MINISTERIO DE GOBIERNO
SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Y CULTO
LLAMADO A CONCURSO
De conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 2019/06 y sus modificatorias, y atento a lo obrado en Expte. Nº 00201-0122199-7, el Sr. Subsecretario de Justicia y Culto RESUELVE: Convócase a Concurso Público para cubrir las siguientes vacantes de Juzgados Comunales en el territorio de la Provincia:
JUEZ COMUNAL DE LA LOCALIDAD DE:
CHABAS (Dpto. CASEROS)
GENERAL LAGOS (Dpto. ROSARIO)
SAN GUILLERMO (Dpto. SAN CRISTOBAL)
ALEJANDRA (Dpto. SAN JAVIER)
FUENTES (Dpto. SAN LORENZO)
VILLA MUGUETA (Dpto. SAN LORENZO)
CAÑADA ROSQUIN (Dpto. SAN MARTIN)
TARTAGAL (Dpto. VERA)
WHEELWRIGHT (Dpto. GENERAL LOPEZ)
VILLA ANA (Dpto. GENERAL OBLIGADO)
PLAZO DE INSCRIPCION: Fecha de inicio de inscripción: Jueves 9 de Agosto de 2007 a las 8.00 horas. Fecha de cierre de la inscripción: Jueves 23 de Agosto de 2007 a las 12.00 horas.
LUGAR DE INSCRIPCION: Subsecretaría de Justicia y Culto - Casa de Gobierno, 2º Piso, 3 de Febrero Nº 2649 (3.000 Santa Fe).
La inscripción se realiza en formularios y soporte magnéticos, los que se encuentran a disposición de los interesados en el indicado para la Inscripción, de Lunes a Viernes, en horario de 8.00 a 12.00 hs; y en la página web:www.portal.santafe.gov.ar.
No se recibirán solicitudes luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de la inscripción, en la sede habilitada al efecto.
Una misma persona no podrá postularse simultáneamente a los cargos que se concursan. Dr. Héctor Gabriel Somaglia, Subsecretario de Justicia y Culto.
S/C 0154 Ag. 2 Ag. 6
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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION N° 017/07 - GRAL.
Santa Fe, 16 de Julio de 2007.
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el expediente N° 13301-0157616-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes; las disposiciones vigentes en materia de facilidades de pago en cuotas de deudas impositivas, las facultades otorgadas por el artículo 58 del Código Fiscal (t.o. 1997 y sus modificatorias) la Resolución General N° 04/07 - API; y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario, en cuanto a régimen de facilidades de pago refiere, la adecuación de las normas que lo regulan, para que resulten acordes a las políticas que se ha trazado el Gobierno Provincial en materia de cumplimiento fiscal;
Que, en ese sentido, se estima conveniente revisar la obligatoriedad de constituir garantías, circunscribiendo tal exigencia a aquellos casos en que la naturaleza del tributo adeudado o a la particular situación del contribuyente lo hagan aconsejable;
Que esta Administración, de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 58 del Código Fiscal (t.o. 1997 y sus modificatorias), se halla en condiciones de dictar las disposiciones que regularán la formalización de los convenios de pagos;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°- Eliminase el inciso d) del artículo 13° de la Resolución General N° 04/07 - API.
ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese por circular, publíquese y archívese.
C.P.N. HECTOR S. SERRAVALLE
Administrador Provincial
Administ. Prov. de Impuestos
S/C 0141 Ag. 2
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DIRECCION PROVINCIAL
DE INFORMATICA
DISPOSICION N° 0082
Santa Fe, 11 de Julio de 2007.
VISTO:
El Expediente Nro. 13301-0156431-6, del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Administración Provincial de Impuestos gestiona autorización para utilizar software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial Nº 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV Excepciones, Artículo 4º "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....", atribución que fuera encomendada a este Ministerio en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3º;
Que por Resolución 623/05, el Ministerio de Hacienda y Finanzas delega en la Dirección Provincial de Informática la facultad de autorizar los permisos de excepción a los que se refiere el Artículo 4º de la Ley Nº 12.360;
Que el Reglamento de la Ley 12.360, aprobado por Decreto Nº 1.820, contempla en el apartado Excepciones, en el artículo 4º, inciso a) sistemas de misión crítica;
Que en el Expediente, Nro. 13301-0152222-8, se tramita la renovación del software antivirus con destino a dicho organismo;
Que dicho software será asignado al equipamiento que forma parte de las redes intranets del organismo;
Que el software de tratamiento forma parte de una solución integral de seguridad implementada y ha demostrado ser altamente confiable, cubriendo eficientemente las funciones operativas de su competencia, potenciando el filtrado de los virus en general. Por lo que las áreas competentes avalan la continuidad de esta solución y consideran conveniente no innovar el esquema de productos;
Que en este rubro de soluciones, el software libre aún no ha alcanzado un nivel de maduración a escala corporativa;
Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Administración Provincial de Impuestos, en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado, que se refiere al antivirus Nod32;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE INFORMÁTICA
DISPONE:
1º - Autorizar a la Administración Provincial de Impuestos a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:
* Nod32 para Windows Server, (cuatro licencias de uso), con un kit de instalación y un paquete de documentación completo.
