REGISTRADA BAJO EL Nº 13616
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Autorizase al señor Gobernador de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2017, cuando razones de gobierno así lo aconsejen.
El señor Gobernador informará previamente a la Legislatura Provincial en cada oportunidad que haga uso de esta autorización.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
ANTONIO JUAN BONFATTI
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
CPN CARLOS A. FASCENDINI
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
DECRETO N° 4876
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”
27 DIC 2016
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 13.616 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
LIFSCHITZ
Dr. PABLO GUSTAVO FARIAS
18701