JUZGADO LABORAL
Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Laboral de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe; se cita y emplaza a los herederos de la Sra. Trucco, Clotilde Noemí, para que en el término de ley comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados: “PONCE DE LEON SANDRA ELISA c/MOTA DOMINGO y Otros s/Cobro de pesos laborales Expte. Nº 162/15”. Se publica a esos efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Fdo: Dra. Acosta, Jueza - Dra. Agostini, Secretaria. Santa Fe, 19 de Mayo de 2015.
S/C 262385 Jun. 3 Jun. 5
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TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición de la Sra. Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nro 2, Primera Secretaría de la ciudad de Santa Fe, en autos “SASTRE, MARIA SOLEDAD c/GRANT, SHANE PETRAY s/Privación de la patria potestad, CUIJ Nº 21-00278085-9”, en los términos del art. 73 del CPCCSF se cita y emplaza al demandado por Edictos que se publicarán por tres días, para que dentro del quinto desde la última publicación comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Seguidamente, para mayor recaudo, se transcribe el decreto que así lo ordena: “Santa Fe, 27 de Febrero de 2015. Téngase presente lo manifestado en I. A lo solicitado en II: atento el estado de autos, como se pide, notifíquese por edictos, por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dra. Noemí M. Z. Galván, Jueza; M. A. Nessier, Secretaria. Santa Fe, 19 de Mayo de 2015.
$ 33 262314 Jun. 3 Jun. 5
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: JUMILLA RUBEN ISMAEL s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-01962185-2, se ha dispuesto: 1°) Declarar la quiebra de Rubén Ismael Jumilla, argentino, mayor de edad, D.N.I. 24.292.491, domiciliado realmente en calle Macias N° 4241 de la localidad Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, y con domicilio procesal en calle Saavedra N° 2745, de esta ciudad. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Sindico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar al deudor para: a) que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del articulo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 8°) Fijar hasta el día 2 de Julio de 2015 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el articulo 200. 9°) Fijar el 16 de Octubre de 2015 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao - Juez;- Alicia Roteta, Secretaria.
S/C 262322 Jun. 3 Jun. 9
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Conforme lo dispuesto por el Art. 218 de la LCQ, se hace saber que en los autos caratulados SCAREL, CLAUDIA ITATI s/Quiebra; Expte. Nº 1275/2008, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación, se ha presentado el último Proyecto de Distribución Complementaria de Fondos. Santa Fe, 19 de Marzo de 2015. Dra. Benítez (Secretaria).
S/C 262364 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 7a Nominación de esta ciudad de Santa Fe, se notifica que en fecha 09/04/15 se ha decretado lo siguiente: “Estando acreditado el fallecimiento de la codemandada Nélida Inés de las Mercedes Maciel, cítese y emplácese a sus herederos para hacer valer sus derechos por edictos que se publicarán por cinco días en el BOLETIN OFICIAL. El término del comparendo vencerá cinco días después de la última publicación. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 8 de Mayo de 2015. MACIEL GOLLAN, SARA FELICITAS s/Prescripción Adquisitiva”, Expte. 1289/02. Fdo. Dr. Jorge Alberto Gómez - Secretario. Dr. Salzman, Prosecretario.
$ 33 262247 Jun. 3 Jun. 5
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: GIGENA, LEANDRO DAVID s/Concurso Preventivo” Expíe. 21-00729530-5, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa, el Señor Juez ha dispuesto ordenar la apertura del Concurso Preventivo del Señor Leandro David Gigena, argentino, mayor de edad, DNI Nº 28.017.143 con domicilio real en calle 9 de Julio Nº 305 de la localidad de San Carlos Centro, provincia de Santa Fe y legal en calle San Jerónimo No 3358, de la ciudad de Santa Fe. Que ha sido designado Síndico el C.P.N. Carlos Alberto Asensio domiciliado a los efectos legales en calle Las Heras Nro. 5254 de la ciudad de Santa Fe, fijándose el día 24 de junio de 2015, como fecha hasta la cual podrán los acreedores presentar sus pedidos de verificación al Síndico, en el domicilio antes indicado en días hábiles en el horario de 17:30 a 19:30 hs. Señalar el día 21 de Agosto de 2015, como fecha en la que el Síndico deberá presentar los Informes Individuales; el día 5 de octubre de 2015, como fecha en la que el Síndico deberá presentar el Informe General; fijar el día 15 de Abril de 2016 o el día hábil siguiente si aquel resultare feriado, las 11,00 hs., como fecha de realización de la Audiencia Informativa. Que se ha dispuesto la publicación de edictos en la forma prevista por el art. 27 de la Ley 24522, en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Dra. María del Huerto Guayán - Secretaria. Santa Fe, 27 de Mayo de 2015.
S/C 262369 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: ORELLANO JUSTO AMADO s/Propia Quiebra CUIJ 21-01958038-2, la siguiente Resolución: Santa Fe, 28 de Mayo de 2015. VISTO:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1- Fijar el día 06 de Agosto de 2.015 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24522). 2- Fijar el día 24 de Agosto de 2.015 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 3- Señalar el día 21 de Septiembre de 2.015 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (Art. 35 Ley 24522) y el 04 de Noviembre de 2015 para la presentación del Informe General (Art. 39 Ley 24522).” Fdo: Dr. Gabriel O. Abad (Juez) - Dra. Adriana L. Benítez (Secretaria). Santa Fe, 28 de Mayo de 2015. Dra. Benítez, Secretaria.
S/C 262368 Jun. 3 Jun. 4
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Por así estar dispuesto en los autos GODOY, OMAR RENE s/Quiebra; (Expte. N° 21-01960062-6), la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 27 de Mayo de 2015. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Omar Rene Godoy, apellido materno Kolodziejczyk, argentino, D.N.I. Nº 17.339.582, CUIT N° 20-17339582-6, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Chubut 3025, y legal en calle 4 de Enero 1148, 3° A, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 28/05/2015 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora del fallido a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 27/07/2015, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Atento lo resuelto en fecha 23/12/2013 en autos: Petitón, Isabel del Rosario s/Quiebra; (Expte. N° 1063/13), autorízase a la Sindicatura la percepción de la suma de $ 280 en concepto de arancel (Art. 32 L.C.Q.), otorgándosele al mismo el carácter de “Gastos de Conservación y Justicia” y conforme ello, la preferencia del Art. 240 L.C.Q., para aquéllos créditos pretendidos superiores a $ 5.600. 15) Fijar el día 10/08/2015 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 08/09/2015 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 22/10/2015 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q., en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Ofíciese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza; Patricia Mazzi, secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 28 de Mayo de 2015 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Síndica la C.P.N. Elisa María Teresa Degano con domicilio en calle Corrientes 3521 de esta ciudad. Patricia Laura Mazzi, secretaria.
