EMPRESA
PROVINCIAL DE LA ENERGIA
CONCURSO DE
PRECIOS N° 265
Objeto: contratación de un vehículo
tipo pick up, modelo 1998 en adelante, con chofer, para el sector ingeniería
Rosario.
Apertura: 16/01/2003 Hora: 9
CONCURSO DE PRECIOS N°
271
Objeto: contratación de un vehículo
tipo utilitario chico, modelo 1998 en adelante con chofer, para el sector
inspecciones y conexiones de la agencia Rioja.
Apertura: 17/01/2003 Hora: 9.
Consultas y Presentación de Ofertas:
Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe Bv. Oroño 1260 Rosario. Tel.
0341-4207729/30/31.
S/C 167
En. 3 En. 7
_________________________________________
MINISTERIO
DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE
Dirección
General de Auditoría Médica
ORDEN N° 66
SANTA FE, 04 de Diciembre de 2002
VISTO: el expediente N° 00501-0020772-0 del Ministerio de Salud y Medio Ambiente
y con relación al mismo el legajo N°
063-09302-5-27-98- Trámite Interno N° 02045 de
habilitación según ley 9847 modificatoria 10.169 y su reglamentación, del
establecimiento de salud con internación “GERIATRICO NUEVA VIDA” de la ciudad
de Santa Fe y;
CONSIDERANDO:
Que en el expediente precitado se ha
dictado la Orden N° 30 de fecha 03 de julio de 1998
mediante la cual se dispuso habilitar para su funcionamiento al mencionado establecimiento
(fs. 56 a 59) y por Orden N°
19 del 06 de Mayo de 1999 se autorizó el cambio de titularidad del
establecimiento a nombre del Sr. Luis Antonio Piñel (fs. 65);
Que el Sr. Luis Antonio Piñel propietario y/o titular del Geriátrico en cuestión
solicita en octubre del 2002 la baja del establecimiento fs.
102;
Por ello, atento lo dictaminado por la
Asesoría Legal y conforme las facultades conferidas por Resolución 848 del 05
de diciembre de 1996;
El Director de
la Dirección General de Auditoría Médica
ORDENA:
1°.- Dar de baja al establecimiento de
salud con internación “Geriátrico Nueva Vida” ubicado en calle Urquiza N° 6045/49 de la ciudad
de Santa Fe, Departamento La Capital, de la Pcia. de Santa Fe, conforme lo solicitado por el titular y/o
responsable del establecimiento Sr. Luis Antonio Piñel.
2°.- Dejar constancia en el expediente
precitado de la medida adoptada precedentemente.
3°.- Previa tramitación de estilo.
Archívese.
S/C 229 En.
3 En. 7
_________________________________________
ORDEN N° 67
SANTA FE, 12 de Diciembre de
2002.
VISTO: el expediente N° 00501-0022283-3 del Ministerio de Salud y Medio
Ambiente, Legajo N° 084-04933-8-22-98 Trámite Interno
N° 02292 de habilitación según Ley 9847,
modificatoria 10.169 y su reglamentación, del establecimiento de salud para
Tratamiento y Rehabilitación de Personas Drogadependientes
Nivel III - Comunidad Terapéutica “Volver a la Vida” de la ciudad de Rosario; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente precitado se ha
dictado la Orden N° 57 de fecha 05 de noviembre de
1998 mediante la cual se dispuso habilitar para su funcionamiento al mencionado
establecimiento (fs. 180 a 183);
Que la Dra. Margarita Koller -médico auditor de la Zona de Salud VIII - con
motivo de la renovación de la habilitación informa, que el establecimiento se
ha mudado de domicilio a calle Sarmiento 1632, habiendo cerrado el de calle
Mendoza 3234 para dicha función - fs. 188;
Por ello, atento lo dictaminado por la
Asesoría Legal y conforme las facultades conferidas por Resolución 848 del 05
de diciembre de 1996;
El Director de
la Dirección General de Auditoría Médica
ORDENA:
1° Dar de baja al establecimiento para
Tratamiento y Rehabilitación de Personas Drogadependientes
Nivel III Comunidad Terapéutica “Volver a la Vida” ubicado en calle Mendoza
3234 de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, de la Pcia.
de Santa Fe, en razón de que el establecimiento se ha
mudado de domicilio a calle Sarmiento 1632, habiendo cerrado el de calle
Mendoza 3234 para dicha función, conforme lo informado por la Dra. Margarita Koller médico auditor de la Zona de Salud VIII.
