JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
MARIA TERESA IERONIMO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Ramon Bergia - Juez; Secretaría a cargo de la Dra. Veronica A. Accinelli, se hace saber que en los autos caratulados: “ANDRADE, SARA s/ SUCESION – HERENCIA VACANTE”, Expte. Nº 660/2012, se ha dispuesto que la martillera Maria Teresa Ieronimo, CUIT. N° 27-14328265-7, el día 15 de diciembre de 2016, a partir de las 18,00 horas, en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros –sita en calle Entre Ríos 238 de Rosario- , venda en pública subasta el 100% del siguiente inmueble ubicado en Av. Pellegrini nº 1074 piso 5º departamento 2º de esta ciudad de Rosario, el que se describe a continuación: “La parte proporcional y proindivisa del terreno que se deslindará y de los bienes comunes que se especifican en el respectivo reglamento de copropiedad y Administración y que se dan por íntegramente reproducidos en este lugar y la totalidad de la unidad designada con los guarismos CERO-CINCO CERO –DOS, en los planos de división y distribución del edificio y reglamento de copropiedad y administración respectivos. Dicho departamento se encuentra ubicado en la planta quinto piso del edificio sometido al régimen de la propiedad horizontal sito en esta ciudad en Av. Pellegrini 1072/74/78 entre las calles San Martín y Sarmiento, denominado “Edificio Splendid” está destinado a vivienda familiar y tiene acceso por la entrada común que lleva el Nº 1074 de Av. Pellegrini, con una superficie de propiedad exclusiva de 35,95 m2, una superficie de bienes comunes de 21,52 m2 al que le corresponde un valor proporcional en condominio del 2,50% de conjunto del inmueble y se compone de hall, comedor, cocina, paso, baño y un dormitorio correspondiéndole balcones de uso exclusivo, uno que da sobre Av. Pellegrini y otro que da a la parte posterior del edificio. Dominio inscripto al Tomo 854, Folio 337, Número 242355, P.H., Dpto Rosario.- Informa el Registro General Rosario que el dominio del inmueble se encuentra a nombre del titular de autos, no registra inhibiciones, ni embargos e hipotecas. El inmueble saldrá a la venta con la base del valor de mercado, reducido en un 10 %, esto es $ 567.000.- En caso de no haber oferentes, con una retasa del 25 % y de persistir la falta de postores en tercera y última subasta con la base del 50 % de la primera base es decir $283.500. El comprador deberá abonar en el acto de remate el 30% del valor alcanzado a cuenta de precio. Ese pago deberá hacerse al martillero en efectivo y hasta un máximo de $ 30.000.- Si tal importe fuera mayor, se deberá hacer el pago en efectivo hasta la suma indicada y el saldo deberá ser transferido o depositado el día hábil siguiente a la cuenta judicial del Banco Municipal, sucursal caja de abogados, Cuenta N° 5104626/9, CBU 0650080103000510462698, CUIT Cuit 33-99918181-9. El saldo de precio deberá depositarse o transferirse a la misma cuenta dentro de los 5 días de notificado el auto aprobatorio del remate. El comprador deberá pagar el 3 % del valor de venta más IVA si correspondiera, como comisión del martillero inmediatamente de finalizado el acto, en pesos, cheque certificado u otro medio a satisfacción del mismo. El inmueble sale a la venta desocupado en las condiciones que da cuenta el acta de constatación obrante a fs. 184/5. Las constancias que surgen del informe catastral pueden estar desactualizadas. Si así fuera, será a cargo exclusivo del comprador su regularización. Los impuestos, tasas, contribuciones y expensas que adeude el inmueble, el I.V.A., el impuesto a las ganancias, el impuesto a los ingresos brutos y cualquier otro impuesto (en caso de corresponder) que graven el acto de venta y los impuestos que graven el acto de escritura de transferencia de dominio y que por ley corresponda ser pagados por el vendedor, serán abonados con el producto de la venta con el privilegio que corresponda según lo dispuesto por el Código Civil y Comercial. A tal fin, una vez realizada la venta se le correrá traslado a los organismos recaudadores a fin que se presenten dentro del plazo de 10 días a acreditar su crédito y aportar todos los datos necesarios para transferir el importe de los mismos a sus cuentas o los datos de la persona autorizada a cobrarlos en forma directa, bajo apercibimientos de hacerse reserva de los importes informados previo a la subasta y disponer del saldo. Los impuestos que gravan el acto de escrituración serán reservados por el valor que surja de aplicar las alícuotas respectivas, lo que deberá ser solicitado por