picture_as_pdf 2015-08-03

LOTERIA DE SANTA FE


RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN NÚMERO: 120

Ref: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERÍA TRADICIONAL DE SANTA FE

MES DE SEPTIEMBRE DE 2015

Emisiones: 3621, 3622, 3623 y 3624.


VISTO:

Las actuaciones que obran en el Expediente N° 00302-0126641-7 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas el Dpto. Loterías y Preimpresos atento a las facultades conferidas por el Decreto 2480/09, eleva para su aprobación la programación de los sorteos comunes de Lotería Tradicional de Santa Fe para el mes de Septiembre de 2015;

Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 1.250.000) al precio de Noventa Pesos ($ 90) cada billete entero, más el impuesto que fija la Ley de Sellos, siendo su fraccionamiento en 2 partes;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($ 3.256.978,00), lo que representa el Sesenta con Treinta y Uno por Ciento (60,31%) sobre el total a emitirse de Sesenta Millares;

Que la Resolución de Dirección General Nro: 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja y que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto Nro. 1308/15;

EL DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE LA CAJA DE

ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

Art. 1º) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondientes a las emisiones Nro. 3621, 3622, 3623 y 3624 de Lotería Tradicional de Santa Fe, a realizarse los dias 5, 12, 19 y 26 de Septiembre de 2015 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

2°) El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados. Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley Nacional 25917 - Ley Provincial N° 12402, Fuente de Financiamiento 214.

Finalidad 4, Función 7. Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas de Operación - Premios.

Art. 3°) Regístrese, comuniqúese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése lista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

SANTA FE, Cana de la Constitución Nacional, 27/JUL/2015

S/C 13647 Ago. 3

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DIRECCION PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y GESTIÓN DE BIENES


DISPOSICIÓN Nº 322


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 27/07/2015

VISTO:

El expediente Nº 01802-0010185-6 en el que obran los antecedentes relativos a las irregularidades incurridas en el marco de los Contratos Públicos N° 13.095 y N° 13.154 por parte de la empresa “MEGA FORCE SEGURIDAD PRIVADA” de Walter Piedrabuena; y

CONSIDERANDO:

Que el objeto de la contratación corresponde al servicio de vigilancia en dependencias ubicadas en la ciudad de Rosario del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

Que constan en el expediente denuncias policiales sobre hechos atribuidos a personal a cargo de la prestación del servicio de vigilancia adjudicado a la empresa del Sr. Walter Piedrabuena. Que habiendo sido aconsejada la rescisión contractual por parte del la Dirección General de Asuntos Jurídicos emitió dictamen recomendando la rescisión contractual. A fs. 38/9 la jurisdicción iniciadora ratifico las irregularidades detectadas en la prestación y según Resolución MASP y MA N° 790/14 se rescindió la prestación de los Contratos Públicos N° 13.095 y 13.154 (vide fs. 63 y ss), notificándose a la prestadora a fs. 68/69 y sin que se consigne actividad recursiva de ésta contra dicho acto administrativo;

Que obran en autos los hechos atribuidos al adjudicatario tales como la ocurrencia de un robo perpetrado, al ingreso de la sede ministerial, contra el automóvil Reanult Kango dominio FJK-885 del MASPyMA con sustracción de una notebook Toshiba y documentación del rodado además de pertenencias personales de la funcionaria que lo conducía. De lo que corresponde inferir la ausencia de vigilancia y por ende de prestación normal del servicio.

Corrida vista a la proveedora la misma expresó descargo a fs. 75 aludiendo a cuestiones que no tienen que ver con los hechos denunciados. Así por ejemplo dijo: “el atraso de los pagos provocó un daño a mi empresa la cual nunca dejó de prestarles el servicio… el exceso de horas manifestado por la misma fue consensuado por el personal de turno… que no es el único servicio que presto a la provincia y con ninguno se ha tenido problema”.

Que el Registro de Proveedores y Beneficiarios de Pago en su intervención, consignó la inexistencia de precedentes negativos para éste proveedor.

Que asimismo el ingreso y egreso de vehículos y su asentamiento en libros de control no se encontraba entre los requerimientos del servicio expresados en la descripción del mismo en el Anexo del PByC; aunque también se pondera que dicho contralor comprende el conocimiento del ingreso y egreso de vehículos y la vigilancia sobre la presencia de personas extrañas o que merodeaban el ingreso al garage, como sucedió durante el robo.