2° Dejar constancia en el expediente
precitado de la medida adoptada precedentemente.
3° Previa tramitación de estilo.
Archívese.
JOSE GABRIEL LUPO
Director
S/C 228 En.
3 En. 7
_________________________________________
ADMINISTRACION
PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION N° 022/02
SANTA FE, 20 DICIEMBRE 2002
VISTO:
El expediente Nº 13301-0092389-3 del
registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la
autorización del sistema (aplicativo) para los Agentes de Percepción y
Retención del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios;
Que esta Administración viene
desarrollando distintos softwares domiciliarios para
que los Contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones de presentación y
pago, en forma eficiente y práctica;
Que, a tales efectos, oportunamente se
dispuso la utilización obligatoria del software para los contribuyentes del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los Agentes de Percepción y Retención;
Que al igual que los anteriores, el
presente Aplicativo para los contribuyentes y/o responsables de percibir y/o
retener el Impuesto de Sellos y las Tasas Retributivas de Servicios, constituye
uno de los módulos vinculados directamente al SIAP, utilizado por la AFIP-DGI;
Que, el sistema informático
instrumentado tiende a optimizar la capacidad operativa de este Organismo,
posibilitando un adecuado control y un perfeccionamiento de la base de datos
integral, contribuyendo de esta manera a una mayor eficiencia de la
administración tributaria;
Que, a los efectos de una correcta
aplicación de este sistema, que facilita el cumplimiento de los contribuyentes
por su practicidad, agilidad, certeza y que además simplifica la administración
tributaria, corresponde reglar las condiciones, formalidades, plazos y demás
requisitos a los fines de la aplicación del precitado software;
POR ELLO:
EL
ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º- Establecer que a partir
del 01 de febrero de 2003, los Agentes de Percepción y Retención del Impuesto
de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios, deberán presentar sus declaraciones
juradas y pagos mediante la utilización del “APLICATIVO AGENTES DE PERCEPCION Y
RETENCION SELLOS” (SIPRES), en las formas, tiempos y condiciones que aquella
determine.
ARTICULO 2º- Disponer la libre
utilización del citado aplicativo, el cual se pone a disposición de los
usuarios en las sedes de las Administraciones Regionales, sus respectivas
Delegaciones y en la página web de Internet con
acceso a través de www.api-santafe.gov.ar/o
www. santafe.
gov.ar/.
ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese,
publíquese y archívese.
C.P.N. DAVID ESSAYA
Administrador Pcial. de Impuestos
S/C 179 En.
3
_________________________________________
SECRETARIA
DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Notificación
En relación con los autos
administrativos Nº 00101-0115813-7 del registro del Sistema de Información de
Expedientes -GOBERNACION- y caratulados: “GUARDAFAUNA HONORARIO E/ ACTA
INFRACCION Nº 0194 al señor MARCOS GASTON URBANI se procede a notificar
fehacientemente por este medio, conforme lo preceptuado en el Artículo 20º Inc. e) del Decreto-Acuerdo Nº 10.204/58, al señor MARCOS
GASTON URBANI, domiciliado en calle 25 de Mayo 730 de la localidad de Fuentes
(Provincia de Santa Fe), de lo establecido en la RESOLUCION Nº 0279 de fecha 28
de octubre de 2002, emitida por el señor Secretario de Estado de Medio Ambiente
y Desarrollo Sustentable, y que textualmente en su parte pertinente expresa lo
siguiente: VISTO...y CONSIDERANDO... POR ELLO: ARTICULO 1º.- Sancionar al Sr.
