picture_as_pdf 2005-11-02

REGISTRADA BAJO EL Nº 12475

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio denominado "Plan Nacional de Seguridad Alimentaria `El Hambre Más Urgente´, Refuerzo de Comedores Escolares", suscripto entre la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representada por su Titular Lic. Daniel Fernando Arroyo, y el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su Titular Prof. Carola Nin; inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, -Decreto N° 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa el 30 de junio de 2004, Tomo IV, bajo N° 2060, F° 232, cuya copia en veinticuatro (24) fojas forma parte de la presente.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 21 de octubre de 2002

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto OBEID

Gobernador de Santa Fe

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

__________________________________________