el comprador al depositar el saldo de precio, acompañando el cálculo de los mismos, bajo apercibimientos de abonarlos él si así no lo hiciere. Cualquier incremento en los mismos que surja a la fecha de escrituración será a cargo del comprador. Los impuestos tasas y contribuciones que graven el inmueble serán a cargo del comprador desde la fecha de la celebración del remate. El martillero deberá tramitar la inscripción marginal del remate. A tal fin, una vez finalizado el acto, la Secretaria le entregará copia certificada del acta, estando autorizado a retener del importe cobrado lo necesario para la realización del trámite, debiendo acreditar el cumplimiento de esta obligación y rendir cuenta de los gastos realizados dentro del plazo de 5 días desde la fecha de celebración del remate. La posesión será entregada una vez cancelado el total del precio. La transferencia de dominio se realizará por escritura pública ante el escribano que designe el comprador, siendo los honorarios y los aportes e impuestos sobre los mismos que correspondan por la escritura traslativa de dominio a su exclusivo cargo. La misma deberá ser confeccionada dentro del plazo de bloqueo registral producido por el certificado C acompañado a los efectos de la presente. Si se realizara con posterioridad, toda medida cautelar que se anote respecto del inmueble deberá ser levantada por el Juez que la ordenó. Si la venta fracasara por culpa del postor u oferente será aplicado el art. 497 del C.P.C. C... Téngase por fijado para la exhibición los tres días anteriores a la subasta en el horario de 10 a 12 hs. Informes a la martillera al Teléfono 0341-153099582 y 155080398. Todo lo que se hace saber a sus efectos legales. Publíquese el presente edicto por el término de ley en el Boletín Oficial de la Prov. de Santa Fe y Hall de Tribunales en el transparente habilitado a tal efecto en la forma prescripta por el art. 67 del CPCC reformado por el ley Provincial 11.287. Rosario, 29.de noviembre de 2016.- -Dra. Verónica A. Accinelli. Secretaria.-
S/C 310074 Dic. 2 Dic. 6
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POR
MIGUEL ÁNGEL MERCERAT
Por disposición Señor Juez Primera Instancia Distrito Civil Comercial Octava Nominación Rosario, en autos: “VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. c/OTRO s/Ejecución Prendaria”, Expte. 21-02839163-0, (demandado D.N.I. 35.457.036), el Martillero Miguel Ángel Mercerat, (CUIT 20-17669315-1), venderá en pública subasta el día 14 de diciembre de 2016 a las 14,30 hs., en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238, con la base de $ 57.973,63, y de no haber postores saldrá a la venta con retasa del 25% como última base, el automotor marca Volkswagen, tipo sedán 5 puertas, modelo GOL 1.4L, dominio LMV 456, año 2012, motor marca Volkswagen N° CNB043933, chasis marca Volkswagen Nº 9BWCF05W6DP022578; inscripto en el Registro de la Propiedad del Automotor N° 18 de Rosario. Prenda:: $ 31.084,52 de fecha 16/07/2012, en primer grado y a favor de la actora. No se registran embargos ni inhibiciones. El comprador abonará en el acto de remate la suma de $ 30.000, a cuenta del precio alcanzado, más el 10% del precio de compra en concepto de comisión al martillero, en efectivo y/o cheque certificado. No se aceptarán ofertas inferiores a $ 500. El saldo de precio deberá abonarse por transferencia interbancaria dentro de los tres días hábiles posteriores a la subasta, en el Banco Municipal de Rosario sucursal Caja de Abogados, a la orden de este juzgado y para estos autos, caso contrario abonará por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, no permitiéndose la compra en comisión. El bien será entregado una vez efectuado el saldo total de precio quedando obligado el comprador a efectuar la transferencia de dicha unidad, a su nombre, en el plazo improrrogable de 30 días desde que se le entregue la posesión. Se subasta en el estado y condiciones en que se encuentra, no admitiéndose reclamos posteriores de ninguna naturaleza. La entrega del rodado se hará una vez acreditado el pago total del precio de compra. Las deudas por impuestos, tasas, multas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesare sobre el bien (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere, gastos y sellados, gastos e impuestos de transferencia y radicación, y los gastos por retiro y traslado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. Autos a disposición de los interesados. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, Rosario, 25 de noviembre de 2016 - Santiago M. Male Franch, Secretaria.
