picture_as_pdf 2007-11-02

REGISTRADA BAJO EL Nº 12751

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1º.- Declárase de interés general y sujeta a expropiación una fracción de terreno ubicada en la zona rural de la localidad de Emilia, departamento La Capital, cuyo dominio se encuentra inscripto en el Registro General Santa Fe al Tomo 002, Folio 0889, N° 15.402, de fecha 7 de abril de 1902, individualizada a los fines del Impuesto Inmobiliario bajo Partida N° 10-01-00-634697/0000-7, registrada catastralmente como Parcela N° 85, en calle Pública s/n - zona rural n° 4, y que tiene una superficie aproximada de 10.781 m².

ARTÍCULO 2º.- La expropiación de la fracción de terreno dispuesta en el artículo precedente será destinada a fines comunitarios, conforme las Ordenanzas de la comuna de Emilia N° 0385/04 y su modificatoria Nº 458/07.

ARTÍCULO 3º.- Delégase en la comuna de Emilia la acción expropiatoria, autorizándosela a llevarla adelante conforme la Ley Provincial N° 7.534.

ARTÍCULO 4º.- Las erogaciones provenientes de la aplicación de la presente ley, así como también los gastos que se deriven de la confección del plano de mensura correspondiente, serán financiados con los créditos de las partidas presupuestarias que destine la comuna de Emilia.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.

EDMUNDO CARLOS BARRERA

Presidente

Cámara de Diputados

MARÍA EUGENIA BIELSA

Presidenta

Cámara de Senadores

DIEGO A. GIULIANO

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

RICARDO PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 29 de octubre de 2007

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

JORGE ALBERTO OBEID

Gobernador de Santa Fe

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