MINISTERIO
DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE
NOTIFICACION
Se notifica por este medio que en los
autos caratulados: ALTAMIRANO GUSTAVO ARNALDO Ref. s/Designación
como Personal de Reemplazo Art. 9 de la Ley N° 8525
como inspector en la región Sur de la D.G. de
Bromatología y Qca. en lugar
de Rubinich Daniel (Baja) (Expte.
N° 00501-0049502-6), se ha dispuesto correrle vista
de las actuaciones por el término de dos (2) días hábiles al Sr. DANIEL
RUDINICH, para que efectúe su descargo, conforme a lo establecido por el
artículo 56, último párrafo, de la ley N° 8525, con
motivo de las inasistencias injustificadas que registra y el presunto abandono
de servicios en el que incurriera, a partir del 1° de mayo de 2001, bajo
apercibimiento de disponer su cesantía, por tal causa, por aplicación de los
artículos 50) inciso c) y 53° inciso c) del citado texto legal. Las mencionadas
actuaciones se encuentran radicadas en la Dirección General de Despacho sita en
calle Juan de Garay 2000 de esta ciudad. Dirección General de Despacho, 23 de
Febrero de 2004.
S/C 3024 Mar.
3 Mar. 5
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MINISTERIO
DE SALUD
RESOLUCION N° 827/03
VISTO:
El expediente N°
00501-0046058-1 del SIE, mediante el cual se gestiona el pago de indemnización
por fallecimiento de la Dra. Alicia Bastino, quien se
desempeñara como Personal Profesional Universitario de Emergencia en el Centro
de Salud Mental “Agudo Avila” de Rosario hasta el 21
de febrero de 2002, fecha de su deceso, a favor de su hijo Juan Ignacio Ferrari
y Bastino. . y de sus considerandos
EL MINISTRO DE
SALUD
Resuelve
Artículo 1° - Recházase
el reclamo formulado por el señor Darío Juan Carlos Ferrari (DNI N° 11.673.045), en su carácter de representante legal del
menor Juan Ignacio Ferrari y Bastino, tendiente al
reconocimiento y pago de la indemnización por fallecimiento de la Dra. Alicia Bastino, quien se desempeñara como Personal Profesional
Universitario de Emergencia en el Centro de Salud Mental “Agudo Avila” de Rosario hasta el 21 de febrero de 2002, fecha de
su deceso.
Artículo 2°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
S/C 3023 Mar.
3 Mar. 5
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MINISTERIO
DE SALUD
RESOLUCION
827/03
VISTO:
El Expediente n°
00501-0043402-5 con agregado n° 00501-0041159-6 del
SIE, relacionado con el reclamo formulado por la Sra. Marina Gladis Ziegler, en su carácter de cónyuge supérstite del Dr. José
Carlos Aufranc, exagente
del Hospital Protomédico Manuel Rodríguez de Recreo, tendiente al pago de la
indemnización por fallecimiento prevista en el artículo 36 de la Ley N° 8525, .. y de sus considerandos
EL MINISTRO DE
SALUD
Resuelve
Artículo 1°:- Recházase
el reclamo formulado por la señora Marina Gladis Ziegler
(MI N° 20.140.942), en su carácter de cónyuge
supérstite del Dr. José Carlos Aufranc, ex agente del
Hospital “Protomédico Manuel Rodríguez” de Recreo, tendiente al pago de la
indemnización por fallecimiento prevista en el artículo 36 de la Ley N° 8525.-
Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese y
archívese.-
S/C 3022
Mar. 3 Mar. 5
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