picture_as_pdf 2006-11-02

REGISTRADA BAJO EL Nº 12629

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado el día 30 de agosto de 2005, con la presencia del señor Presidente de la Nación, Dr. Néstor Kirchner, entre los representantes de las Provincias de Santa Fe y Corrientes y la Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; el señor Gobernador, Ing. Jorge Alberto Obeid; el señor Gobernador, Dr. Horacio Ricardo Colombi y el señor Secretario de Obras Públicas, Ing. José Francisco López, respectivamente; con el objeto de efectivizar el corredor vial y multimodal de transporte Este-Oeste, que vincule a la República Argentina con la República Federativa del Brasil y la República de Chile, en el marco de la iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional Sudamericana (IIRSA), a través de la conexión física de las ciudades de Reconquista - Goya, las que servirán de punto estratégico para el intercambio multimodal de cargas entre el transporte carretero y fluvial.

El presente convenio estará solventado presupuestariamente por la Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, con la apoyatura del Consejo Federal de inversiones (C.F.I.), para la concreción de la obra.

El documento suscripto, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 31 de agosto de 2005, bajo el 2608, Folio 206, Tomo V, se agrega como anexo y forma parte de esta ley.

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

 Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 2853

 

SANTA FE, 27 10 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.629 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Walter Alfredo Agosto

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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