REGISTRADA BAJO EL Nº 13597
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación Recíproca celebrado el 02 de junio de 2016, entre la Sindicatura General de la Provincia, representada por el C.P. Emiliano Arzuaga, y la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por la Cdra. Mónica Beatriz Freda. La finalidad de este Convenio es que “LA SINDICATURA” y la “SIGEP” se comprometan a concretar acciones tendientes a la cooperación, colaboración y asistencia técnica en el desarrollo y realización de actividades en temas que ambas partes consideren de interés común. A tal fin, acuerdan la creación de una Unidad de Coordinación, que estará integrada por dos (2) miembros en representación de cada una de ellas, la que deberá constituirse dentro de los treinta (30) días de la firma del Convenio.
El mencionado Convenio fue aprobado por Decreto N° 1786/2016, inscripto bajo el N° 6998 en fecha 06 de julio de 2016, al Folio N° 5, Tomo XIII del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales - Decreto N° 1767/84 - Dirección de Técnica Legislativa, y forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
ANTONIO JUAN BONFATTI
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
CPN CARLOS A. FASCENDINI
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
SECRETARIO LEGISLATIVO
DECRETO N° 4499
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”
19 DIC 2016
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 13.597 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
LIFSCHITZ
Dr. Pablo Gustavo Farías
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa – Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto – 3 de febrero 2649 2º piso – Santa Fe Tel. 0342-4506607 – e-mail: ditecleg@arnetbiz.com.ar
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