiales, DR MARIANO RATTO.

La señora Jefe de Departamento Profesional Asesoría Legal, Técnica y Organizacional, DRA MARIELA BRIGGILER.

El señor Jefe de Departamento Selección y Concursos, JOSE LUIS RAMIREZ.

El señor Subdirector General de Administración, CPN MIGUEL ANGEL ARIAS.

La señora MONICA PAYA, en representación de U.P.C.N.

El señor EDUARDO BELLAFRONTE, en representación de U.P.C.N.

El señor ROBERTO FRANCUCCI, en representación de U.P.C.N.

La señora CAROLINA BARRIOS, en representación de A.T.E.

LUGAR y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

Coordinación General de Personal, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 – 6º. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe (Puerta 617).

Desde el día 07/08/16 hasta el 18/08/16 en el horario de 8 hs. a 12 hs..

Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8 hs. a 12 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso y el llamado del mismo se difundirá durante diez (10) días, a partir 31/07/2017 y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92º del Decreto Nº 1729/09.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de su D.N.I. o documento equivalente; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Además deberá presentar fotocopia certificada del último recibo de haberes y certificación de situación de revista emitida por el Área de Recursos Humanos de la Jurisdicción que dependa.

Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público, como así también las certificaciones digitalizadas deberán estar legalizadas por el Organismo o Entidad emisora.

La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de DNI del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Economía en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del Jurado durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: A partir del 22/08/2017, en horario a determinar por el jurado.

Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 102º del Decreto Nº 1729/09 – Régimen de Concursos, y modificatorios.

Etapas II y IV: Evaluación Técnica y Entrevista Personal:

Lugar y Fecha: A determinar por el Jurado.

Orden de Méritos:

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Evaluación Antecedentes 30%

Evaluación Técnica 50%

Entrevista Personal 20%

Total 100%


El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 50 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

S/C 20148 Ag. 3 Ag. 7

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MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


RESOLUCIÓN Nº 000634


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

31 JUL 2017

VISTO:

El Expediente Nº 01501-0082399-6, del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

que mediante las presentes actuaciones se propicia llamar a Concurso Interno Interjurisdiccional para cubrir el cargo vacante “Asistente Profesional Mayor – Observatorio de Género” dependiente de la Subsecretaría de Políticas de Género del Ministerio de Desarrollo Social, Categoría 04 del Agrupamiento Profesional del Escalafón en vigencia, lo que se detalla en el Anexo I de la presente resolución;

que el Departamento Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección General de Recursos Humanos informa que tal cargo se convocó mediante Resolución Nº 000928 de fecha 15 de setiembre de 2015 resultando primera y única en el Orden de Mérito la agente Adriana Isabel Fuentes a quien posteriormente se la designó en otro cargo por Decreto Nº 1669 de fecha 07 de julio de 2016 no tomando posesión del mismo, por lo cuál en última instancia y mediante Decreto Nº 5027 de fecha 29 de diciembre de 2016 se declaro vacante el cargo en cuestión; que asimismo el mencionado Departamento manifiesta que conforme lo establece el Artículo 89° del Decreto Nº 4439/15 y de acuerdo a lo expresado por la Subsecretaria de Políticas de Género el concurso constará de tres etapas: Evaluación de Antecedentes, Evaluación Técnica y Entrevista Personal; que los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han asumido la participación que por la normativa vigente -Ley Nº 10052 y modificatorias- en la materia les corresponde; que Coordinación Presupuestaria de la Dirección General de Administración de la citada Cartera Ministerial informa en cuanto al financiamiento se procedió a la reserva del crédito, mediante la confección del P.C.P Nº 407 del cual se adjuntó a estos autos, copia y listado de Economías por bajas producidas en posterioridad a julio 2016 que aseguran no alterar el nivel del gasto de acuerdo a los techos presupuestarios; que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, ha tomado debida intervención; que atento a las consideraciones precedentes, y conforme a la normativa vigente - Artículo 28° del Decreto Nº 1729/09, Artículo 118° Bis del Decreto Nº 2695/83-, corresponde convocar a concurso interno interjurisdiccional dentro de los noventa (90) días de otorgadas las funciones, para cubrir el cargo señalado, para lo cual se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos-contables previos a tales fines; que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por Decretos Nros. 1729/09 y 4439/15 ;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°: Convocar a “Concurso Interno Interjurisdiccional” para cubrir el cargo vacante “Asistente Profesional Mayor – Observatorio de Género” dependiente de la Subsecretaría de Políticas de Género del Ministerio de Desarrollo Social, Categoría 04 del Agrupamiento Profesional del Escalafón en vigencia, según se especifica en el Anexo que se adjunta a esta resolución.