S/C 262372 Jun. 3 Jun. 4
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Por así estar dispuesto en los autos LOPEZ, LUIS ENRIQUE s/Quiebra; (Expte. N° 21-01957613-9), la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 27 de Mayo de 2015. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Luis Enrique López, apellido materno Mancinelli, argentino, D.N.I. N° 12.565.139, CUIT N° 20-12565139-9, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Urquiza 9321, y legal en calle 1° de Mayo 1368, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 28/05/2015 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora del fallido a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 27/07/2015, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Atento lo resuelto en fecha 23/12/2013 en autos Petitón, Isabel del Rosario s/Quiebra; (Expte. Nº 1063/13), autorízase a la Sindicatura la percepción de la suma de $ 280, en concepto de arancel (Art. 32 L.C.Q.), otorgándosele al mismo el carácter de “Gastos de Conservación y Justicia” y conforme ello, la preferencia del Art. 240 L.C.Q., para aquéllos créditos, pretendidos superiores a $ 5.600. 15) Fijar el día 10/08/2015 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 08/09/2015 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 22/10/2015 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Ofíciese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza; Patricia Mazzi, secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 28 de Mayo de 2015 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Síndica la C.P.N. María Rosa López con domicilio en calle Uruguay 3150 de esta ciudad. Patricia Laura Mazzi, secretaria.
S/C 262370 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE c/ANTUÑA OLIVA y Otros s/Ordinario; (Expte. Nº 21-00963994-9), se cita y emplaza a los herederos de la Sra. Antuña Oliva (L.C. N° 02.398.561), para que comparezcan a tomar debida intervención en autos en el término y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente, que el Organismo Provisional se encuentra legalmente exceptuado del pago de impuestos y tasa de justicia, atento a lo dispuesto en el Art. 41 de la Ley 6915, razón por la cual la publicación del presente resulta sin cargo. Santa Fe, 18 Diciembre de 2014. Dr. Gómez, Secretario.
S/C 262255 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: MAQUINAS Y SERVICIOS S.A. s/Quiebra, Expte. Nº 1125/2012, se ha ordenado la publicación de los edictos por el término de dos días en el BOLETIN OFICIAL (Art. 218 de la Ley 24522) a los efectos de hacer conocer la presentación del informe, el proyecto de distribución final y la regulación de los honorarios correspondientes a la sindicatura y a los apoderados de la fallida. CPN Francisco Grossi, honorarios $ 6.048,00 más aporte de ley $ 601.80, Síndico Suplente CPN Héctor González, honorarios $ 4.032.00 más aporte de ley $ 403.20 y Apoderado de la fallida Dr. Barbotti Germán honorarios $ 4.320 más de ley $ 561.20. Santa Fe, 26 de Mayo 2015. Dra. Taboga, Prosecretaria.
S/C 262289 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado Civil y Comercial de Distrito N° 1 de la 4a Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados CAPPELLACCI, HUGO WASHINGTON PACIFICO c/KRANEMBORG de VARELA, NEMA MARYS s/Ejecución Hipotecaria; Expte. N° 1130 del año 1996, se ha Declarado Rebeldes a quienes resulten herederos de la demandada Noema Marys Kranemborg de Várela. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 21 de Mayo de 2015. Dra. Alfonsina Pacor, Secretaria. Dr. Claudio Bermúdez, Juez. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.
$ 165 262257 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PROV. c/DERTIANO SATURNINA y OTROS s/Demanda Ordinario” (Expte. 21-01955973-1), se cita y emplaza a los herederos de la Sra. Dertiano Saturnina (L.C. N° 06.323.065), para que comparezcan a tomar debida intervención en autos en el término y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente, que el Organismo Provisional se encuentra legalmente exceptuado del pago de impuestos y tasa de justicia, atento a lo dispuesto en el Art. 41 de la Ley 6915, razón por la cual la publicación del presente resulta sin cargo. Santa Fe, 19 de Diciembre de 2014. Dr. Gómez, Secretario.
S/C 262253 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: ROITBARG LUISINA s/Quiebra” CUIJ Nº 21-01956425-5, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de LUISINA ROITBARG, D.N.I. 29.720.494, argentina, mayor de edad, desempleada, domiciliada realmente en Pedro Zenteno 3327, depto. 2, de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Domingo Silva 2939 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (21/10/2015). 10) Intimar a la fallida para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 03/06/2015 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 03/07/2015, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 14) Fijar el día 04/08/2015 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 17) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Fdo.: Dr. Daniel Alonso - Juez - Dr. Pablo Silvestrini - Secretario - Secretaría, 26 de Mayo de 2015.
S/C 262234 Jun. 3 Jun. 9
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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Gabriel O. Abad, Secretaría a cargo de la Dra. Adriana L. Benítez, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: VIDAL LUQUEZ CRISTIAN GABRIEL s/Quiebra; C.U.I.J. 21-00991914-4 en fecha 7 de Mayo de 2015 se ha dispuesto el siguiente decreto: Téngase por presentada la readecuación del Proyecto de Distribución. Notifíquese de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 218 de la L.C.Q. Notifíquese. Santa Fe, 21 de Mayo de 2015. Dra. Mántaras, Prosecretaria.
S/C 262227 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 19 en lo Civil, Comercial, Laboral de la ciudad de Esperanza, en los autos caratulados SANGALLI ISIDRO ANGEL s/Sucesorio; (Expte. N° 261 año 2015), se llama a herederos, acreedores o legatarios de Isidro Angel Sangalli, LE. N° 6.195.448, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de la Ley y bajo apercibimiento. Publíquese por término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el lugar establecido por la C.S.J.S.F. Esperanza, 20 de Mayo de 2015. Fdo. Dra. Claudia Brown, Secretaria. Dra. Matiller,m Prosecretaria.
