REGISTRADA BAJO EL Nº 13219
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Suspéndase por el término de ciento ochenta (180) días la vigencia del artículo 3 de la Ley N° 11887, a los efectos de permitir a la Cámara de Senadores de la Provincia, regularice la situación de revista de sus agentes, de manera progresiva, hasta el límite de sus vacantes y sin que implique creación neta de nuevos cargos.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES, DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Eduardo Rubén Nini
Subsecretario
Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2733
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 24 NOV 2011
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.219 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BINNER
Carlos Anibal Rodriguez
7466
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