ARTÍCULO 2°: Realizar el concurso interno de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial” y modificatorios, limitado al personal de Planta Permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se procederá conforme lo normado por el Artículo 88° del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y modificatorios.

ARTÍCULO 3°: Aprobar la descripción del puesto y la determinación del perfil, así como las condiciones generales y particulares exigibles que se encuentran detalladas en el Anexo I, que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 4°: Aprobar las composiciones de los Jurados y los procedimientos de inscripción que se detallan en el Anexo II que integra este decisorio.

ARTÍCULO 5°: Aprobar las etapas del concurso, fechas, lugares y horas en que se llevarán a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la categoría a concursar, que se explicita en el Anexo III.

ARTÍCULO 6°: Establecer que en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la/s misma/s, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el Artículo 92, texto actual del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y archívese.

C.P. y Lic. JORGE MARIO ALVAREZ

Ministro de Desarrollo Social

Nota: Los anexos podrán consultarse en la página web del gobierno de Santa Fe: www.santafe.gov.ar

S/C 20147 Ag. 3 Ag. 7

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DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA


EDICTO NOTIFICATORIO


Por Disposición de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción- Rosario, dentro de las actuaciones administrativas: ”OCAMPO MIA ABIGAIL Y FOLCH AXEL LEONEL s/ Medida de Protección Excepcional” Legajo administrativo N° 10999 que tramita por ante el Equipo Interdisciplinario Segunda Nominación, perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, con asiento en la ciudad de Rosario se procede a notificar al Sr. Folch Leonel Matías, DNI 36.816.217 que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 10 de Abril de 2017. ORDEN N° 54.VISTO...CONSIDERANDO...DISPONE: 1.- El cese administrativo de la Medida de Protección Excepcional de Urgencia art. 58 bis Orden N° 83 de fecha 24/06/16 en relación a los niños MIA ABOGAIL OCAMPO, DNI 51.325.415 Y AXEL LEONEL FOLCH, DNI 54.445.138. -2.- Que no obstante lo expresado se considera pertinente que desde el nivel local se implemente MEDIDA DE PROTECCIÓN INTEGRAL, con respecto a los niños. 3.- En consecuencia, queda sin efecto la medida de protección excepcional de derechos adoptada de urgencia mediante Orden 83/16 sin perjuicio del trabajo que se continuará realizando desde los Equipos tu Supra mencionados o quien corresponda según los protocolos que establece esta Dirección. 4.- Notifíquese a los representantes legales o responsables. Fdo. Dra. Claudia C. Aguilera, Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Flia. Nodos Rosario y Venado Tuerto.

S/C 20150 Ag. 3 Ag. 7

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EDICTO NOTIFICATORIO


Por Disposición de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción- Rosario, dentro de las actuaciones administrativas: ”GARCIA IVO s/ Medida de Protección Excepcional” Legajo administrativo N° 7863 que tramita por ante el Equipo Interdisciplinario Segunda Nominación, perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, con asiento en la ciudad de Rosario se procede a notificar al Sr. Rubén Orlando García, DNI 23.640.663 que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 05 de Abril de 2017. DISPOSICIÓN 38/17: Y VISTOS... CONSIDERANDO... DISPONE: 1.- Dictar el acto administrativo de Medida de Protección Excepcional de Derechos, con más su respectiva prórroga, con relación al niño IVO TOMÁS GARCÍA DNI 45.954.451, hijo de Cynthia Natalia Rego, DNI 24.350.790, con domicilio en calle Moreno 6194 de Rosario, y de Rubén Orlando García, , DNI 23.640.663, con domicilio desconocido; consistente en la separación temporal de su centro de vida y su alojamiento transitorio en Centro Residencial dependiente Sitema de Protección Integral por un plazo de ciento ochenta (180) días, de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. B de la Ley Provincial N° 12.967, su modificatoria Ley N° 13.237 y su respectivo Decreto Reglamentario. -2.- DISPONER: Notificar dicha Medida Excepcional de Derechos a los representantes legales del adolescente. 3.-DISPONER: Notificar la adopción de lo resuelto y solicitar el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art. 62 de la Ley N° 12.967.-- 4.- OTORGUESE: el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente. ARCHÍVESE.- Fdo. Dra. Claudia C. Aguilera, Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Flia. Nodos Rosario y Venado Tuerto.

Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de nsu confianza, y/o Profesional de la Defensoría Oficial de los Tribunales Provinciales, asimismo se transcriben a continuación de los arts. Pertinentes de la ley N° 12.967 y Dto. 619/10.

Art.60: RESOLUCIÓN.- La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva.

Dec. Regl.619/10: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas.

ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.

Dec.Regl.619/10: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas.

Art.62: RECURSOS.- Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recuso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso este debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N° 10.204 de la Provincia de Santa Fe.

Dec. Regl.619/10: En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto.

Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N° 10.204 de la Provincia de Santa Fe.

La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme lo preceptuado en el artículo anterior.

S/C 20152 Ag. 3 Ag. 7

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EDICTO NOTIFICATORIO


Por Disposición de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción- Rosario, dentro de las actuaciones administrativas: ”GARCIA GABRIEL s/ Medida de Protección Excepcional” Legajo administrativo N° 7863 que tramita por ante el Equipo Interdisciplinario Segunda Nominación, perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, con asiento en la ciudad de Rosario se procede a notificar al Sr. Rubén Orlando García, DNI 23.640.663 que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 05 de Abril de 2017. DISPOSICIÓN 39/17: Y VISTOS... CONSIDERANDO... DISPONE: 1.- Dictar el acto administrativo de Medida de Protección Excepcional de Derechos, con más su respectiva prórroga, con relación al adolescente GARCÍA GABRIEL, DNI 43.844.909, hijo de Cynthia Natalia Rego, DNI 24.350.790, con domicilio en calle Moreno 6194 de Rosario, y de Rubén Orlando García, DNI 23.640.663, con domicilio desconocido; consistente en la separación temporal de su centro de vida y su alojamiento transitorio en Centro Residencial dependiente Sitema de Protección Integral por un plazo de ciento ochenta (180) días, de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. B de la Ley Provincial N° 12.967, su modificatoria Ley N° 13.237 y su respectivo Decreto Reglamentario. -2.- DISPONER: Notificar dicha Medida Excepcional de Derechos a los representantes legales del adolescente. 3.-DISPONER: Notificar la adopción de lo resuelto y solicitar el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art. 62 de la Ley N° 12.967.-- 4.- OTORGUESE: el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente. ARCHÍVESE.- Fdo. Dra. Claudia C. Aguilera, Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Flia. Nodos Rosario y Venado Tuerto.

Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de nsu confianza, y/o Profesional de la Defensoría Oficial de los Tribunales Provinciales, asimismo se transcriben a continuación de los arts. Pertinentes de la ley N° 12.967 y Dto. 619/10.

Art.60: RESOLUCIÓN.- La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva.

Dec. Regl.619/10: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas.

ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.

Dec.Regl.619/10: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas.

Art.62: RECURSOS.- Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recuso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso este debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N° 10.204 de la Provincia de Santa Fe.

Dec. Regl.619/10: En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto.

Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N° 10.204 de la Provincia de Santa Fe.

La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme lo preceptuado en el artículo anterior.

S/C 20151 Ag. 3 Ag. 7

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I.A.P.O.S.


CONCURSO DE PRECIOS Nº 03/17


Expte. Nº 15302 -0011275-7

Objeto: Alquiler de un inmueble en la ciudad de Venado Tuerto para el funcionamiento de la Delegación del IAPOS.

Fecha de Apertura: 22/08/17 11:00 hs.

Informes y Apertura: I.A.P.O.S. Dpto. Contrataciones y Suministros San Martín 3145 Santa Fe Tel/fax: 0342-4571428/4573204.

S/C 20145 Ag. 3 Ag. 7

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