$ 45 262286 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición de la señora Jueza de la Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante, señora NILDA NICOMEDES ALBELO, D.N.I. F 03.241.276, en los autos: ALBELO NILDA NICOMEDES s/Sucesión; (Expte. 489/2014), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. San Justo, 10 de Febrero de 2015. San Justo, 10 de Febrero de 2015. Dra. Gioda, Secretaria.
$ 45 262245 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Ocampo (SF), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Mercedes Meza de Valois, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en el juicio sucesorio: MEZA DE VALOIS, MERCEDES s/Sucesorio; Expte. Nº 1147 Año 2013. Villa Ocampo, 19 de Mayo de 2015. Dr. Caglia, Secretario.
$ 45 262269 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Daniela Edit Godoy, D.N.I. Nº 20.320.129, en autos caratulados GODOY, DANIELA EDIT s/Sucesorio; Expte. Nº 21-01960636-5 tramitados por ante este Juzgado para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 20 de Mayo de 2015. Dr. Salzman, Prosecretario.
$ 45 262360 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición de señor Juez de 1a. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 2a Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante señora Graciela Raquel Toledo, D.N.I. 13.812.310, en los autos, caratulados: “TOLEDO GRACIELA RAQUEL s/Declaratoria de herederos” (CUIJ: 21-01960167-3), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 20 de Mayo de 2015. Dra. Guayán, Secretaria.
$ 45 262246 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 9a. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: “ARIAS JOSEFINA MANUELA s/Sucesorio; Expte. CUIJ 21-01958178-8) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Josefina Manuela Arias, LC N° 1.124.206, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos légales. Se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo: Dr. Néstor Antonio Tosolini. Santa Fe, Mayo de 2015.
$ 45 262303 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Sra. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos TORRES DANIEL ORLANDO s/Sucesorio; (Expte CUIJ 21-00841377-8) se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Torres Daniel Orlando DNI N° 12.147.372, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publican a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo: Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena. Santa Fe, 15 de Mayo de 2015. Dra. Taboga, Prosecretaria.
$ 45 262305 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. IRIS BLANCA ROMERO Documento de Identidad Nº F. 0.907.707 a que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el Transparente del hall de Tribunales. Fdo. Dr. Gabriel Oscar Abad Juez); Dra. Adriana Benítez Secretaria. Santa Fe, 22 de Mayo de 2015. Dra. Mántaras, Prosecretaria.
$ 45 262306 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o sucesores y/o acreedores de doña DELMA MENDOZA, L.C. Nº 4.234.299, a fin de que dentro del término y con los apercibimientos legales, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL de acuerdo a la Ley Nº 11287 y el Acuerdo Ordinario del 07-02-96, Acta Número Tres. Santa Fe, 5 de Mayo de 2015. FDO. Dr. Daniel R. Maurutto, Secretario. Dra. Suárez, Prosecretaria.
$ 45 262354 Jun. 3 Jun. 16
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 11 de San Jorge (S. Fe), en autos TORRES, MARÍA LAURA s/Sucesorio; Expte. 324, año 2015, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña María Laura Torres, fallecida en la ciudad de Rosario (S. Fe) el día 12/02/2015, quien habría portado DNI. 25.814.768, que tuviera último domicilio en calle Independencia 467 de la localidad de Cañada Rosquín (SF), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Jorge, 2 de Mayo de 2015. Dra. Piazzo (Secretaria).
$ 45 262256 Jun. 3 Jun. 16
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SAN CRISTOBAL
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Distrito N° 10 de la ciudad de San Cristóbal, en los autos caratulados: MAROZZI, ROBERTO JORGE s/Concurso Preventivo (Hoy Quiebra); (Expte. N° 135/1999), se hace saber que el señor Síndico ha presentado el informe final y proyecto de distribución, auto regulatorio de Honorarios y el proyecto de distribución readecuado Informe Final y Proyecto Distribución: Hugo Alberto Beldoménico, Contador Publico Nacional, Mat. 2.712, Síndico. Que dado el estado de la causa viene a presentar el Informe Final y Proyecto de Distribución de los fondos recaudados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 218 de la L.C.Q., en los siguientes términos: I.- Introducción. Estos actuados se iniciaron con la apertura del Concurso Preventivo, declarada mediante Resolución de fecha 21 de Abril de 1999, habiéndose presentado el deudor, solicitándola, el día 23 de Marzo de 1999. Al no prosperar acuerdo alguno, se decretó la quiebra indirecta, Resolución de fecha 22 de Febrero de 2000. En el prolongado transcurso del proceso, se tramitaron numerosos incidentes, los que se enumeran a continuación: - Expte. 135, Año 1999, Banco Bisel c/Marozzi, Roberto J. s/Incidente de Venta no Judicial. - Expte. 135, Año 1999, Incidente de Verificación y Graduación de Crédito de API en quiebra de Marozzi, Roberto J. s/Quiebra. - Expte. 470, Año 1999, Incidente de Verificación Tardía de la Sindicatura BID en autos Marozzi, Roberto J. s/Quiebra. - Expte. 514, Año 1999, Vetare S.R.L. s/Incidente de Revisión de Crédito. - Expte. 828, Año 1999, Banco del Suquía S. A. c/Marozzi, Roberto J. s/Ejecución Prendaria. - Expte. 829, Año 1999, Banco del Sequía S. A. c/Marozzi, Roberto J. s/Ejecución Hipotecaria. - Expte. 