MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION N°
973
Santa Fe, 10 de Agosto de 2006
VISTO:
El expediente n°
00501-0066542-9 del S.I.E. relacionado con la
situación del Ing. Guillermo Daniel Cibils, quien
revista como Jefe del Departamento Arquitectura (Categoría 6) en la Dirección
General de Recursos Físicos y Construcciones Hospitalarias Delegación Zona Sur;
y
CONSIDERANDO:
Que, según surge de autos, el Ing. Cibils solicitó licencia extraordinaria sin goce de
haberes, por el término de un (1) año, a partir del 4/9/05, fecha ésta que
posteriormente modificara por la del 6/12/05 (fs. 1 y
4 vto.);
Que en una nueva presentación, el
26/12/05, el mencionado agente reiteró el referido pedido de licencia
destacando que, en caso de no ser autorizado, renuncia a su cargo a partir de
esa misma fecha (fs. 13);
Que ni bien el artículo 53°, inciso a),
del régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por
Decreto-Acuerdo n° 1919/89, del personal de la
Administración Pública Provincial, establece el derecho a utilizar licencia sin
goce de haberes por razones particulares, en las condiciones que la misma norma
determina, por Decreto-Acuerdo n° 469/91 se suspendió
la vigencia de la referida disposición;
Que, posteriormente, se atenuaron los
efectos de este último acto administrativo -mediante Decreto-Acuerdo n° 2462/93 facultándose a los titulares de las distintas
Jurisdicciones a disponer excepciones a dicha suspensión y otorgar las
precitadas licencias al personal de su dependencia, por razones debidamente
fundadas;
Que, en consecuencia, la normativa
vigente no restituye integralmente el derecho sino que supedita el otorgamiento
de dichas licencias a la evaluación y decisión del titular de cada
jurisdicción, que este Ministerio, estima procedente merituar
en cada caso particular en base a razones de conveniencia, oportunidad y
necesidades del servicio;
Que con fundamento en razones de
prudencia y sana administración, ante la racionalización de los recursos
presupuestarias, que restringe considerablemente la posibilidad de efectuar
designaciones y obliga a mantener la disponibilidad y el aprovechamiento de los
recursos humanos existentes, la Subsecretaría de Logística adoptó un criterio
general, siguiendo las pautas formuladas por la máxima autoridad ministerial,
vedando adscripciones, traslados, comisiones de servicio y licencias sin goce de
haberes (Memorándum n° 61 S.L. del 7/1/05);
Que en el presente caso median las
razones de servicio expresadas precedentemente, que por estar vinculadas al
interés público, prevalecen ante cualquier motivación particular, por lo que no
se dan las condiciones necesarias para resolver favorablemente la pretensión
formulada en autos,
Que respecto a la dimisión del
nombrado, debe procederse conforme lo normado por los artículos 13°, inciso b)
y 48° de la Ley n° 8525, ya que habiendo transcurrido
el plazo previsto en la primera de las disposiciones citadas sin que la
renuncia fuera aceptada, se ha producido la baja del agente, debiendo dejarse
constancia de ello a los fines de su registración por
los Servicios de Personal y la liberación del respectivo cargo presupuestario,
siendo competente este Ministerio para decidir al respecto, en ejercicio de las
facultades conferidas mediante Decreto-Acuerdo n°
3879/68 artículo 1, inciso c),
Que, atento lo expuesto, corresponde
rechazar la solicitud de licencia extraordinaria sin goce de haberes formulada
por el Ing. Cíbils y declarar extinguida -por
renuncia- la relación de empleo público establecida con el citado profesional;
Que en las presentes actuaciones han
tornado la intervención de su competencia las Direcciones Generales de Asuntos
Jurídicos (Dictamen n° 72.575/05, fs.
10) de Personal (Informe n° 187/06, fs. 16),
POR ELLO:
LA MINISTRO DE SALUD
Resuelve:
ARTICULO 1°.- Recházase
la pretensión formulada por el Ing. GUILLERMO DANIEL CIBILS (M.I. n° 16.935.510 - Clase 1964),
Jefe del Departamento Arquitectura (Categoría 6) en la Dirección General de
Recursos Físicos y Construcciones Hospitalarias Delegación Zona Sur, tendiente
a que se le otorgue la licencia extraordinaria sin goce de haberes, prevista en
el artículo 53°, inciso a), del Régimen de Licencias, Justificaciones y
Franquicias aprobado por Decreto-Acuerdo n° 1919/89,
por el término de un (1) año.
ARTICULO 2°.- Declárase
extinguida -con retroactividad al 26 de diciembre de 2005, por renuncia,- la
relación de empleo público establecida con el Arq. GUILLERMO DANIEL CIBILS (M.I. n° 16.935.510 - Clase 1964),
Jefe del Departamento Arquitectura (Categoría 6) en la Dirección General de
Recursos Físicos y Construcciones Hospitalarias Delegación Zona Sur (Carácter 1
- Jurisdicción 50 - Actividad Central 1 - Actividad Específica 5 - Partida
Principal 1 - Partida Sub Parcial 2 - Fuente de
Financiamiento 111 - Inciso 1 - Departamento 63 - Finalidad 3 - Función 10).
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese y
archívese.
Dra. SILVIA R. SIMONCINI
Ministra de Salud
S/c 25482 Oct. 2 Oct. 3
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