$ 570 309754 Dic. 2 Dic. 6
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CAÑADA DE GÓMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
OSVALDO EMILIO MANARESI
Por disposición de Sr. Juez Primera Instancia de Distrito N° 6 CCL 1ª Nominación de Cañada de Gómez, la Secretaria que suscribe hace saber que en autos “BANCO DE SANTA FE SAPEM c/SCARPETA ALFREDO OSCAR S/Demanda Ejecutiva” Expte. N° 1151/92 se ha dispuesto notificar por medio del presente al Sr. Alfredo Óscar Scarpetta, la providencia de siguiente tenor: “N° 1810 Cañada de Gómez, 18 de Noviembre de 2016. Y VISTOS:... Resuelvo: Ordénase la venta en pública subasta del inmueble inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 159, Folio 84, N° 154745 Dto Iriondo Partida Inmobiliario N° 141100-193905/0007-5, embargado en autos que realizara el Martillero Osvaldo Emilio Manaresi, el día Jueves 22 de Diciembre de 2016, a las 10:30 horas, en las puertas del Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Correa, a cargo de Liliana V. Luciani, sito en calle Rivadavia s/n de esa localidad, o el día inmediato hábil posterior de resultar feriado, inhábil o si su inicio y/o desarrollo se impidiera por caso fortuito y/o fuerza mayor y/o cualquier otro hecho equiparable a la misma hora y en el mismo lugar, por la base de Pesos Cuatro mil doscientos cincuenta y ocho con cincuenta centavos ($ 4.258,50=) y a falta de interés entre los asistentes, previa autorización de la Actuaría el inmueble se retira de la venta. El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 20% en calidad de seña (más I.V.A. si correspondiere), más 3% de comisión de Ley Art 63 inc 1.1.1. LP 7547, al martillero actuante. En caso que el precio a abonar en el acto de subasta supere el valor de $ 30,000=, el pago no podrá hacerse en efectivo, pudiendo optar por cheque certificado o cancelatorio o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - Sucursal Cañada de Gómez, a la orden de este Juzgado y para la presente causa, conforme a la disposición del Banco Central de la República Argentina, Según comunicado “A” 5147 de fecha 23/11/10, dejándose constancia que respecto al saldo de precio se abonará al aprobarse la subasta, el mismo deberá hacerse en las mismas condiciones que las mencionadas, es decir, en caso que supere el monto señalado, se hará efectivo el deposito por transferencia interbancaria. Hágase saber que en caso de incumplirse esta disposición, será comunicado por este tribunal y/o Martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de la subasta , deberá oficiarse al Registro General de la Propiedad, con copia certificada por el Actuario del Acta de Subasta a fin de que se tome razón de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes. No se acepta compra en comisión. El inmueble sale a subasta con la condición de Desocupable según art. 504 CPCC. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el termino de Ley. El martillero actuante deberá informar en el acto de remate los importes actualizados de las deudas que el inmueble posea en concepto de tasas, impuestos y expensas, si correspondieren, debiendo dejarse constancia de ello en el acto de remate. Los que serán íntegramente a cargo de quien resulte comprador, juntamente con las contribuciones de mejoras, honorarios profesionales y gastos de escrituración. Efectúense las comunicaciones que correspondieren en orden a lo dispuesto por los arts. 488 y 506 del CPCC, librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias de diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del martillero. Ello sin perjuicio de lo dispuesto en art. 503 del CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco (5) días antes de la subasta a los fines de subastarse y permanecerá en Secretaria. Establecer expresamente que la transferencia de dominio por compra en subasta deberá realizarse por Escribano Público. Notifíquese por cédula a todos los interesados Insértese y hágase saber”. Fdo.: Dr. Fidelibus - Dr. Coronel. Cañada de Gómez, Secretario.