146, Año 2000, Banco de la Nación Argentina s/Concurso Especial, en autos Marozzi, Roberto J. s/Quiebra. - Expte. 582, Año 2000, Incidente de Verificación Tardía del Nuevo Banco de Santa Fe en Marozzi, Roberto J. s/Quiebra. - Expte. 732, Año 2000, Vetaro S.R.L. s/Demanda de Concurso Especial en Marozzi, Roberto J. s/Quiebra. II. Del Activo Concursal Realizado. Se han producido ingresos a esta causa, por la venta de los siguientes bienes: - Un campo ubicado en la localidad de Ambrossetti, rematado mediante trámite sustanciado en el Expte. 829, Año 1999; Banco del Sequía S.A. c/Marozzi, Roberto J. s/Ejecución Hipotecaria, en la suma final de $ 231.000,00, de los que deducida la liquidación de total del crédito abonado al banco actor, con más costos y costas por la suma de $ 109.031,68 y la retención por gastos de la martillera interviniente, de un monto de $ 8.600,00, quedaron a disposición de la quiebra $ 113.398,32. A este resultado hay que adicionar los intereses ganados por la colocación a plazo fijo, que asciende a $ 12.076,44, lo que representa un neto por esta venta, a distribuir en este acto, de $ 125.474,76. Se agrega resumen bancario de saldo, y movimiento de fondos. - Una vivienda, inmueble hipotecado por el Banco de la Nación Argentina, ejecutado en las actuaciones: Expte. 146, Año 2000, Banco de la Nación Argentina s/Concurso Especial, en autos Marozzi, Roberto J. s/Quiebra, rematado en la suma de $ 25.400,00. De esta suma, se atendió al acreedor con el 85% de lo recaudado, quedando reservado para la quiebra el 15% restante, lo que se encuentra depositado en la cuenta correspondiente, con un saldo disponible de $ 3.810. Se agrega resumen bancario de saldo y movimiento de fondos de esta cuenta judicial. - Un terreno sin mejoras, ubicado a la vera de la Ruta Nacional 34, ciudad de Ceres, demás individualizaciones del inmueble obran en autos, subastado en este mismo principal, por un monto de $ 21.000,00, al que se deberá deducir la liquidación de gastos de la martillera, que sumó $ 1.239,36, lo que hace un saldo disponible de $ 19.760,64. Se agrega resumen bancario de saldo y movimiento de fondos de esta cuenta judicial. - Un tractor Zanello, modelo año 1997, demás datos según inventario de desapoderamiento, prendado a favor de la firma Vetaro S.R.L., cuya venta se tramitó en autos Expte. 732, Año 2000, Vetaro S.R.L. s/Demanda de Concurso Especial en Marozzi, Roberto J. s/Quiebra. Finalizó con una venta directa autorizada por V. S. que se concretó en la suma de $ 12.000,00. Dicho monto se encuentra aún depositado en la cuenta judicial correspondiente a este incidente, de los que se destinarán $ 10.200,00 a cubrir parcialmente el crédito prendario y $ 1,800,00 como reserva para costas y tasa de justicia (15% sobre el valor realizado). Se agrega resumen bancario de saldo y movimiento de fondos de esta cuenta judicial. Estos son los bienes que se han podido realizar, ya que el resto del activo falencial, tanto el que estuvo sujeto al desapoderamiento, como el que fue ocultado y nunca puesto a disposición del Síndico por parte del fallido, no se ha podido localizar a pesar del prolongado tiempo transcurrido, tal como se detallará en el punto que se desarrolla a continuación. En resumen, el total de los ingresos brutos por venta y otros recursos que se concretaron en esta causa es el siguiente: Total de Ingresos Brutos - Venta de inmueble urbano, hipotecado por B.N.A. $ 25.400,00; - Venta de inmueble rural, hipotecado por Bco. Suquía S.A. $ 231.000,00; - Venta tractor Zanello, prendado por Vetaro S.R.L. $ 12.000,00; - Venta Terreno en Ceres, subastado en el principal $ 21.000,00; - Intereses ganados en autos a Plazo Fijo judicial $ 12.076.44; Total Ingresado al Proceso $ 301.476.44. III. Del Activo Concursal no realizado. Como surge de lo expresado en el punto anterior, de las maquinarias y herramientas de campo, que han sido desapoderadas en autos, sólo se logró subastar el tractor Zanello, ejecutado mediante venta directa por Vetaro S.R.L., acreedor prendario. Y esto es así por cuanto el resto de la maquinaria agrícola que en el acto de desapoderamiento de fecha 18 de Agosto de 2000 fue dejada bajo la responsabilidad del depósito judicial del fallido, Sr. Roberto J. Marozzi, desaparecieron del lugar en que se habían resguardado, no obteniéndose respuesta alguna por parte del mismo al momento de requerirlas para subastar. Tal situación se ventila en el acta de constatación de actuaciones realizadas en fecha 11 de Abril de 2008 y 27 de Agosto de ese año, diligenciada por oficial de justicia con la participación de la última martillera actuante, Sra. Ana María Malizia. Se destaca que dichos bienes ya no fueron localizados por la martillera con actuación anterior a la citada, Srta. Adriana Fraticcelli, en el año 2003, posteriormente removida por dilaciones en el trámite de remate. Los bienes vendidos y/o ocultados por el depositario infiel, son: Un tractor Deutz, 1185, modelo año 1972, prendado por Banco Bisel S.A.; Un cultivador de 11 surcos, marca Gran Zorzal, prendado por Banco Bisel S.A.; Una rastra desencontrada de 28 discos, marca Crucianelli, prendada por Banco Bisel S.A. y Un cultivador de 23 rejas, marca Villarrreal, prendado por el Banco Bisel S.A. Asimismo, es de hacer notar que al practicarse el desapoderamiento, consultado por los demás bienes declarados en oportunidad de la presentación en concurso preventivo, el hoy fallido declaró haber dispuesto, desarmado, vendido y/o cedido en préstamo, según el caso, los siguientes activos: Una sembradora directa de 12 surcos, marca Super Walter, prendada por Banco Bisel S.A.; Una rastra desencontrada de 52 discos, marca Micelli, prendada por el Banco Bisel S. A.; Un tractor Massey Ferguson, modelo año 1977; un tractor Fiat 60 y una