picture_as_pdf 2003-01-03

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

 

CONCURSO DE PRECIOS 265

 

Objeto: contratación de un vehículo tipo pick up, modelo 1998 en adelante, con chofer, para el sector ingeniería Rosario.

Apertura: 16/01/2003 Hora: 9

CONCURSO DE PRECIOS 271

Objeto: contratación de un vehículo tipo utilitario chico, modelo 1998 en adelante con chofer, para el sector inspecciones y conexiones de la agencia Rioja.

Apertura: 17/01/2003 Hora: 9.

Consultas y Presentación de Ofertas: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe Bv. Oroño 1260 Rosario. Tel. 0341-4207729/30/31.

S/C       167       En. 3 En. 7

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MINISTERIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE

 

Dirección General de Auditoría Médica

 

ORDEN 66

 

SANTA FE, 04 de Diciembre de 2002

VISTO: el expediente 00501-0020772-0 del Ministerio de Salud y Medio Ambiente y con relación al mismo el legajo 063-09302-5-27-98- Trámite Interno 02045 de habilitación según ley 9847 modificatoria 10.169 y su reglamentación, del establecimiento de salud con internación “GERIATRICO NUEVA VIDA” de la ciudad de Santa Fe y;

CONSIDERANDO:

Que en el expediente precitado se ha dictado la Orden 30 de fecha 03 de julio de 1998 mediante la cual se dispuso habilitar para su funcionamiento al mencionado establecimiento (fs. 56 a 59) y por Orden 19 del 06 de Mayo de 1999 se autorizó el cambio de titularidad del establecimiento a nombre del Sr. Luis Antonio Piñel (fs. 65);

Que el Sr. Luis Antonio Piñel propietario y/o titular del Geriátrico en cuestión solicita en octubre del 2002 la baja del establecimiento fs. 102;

Por ello, atento lo dictaminado por la Asesoría Legal y conforme las facultades conferidas por Resolución 848 del 05 de diciembre de 1996;

El Director de la Dirección General de Auditoría Médica

ORDENA:

1°.- Dar de baja al establecimiento de salud con internación “Geriátrico Nueva Vida” ubicado en calle Urquiza 6045/49 de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, de la Pcia. de Santa Fe, conforme lo solicitado por el titular y/o responsable del establecimiento Sr. Luis Antonio Piñel.

2°.- Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3°.- Previa tramitación de estilo. Archívese.

S/C       229       En. 3 En. 7

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ORDEN 67

 

SANTA FE, 12 de Diciembre de 2002.

VISTO: el expediente 00501-0022283-3 del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, Legajo 084-04933-8-22-98 Trámite Interno 02292 de habilitación según Ley 9847, modificatoria 10.169 y su reglamentación, del establecimiento de salud para Tratamiento y Rehabilitación de Personas Drogadependientes Nivel III - Comunidad Terapéutica “Volver a la Vida” de la ciudad de Rosario; y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente precitado se ha dictado la Orden 57 de fecha 05 de noviembre de 1998 mediante la cual se dispuso habilitar para su funcionamiento al mencionado establecimiento (fs. 180 a 183);

Que la Dra. Margarita Koller -médico auditor de la Zona de Salud VIII - con motivo de la renovación de la habilitación informa, que el establecimiento se ha mudado de domicilio a calle Sarmiento 1632, habiendo cerrado el de calle Mendoza 3234 para dicha función - fs. 188;

Por ello, atento lo dictaminado por la Asesoría Legal y conforme las facultades conferidas por Resolución 848 del 05 de diciembre de 1996;

El Director de la Dirección General de Auditoría Médica

ORDENA:

1° Dar de baja al establecimiento para Tratamiento y Rehabilitación de Personas Drogadependientes Nivel III Comunidad Terapéutica “Volver a la Vida” ubicado en calle Mendoza 3234 de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, de la Pcia. de Santa Fe, en razón de que el establecimiento se ha mudado de domicilio a calle Sarmiento 1632, habiendo cerrado el de calle Mendoza 3234 para dicha función, conforme lo informado por la Dra. Margarita Koller médico auditor de la Zona de Salud VIII.

2° Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3° Previa tramitación de estilo. Archívese.

