picture_as_pdf 2005-06-03

DECRETO 0970

 

Santa Fe, 20 de Mayo de 2005.

VISTO:

La Ley 12385; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1ro. se dispone la creación de un Fondo para la Construcción de Obras Menores para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia que no se encuentren incluidas en el Fondo de Emergencia Social Ley 24.443-,

Que por el artículo 7mo. se establece la constitución de una “Comisión de Seguimiento” integrada por tres (3) Senadores, tres (3) Diputados y seis (6) representantes designados por el Poder Ejecutivo que intervendrán en forma previa a la asignación de los fondos;

Que resulta necesario proceder a la designación de los miembros que integren la “Comisión de Seguimiento” mencionada, en representación de este Poder Ejecutivo;

Que las Honorables Cámaras Legislativas ya han designado a sus representantes,

Que con el objeto de acelerar el análisis de los proyectos ya presentados por diversos entes territoriales se han realizado reuniones preparatorias;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1. - Déjase establecido que en representación de este Poder Ejecutivo integran la “Comisión de Seguimiento” creada por el artículo 7mo. de la Ley 12385, los funcionarios que ha continuación se detallan:.

• Señor Secretario General y Técnico del Ministerio Coordinador

• Señor Subsecretario de Municipios del Ministerio Coordinador

• Señor Subsecretario de Comunas del Ministerio Coordinador

• Señor Subsecretario de Gestión y Planificación del Ministerio de Asuntos Hídricos

• Señor Director de Acción Social - 1ª. Circunscripción de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria

• Señor Director Provincial de Participación Comunitaria del Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda

Artículo 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

Lic. Julio Esteban Barberis

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