Que en su intervención, la Coordinación de Asesoría de Letrada de esta Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes consecuentemente, estima que la conducta del proveedor tendría encuadre y se recomienda aplicar a la firma “Mega Force” Seguridad de Walter Cristian Piedrabuena, CUIT 20-23405196-3, domiciliado en Rivadavia 4034 de Santo Tomé (Santa Fe), “Apercibimiento” conforme el catalogo de medidas que establece el bloque de legalidad provincial para proveedores (cfr. Decreto 5100/55 y cctes.).

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 del Decreto Nº 3226/05, los artículos 19, 20 y 21 del Decreto Nº 5100/55 y por el Decreto Nº 2479/09;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

DISPONE:

ARTÍCULO 1: Aplicase a la firma la firma “Mega Force” Seguridad de Walter Cristian Piedrabuena, CUIT 20-23405196-3, domiciliado en Rivadavia 4034 de Santo Tomé (Santa Fe), una sanción disciplinaria graduada en “Apercibimiento” conforme el catalogo de medidas que establece el bloque de legalidad provincial para proveedores, debiendo inscribirse en el mencionado Registro Oficial de Proveedores de la Provincia y en un todo de acuerdo a los considerandos precedentes y conforme las facultades conferidas por el artículo 9 del Decreto Nº 3226/05 y por los artículos 19, 20 y 21 del Decreto Nº 5100/55.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C. 13648 Ag. 3 Ag. 4

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COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACION DOMINIAL


Citación


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Perusia 50 – Delegación Oeste Bº Barranquitas de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y los Diarios El Litoral y Uno de la ciudad de Santa Fe, en fecha MARTES 4 de AGOSTO de 2015, a las siguientes personas:

REGION III – NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO SAN JERONIMO – LOCALIDAD CORONDA

1 MARGARITA RAQUEL DURAN, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE J.J.PASO 1841 ,de la ciudad de: CORONDA, identificado como: Lote 6 Manzana s/m Plano Nº 27968/59: Partida Inmobiliaria Nº 11-05-00-149462/0001-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 147 Impar Fº 377 Nº 101256/84 Departamento: SAN JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0067771-1, Iniciador :BASTIDA FELIPA CATALINA.

REGION I – NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO – LOCALIDAD RECONQUISTA

2 LUMAR S.A. FRANZONI VANINA PIA, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GRAL OBLIGADO 2405 ,de la ciudad de: RECONQUISTA, identificado como: Lote 1 Manzana B Plano Nº 82776/77: Partida Inmobiliaria Nº 03-20-00-011146/0518-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 151 Impar Fº 135 Nº 4497/82 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0063857-2, Iniciador :ZAPATA CELESTINA.

REGION III – NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD SAN JOSE DEL RINCON

3 BERNABE MANTARAS , MANTARAS LAURA ELENA, MANTARAS BERNABE E.L., MANTARAS DELIA ESTHER, MANTARAS LUIS MARIA, ROLDAN RAUL ENRIQUE, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CONSTITUYENTE 2209 ,de la ciudad de: SAN JOSE DEL RINCON, identificado como: Lote 1 Manzana s/m 171 Plano Nº 50233/92: Partida Inmobiliaria Nº 10-16-00-735219/0028-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 187 Par Fº 2310 Nº 48447/54 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0022466-7, Iniciador :VEGA MARTA ROSA.

REGION III – NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD SANTA FE

4 NUEVA POMPEYA SRL, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GORRITI 3529 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 8 Manzana s/m 8335 Plano Nº 1613/51: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-134067-0025-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 169 Impar Fº 2264 Nº 48203/51 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0067277-2, Iniciador :CABRAL JORGELINA ROSA.

5 MARCOS VICENTE BOBBIO, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BECK BERNAD 9757 Bº SANTA MARTA ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote Doce Manzana s/m 1355 Plano Nº 1571: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133790/0430-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 188 Par Fº s/f 5412 Nº 54110/54 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0062886-3, Iniciador :VALLEJO ROSA ESTER.

REGION III – NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD SANTO TOME

6 DELIA LUCIA GERLERO Y OSCAR LUIS BUNIVA, Matrícula Individual L.C. Nº 1.531.678 D.N.I. Nº 10.178.004, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ENTRE RIOS 1719 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 11 Manzana 44 Plano Nº 109321/86: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-141148/0011-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 223 Par Fº 1077 Nº 112029/80 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0068018-4, Iniciador :FORTI CLAUDIA MARIA.

