picture_as_pdf 2007-08-02

SANTA FE

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

POR

RAMON MOREIRA

Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito N° 19, de la Ciudad de Esperanza, en autos: "COMUNA DE PROVIDENCIA c/Otros s/Apremio". Expte. Nº 516/06, ha resuelto que el Martillero Público Ramón Moreira, Matr. Nº 458, proceda a vender en pública subasta el 10 de agosto de 2007 a las 10 horas, o el día hábil siguiente y a la misma hora si aquel resultare inhábil, la cual se realizará en la puertas del Juzgado Comunal, sito en calle Mendoza Nº 419 de la localidad de Providencia, Provincia de Santa Fe. Un Inmueble con el avalúo Fiscal (fs. 33) $ 72,19 (pesos setenta y dos c/diecinueve centavos), si no hubiere postores con la retasa del 25% o sea $ 54,13 (pesos cincuenta y cuatro c/ trece centavos) en caso de persistir la falta de oferentes sin base y al mejor postor, ubicado el inmueble en calle Publica S/N de la localidad de Providencia provincia de Santa Fe, inscripto en el Registro General de la Propiedad (fs. 41-42) bajo el dominio Nº 4312 F° 195 T° 243 Par Dto. Las Colonias, con la siguiente descripción (fs. 41-42): una fracción de terreno con todo lo clavado, plantado y adherido al suelo, compresión de la manzana letras "L-H", de las que forman el Pueblo de la Colonia providencia, de este Departamento y Provincia; cuya fracción, de acuerdo al plano de mensura y subdivisión, realizado por la Ingeniera Agrimensora doña Ilse F. Lehn. Inscrito en el Departamento Topográfico de la Dirección de Catastro de Santa Fe, en fecha diecinueve de Marzo del corriente año mil novecientos ochenta y seis y registrado bajo número ciento nueve mil trescientos cuarenta y siete (109.347), que modifica el lote 3 del plano número sesenta y cinco mil doscientos noventa; se designa en el mismo como Lote 1, y consta de la siguiente ubicación, medidas, superficie y linderos, a saber: Se ubica formando la esquina Sud-Este de la referida manzana "L-H" del pueblo de Providencia, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe; y mide lado Norte, puntos F.B., diez metros; lado Sur, puntos C.G., que es uno de sus frentes, diez metros; lado; lado Este que es su otro frente; Veintiséis metros veinte centímetros y su lado Oeste puntos G-F, Veintiséis metros veinte centímetros Polígono F.B.C.G.F., con una superficie total de Doscientos sesenta y un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Y linda: en sus lados Este y Sur, que constituyen sus dos frentes, con calles públicas: al Norte, con propiedad de Francisco Vinovo; y al Oeste, con el lote 2 del mismo plano, propiedad el vendedor; todo lo descripto según el plano citado. Informa el Registro, (fs. 37-42) que registra los siguientes embargos fecha 22/09/06, Aforo 06091, Monto $ 10.396,94. Autos: "Comuna De Providencia c/Otros" Expte. Nº 516/06 ante este Juzgado Nº 19 de Esperanza, no registra inhibición, no registra Hipoteca. A.P.I (fs. 43-45) informa que le corresponde la partida Inmobiliaria Nº 09-06-00-081254/0006-5 que adeuda la suma $ 340,99. (Pesos trescientos cuarenta con noventa nueve centavos) al 29/05/2007. La Comuna de Providencia (fs. 46-52) informa que adeuda en concepto de Tasa General de Inmueble Urbanos y Contribución de Mejoras la suma $ 10.074,41 (pesos diez mil sesenta y cuatro con cuarenta y un centavos). De la constatación efectuada (fs. 27-28) de fecha 16/04/07, me constituí en el inmueble se trata de un lote baldío, sin cerco perimetral, sin mejoras, ubicado según la descripción del presente oficio ente las calle Santiago del Estero y Sarmiento, ambas enripiadas; se encuentra a doscientos metros aproximadamente de la Escuela Primaria Nº 345 Manuel Beltrán y aproximadamente trescientos metros del Centro Cívico, doscientos metros aproximadamente de la Plaza