JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados: “SAN CRISTOBAL CAJA MUTUAL c/CARDOZO DIEGO J. s/Ejecutivo”, Expte. Nº 476/2009. Se ha dispuesto lo siguiente: Rosario, 26 de Junio de 2012. Agréguese los edictos acompañados. Informando verbalmente la Actuaria que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho pese a estar debidamente notificada, decláresela rebelde y sin dársele representación. Notifíquese por cédula. Expte. Nº 476/09. Fdo.: Dr. Néstor Osvaldo García, Juez – María Belén Baclini, secretaria.
$ 11 173686 Ag. 2 Ag. 6
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Rosario en los autos caratulados: “SAN CRISTOBAL CAJA MUTUAL c/MARRONE MANUEL y Ot. s/Ejecutivo, Expte. Nº 170/2009. Se ha dispuesto lo siguiente: Nº 501. Rosario, 10 de Marzo de 2009. Por presentado, con domicilio constituido en el carácter invocado, désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Trábese inhibición general de los accionados (Manuel Ezequiel Marrone y Vanesa Noemí Serbin) hasta cubrir la suma reclamada de $ 4.813,- con más la de $ 1.500,- estimada provisoriamente para intereses y costas, librándose a sus efectos los recaudos de ley. Notificaciones por separado. Insértese y hágase saber. Santiago M. Malé Franch, secretario.
$ 11 173685 Ag. 2 Ag. 6
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de la ciudad de Rosario en los autos caratulados: “SAN CRISTOBAL CAJA MUTUAL en procuración c/MAIDANA JOSE L. y Ot. s/Ejecutivo, Expte. Nº 738/2009. Se ha dispuesto lo siguiente: Nº 1595. Rosario, 11 de Abril de 2012. Agréguese la cédula acompañada. Informando verbalmente el actuario, en este acto, que la parte demandada (José Luis Maidana y Juan Manuel Maidana) no ha comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificada, decláresela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese. Expte. Nº 738/09. Fdo.: Dr. Carlos Eduardo Cadierno, Juez; Hernán C. Gutiérrez, secretario subrogante.
$ 11 173684 Ag. 2 Ag. 6
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