7 SUSANA ANTILLE GARCIA, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ESTEBAN MARADONA 1846 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 28 Manzana s/m 170 Plan Nº 59626/71: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-140813/0032-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 287 Impar Fº 3439 Nº 22347/70 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0064192-3, Iniciador :BENITEZ JOSE IGNACIO.

8 ALBORADA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 13 DE DICIEMBRE 3431 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 3 Manzana s/m Plano Nº 093220/80: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-143281/0226-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 333 Impar Fº 2121 Nº 14017/75 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0057529-5, Iniciador :BRACAMONTE MARTA TRINIDAD.

8 ALBORADA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 13 DE DICIEMBRE 3431 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 3 Manzana s/m Plano Nº 093220/80: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-143281/0226-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 333 Impar Fº 2121 Nº 14017/75 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0057529-5, Iniciador :BRACAMONTE MARTA TRINIDAD.

9 FONTANINI MARCELO ROBERTO Y ALEJANDRA GABRIELA CALCATERRA, Matrícula Individual D.N.I. Nº 17.222.803 D.N.I. Nº 18.438.039, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BUENOS AIRES Y RIO NEGRO ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 1 Manzana s/m 2828 s/a Plano Nº 72566/74: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-142840/0250-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 492 Impar Fº 175 Nº 1499/87 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0065819-6, Iniciador :CABRERA MIRIAN EDIT.

10 CARLOS ALBERTO SCRIÑA S.R.L., Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 1 DE MAYO 911 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 46 Manzana s/m Plano Nº 17408/54: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-142506/0044-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 185 Impar Fº 1014 Nº 23979/54 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0067471-4, Iniciador :CAPRIZ MARIA DE LOS ANGELES.

S/C. 13591 Ag. 3 Ag. 5

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DIRECCIÓN PROVINCIAL

DE VIALIDAD


NOTIFICACIÓN


En relación a los autos administrativos Nº 16102-0033518-8 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2423 de fecha 19/09/14 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28° del Decreto Nº 10.204/58, al infractor RUIZ ELIO DOMINGO, con último domicilio conocido en Córdoba y Maipú B

Bº Itatí de localidad de Charata, Provincia de Chaco, de lo establecido en la Resolución Nº 079 dictada el 2 de Febrero de 2015 por el Ing. Omar Alfredo Saab, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y Considerando:... Resuelve. ARTÍCULO 1° - Aprobar el Acta de Infracción N° 2423 de fecha 19/09/14 conforme lo dispone la normativa vigente. ARTÍCULO 2° - Intimar al Sr. RUIZ ELIO DOMINGO en carácter sus conductor con domicilio en Córdoba y Maipu Bº Itati de la localidad de Charata, Provincia de Chaco, al transportista Sr. PARRA FRANCISCO VICENTE, con domicilio en Calle 13 E/8410 S/N° de la localidad de General Pinedo, Provincia de Chaco y al cargador ARENERA SAMPATO S.R.L. con domicilio en Puerto Reconquista de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Pe, paRa que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 más de recibida la presente la suma de $ 18 588,09 (Pesos Dieciocho mil Quinientos Ochenta y Ocho con 09/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectiva pago, bajo apercibimientos de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis Nº 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso, para ser depositado en la Cta. 9716/07, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas.

ARTICULO 3º - La falta de pago en el término acordado darálugar a la inicición del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión marca Volkswage, Modelo 17310, Dominio Chasis GGZ 947, Dominio Acoplado GGZ941, Sr. RUIZ ELIO DOMINGO

con domicilio en Córdoba y Maipú B° Itatí de la localidad de Charata, Provincia de Chaco el transportista Sr. PARRA FRANCISCO VICENTE, con domicilio en Calle 13 E/8410 S/Nº de la localidad de General Pinedo, Provincia de Chaco y el cargador ARENERA SAMPAYO S.R.L. con domicilio en Puerto Reconquista de la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 18.888,09 (Pesos Dieciocho Mil quinientos Ochenta y Ocho con 09/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTÍCULO 4º - Regístrese, comuniqúese y archívese. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 13649 Ag. 3 Ag. 4

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