2º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. RAUL CHURRUARIN
Director Provincial de Informática
S/C OF 144 Ag. 2
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ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
REMATE POR
FELIPE LUIS VEGA
Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos y en ejercicio de las facultades otorgadas por el art. 95 último párrafo de la Ley Nº 11.683 (t.o. en 1998 y sus modif.) texto según la Ley 25.239, hace saber en autos: "FISCO NACIONAL (D.G.I.) c/MAURENZIC, RUBEN ANIBAL s/Ejecución Fiscal" (Expte. Nº 1020 Año 2000), (B.D.: 856/40123/01/2000) radicado ante el Juzgado Federal de la ciudad de Reconquista (S. Fe) sito en calle Pte. Roca Nº 1051 de dicha ciudad, Secretaría Civil a cargo de la Dra. Andrea S. Ingaramo de Ramseyer, se ha dispuesto que el Martillero Público y Corredor de Comercio Felipe Luis Vega - Matr. 202 C,S.J.N. (cuit. 20-06307277-0) venda en pública subasta el día 24 de agosto de 2007 a las 10,30 hs. o el día hábil posterior siguiente si el designado fuere inhábil y a la misma hora, en la Sede del AFIP sita en calle Sdor. N. Habegger Nº 754 de la ciudad de Reconquista (S. Fe) el siguiente bien: "Una quinta (1/5) parte indivisa de: "Una fracción de terreno, parte del solar número Cuatrocientos cuatro, de esta ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, que según plano de mensura practicada por el Agrimensor Nacional don Arturo E. Kaenel en mayo del corriente año, registrado en el Departamento Topográfico bajo el Nº 20.178 se designa como polígono P1.P2.P3.P4; mide; Diez y nueve metros setenta y cinco centímetros de frente al Norte, por Veinticinco metros veinte centímetros de fondo, y también frente al Oeste, encerrando una superficie de cuatrocientos noventa y siete metros setenta y cinco decímetros cuadrados y linda: al Norte con calle Bartolomé Mitre, al Oeste, con calle Bolivar, y al Este y Sur, con más terreno del mismo solar que se reserva el vendedor. Inscripto el Dominio bajo el Número 24.939, al Folio 902, Tomo 132 I., Sección "Propiedades" del Depto. Gral. Obligado. Empadronado a los fines del Imp. Inmob. bajo Partida Nº 032000 008.675/0002. Padrón Municipal 004/047/001/000. El Registro Gral. Informa que el demandado posee parte indivisa del dominio y, se registran los sig. embargos: 1º) El ordenado por el Juzg. Federal de Reconquista en autos: "Fisco Nac. AFIP-RNSS c/Maurenzic Rubén Aníbal s/ Ejec. Fiscal" (Expte. Nº 400 - Año 1999) anotado en fecha 08-0799 bajo el Nº 057414 por $ 5.950,54. Reinscripto por Oficio Nº 34.931 del 20-04-04. 2) El ordenado por el Juzg. Federal de Reconquista en autos: Fisco Nac. AFIP-RNSS c/Maurenzic Rubén Aníbal s/Ejecución Fiscal" (Expte. Nº 217 - Año 2001) anotado en fecha 25-06-03 bajo el Nº 052723 por $ 7.492,25. y 3) El ordenado por el Juzg. Federal de Reconquista en estos autos anotado en fecha 21-03-07 bajo el Nº 028296 por $ 30.358,34 y las sig. Inhibiciones. 1º) La ordenada por el Juzgado de 1ra. Inst. de Circuito Nº 4 de Reconquista en autos: "Parodi María del Rosario c/Maurenzic, Patricia Gladis y Otro s/Ejecutivo" (Expte. Nº 1108 Año 2000) anotada en fecha 16-03-01 bajo el Nº 022209 al Folio 0766 Tomo 93 por $ 280. Reinscripta en fecha 05-12-05 por oficio Nº 122304. 