picture_as_pdf 2008-01-03

EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA

CONCURSO DE PRECIOS N° 7775

Objeto: Contratación de una camioneta tipo Pick-Up, modelo 1997 en adelante, por período aproximado de 3.000 hs, con destino a localidad Las Toscas. Consulta: Unidad Movilidad y Transporte - Urquiza y Tucumán.

Apertura: 14-01-2008. Hora: 9.

CONCURSO DE PRECIOS N° 7776

Objeto: Reparación de chapa y pintura de la Unidad interno 1989 - Camioneta Toyota Hilux 4x2, año 1998. Consulta: Unidad Movilidad y Transporte - Urquiza y Tucumán.

Apertura: 14-01-2008. Hora: 9,30.

CONCURSO DE PRECIOS N° 7777

Objeto: Reparación de chapa y pintura de la Unidad n° 1664 - Automóvil VW Senda, año 1987. Consulta: Unidad Movilidad y Transporte - Urquiza y Tucumán.

Apertura: 14-01-2008. Hora: 10.

Consultas y Presentación de Ofertas: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe 1ª. Junta 2558 - 1 Piso - Of. 7. 3000 - Santa Fe - Tel: 0342-4505849.

S/C 901 Ene. 3 Ene. 4

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SECRETARIA DE ESTADO

DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL

RESOLUCION N° 366

Santa Fe, 5 de Diciembre de 2007.

VISTO:

El Decreto Provincial Nº 3069 dictado el 21 de noviembre de 2006 en el marco del proceso de simplificación y unificación de la inscripción y registración laboral; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3 de la citada norma legal se facultó a esta Secretaría de Estado para que, una vez compatibilizados los sistemas informáticos con la AFIP, deje sin efecto la exigencia de presentación por parte del empleador ante este Organismo Laboral de las copias de "alta", "baja" o "modificación" de personal emitidas por la AFIP, dispuesta por el artículo 2 del mencionado decreto;

Que a la fecha y según informes de la Sectorial Informática de esta Secretaría de Estado se encuentran compatibilizados los sistemas informáticos de ambos organismos y la información se recibe de manera rápida y fluida;

Por ello:

EL SECRETARIO DE ESTADO DE

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1) Dejar sin efecto a partir del primer día hábil del mes de enero de 2008, la exigencia de presentación por parte de los empleadores ante este Organismo Laboral de las copias de "alta", "baja" o "modificación" de personal emitidas por la AFIP, previstas en el artículo 2 del Decreto Nº 3069/06.

ARTICULO 2) Registrar, comunicar y archivar.

Dr. ALBERTO H. GIANNESCHI

Secretario de Estado de Trabajo

Y Seguridad Social

S/C 900 Ene. 3