camioneta Ford F100, dominio TEK 857, prendada por Banco del Suquía. Según sus dichos, la camioneta marca Peugeot, dominio BIR275, prendada por Citibank, había sido secuestrada por esta entidad bancaria con anterioridad a la declaración de la quiebra. Estas manifestaciones constan en el acta labrada con fecha 18 de Agosto del año 2000. Citibank N.A, institución bancaria con acreencia privilegiada con prenda, nunca se presentó a verificar su crédito en este proceso. A criterio del suscripto, el comportamiento del fallido amerita la intervención de la jurisdicción penal y así se lo solicita a V.S., bajo la imputación de depositario infiel, con el agravante de haber cometido ocultamiento, venta no autorizada y/o forzada desaparición de bienes de uso del activo falencial, incluido el rodado Ford F100, prendado, que declara al momento de la quiebra que se encontraba en la provincia de Tucumán, desarmado. IV.- Del Pasivo Concursal. En primer término, haremos referencia a quienes contando con privilegio especial para sus créditos, procedieron a ejecutar los bienes asiento de su garantía, atendiendo el caso en que sea necesario calcular los saldos no cubiertos por el precio de venta, los que serán tratados como quirografarios. El Banco de la Nación Argentina retiró de los fondos resultantes del remate la suma de $ 21.590,00, los que detraídos del monto verificado con el carácter de privilegio general, $ 37.137,49, arrojan un saldo de crédito a considerar como quirografario que asciende a la suma de $ 15.547,49. El Banco del Suquía S. A. satisfizo totalmente su acreencia privilegiada con la venta del bien hipotecado, solo restándole cobrar el crédito con garantía prendaria, recaída sobre un bien que no se localizó para su desapoderamiento. Ante esta circunstancia, al no contar con el bien gravado, su crédito será considerado como quirografario. Vetaro S.R.L., concretó una venta directa del tractor Zanello, la que se autorizó en la suma de $ 12.000,00, aún hoy subsistentes en la cuenta judicial del incidente pertinente. De estos fondos se reservará el 15% para los honorarios y tasa judicial de la quiebra, o sea $ 1.800,00, con lo que se aplicará a satisfacer parcialmente el crédito la suma de $ 10.200,00. Teniendo en cuenta el incidente de revisión que resultara favorable a este acreedor, el crédito finalmente verificado asciende a $ 79.719,15, por lo que restando lo ya cobrado, resta un saldo de crédito a considerar como quirografario de $ 69.519,15. El Banco Bisel S. A., no ha ejecutado ninguna de las maquinarias agrícolas que tenía gravadas con prenda, y al no haberse ubicado las mismas, su crédito será considerado como quirografario. Respecto al crédito de la Municipalidad de Ceres, con privilegio especial, por impuestos que gravaban el bien inmueble vendido, se tomará como deuda cancelada en oportunidad de la escrituración de la vivienda por parte del comprador en subasta. De la misma forma, se deberá tener presente que, según los antecedentes obrantes en autos, impulsó el secuestro y venta de la camioneta Peugeot que estaba gravada con prenda a su favor, sin que esta Sindicatura fuera notificada de las pertinentes diligencias de realización, ni que se hayan presentado a verificar crédito alguno en este proceso. No hubo verificaciones tardías en el concurso preventivo. Se ha presentado a verificar por créditos posterior a la apertura del Concurso Preventivo, cuya causa se produjo entre el 23 de Marzo de 1999 y el 22 de Febrero de 2000, un único acreedor, la Administración Provincial de Impuestos, a quien se le verificó la suma de $ 677,98 como crédito con privilegio general y $ 95,80 en carácter de quirografario. En cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia de declaración de la quiebra del Sr. Roberto J. Marozzi, esta Sindicatura procederá a actualizar los créditos insinuados en la etapa del Concurso Preventivo, por el plazo transcurrido entre las dos fechas citadas en el párrafo anterior. Para ello, el suscripto ha adoptado el criterio de utilizar la tasa promedio que publica el Banco de la Nación Argentina para las operaciones activas, préstamos por descuento de documentos a 30 días y la tasa pasiva, por depósitos a plazos de 30 días. El índice que arroja esta actualización es de 1,1036, tal como se lo puede comprobar en la planilla resumen de tasas activas y pasivas promedio, que se anexa al presente informe. Dos aclaraciones antes de desarrollar el cuadro de actualización del pasivo concursal, por lo primero, que figuran en el pasivo histórico los créditos con las deducciones y omisiones comentadas con anterioridad en este punto, y por lo segundo, que todos los créditos nominados y verificados en dólares estadounidenses, fueron convertidos a pesos con el tipo de cambio u$s 1,00 = $ 1,00, tal como correspondía en ese momento, dada la vigencia de la ley de convertibilidad. Detalle del Pasivo Concursal Actualizado; Privilegio especial: No subsisten créditos a actualizar. Privilegio general: - AFIP-DGI Histórico: $ 8.781,78 x Coef. 1.1036 = $ 9.691,57; - API STA. FE Histórico $ 1.436,19 x Coef. 1.1036 = $ 1.584,98; - API STA. FE Verif. en la quiebra $ 677,98 = $ 677,98; Total Privilegio General $ 11.954,53. QUIROGRAFARIOS: -AFIP-DGI Histórico: $ 2.163,16 x Coef. 1.1036 = $ 2.387,26; -API-STA.FE Histórico $ 371,78 x Coef. 1.1036 = $ 410,30; - API STA. FE Verif. en la quiebra $ 95,80 x $ 95,80; - Agrop. Río Paraná SRL Verif. en la quiebra $ 3.696,00 x Coef. 1.1036 = $ 4.078,91; - Banco Bisel S.A. orig. prendario $ 57.175,00 x Coef. 1.1036 = $ 63.098,33; - Banco Bisel S.A. orig. quirografario $ 338,25 x Coef. 1.1036 = $ 373,29; - B.N.A. - saldo de hipoteca orig. quirografario $ 15.547,49 x Coef. 1.1036 = $ 17.158,21; - B.N.A. - quirografarios