DECRETO N°
2953
SANTA FE, 19 de Septiembre de 2003
VISTO
el expediente
del registro del Sistema de Información de Expedientes N°
00201-0088367-9 (MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO), mediante el cual la
H. CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA, solicita se declare sede permanente de
la “FIESTA DEPARTAMENTAL DE LA BAGNA CAUDA”, a la localidad de San Guillermo,
Departamento San Cristóbal, que anualmente es organizada y realizada en el mes
de junio por el Grupo Coral Piamontés “La Tramontana”; y
CONSIDERANDO:
Que esta “Fiesta Departamental de la Bagna
Cauda”, que se festeja anualmente en el mes de junio en la localidad de San
Guillermo, sin lugar a dudas genera un amplio intercambio social y una activa
participación de la gente y colectividades, resultando de fundamental
relevancia para la región, por encima de tendencias ideológicas, partidistas,
políticas o religiosas;
Que los festivales populares son, para cualquier comunidad, una herramienta
esencial para la defensa de su identidad;
Que cabe señalar además, que dicha festividad, contribuye a la promoción
del turismo en esa localidad y aledaños;
Que conforme lo expresado, resulta procedente declarar a la localidad de
San Guillermo (Dpto. San Cristóbal), sede permanente de la “Fiesta
Departamental de la Bagna Cauda”;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1) Declárase a la localidad de SAN
GUILLERMO, Departamento San Cristóbal, sede permanente de la “FIESTA
DEPARTAMENTAL DE LA BAGNA CAUDA” que anualmente es organizada y realizada en el
mes de junio por el Grupo Coral Piamontés “La Tramontana”.
ARTICULO 2) Regístrese, comuníquese y archívese.
REUTEMANN
Dr. CARLOS ALBERTO CARRANZA
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