MARCOS GASTON URBANI, D.N.I. Nº 22.170.692,
domiciliado en calle 25 de Mayo 730 de la localidad de Fuentes (Provincia de
Santa Fe), con una multa cuyo valor dinerario asciende a PESOS CIENTO UNO ($
101.-), por la comisión de los hechos que, en perjuicio de la fauna acuática,
aluden los considerandos de la presente, en
infracción a artículo 64º, artículo 1º y 3º de la Resolución Nº 063/79 del
entonces Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), dictada conforme a lo
previsto por el artículo 2º del texto reglamentario, aprobado por el artículo
1º del Decreto Nº 4.148/63, en función de lo preceptuado por los artículos 1º inc.b), 14º inc. a), 22º, 26º y
27º del Régimen establecido por el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 4.218/58,
ratificado por Ley Nº 4.830.
ARTICULO 2º.- Establecer que en caso de
no hacerse efectivo el pago de la multa impuesta en el artículo primero de la
presente, dentro de los quince (15) días contados a partir de su notificación
fehaciente, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos
de proceder a su cobro compulsivo por vía judicial.-
ARTICULO 3°.- Confirmar el comiso
definitivo y su posterior donación de sesenta y un (61) Pejerreyes.- ARTICULO
4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.” Fdo. Dr.
ANIBAL 0. VAZQUEZ - Secretario de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable. Lo que se publica en el Boletín Oficial a sus efectos y por el
término y bajo apercibimientos legales. Fdo. Prof.
Juan Carlos Copponi - Director General de Despacho y
Decretos de la Gobernación-, Santa Fe, diciembre de 2.002.
S/c 178 En
3
_________________________________________
TRIBUNAL
DE CUENTAS
Notificación
SANTA FE, 23 DIC 2002
Por disposición de la Sala II del
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el
presente edicto a los fines de hacer saber a quienes representan a la
ASOCIACION PARA LA VIDA Y EL DEPORTE VENADO TUERTO, que en los autos
caratulados “Expediente Nº 05-57162150 S/SUBSIDIO de $ 2.000.- otorgado por el
Consejo Provincial del Deporte, destinado a los gastos que demande LA FIESTA
ANUAL DEL DEPORTE DE LA CIUDAD DE VENADO TUERTO”, se ha resuelto emplazar a la
citada entidad para que se remitan en el término y bajo apercibimiento de ley
los comprobantes originales respaldatorios del
subsidio otorgado por el CONSEJO PROVINCIAL DEL DEPORTE, habiéndose dictado al
efecto la Resolución Nº 424 de fecha 29 de octubre de 1999, la cual en su parte
pertinente expresa: “VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: Emplazar al
responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar
desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos
formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento
de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo.
Artículo 2º:... Fdo. C.P.N.
HORACIO R. ALESANDRIA - Presidente, C.P.N. HUGO R.
CARNEVALE - Vocal, C.P.N. JORGE ALBERTO FAVRE -
Vocal, C.P.N. MARCELA B. FONTANA - Sec. Sala II.
S/c 177
En
3
_________________________________________
CAJA
DE ASISTENCIA SOCIAL LOTERIA
RESOLUCION DE
DIRECCION GENERAL Nº 397
Ref.: APROBANDO
LA PROGRAMACION DE CONCURSOS DEL JUEGO DEL “QUINI-6” PARA EL MES DE ENERO DE
2003.
VISTO
Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº 00302-0044869-4 del Sistema de Información de
Expedientes, y;
CONSIDERANDO:
Que por las mismas la GERENCIA DE
QUINI-6 eleva para su aprobación la Programación de Concursos del mes de ENERO
de 2003.
Que dicha Programación se ajusta a
pautas de comercialización oportunamente establecidas.
Que la misma prevé la realización de
los Concursos de QUINI-6 en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y
“SIEMPRE SALE” Nros. 966, 967, 968, 969, 970, 971,
972 y 973 a sortearse los días 05, 08, 12, 15, 19, 22, 26 y 29 de ENERO de
2003, a las 21,30 horas.