Pública, y a una cuadra de la ruta de entrada a la localidad. Se encuentran agregado en auto protocolo de Escritura (fs. 34-36), Copia de plano (fs. 53). Condiciones del remate: Previo a la subasta y hasta media hora antes del mismo se podrá realizar ofertas por sobre cerrado que deberán presentarse ante el juzgado de realización de la subasta en sobre tipo oficio al que se pondrá cargo cruzando la solapa y que contendrá la postura bien detallada, datos del oferente y domicilio constituido y que deberá contener el monto de la seña y comisión que corresponda a esa oferta en cheque certificado y/o boleta de deposito judicial a la orden del Juez de la causa y en cuenta especial para los autos que la ordenan, para todo lo cual se formará "incidente de posturas bajo sobre". Vencido el plazo indicado se abrirán los sobres por el martillero actuante y ante el actuario, en pública audiencia, labrándose acta con planilla de las posturas y contenido de cada sobre, definiéndose cual ha sido la mayor de las que partirá luego la subasta, salvo que ninguna supere la base o la retasa, en cuyos casos se tendrán en cuenta para su oportunidad, esto es, para el caso de que no existan posturas verbales que la superen. En el acto del remate y al comienzo del mismo se leerá el acta mencionada, pudiendo estar o no presentes los oferentes bajo sobre a fin de mejorar su postura mediante puja en la subasta. En su caso deberán completar la suma en dinero en efectivo, nuevo cheque certificado o depósito judicial, opciones éstas que también serán válidas para los demás oferentes. Terminado el acto y por secretaría, se procederá a la devolución de cheques certificados y depósitos judiciales, correspondientes a las ofertas que no prosperaron y a la devolución de los excedentes que surjan de cheques certificados o depósitos presentados en montos superiores a los de la seña y comisión de ley. Quien resulte comprador deberá abonar en el acto el 10% de la seña a cuenta del precio y el 3% de comisión del martillero todo en dinero efectivo o en algunas de las forma indicadas anteriormente. El saldo deberá abonarse una vez aprobada la subasta de conformidad a lo establecido por el art. 499 del C.P.C.C. y sin perjuicio de la aplicación del art. 497 del citado código. En caso de que no se produzca el depósito del saldo pasados los treinta días posteriores a la subasta haya o no aprobación de la misma a dicho saldo se le aplicará un interés equivalente a la tasa activa promedio del Banco de la Nación Argentina para descuento de documentos comerciales. El adquirente tendrá a su cargo los impuestos, tasas y demás gravámenes que pesen sobre el inmueble adquirido a partir de la fecha de toma de posesión y será a su cargo, además, la totalidad de los impuesto y sellados nacionales y/o provinciales, incluidos el I.V.A. de corresponder, que resultaren de la operación. Además serán a su cargo los gastos que puedan resultar por nuevas mensura, regulación de planos y medianeras en su caso. Está prohibida la compra en comisión. Publíquese a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el panel del Juzgado de Circuito Nº 19 de la Ciudad de Esperanza, conforme lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia (Ley 11.287). Hágase saber a los compradores que deberán conformarse con los títulos y demás constancias de autos, y que luego del remate no se aceptará reclamación alguna por insuficiencia de ellos. Atento a la Resolución Nº 745 de AFIP se transcribe las siguientes inscripciones. Martillero Público Ramón Moreira C.U.I.T. Nº 20-13.614.641-7 y deudor o demandada L.E. Nº 6.253.131, L.C. Nº 5.907.716. Mayores Informes en Secretaría del Juzgado y/o al Martillero TE. 0342-4697299/ 156-110669. Esperanza, 26 de julio de 2007. Daniel R. Maurutto, secretario.

S/C 2936 Ag. 2 Ag. 6