saldo de hipoteca $ 12.764,31 x Coef. 1.1036 = $ 14.086,69; Bco. Suquía S.A. - orig. prendario $ 8.652,36 x Coef. 1.1036 = $ 9.548,74; - Bco. Río de la Plata Histórico $ 20.182,17 x Coef. 1.1036 = $ 22.273,04; - Coragro S.A. Bco. Río de la Plata Histórico $ 5.424,00 x Coef. 1.1036 = $ 5.985,93; - Corporación Arg. S.A. Histórico $ 20.339,13 x Coef. 1.1036 = $ 22.446,26; - Cristóbal, Ricardo y Otra Histórico $ 1.153,00 x Coef. 1.1036 = $ 1.272,46; - Griffa, C.A. y Gramaglia J. S.H. $ 20.935,96 x Coef. 1.1036 = $ 23.104,93; Monsanto Argentina S.A. Histórico $ 20.918,00 x Coef. 1.1036 = $ 23.085,10; - Mutual Club Ceres Unión Histórico $ 5.495,00 x Coef. 1.1036 = $ 6.064,29; - Nidera S.A. Mutual Club Ceres Unión $ 7.326,00 x Coef. 1.1036 = $ 8.084,97; - Nvo. Bco. Santa Fe S.A. Histórico $ 2.712,98 x Coef. 1.1036 = $ 2.994,05; - Salicru, Marcelino A. Histórico $ 1.394,16 x Coef. 1.1036 = $ 1.538,59; - La Elena, de Biancucci, R. $ 12.590,66 x Coef. 1.1036 = $ 13.895,05; - Vetaro S.R.L. (Hoy S.C.) Histórico $ 69.519,15 x coef. 1.1036 = $ 76.721,33; Total Quirografario $ 288.698,56 x Coef. 1.1036 = $ 318.607,73. V.- GASTOS DEL ART. 240 L.C.Q. En este punto se incluye la tasa de retribución de servicios de justicia (3%), sobre el total realizado, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Código Fiscal de la Provincia, calculada sobre el monto bruto ingresado por liquidación de bienes. En este caso, deduciendo los intereses ganados, se define la base de $ 289.400,00. En lo que respecta a los honorarios de la Sindicatura y del letrado solicitante de 1a quiebra, se estima y sugiere para su regulación, la aplicación del máximo de ley, o sea el 12%, sobre el total recaudado, distribuyendo en la relación entre profesionales, un 80% para el primero y 20% para este último. Todo ello teniendo en cuenta la evaluación de la dedicación y tiempo insumido en cada caso y la actuación del suscripto a lo largo de los catorce años de duración del proceso, en primer término, en la etapa del Concurso Preventivo, y después, durante el desarrollo de la Quiebra y los avalares de la liquidación de bienes. También sugiero se tengan presentes los incidentes de todo tipo incoados durante el procedimiento. En el rubro de reintegro de gastos a la Sindicatura, se ha calculado prudencialmente el monto de las erogaciones que fueron imprescindibles realizar sin contarse con comprobantes específicos, tal el caso de gastos en movilidad, costos de administración, cédulas remitidas, correo, telefonía, etc. Estos gastos no pueden ser justificados en cada caso con un comprobante que pueda ser identificado como prueba de la erogación efectuada. En virtud de ello, se estima la suma de $ 1.500,00 por todo concepto y sin comprobantes. VI.- FONDOS A DISTRIBUIR. En este punto detallamos las cuentas judiciales y sus saldos, los que representan en definitiva, los montos a distribuir en el Proyecto de Distribución que se presenta más abajo en este escrito. Las cuentas vigentes, de las que se anexan las constancias expedidas por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., certificando saldos existentes y movimientos de fondos desde la apertura de la cuenta, son las siguientes: - Bco. Nac. Arg. s/Concurso especial en Marozzi”, Expte. 146, Ano 2000. Cta. Judicial 3272/7. Saldo actual $ 3.810,00; Bco. Suquía contra Marozzi s/ejecución hipotecaria”, Expte. 829, Año 1999; Cta. Judicial 3444/4. Saldo actual $ 125.474,76; Vetaro c/Marozzi s/Concurso Especial”, Expte. Nº 732, Año 2000; Cta. Judicial 3895/4. Saldo actual $ 12.000,00 - Marozi, Roberto J. s/Quiebra”, Expte. 135, Año 1999; Cta. Judicial 6036/4. Saldo actual $ 19.760.64; TOTAL FONDOS A DISTRIBUIR $ 161.045,40. Finalmente, se desarrollan en este informe los cuatro puntos que conforman taxativamente el Informe Final según las exigencias legales y en un todo de acuerdo con lo establecido en el primer párrafo del artículo 218 L.C.Q. VII.- RENDICION DE CUENTAS (Inciso 1. Artículo 218 LCO). Ingresos de la causa - Venta de inmueble urbano, hipotecado por B.N.A. $ 25.400,00; - Venta de inmueble rural, hipotecado por Bco. Suquía S.A. $ 231.000,00; - Venta tractor Zanello prendado por Vetaro SRL $ 12.000,00; Venta Terreno en Ceres subastado en el principal $ 21.000,00; Intereses ganados en Plazo Fijo judicial en autos $ 12.076.44; Total ingresos $ 301.476,44. Menos: Gastos retenidos por las martilleras actuantes. Subasta concurso especial Bco. Suquía S.A. $ 8.600,00; - Subasta terreno de Ceres $ 1.239,36; Sumas va abonadas a acreedores privilegiados. Cobrado por Bco. Suquía S.A. y honorarios $ 109.031,68; Cobrado por Bco. Nac. Argentina $ 21.590.00 $ 140.361.04; Subtotal $ 161.015,40. Más: Depositado en mayor cantidad por comprador en subasta de Bco. Suquía S.A., por error $ 30,00. Saldo de la rendición de cuentas, igual al saldo bancario total, igual a fondos a distribuir $ 161.045.40. VIII.- RESULTADO DE LA REALIZACIÓN DE LOS BIENES (Inciso 2. Artículo 218 LCO). En el Punto II, “Del Activo Realizado”, de este mismo escrito se desarrolló en forma detallada el producido de cada uno de los remates y venta directa que se concretaron en este proceso, a donde el suscripto remite para obtenerse la información peticionada en este inciso. IX.- ENUMERACION DE BIENES QUE NO SE HAYAN PODIDO ENAJENAR. CRÉDITOS NO COBRADOS. ETC. (Inciso 3. Artículo 218 LCO. De la misma manera, los bienes que no se pudieron enajenar en el transcurso de esta causa, se detallaron en el Punto III “Del Activo Concursal no Realizado”, en donde consta la información completa sobre el destino de los mismos. X.