picture_as_pdf 2003-06-03

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

E D I C T O

............................................Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma LIMIA SERGIO, Cuenta Nº 021-276759-5  con domicilio fiscal en calle OVIDIO LAGOS Nº 1402 de la ciudad de ROSARIO (C.P.2000)  - PROVINCIA DE SANTA FE,  por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal  (T.O. 1997),  la Resolución Nº 1186-4/03 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0200225-2  ¨ LIMIA SERGIO ¨

Rosario, 12 de Mayo  de 2003 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

ART. 1º:  Determinar los ajustes establecidos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos,  practicados a la firma LIMIA SERGIO, Cuenta Nº 021-276759-5, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 44 y aplicar las penalidades aconsejadas por la

verificación, de conformidad al siguiente detalle:

 

CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS

DIF.DE

IMPUESTO

RECARGOS

E

INTERESES

MULTAS 

 

 

TOTALES

Ing. Brutos 1996/02 a 04

300,67

789,92

83,47

1.174,06

Ing. Brutos 2000/01 a 12

1.169,32

1.310,08

324,60

2.804,00

Ing. Brutos 2001/01 y 02

211,54

184,76

58,72

455,02

 

 

 

 

 

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art. 1º inc. d )

 

 

600,00

600,00

TOTAL GENERAL

1.681,53

2.284,76

1.066,79

5.033,08

 

ART. 2º ; Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 5.033,08 (Pesos: CINCO MIL TREINTA Y TRES CON 08 /100) conforme a lo detallado en el articulo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término y de lo establecido por el art. 156 del citado cuerpo legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.-

ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART. 4º Conforme lo dispuesto en la Ley 12071. se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del Art. 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.-

ART. 5º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

                                                                                                                                C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

                                                                                                                                 Administración Regional Rosario

                                                                                                                             Administración Provincial de Impuesto


 

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E D I C T O                                                             

............................................Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma OROÑO MAQUINARIAS S.R.L., Cuenta Nº 921-752684-8 con domicilio fiscal en calle RIOBAMBA Nº 1153 de la ciudad de ROSARIO  y/o MIGUEL ANGEL SAPPA,  L.E. 8.412.346, con domicilio en calle MITRE Nº 2132 Dpto. 5º  de la ciudad de Rosario (C.P.2000)  - PROVINCIA DE SANTA FE,  por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal  (T.O. 1997),  la Resolución Nº 1189-1/03 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0217953-2  ¨ OROÑO MAQUINARIAS S.R.L. ¨

Rosario, 12 de Mayo  de 2003 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

ART. 1º:  Determinar de oficio sobre base cierta los reajustes impositivos establecidos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos,  correspondientes a los períodos 1996 (01 al 12), 1997 (01 al 06 y 08 al 12), 1998 (01 al 12), 1999 (01 al 08 y 10 al 12), 2000 (01), 2001 (02 al 04-06 y 10) y sobre base presunta  los períodos 1997 (07), 1999 (09), 2000 (02 al 12), 2001 (01-05-07 al 09-11 y 12), 2002 (01 al 12) y 2003 (01) y en concepto de Aportes Sociales Ley 5110 sobre base presunta los períodos de 06/2001 a 01/2003 practicados a la firma OROÑO MAQUINARIAS S.R.L., Cuenta Nº 921-752684-8 y/o MIGUEL ANGEL SAPPA en carácter de socio gerente y responsable solidario de conformidad a lo establecido en los artículos 19 y 20 del Código Fiscal T.O. 1997 y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de acuerdo a las disposiciones establecidas por los Art. 45 y 44 del mencionado texto legal, conforme al Art. 5º de la Res. Gral. Nº 04/98 y las sanciones por infracción a los deberes formales establecidas en el Art. 1º inc. d) de la Res. Gral. Nº 06/93 respectivamente, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 104 a 115 y 118 a 120 del referido Expte. de conformidad al siguiente detalle:

 

CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS

DIF.DE

IMPUESTO

RECARGOS

E

INTERESES

MULTAS 

 

 