JOSE GABRIEL LUPO

Director

S/C       228       En. 3 En. 7

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

 

RESOLUCION 022/02

 

SANTA FE, 20 DICIEMBRE 2002

VISTO:

El expediente Nº 13301-0092389-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita la autorización del sistema (aplicativo) para los Agentes de Percepción y Retención del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios;

Que esta Administración viene desarrollando distintos softwares domiciliarios para que los Contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones de presentación y pago, en forma eficiente y práctica;

Que, a tales efectos, oportunamente se dispuso la utilización obligatoria del software para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los Agentes de Percepción y Retención;

Que al igual que los anteriores, el presente Aplicativo para los contribuyentes y/o responsables de percibir y/o retener el Impuesto de Sellos y las Tasas Retributivas de Servicios, constituye uno de los módulos vinculados directamente al SIAP, utilizado por la AFIP-DGI;

Que, el sistema informático instrumentado tiende a optimizar la capacidad operativa de este Organismo, posibilitando un adecuado control y un perfeccionamiento de la base de datos integral, contribuyendo de esta manera a una mayor eficiencia de la administración tributaria;

Que, a los efectos de una correcta aplicación de este sistema, que facilita el cumplimiento de los contribuyentes por su practicidad, agilidad, certeza y que además simplifica la administración tributaria, corresponde reglar las condiciones, formalidades, plazos y demás requisitos a los fines de la aplicación del precitado software;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º- Establecer que a partir del 01 de febrero de 2003, los Agentes de Percepción y Retención del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios, deberán presentar sus declaraciones juradas y pagos mediante la utilización del “APLICATIVO AGENTES DE PERCEPCION Y RETENCION SELLOS” (SIPRES), en las formas, tiempos y condiciones que aquella determine.

ARTICULO 2º- Disponer la libre utilización del citado aplicativo, el cual se pone a disposición de los usuarios en las sedes de las Administraciones Regionales, sus respectivas Delegaciones y en la página web de Internet con acceso a través de www.api-santafe.gov.ar/o www. santafe. gov.ar/.

ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P.N. DAVID ESSAYA

Administrador Pcial. de Impuestos

S/C       179       En. 3

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SECRETARIA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

 

Notificación

 

En relación con los autos administrativos Nº 00101-0115813-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes -GOBERNACION- y caratulados: “GUARDAFAUNA HONORARIO E/ ACTA INFRACCION Nº 0194 al señor MARCOS GASTON URBANI se procede a notificar fehacientemente por este medio, conforme lo preceptuado en el Artículo 20º Inc. e) del Decreto-Acuerdo Nº 10.204/58, al señor MARCOS GASTON URBANI, domiciliado en calle 25 de Mayo 730 de la localidad de Fuentes (Provincia de Santa Fe), de lo establecido en la RESOLUCION Nº 0279 de fecha 28 de octubre de 2002, emitida por el señor Secretario de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: VISTO...y CONSIDERANDO... POR ELLO: ARTICULO 1º.- Sancionar al Sr. MARCOS GASTON URBANI, D.N.I. Nº 22.170.692, domiciliado en calle 25 de Mayo 730 de la localidad de Fuentes (Provincia de Santa Fe), con una multa cuyo valor dinerario asciende a PESOS CIENTO UNO ($ 101.-), por la comisión de los hechos que, en perjuicio de la fauna acuática, aluden los considerandos de la presente, en infracción a artículo 64º, artículo 1º y 3º de la Resolución Nº 063/79 del entonces Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), dictada conforme a lo previsto por el artículo 2º del texto reglamentario, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 4.148/63, en función de lo preceptuado por los artículos 1º inc.b), 14º inc. a), 22º, 26º y 27º del Régimen establecido por el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 4.218/58, ratificado por Ley Nº 4.830.

ARTICULO 2º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa impuesta en el artículo primero de la presente, dentro de los quince (15) días contados a partir de su notificación fehaciente, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro compulsivo por vía judicial.-

ARTICULO 3°.- Confirmar el comiso definitivo y su posterior donación de sesenta y un (61) Pejerreyes.- ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.” Fdo. Dr. ANIBAL 0. VAZQUEZ - Secretario de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable. Lo que se publica en el Boletín Oficial a sus efectos y por el término y bajo apercibimientos legales. Fdo. Prof. Juan Carlos Copponi - Director General de Despacho y Decretos de la Gobernación-, Santa Fe, diciembre de 2.002.