Que el precio de venta al público de
cada apuesta del “QUINI-6 TRADICIONAL” para todos los Concursos del mes de
ENERO de 2003, se ha establecido en PESOS DOS ($ 2,00), mientras que los
adicionales optativos para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6
REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS UNO ($ 1,00) para
cada uno.
Que se estima conveniente otorgar en
todos los concursos del mes de ENERO de 2003 un PREMIO EXTRA cuyo importe
ascienda a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) de acuerdo a lo
previsto en el artículo 30º del Reglamento del Juego.
Que en lo que respecta a la modalidad
“BRINCO” se prevé la realización de los concursos Nros.
147, 148, 149 y 150 cuyos sorteos se realizarán los días domingo 05, 12, 19 y
26 de ENERO de 2003 a las 21,00 horas, estableciéndose el precio de venta al
público en PESOS UNO ($ 1,00) cada apuesta.
Que además en esta modalidad denominada
BRINCO se ha dispuesto otorgar en cada concurso del mes de ENERO de 2003, DIEZ
(10) PREMIOS ADICIONALES que serán asignados mediante un sorteo electrónico a
realizarse a continuación del sorteo habitual, en el que participarán todos
aquellos tickets del respectivo concurso.
Que cada premio adicional será de PESOS
SEIS MIL ($ 6.000.-) cada uno, los que serán abonados a los ganadores en doce
(12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) cada una,
libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros.
20.630, 23.531 y 24.800.
Que los fondos necesarios para el pago
de los cuarenta (40) premios mencionados anteriormente, más los importes que
correspondan a los gravámenes antes referidos, serán tomados del Fondo de
Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
Por ello y atento a lo dispuesto por la
Ley Nº 8269 y modificatorias, como así también la Resolución de Vicepresidencia
Ejecutiva Nº 134/2001 aprobatoria del Reglamento del juego,
EL DIRECTOR
GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º- Aprobar la Programación de
Concursos de “QUINI-6” en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE
SALE” correspondiente al mes de ENERO de 2003, la que como ANEXO I forma parte
integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 966, 967, 968, 969, 970, 971, 972 y 973 a sortearse
los días 05, 08, 12, 15, 19, 22, 26 y 29 de ENERO de 2003, a las 21,30 horas.
ARTICULO 2º- Establecer el precio de
venta al público de cada apuesta para los Concursos cuya realización se aprueba
en el artículo anterior en PESOS DOS ($ 2,00) para participar del “QUINI-6
TRADICIONAL” mientras que los adicionales para participar con la misma apuesta
en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS UNO ($
1,00) para cada uno.
ARTICULO 3º- Otorgar un PREMIO EXTRA DE
PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) en cada uno de los concursos de
QUINI-6 aprobados en el artículo 1º de la presente, de acuerdo a lo previsto en
el artículo 30º del Reglamento del Juego.
ARTICULO 4º- Aprobar la Programación de
Concursos de la modalidad “BRINCO”, la que como ANEXO II forma parte integrante
de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros.
147, 148, 149 y 150 a sortearse los días 05, 12, 19 y 26 de ENERO de 2003 a las
21,00 horas.
ARTICULO 5º- Establecer el precio de
venta al público de cada apuesta de “BRINCO” en PESOS UNO ($ 1,00).
ARTICULO 6º- Otorgar en cada Concurso
de BRINCO del mes de ENERO de 2003, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES que serán
asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo
habitual y en el que participarán todos aquellos tickets
de apuestas del respectivo sorteo.
ARTICULO 7º- Cada uno de los premios
adicionales dispuestos en el artículo anterior será de PESOS SEIS MIL ($
6.000.-) los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y
consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) cada una, libre de los gravámenes
establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.531 y
24.800.
ARTICULO 8º- Los importes destinados
para premios más gravámenes a que refieren los artículos 6º y 7º, serán tomados
del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini
6.
ARTICULO 9º- Regístrese, comuníquese y
archívese.
SANTA FE, 23 de Diciembre de 2002.