2º) La ordenada por el Juzgado Federal de Ira. Inst. de Reconquista en autos: Fisco Nacional AFIP-DGI c/Maurenzic Rubén A. s/Ejec. Fiscal" (Expte. Nº 217 - Año 2001) anotada en fecha 19-12-01 bajo el Nº 117508 al Folio 5508, Tomo 110, por $ 7.492,25 Reinscripta según oficio 8113 del 04-02-05. y 3º) La ordenada por el Juzgado Federal de Reconquista en autos: "Fisco Nacional AFIP-RNSS (Expte. Nº 400 Año 1999) anotada en fecha 30-04-02 bajo el Nº 028590 al Folio 1298 Tomo 115 por $ 5.950,54 Reinscripta según oficio 30000 de fecha 03-04-06. No se registran otras interdicciones. De la constatación realizada surge que sobre el inmueble existe una edificación de aproximadamente ochenta años que consta de: en la esquina Noroeste un salón de aproximadamente 5 m. x 9,20 m., siguiendo al Sur un ambiente de 4,20 m. x 5,40 m, aproximadamente y otro de 4,20 m. x 3,80 m., al Este del salón un pasillo de acceso al edificio de 1,60 m. x 5 m., al Este del pasillo un ambiente de 4 m. x 4,60 m. aproximadamente. A continuación al Sur un baño instalado de aproximadamente 3,15 m. x 1,65 m., continuando al Sur una cocina de 3 m. x 2,40 m. aproximadamente, al final del pasillo un comedor de aproximadamente 2,80 m. x 4,40 m. Todo con techo de cinc, cielorraso de machimbre y parte de tejuela de ladrillo piso de mosaicos, agua y cloacas, paredes revocadas, aberturas de madera pintadas. Al Sur de la casa un baño instalado y un lavadero con piso de mosaico el resto cemento alisado, tres ambientes con techo de cinc piso de granito dos y una piso fratachado, aberturas de madera, dos tienen cielorraso de machimbre y una con tejuela de ladrillo el resto es patio con tapial en su lado Oeste con una puerta de chapa, piso de cemento alisado y parte césped. La propiedad es ocupada por dos de los condóminos en su carácter de propietarias. Saldrá a la venta en las condiciones de ocupación antes referida y con la Base de $ 5.190, (monto de la quinta parte de sus 2/3 de los avalúos fiscales) en caso de no haber postores seguidamente con una retasa del 25% y, de persistir la falta de interesados a continuación en 3era. subasta sin base y al mejor postor. Quien resulte comprador abonará en el acto del remate el 20% en concepto de seña y a cuenta del precio de compra, con más el 3% en concepto de comisión de ley del martillero comisión mínima del martillero $ 119,02, todo en dinero efectivo (no se aceptarán cheques ni Dólares), y de realizarse la compra en comisión tendrá que indicar dentro del tercer día de realizada la subasta el nombre de su comitente. El saldo del precio deberá depositarse dentro de los cinco (5) días, una vez notificado el auto aprobatorio, en el Banco de la Nación Argentina - Suc. Reconquista, a la orden del Juzgado Federal de Reconquista y para estos autos en "Cuenta Judicial". El comprador deberá constituir domicilio legal en jurisdicción del Tribunal de esta ciudad de Reconquista (art. 84 inc. II de la LP 7547) tomará a su exclusivo cargo todos los trámites y gastos necesarios para inscribir el dominio de lo adquirido a su nombre y el pago de los impuestos que graven el bien desde la fecha de la aprobación de la subasta, con más los impuestos que pudieran corresponder en el orden Nacional y/o Provincial y el impuesto a la compraventa. El demandado posee CUIT Nº 20-06343068-5. La presente venta no está gravada por el I.V.A. Informes. Constatación y demás antecedentes se encuentran agregados en autos, los que están a disposición de los interesados en la Secretaría del Juzgado, no admitiéndose reclamo alguno por falta o insuficiencia de títulos una vez efectuada la subasta. Edictos en el BOLETIN OFICIAL y diario "El Litoral" por el término de dos días (art. 566 CPCCN y 95 Ley 25.239) Sin Cargo conforme lo normado en la ley 25239. Mayores informes a la Dra. María Aurelia Chemes al T.E. 03482 481925 en el horario de 17,00 a 19,30 hs. y/o al Martillero en calle Dtor. Amenábar 403 y/o al T.E. 03482 155 32 751 - Email:flelipeluisvega@arnet.com.ar. de Reconquista de Lunes a Viernes de 16,30 a 19,30 hs. Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho hubiere lugar. - Reconquista, 5 de julio de 2007. - Fdo.: Dra. María Aurelia Chemes, Agente Fiscal AFIP.
