picture_as_pdf 2011-12-02

REGISTRADA BAJO EL Nº 13206


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el Ministerio de la Producción de la provincia de Santa Fe y la Secretaría de Producción de la provincia de Entre Ríos, el día 30 de octubre de 2009, con el objeto de contar con estrategias comunes en política pesquera para el tramo compartido de la cuenca del río Paraná a efectos de contribuir al desarrollo de los sectores pesqueros en la región.

Dicho Convenio fue aprobado por Decreto N° 0315/10 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el 4-11-2009, bajo el N° 3788, Folio 196, Tomo VII, se agrega y forma parte integrante de la presente ley.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


DECRETO Nº 2759


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

24 NOV 2011

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.206 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BINNER

Juan José Bertero

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar

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