$ 210 309729 Dic. 2 Dic. 6
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POR
OSVALDO MANARESI
Por disposición Señor Juez 1a Instancia CCL 1ª Nominación Distrito Judicial N° 6 Cañada de Gómez, la Secretaria autorizante hace saber en autos “BANCO DE SANTA FE S.A.P.E.M. c/CUIT N° 20-06164396-7 s/Demanda Ejecutiva” Expte. N° 1151/92, se dispuso que Martillero Osvaldo Manaresi (Cuit 20-12.004.243-3), proceda a vender en pública subasta, en la puerta del Juzgado Comunitario Pequeñas Causas de Correa (Rivadavia s/n), el 22 de Diciembre de 2016, a partir 10:30 horas, según auto N° 1810 de fecha 18/11/16, por la base de $ 4.258,50=, a falta de interés se retira de venta, del inmueble a describir catastralmente a saber: “Una fracción de terreno situada en el pueblo de Correa, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe, comprendida en la Manzana número veinte y tres, al Norte de la vía férrea, que de acuerdo al plano confeccionado por el Agrimensor don Jorge Willems, archivado bajo el N° 85.546 en el año 1975, se designa como Lote UNO-a, se encuentra ubicado con frente al Este, a los 50,00 m de calle Roca, hacía el Norte, y a los 60,00 m de calle Andino, hacia el Sur y mide 10,00 m. de frente, por 19,15 m. de fondo, encierra una superficie de 191,50 m., lindando al Este, con la calle Rivadavia; al Sud con el lote Uno-b, de la vendedora; al Oeste, con Pascual Bordi; y al Norte con Iris Marta M. de Bortolatto” Se encuentra inscripta en el Registro General de Propiedad bajo nota dominial al Tomo 159, Folio 84, N° 154745 Departamento Iriondo. Partida inmobiliario N° 141100-193905/0007-5. Los informes de estado de deuda en autos. Registro General de la Propiedad, según certificado “C” 164602-0 del 21/10/16 Dominio: titularidad a nombre del demandado. Embargo: Al tomo 124 E, Folio 2058, N° 350755 Orden de este Juzgado y para estos autos por $ 100,00= del 16/07/15.(Nota ant. 119E, Folio 3006, N° 353426 del 07/07/10, Tomo 114 E, Folio 7022, N° 374664 del 07/09/05 y Tomo 109 E Folio 11600 N° 411488 del 22/11/00) Hipoteca: No registra Inhibiciones: 1) Reinscripción aforo N° 341099 Tomo 124 I, Folio 3317 orden este Juzgado y estos autos por $ 5.791,00= del 21/05/2012 (notas anteriores Tomo 119 I, Folio 6481, N° 366717 del 02/08/2007, Tomo 114 I, Folio 5196, N° 362265 del 05/08/2002, Tomo 109 I, Folio 4561, N° 360256 del 05/08/1997 y Tomo 104 I, Folio 2960, N° 244848 del 14/09/1992). Constatación Lote de terreno baldío desocupado, Título de escritura del inmueble obrante en autos Fs. 115/16, por lo que el comprador deberá conformarse, sin derecho a reclamo de ninguna especie por falta o insuficiencia de los mismos después de la subasta. El adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 20% a cuenta de precio mas IVA si correspondiere, mas el 3% de comisión al Martillero, todo en dinero efectivo y/o cheque certificado, En caso que supere el valor de $ 30.000,00=, el pago no podrá hacerse en efectivo, pudiendo optar por cheque certificado cancelatorio o en su defecto, se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - Sucursal Cañada de Gómez, a la orden de este Juzgado y para la presente causa conforme a la disposición del Banco Central de la República Argentina, según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10, el saldo a la judicial aprobación de la subasta, en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe, Suc. Cañada de Gómez, a nombre de autos y Juzgado, todo bajo apercibimientos de los Arts. 497 y 499 del CPCC.; los impuestos y/o servicios atrasados de pago creados y/o a crearse hasta su efectivo pago, transferencia de dominio y/o impuestos que la afectaren, y otros gastos serán a exclusivo cargo del adquirente; de resultar feriado, inhábil o por cualquier motivo que impida el normal desarrollo, se realizara el día inmediato posterior hábil a la misma hora, lugar y condiciones. CUIT actora 30-69992328-8. Transferencia por Escritura Pública. No se acepta compra en comisión. Todo lo que se publica a sus efectos legales y por el término de Ley en Boletín Oficial de Santa Fe y Tablero de Juzgado, no aceptando reclamo de ninguna naturaleza después de la subasta. Informes en Secretaría de este Juzgado y/o Martillero. - Cañada de Gómez, 25 de noviembre de 2016 - Fdo.: Dr. Guillermo R. Coronel, Secretario.
$ 510 309727 Dic. 2 Dic. 6
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