S/C 2605 Ag. 2 Ag. 3
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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
NOTIFICACION
Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos se NOTIFICA al contribuyente CONEXIÓN LITORAL S.R.L., C.U.I.T. 33-70847419-9, Cuenta Nro. 921-747410-0 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5.110, con domicilio fiscal en calle 9 de Julio 2060 de la ciudad de Santa Fe (C.P. 3000), Provincia de Santa Fe, y/o JAIME, VICTOR HUGO, D.N.I. N° 26.905.805, con domicilio en Boulevard Los Andes 521 de la ciudad de Córdoba (C.P. 5000), Provincia de Córdoba, en su carácter de Socio Gerente, por Edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nro. 115-5/2007 de la Administración Regional Santa Fe, dictada en autos caratulados: "Expediente Nro. 13301-0146274-2, CONEXION LITORAL S.R.L. s/inspección - Cargo S2 - 2006 - 00053 - TE - 3000 - 000.
"Santa Fe, 02 de Mayo de 2007.- VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:
Artículo 1ro.: Determinar reajustes impositivos a CONEXION LITORAL S.R.L y/o JAIME, VICTOR HUGO, en su carácter de Socio Gerente, por Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Cuenta Nro. 921-747410-0, por los períodos: 7 a 12/2005 y 1 a 6/2006, y los recargos legales por pago fuera de término de los anticipos: 12/2003, 1 a 3, 5 a 7 y 9/2004, 4 a 7/2005; cuyo monto de Impuesto más la aplicación de Intereses y Multa ascienden a la suma de $ 41.565,94 (Pesos cuarenta y un mil quinientos sesenta y cinco con 94/100), discriminados en Impuesto: Impuesto $ 29.151,99 (Pesos veintinueve mil ciento cincuenta y uno con 99/100);
Intereses $ 4.440,88 (Pesos cuatro mil cuatrocientos cuarenta con 88/100) y Multa $ 7.973,07 (Pesos siete mil novecientos setenta y tres con 07/100), de acuerdo a las liquidaciones que se adjuntan a la presente Resolución.
Artículo 2do.: Determinar reajustes impositivos a CONEXION LITORAL S.R.L y/o JAIME, VICTOR HUGO, en su carácter de Socio Gerente, por los Aportes Sociales - Ley 5.110, Cuenta Nro. 921-7474 10-0, por los períodos: 11/2003 a 6/2005, 9/2005 a 6/2006 y los recargos legales por pago fuera de término de los meses: 12/2003, 1 a 3, 7 y 9/2004, 4 a 9/2005, cuyo monto de Aportes más la aplicación de Intereses y Multa ascienden a la suma de $ 10.017,16 (Pesos diez mil diecisiete con 16/100), discriminados en Aportes $ 6.463,82 (Pesos seis mil cuatrocientos sesenta y tres con 82/100), Intereses $ 1.104,84 (Pesos un mil ciento cuatro con 84/100) y Multa $ 2.448,50 (Pesos dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho con 50/100), de acuerdo a las liquidaciones que se adjuntan a la presente Resolución.
Artículo 3ro.: Aplicar a la firma CONEXION LITORAL S.R.L ylo JAIME, VICTOR HUGO, en su carácter de Socio Gerente, Cuenta Nro. 921-747410-0, Multa por Infracción a los Deberes Formales según lo establecido en la Resolución General N° 06/93 Art. 1ro. Inc. d), por un importe de $ 150,00 (Pesos ciento cincuenta), según la liquidación que se adjunta a la presente Resolución..
Artículo 4to.: Requerir a CONEXIÓN LITORAL S.R.L y/o JAIME, VICTOR HUGO, en su carácter de Socio Gerente, dentro del plazo 15 (quince) días establecidos por el art, 54 del Código Fiscal vigente el ingreso de la suma de $ 51.733,10 (Pesos cincuenta y un mil setecientos treinta y tres con 10/100), conforme lo detallado en los artículos anteriores sin perjuicio de la actualización, correspondiente por la falta de pago en término.
Artículo 5to.: Se le hace saber que conforme a lo dispuesto en la Ley 12.071, le asiste el derecho de interponer formal recurso de los términos del Artículo 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.
Artículo 6to.: De acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5to. del citado texto legal, se intima para que en el plazo de quince (15) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el Artículo 4to., exhiba o remita las constancias respectivas a la Subdirección de Planificación y Control de Fiscalización Externa, sita en calle Arturo Illia 1151 Entre piso -C.P. 3000- Santa Fe, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite, el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y las costas judiciales que se irroguen en el Juicio de Apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
Artículo 7mo.: Regístrese y pase a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.
C.P.N. SILVIA C. PACHECO
Administradora Región Santa Fe
Administración Provincial de Impuestos
S/C 142 Ag. 2 Ag. 8