S/c       178       En 3

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TRIBUNAL DE CUENTAS

 

Notificación

 

SANTA FE, 23 DIC 2002

Por disposición de la Sala II del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente edicto a los fines de hacer saber a quienes representan a la ASOCIACION PARA LA VIDA Y EL DEPORTE VENADO TUERTO, que en los autos caratulados “Expediente Nº 05-57162150 S/SUBSIDIO de $ 2.000.- otorgado por el Consejo Provincial del Deporte, destinado a los gastos que demande LA FIESTA ANUAL DEL DEPORTE DE LA CIUDAD DE VENADO TUERTO”, se ha resuelto emplazar a la citada entidad para que se remitan en el término y bajo apercibimiento de ley los comprobantes originales respaldatorios del subsidio otorgado por el CONSEJO PROVINCIAL DEL DEPORTE, habiéndose dictado al efecto la Resolución Nº 424 de fecha 29 de octubre de 1999, la cual en su parte pertinente expresa: “VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: Emplazar al responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º:... Fdo. C.P.N. HORACIO R. ALESANDRIA - Presidente, C.P.N. HUGO R. CARNEVALE - Vocal, C.P.N. JORGE ALBERTO FAVRE - Vocal, C.P.N. MARCELA B. FONTANA - Sec. Sala II.

S/c                   177                   En 3

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CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL LOTERIA

 

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 397

 

Ref.: APROBANDO LA PROGRAMACION DE CONCURSOS DEL JUEGO DEL “QUINI-6” PARA EL MES DE ENERO DE 2003.

 

VISTO

Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº 00302-0044869-4 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas la GERENCIA DE QUINI-6 eleva para su aprobación la Programación de Concursos del mes de ENERO de 2003.

Que dicha Programación se ajusta a pautas de comercialización oportunamente establecidas.

Que la misma prevé la realización de los Concursos de QUINI-6 en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” Nros. 966, 967, 968, 969, 970, 971, 972 y 973 a sortearse los días 05, 08, 12, 15, 19, 22, 26 y 29 de ENERO de 2003, a las 21,30 horas.

Que el precio de venta al público de cada apuesta del “QUINI-6 TRADICIONAL” para todos los Concursos del mes de ENERO de 2003, se ha establecido en PESOS DOS ($ 2,00), mientras que los adicionales optativos para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS UNO ($ 1,00) para cada uno.

Que se estima conveniente otorgar en todos los concursos del mes de ENERO de 2003 un PREMIO EXTRA cuyo importe ascienda a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) de acuerdo a lo previsto en el artículo 30º del Reglamento del Juego.

Que en lo que respecta a la modalidad “BRINCO” se prevé la realización de los concursos Nros. 147, 148, 149 y 150 cuyos sorteos se realizarán los días domingo 05, 12, 19 y 26 de ENERO de 2003 a las 21,00 horas, estableciéndose el precio de venta al público en PESOS UNO ($ 1,00) cada apuesta.

Que además en esta modalidad denominada BRINCO se ha dispuesto otorgar en cada concurso del mes de ENERO de 2003, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual, en el que participarán todos aquellos tickets del respectivo concurso.

Que cada premio adicional será de PESOS SEIS MIL ($ 6.000.-) cada uno, los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.531 y 24.800.

Que los fondos necesarios para el pago de los cuarenta (40) premios mencionados anteriormente, más los importes que correspondan a los gravámenes antes referidos, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

Por ello y atento a lo dispuesto por la Ley Nº 8269 y modificatorias, como así también la Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva Nº 134/2001 aprobatoria del Reglamento del juego,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º- Aprobar la Programación de Concursos de “QUINI-6” en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” correspondiente al mes de ENERO de 2003, la que como ANEXO I forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 966, 967, 968, 969, 970, 971, 972 y 973 a sortearse los días 05, 08, 12, 15, 19, 22, 26 y 29 de ENERO de 2003, a las 21,30 horas.

ARTICULO 2º- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los Concursos cuya realización se aprueba en el artículo anterior en PESOS DOS ($ 2,00) para participar del “QUINI-6 TRADICIONAL” mientras que los adicionales para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS UNO ($ 1,00) para cada uno.

ARTICULO 3º- Otorgar un PREMIO EXTRA DE PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) en cada uno de los concursos de QUINI-6 aprobados en el artículo 1º de la presente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 30º del Reglamento del Juego.

