REGISTRADA BAJO EL Nº 12614
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Dónase
a la Comuna de Chovet, departamento General López, un
lote de terreno identificado como Parcela 1, Subparcela
5 de la Manzana 23 del Pueblo de Chovet; inscripto el
dominio al Tomo 31, Folio 182, N° 7533, Año 1923 del
departamento General López, de 1.043,45 m2. que figura
como Lote 1b en el plano de Mensura y Subdivisión Nro.
68504/72; Partida Impuesto Inmobiliario 17-04-00-365835/0006.-
ARTICULO 2.- La donación a que refiere el artículo anterior se
realiza con el cargo de construir en dicho terreno un Hogar de Ancianos.
ARTICULO 3.- La totalidad de los gastos que demande la presente
donación serán a cargo de la donataria.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2540
SANTA FE, 25 SEP 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.614 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Walter Alfredo Agosto
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