- PROYECTO DE DISTRIBUCION FINAL (Inciso 4. Artículo 218 LCQ). Saldos disponibles a la fecha del presente informe Fondos a distribuir, ver Punto VI y VII del presente informe $ -161.045.40 Saldo a distribuir $ 161.045,40 Menos: Gastos del proceso. Artículo 240 LCQ. no abonados y a afrontar con los fondos disponibles. Sellado de tasa de justicia, 3% s/ $ 289.400,00, ingreso total por ventas en esta causa (ver Punto V) $ 8.682,00 - Honorarios a regular al Sindico, estimados sobre la base de $ 301.476,44 (Ver Punto III), calculados utilizando los porcentajes sugeridos en Punto V. $ 28.942,00 Aportes previsionales, 10% $ 2.894,20 - Honorarios a regular al apoderado del deudor, estimados sobre la base de $ 301.476,44 (Ver Punto III), calculados utilizando los porcentajes sugeridos en Punto V. $ 7.235,43 Aportes provisionales, 13% $ 940,61 Reconocimiento de gastos a la Sindicatura $ 1.500.00 $ 50.194.24 Saldo disponible a distribuir entre acreedores $ 110.851,16 Acreedores con Privilegio Especial. - Vetaro S.R.L. (Hoy s. C.). Ver Punto IV. $ 10.200.00 $ 10.200.00 Saldo disponible a distribuir a Privilegio Gral. $ 100.651,16 Acreedores con Privilegio General. - AFIP- DGI $ 9.691,57 - A.P.I. Santa Fe $ 1.584,98 - A.P.I. STA. FE Verif. en la quiebra $ 677,98 $ 11.954.53 Saldo disponible a distribuir a quirografario. $ 88.696,63 Acreedores Quirografarios. Base $ 318.703.53 Coeficiente de prorrateo: 0,2783045. -AFIP-DGI $ 664,38 -API STA.FE $ 114,19 - API STA. FE Verif. en la quiebra $ 95,80 - Agrop. Río Paraná SRL $ 1.135,18 - Banco Bisel S. A. orig. Prendario $ 17.560,55 - Banco Bisel S. A. orig. Quirografario $ 103,89 - B.N.A - saldo de hipoteca $ 4.775,21 - B.N.A.- quirografarios $ 3.920,39 - Bco. Suquía S.A.-orig. Prendario $ 2.657,46 - Bco. Río de la Plata $ 6.198,69 -Coragro S.A. $ 1.665,91 - Corporación Arg. S.A. $ 6.246,89 - Cristóbal, Ricardo y Otra $ 354.13 - Griffa,C.A. y Gramaglia J. S.H. $ 6.430,21 - Monsanto Argentina S.A. $ 6.424,69 - Mutual Club Ceres Unión $ 1.687,72 - Nidera S.A. $ 2.250,08 - Nvo. Bco. Santa Fe S.A. $ 833,26 - Salicru, Marcelino A. $ 428,20 - La Elena, de Biancucci, R. $ 3.867,05 - Vetaro S.R.L. (Hoy S.C.) $ 21.351.89; $ 88.696.63
Saldo final de distribución $ 00,00
AUTO REGULATORIO: San Cristóbal, 13 de Junio de 2014. Téngase presente lo manifestado y agréguese fotocopias acompañadas. De lo manifestado por el Síndico en cuanto a la no realización del inmueble denunciado, hágase saber a los acreedores verificados y declarados admisibles. Notifíquese por cédula a los domicilios constituidos en autos. Atento lo solicitado, constancias de autos y de acuerdo a lo prescripto en el Art. 267 LCQ; en la suma de $ 36.962,02 (PESOS: TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON DOS CENTAVOS); regúlense los honorarios del Síndico C.P.N. HUGO ALBERTO BELDOMENICO por su intervención en los presentes autos. Seguidamente en la suma de $ 24.641,35 (PESOS: VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS) - (37,92 Unidades Jus); regúlense los honorarios profesionales del Dr. GUILLERMO E. DOMINGUEZ por su intervención en los presentes autos. La presente regulación devengara un interés moratorio equivalente a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, para las operaciones de descuentos de documentos, a partir de que adquiera firmeza el presente auto regulatorio. Córrase vista a la Caja Forense. Notifíquese por cédula. Notifíquese.- Fdo.: Dr. Ricardo Ruiz Díaz (Secretario) Dra. Graciela V. Gustcher (Jueza).
PROYECTO DE DISTRIBUCION FINAL READECUADO Saldos disponibles a la fecha del presente informe Fondos a distribuir en cuentas judiciales $ 161.045,40Menos: Gastos del proceso. Articuló 240 LCQ, no abonados y a afrontar con los fondos disponibles.- Sellado de tasa de justicia 3% s/ $ 289.400,00, ingreso total por ventas en esta causa (ver Punto V) $ 8.682,00 - Honorarios Sindico; CPN Hugo A. Beldoménico $ 36.962,02 - Aportes provisionales, 10 % $ 3.696,20.- Honorarios Dr. Guillermo E. Domínguez $ 24.641,35; Aportes previsionales, 13% $ 3.203,38; - Reconocimiento de gastos a la Sindicatura. $ 1.800,00 $ 78.984,95. Saldo disponible a distribuir entre acreedores $ 82.060,45. Acreedores con Privilegio Especial. - Vetaro S.R.L. (Hoy s. C.). Ver Punto IV. $ 10.200,00 $ 10.200.00. Saldo disponible a distribuir a Privilegio Gral. $ 71.860,45; Saldo disponible a distribuir a Privilegio Gral. $ 71.860,45; Acreedores con Privilegio General. -AFIP-DGI $ 9,691,57; - A.P.I. SANTA FE $ 1.584,98; - A.P.I. STA. FE Verif. en la quiebra $ 677,98, $ 11.954,53; Saldo disponible a distribuir a quirografario. $ 59.905,92. Acreedores Quirografarios. Base $ 318.703,53 Coeficiente de prorrateo: 0,18796754. -AFIP-DGI $ 448,73; - API STA. FE $ 77,12; - API STA. FE Verif. en la quiebra $ 18,01 - Agrop. Río Paraná SRL $ 766,70 - Banco Bisel S.A. orig. prendario $ 11.860,44 - Banco Bisel S.A. orig. quirografario $ 70,17 - B.N.A - saldo de hipoteca $ 3.225,19 - B.N.A.- quirografarios $ 2.647,84 - Bco. Suquia S.A.-orig. prendario $ 1.794,85 - Bco. Río de la Plata $ 4.186,61 - Coragro S.A. $ 1.125.16 - Corporación Arg. S.A. $ 4.219,17 - Cristóbal, Ricardo y Otra $ 239,18 - Griffa, C.A. y Gramaglia J. S.H. $ 4.342,98 - Monsanto Argentina S.A. $ 4.339,25 - Mutual Club Ceres Unión $ 1.139,89 - Nidera S.A. $ 1.519,71 - Nvo. Bco. Santa Fe S.A. $ 562,78 - Salicru, Marcelino A. $ 289,20 - La Elena, de Biancucci, R. $ 2.611,82 - Vetaro S.R.L. (Hoy S.C.) $ 14.421.12; $ 59.905,92
Saldo final de distribución $ 00,00.- Todo lo que hace saber a los efectos legales. San Cristóbal, 12 de Mayo de 2.015. Fdo.: Dr. Ricardo Ruiz Díaz (Secretario). (Se publican edictos por dos (2) días en el BOLETIN OFICIAL, haciendo conocer la presentación del informe, el proyecto de distribución final, proyecto de distribución readecuado y la regulación de honorarios- Conf. Artículo 218 LCQ). Dr. Ricardo Ruiz Díaz, Secretario.
