picture_as_pdf 2006-10-02

REGISTRADA BAJO EL Nº 12614

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1.- Dónase a la Comuna de Chovet, departamento General López, un lote de terreno identificado como Parcela 1, Subparcela 5 de la Manzana 23 del Pueblo de Chovet; inscripto el dominio al Tomo 31, Folio 182, 7533, Año 1923 del departamento General López, de 1.043,45 m2. que figura como Lote 1b en el plano de Mensura y Subdivisión Nro. 68504/72; Partida Impuesto Inmobiliario 17-04-00-365835/0006.-

ARTICULO 2.- La donación a que refiere el artículo anterior se realiza con el cargo de construir en dicho terreno un Hogar de Ancianos.

ARTICULO 3.- La totalidad de los gastos que demande la presente donación serán a cargo de la donataria.

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

 Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 2540

SANTA FE, 25 SEP 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.614 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Walter Alfredo Agosto

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