TOTALES

Ing. Brutos 1996/01 a 12

10.212,86

25.617,82

9.848,26

45.678,94

Ing. Brutos 1997/01 a 12

13.850,18

29.671,10

13.355,73

56.877,01

Ing. Brutos 1998/01 a 12

12.030,35

21.403,24

11.600,87

45.034,46

Ing. Brutos 1999/01 a 12

8.502,83

12.360,48

8.199,28

29.062,59

Ing. Brutos 2000/01 a 12

8.259,59

8.802,74

7.964,72

25.027,05

Ing. Brutos 2001/01 a 12

7.133,46

5.058,67

6.878,79

19.070,92

Ing. Brutos 2002/01 a 12

15.892,94

4.916,70

15.325,56

36.135,20

Ing. Brutos 2003/01

1.585,10

129,77

1.528,51

3.243,38

Ap. Soc. 1996/05

6,45

16,56

1,59

24,60

Ap. Soc. 2001/06 a 12

51,59

33,07

12,74

97,40

Ap. Soc. 2002/01 a 12

83,84

27,51

20,71

132,06

Ap. Soc. 2003/01

6,45

0,53

1,59

8,57

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art. 1º inc. d )

 

 

300,00

300,00

TOTAL GENERAL

77.615,64

108.038,19

75.038,35

260.692,18

 

ART. 2º ; Requerir al citado contribuyente, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 49 y 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 260.692,18  (Pesos: DOSCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 18 /100) conforme a lo detallado en el articulo anterior, sin perjuicio de los intereses por falta de pago en término.-

ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART. 4º Conforme lo dispuesto en la Ley 12071. se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del Art. 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.-

ART. 5º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

                                                                                                                                C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

                                                                                                                                 Administración Regional Rosario

                                                                                                                             Administración Provincial de Impuesto

 

_________________________________________________________________________________________________

 

 

E D I C T O                                                             

............................................Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma DI BERNARDO, ADEMAR JOSE Y DI BERNARDO, OMAR ALBERTO Sociedad de Hecho, Cuenta Nº 921-751728-4  con domicilio fiscal en calle GONZALEZ DEL SOLAR Nº 146 de la ciudad de ROSARIO (C.P.2000)  - PROVINCIA DE SANTA FE,  por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal  (T.O. 1997),  la Resolución Nº 1190-7/03  dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0217975-0  ¨ DI BERNARDO ADEMAR J. ¨

Rosario, 12 de Mayo  de 2003 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

ART. 1º:  Determinar los reajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos,  practicados a la sucesión de DI BERNARDO, Ademar José y DI BERNARDO, Omar Alberto Sociedad de Hecho,  Cuenta Nº 921-751728-4, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 74 a 82 del referido Expte. y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de acuerdo a las disposiciones establecidas por los Arts. 45 y 44 del Código Fiscal T.O. 1997 y sus modificatorias conforme al Art. 5º de la Resolución General Nº 04/98 y Art. 1º inc. c) de la Res. Gral. Nº 06/93, de conformidad al siguiente detalle:

CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS

DIF.DE

IMPUESTO

RECARGOS

E

INTERESES

MULTAS 

 

 

TOTALES

Ing. Brutos 1996/01 a 12

2.988,49

7.495,37

2.659,16

13.143,02

Ing. Brutos 1997/01 a 12

3.503,74

7.530,89

3.117,62

14.152,25

Ing. Brutos 1998/01 a 12

3.330,86

5.957,24

2.963,80

12.251,90

Ing. Brutos 1999/01-03 a 12

2.291,43

3.212,54

2.038,91

7.542,88

Ing. Brutos 2000/01 a 12

2.345,07

2.579,14

2.086,64

7.010,85

Ing. Brutos 2001/01 a 12

1.799,46

1.296,64

1.601,16

4.697,26

Ing. Brutos 2002/01 a 08

897,46

373,09

798,56

2.069,11

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art. 1º inc. c )

 

 

150,00

150,00

TOTAL GENERAL

17.156,51

28.444,91

15.415,85

61.017,27

ART. 2º ; Requerir al citado contribuyente, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 54 y 49 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 61.017,27 (Pesos: SESENTA Y UN MIL DIECISIETE CON 27 /100) conforme a lo detallado en el articulo anterior, sin perjuicio de los intereses por falta de pago en término.-

ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART. 4º Conforme lo dispuesto en la Ley 12071. se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del Art. 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.-

ART. 5º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

                                                                                                                                C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

                                                                                                                                 Administración Regional Rosario

                                                                                                                             Administración Provincial de Impuesto

 

 

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E D I C T O                                                             

............................................Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma T y V CONSTRUCCIONES DE INGENIERIA S.R.L., Cuenta Nº 021-139125-0 con domicilio fiscal en calle PARAGUAY Nº 3180 de la ciudad de ROSARIO (C.P.2000)  - PROVINCIA DE SANTA FE,  por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal  (T.O. 1997),  la Resolución Nº 1203-4/03 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0157392-0  ¨ T Y V CONST. DE ING. S.R.L. ¨

Rosario, 19 de Mayo  de 2003 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

ART. 1º:  Determinar de oficio, sobre base cierta, los reajustes resultantes en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los períodos 02, 08, 09 a 12/1996 , 01 a 05, 07 y 08/1997, 01 a 12/1998, 01 a 12/1999, 01 a 03, 05 a 09 y 12/2000 y 01 a 03/2001 y determinar de oficio sobre base presunta,  los reajustes en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los períodos 04, 10 y 11/2000 y 04 a 10/2001 y  Aportes Sociales - Ley 5110 por los períodos de 01, 02, 03 06/1996, 04 a 12/2000 y 01 a 10/2001, practicados a la firma T y V Construcciones de Ingenieria S.R.L. con domicilio en calle Paraguay 3180 de la ciudad de Rosario y/o Marcelo Alberto Vignau L.E. nº 7.624.086 con domicilio en calle Mendoza Nº 1559 Piso 7º de la ciudad de Rosario, en su carácter de socio Gerente y responsable solidario de conformidad a lo establecido en el Art.  19 y 20 del Código Fiscal vigente, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 210 a 220 y 223 a 227 del referido Expte. y aplicar de las penalidades aconsejadas por la verificación, de conformidad al siguiente detalle:

Cuenta Nº 021-139125-0

CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS

DIF.DE

IMPUESTO

RECARGOS

E

INTERESES

MULTAS 

 

 

TOTALES

Ing. Brutos 1996/02-08-09  a 12

2.451,89

6.002,20

1.616,53

10.070,62

Ing. Brutos 1997/01 a 05-07-08

7.911,20

17.962,16

5.215,85

31.089,21

Ing. Brutos 1998/01 a 12

7.633,37

13.729,94

5.032,68

26.395,99

Ing. Brutos 1999/01 a 12

3.468,03

5.178,95

2.286,47

10.933,45

Ing. Brutos 2000/01 a 12

1.630,79

1.831,96

1.075,17

4.537,92

Ing. Brutos 2001/01 a 10

1.440,92

1.099,50

949,99

3.490,41

Ap. Soc. 1996/01-02-03-06

326,20

855,12

99,62

1.280,94

Ap. Soc. 1998/11

8,35

13,94

2,55

24,84

Ap. Soc. 1999/03-05 a 12

771,49

1.073,16

235,61

2.080,26

Ap. Soc. 2000/01 a 12

785,49

841,56

239,88

1.866,93

Ap. Soc. 2001/01 a 10

713,26

542,65

217,77

1.473,68

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art. 1º inc. b )

 

 

100,00

100,00

TOTAL GENERAL

27.140,99

49.131,14

17.072,12

93.344,25

 

ART. 2º ; Requerir a T y V Construcciones de Ingenieria S.R.L. y/o a Marcelo Alberto Vignau, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 49 y 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 93.344,25 (Pesos: NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 25/100) conforme a lo detallado en el articulo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término y de lo establecido por el art. 156 del citado cuerpo legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.-

ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART. 4º Conforme lo dispuesto en la Ley 12071. se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del Art. 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.-

ART. 5º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

 

                                                                                                                                C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

                                                                                                                                 Administración Regional Rosario

                                                                                                                             Administración Provincial de Impuesto

 

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