S/C 262125 Jun. 3 Jun. 4
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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 10, en lo Civil, Comercial y del Trabajo de San Cristóbal (SF), llama a herederos, legatarios y/o acreedores de ELDA CATALINA BONGIOVANNI, DNI Nº 3.893.348, que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en autos caratulados: BOMGIOVANNI, ELDA CATALINA s/Declaratoria de herederos; (Expte. Nº 209/2015). San Cristóbal (SF), Mayo de 2015.
$ 45 262219 Jun. 3 Jun. 16
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VERA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Judicial N° 13 de Vera (SF), Primera Nominación, cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Don Benito Transito Rivero, fallecido en Vera, provincia de Santa Fe, el 31/08/2003, para que en el término de DIEZ DIAS comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “HIDALGO ANA MARIA c/RIVERO BENITO TRANSITO SUC. s/Filiación” Expte. Nº 1299/2011, que se tramitan por ante este Juzgado, bajo apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Juez; Dra. Margarita Savant, Secretaria. Vera, 26 de Mayo de 2015.
$ 33 262365 Jun. 3 Jun. 9
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La señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Distrito Nº 13 de la ciudad de Vera, Santa Fe, cita, llama y emplaza a los herederos acreedores y legatarios y a todos los que tengan derecho para que comparezcan al Juicio Sucesorio de don OLAVO EDUARDO MAGLIER D.N.I. 6.347.459 y ANA MARIA MARINELLI, D.N.I. N° 4.878.907, Expte. N° 97/2015 bajo apercibimientos legales y dentro del término de ley. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro. Dra. Margarita Savant, Secretaria. Vera, 19 de Mayo de 2015.
$ 33 262297 Jun. 3 Jun. 16
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
La señora Jueza a/c, del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, Dra. Ana Laura Mendoza; Secretaria de la Dra. Viviana Naveda Marcó en los autos caratulados: FUNES, RICARDO HECTOR c/FUNES MARCELINA SUC. s/Usucapión; (Expte. Nº 1066/11), declara rebelde, en cuanto por derecho corresponde, a los herederos del señor Tomás Funes, atento no haber comparecido a estar a derecho a pesar de estar debidamente notificados. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN, OFICIAL. Rafaela, 23 de Abril de 2015. Dra. Ana Laura Mendoza, Jueza a/c; Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria.
$ 33 262287 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Turco Lucio José s/Concurso Preventivo (Hoy Quiebra) Expte. 661/2000, se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 19 de Marzo de 2015. De manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución presentados por el término y bajo apercibimientos de ley. En la suma de $ 23.378,49 regúlense los horarios profesionales del Dr. Omar Reynaldo Emmert. En la suma de $ 54.549,81 regúlense los honorarios profesionales del Sindico CPN Mario A. Rostagno. Publíquense edictos en el término de ley, conforme lo prescripto en el Art. 28 de la LCQ. Oportunamente elévense los autos a la Excma. Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de esta Ciudad a los fines previstos en el Art. 272 de la citada ley. Fdo.: Dra. Julia Fascendini, Secretaria; Dr. Elido G. Ercole, Juez. Rafaela, 22 de Mayo de 2015.
S/C 262388 Jun. 3 Jun. 9
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En los autos ANDEREGGEN MIGUEL ANGEL s/Sucesorio, LC. Nº 6.287.006, que se tramitan ante el Juzgado Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela (Santa Fe), Expte. Nro. 843/2014 promovido por la Dra. Carolina Pelatti, se ha dispuesto citar y emplazar a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don Miguel Angel Andereggen, por edictos que se publican por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y Sede Judicial, a los efectos legales. Rafaela, 20 de Mayo de 2.015. Dra. Castellano, Secretaria.
$ 45 262217 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos: Expte. Nº 1155/2014 - STIEFFEL, SHIRLEY MARIA s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Shirley María Stieffel, Documento Nacional de Identidad (F) Nº 0912227, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial. Rafaela, 27 de Mayo de 2015. Dr. Elido G. Ercole, Juez; Dra. Julia Fascendini, Secretaria.
$ 45 262312 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 3ra. Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados AGUIRRE RAMON s/Declaratoria de herederos (Expte. 248 - Año 2015), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del señor Aguirre Ramón, DNI M.7.880.524, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial (Art. 67 C.P.C.C. Ref. Ley 11.287). Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria, Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 27 de Mayo de 2015. Dra. Castellano, Secretaria.
$ 45 262214 Jun. 3 Jun. 16
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primero Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista, Cuarta Circunscripción, a cargo del Dr. José María Zarza, se hace saber que en los autos caratulados “BOUVIER JOSE LUIS y Otros c/Propietarios Desconocidos y Otros s/Prescripción Adquisitiva, Expte. 823 Año 2.014 se ha decretado la rebelara de los demandados, lo que se publica a los efectos legales. Reconquista, 30 de Abril de 2015. (Fdo. Dr. José María Zarza, Juez; Dr. Mosconi, Secretario.
$ 33 262206 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación/ciudad de Reconquista (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don ADELA IRENE DURAN, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: DURAN, ADELA IRENE s/Sucesorio”, (Expte. Nº 56/2015). Reconquista, 20 de Abril de 2015. Fdo. Dr. Mosconi, Secretario. Dr. José María Zarza (Juez).
$ 45 262243 Jun. 3 Jun. 16
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4, Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista, en los autos caratulados: RAFFIN, ROLANDO PEDRO y Otros s/Declaratoria de herederos (Expte. N° 438/2014) se cita y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores de los Señores Rolando Pedro Raffin y Amanda Carmen Prieto, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Carlos Manuel Agustini, Juez. Dra. Celina R. Alloa Casale, Secretaria. Reconquista, 15 de Diciembre de 2014.
$ 45 262267 Jun. 3 Jun. 16
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