picture_as_pdf 2017-01-03

REGISTRADA BAJO EL Nº 13616


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Autorizase al señor Gobernador de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2017, cuando razones de gobierno así lo aconsejen.

El señor Gobernador informará previamente a la Legislatura Provincial en cada oportunidad que haga uso de esta autorización.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

ANTONIO JUAN BONFATTI

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

CPN CARLOS A. FASCENDINI

PRESIDENTE

CÁMARA DE SENADORES

Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


DECRETO N° 4876


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

27 DIC 2016

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 13.616 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

LIFSCHITZ

Dr. PABLO GUSTAVO FARIAS

18701