ENRIQUE ANGEL UCEDO
Director General
Caja de Asistencia Social
ANEXO
I
PROGRAMACION DE
LAS MODALIDADES DE “QUINI-6” “TRADICIONAL”, “REVANCHA” Y “SIEMPRE SALE”
MES: ENERO DE
2003
CONCURSO |
FECHA |
HORADE |
FECHADE |
ENTREGA |
PRECIO |
DE |
APUESTAS |
NUMERO |
DE |
SORTEO |
PRESCRIP. |
DE |
TRADIC. |
CON |
CON S. |
|
SORTEO |
|
|
ACIERTOS |
|
REVANCHA |
SALE |
|
|
|
|
|
|
|
|
966 |
05/01/03 |
21,30 |
20/01/03 |
27/01/03 |
$2,00 |
$3,00 |
$4,00 |
967 |
08/01/03 |
21,30 |
23/01/03 |
27/01/03 |
$2,00 |
$3,00 |
$4,00 |
968 |
12/01/03 |
21,30 |
27/01/03 |
03/02/03 |
$2,00 |
$3,00 |
$4,00 |
969 |
15/01/03 |
21,30 |
30/01/03 |
03/02/03 |
$2,00 |
$3,00 |
$4,00 |
970 |
19/01/03 |
21,30 |
03/02/03 |
10/02/03 |
$2,00 |
$3,00 |
$4,00 |
971 |
22/01/03 |
21,30 |
06/02/03 |
10/02/03 |
$2,00 |
$3,00 |
$4,00 |
972 |
26/01/03 |
21,30 |
10/02/03 |
17/02/03 |
$2,00 |
$3,00 |
$4,00 |
973 |
29/01/03 |
21,30 |
13/02/03 |
17/02/03 |
$2,00 |
$3,00 |
$4,00 |
PREMIO EXTRA: En todos los concursos cuyos
sorteos se realizarán durante el mes de ENERO de 2003, se ha establecido
otorgar un PREMIO EXTRA de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-)
HORARIOS DE RECEPCION DE APUESTAS:
SORTEO DIA MIERCOLES:
SISTEMA OFF LINE: MIERCOLES 13,15
horas. SISTEMA ON LINE: MIERCOLES 18,00 horas.
SORTEO DIA DOMINGO:
SISTEMA OFF LINE: SABADO 19,15 horas.
SISTEMA ON LINE: SABADO 19,30 horas.
SANTA FE, 23 de Diciembre de 2002.
ANEXO
II
PROGRAMACION DE
CONCURSOS DE LA MODALIDAD DE QUINI-6 “BRINCO”
MES: ENERO de
2003
CONCURSO |
FECHADE |
HORADE |
FECHADE |
ENTREGA |
PRECIO DE APUESTA |
NUMERO |
SORTEO |
SORTEO |
PRESCRIP. |
ACIERTOS |
|
|
|
|
|
|
|
147 |
05/01/03 |
21,00 |
20/01/03 |
27/01/03 |
$1,00 |
148 |
12/01/03 |
21,00 |
27/01/03 |
03/02/03 |
$1,00 |
149 |
19/01/03 |
21,00 |
03/02/03 |
10/02/03 |
$1,00 |
150 |
26/01/03 |
21,00 |
10/02/03 |
17/02/03 |
$1,00 |
MUY IMPORTANTE: En cada concurso del
mes de ENERO de 2003, mediante un sorteo electrónico en el que participarán
todos los tickets intervinientes
en el concurso que se trate, se otorgarán DIEZ (10) premios adicionales de
PESOS SEIS MIL ($ 6.000.-) cada uno, los que se abonarán a los ganadores en
doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) cada
una.
HORARIOS DE CIERRE DE RECEPCION DE
APUESTAS:
SISTEMA OFF LINE: SABADO 19,15 horas.
SISTEMA ON LINE: SABADO 19,30 horas.
SANTA FE, 23 de Diciembre de 2002.
ENRIQUE A. UCEDO
Director General
Caja de Asistencia Social
S/C 94 Ene.
3
________________________________________________________________________________________