picture_as_pdf 2004-08-03

REGISTRADA BAJO EL Nº 12307

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1.- Apruébase en todos sus términos el Acuerdo Marco suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representada por el señor Ministro de la Producción, el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y las Entidades: Junta Intercooperativa de Productores de Leche- el Centro de Industria Lechera y Empresas del Sector Lácteo, el día 29 de abril de 2004, el que tiene como finalidad implementar en todo el territorio provincial un Programa de Asistencia Financiera a Productores Tamberos.

Dicho Acuerdo Marco fue aprobado por Decreto Nº 0875/04 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, el 04-05-04, bajo el Nº 2035, Folio 219, Tomo IV, que se agrega como anexo y forma parte integrante de esta ley,

ARTÍCULO 2.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

 

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE, 29 de julio de 2.004

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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