ARTICULO 4º- Aprobar la Programación de Concursos de la modalidad “BRINCO”, la que como ANEXO II forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 147, 148, 149 y 150 a sortearse los días 05, 12, 19 y 26 de ENERO de 2003 a las 21,00 horas.

ARTICULO 5º- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta de “BRINCO” en PESOS UNO ($ 1,00).

ARTICULO 6º- Otorgar en cada Concurso de BRINCO del mes de ENERO de 2003, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual y en el que participarán todos aquellos tickets de apuestas del respectivo sorteo.

ARTICULO 7º- Cada uno de los premios adicionales dispuestos en el artículo anterior será de PESOS SEIS MIL ($ 6.000.-) los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.531 y 24.800.

ARTICULO 8º- Los importes destinados para premios más gravámenes a que refieren los artículos 6º y 7º, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini 6.

ARTICULO 9º- Regístrese, comuníquese y archívese.

SANTA FE, 23 de Diciembre de 2002.

ENRIQUE ANGEL UCEDO

Director General

Caja de Asistencia Social

 

ANEXO I

 

PROGRAMACION DE LAS MODALIDADES DE “QUINI-6” “TRADICIONAL”, “REVANCHA” Y “SIEMPRE SALE”

MES: ENERO DE 2003

 

CONCURSO

FECHA

HORADE

FECHADE

ENTREGA

PRECIO

DE

APUESTAS

NUMERO

DE

SORTEO

PRESCRIP.

DE

TRADIC.

 CON

CON S.

 

SORTEO

 

 

ACIERTOS

 

REVANCHA

SALE

 

 

 

 

 

 

 

 

966

05/01/03

21,30

20/01/03

27/01/03

$2,00

$3,00

$4,00

967

08/01/03

21,30

23/01/03

27/01/03

$2,00

$3,00

$4,00

968

12/01/03

21,30

27/01/03

03/02/03

$2,00

$3,00

$4,00

969

15/01/03

21,30

30/01/03

03/02/03

$2,00

$3,00

$4,00

970

19/01/03

21,30

03/02/03

10/02/03

$2,00

$3,00

$4,00

971

22/01/03

21,30

06/02/03

10/02/03

$2,00

$3,00

$4,00

972

26/01/03

21,30

10/02/03

17/02/03

$2,00

$3,00

$4,00

973

29/01/03

21,30

13/02/03

17/02/03

$2,00

$3,00

$4,00

 

PREMIO EXTRA: En todos los concursos cuyos sorteos se realizarán durante el mes de ENERO de 2003, se ha establecido otorgar un PREMIO EXTRA de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-)

HORARIOS DE RECEPCION DE APUESTAS:

SORTEO DIA MIERCOLES:

SISTEMA OFF LINE: MIERCOLES 13,15 horas. SISTEMA ON LINE: MIERCOLES 18,00 horas.

SORTEO DIA DOMINGO:

SISTEMA OFF LINE: SABADO 19,15 horas. SISTEMA ON LINE: SABADO 19,30 horas.

SANTA FE, 23 de Diciembre de 2002.

 

ANEXO II

 

PROGRAMACION DE CONCURSOS DE LA MODALIDAD DE QUINI-6 “BRINCO”

 

MES: ENERO de 2003

 

CONCURSO

FECHADE

HORADE

FECHADE

ENTREGA

PRECIO DE APUESTA

NUMERO

SORTEO

SORTEO

PRESCRIP.

ACIERTOS

 

 

 

 

 

 

 

147

05/01/03

21,00

20/01/03

27/01/03

$1,00

148

12/01/03

21,00

27/01/03

03/02/03

$1,00

149

19/01/03

21,00

03/02/03

10/02/03

$1,00

150

26/01/03

21,00

10/02/03

17/02/03

$1,00

 

MUY IMPORTANTE: En cada concurso del mes de ENERO de 2003, mediante un sorteo electrónico en el que participarán todos los tickets intervinientes en el concurso que se trate, se otorgarán DIEZ (10) premios adicionales de PESOS SEIS MIL ($ 6.000.-) cada uno, los que se abonarán a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) cada una.

HORARIOS DE CIERRE DE RECEPCION DE APUESTAS:

SISTEMA OFF LINE: SABADO 19,15 horas. SISTEMA ON LINE: SABADO 19,30 horas.

SANTA FE, 23 de Diciembre de 2002.

ENRIQUE A. UCEDO

Director General

Caja de Asistencia Social

S/C       94         Ene. 3

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