REGISTRADA BAJO EL Nº 12301
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1º - Apruébase en todos los términos, el
Convenio Marco suscripto el día 5 de Mayo de 2003, entre el Instituto Nacional
de la Propiedad Industrial y la Provincia de Santa Fe, representada por el
Señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, el que tiene
por objeto proveer acciones generales de cooperación mutua, con la finalidad de
difundir y agilizar la aplicación de los derechos en propiedad industrial.
Dicho convenio fue aprobado por Decreto N°
2299/03 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 12 de Mayo de 2003, bajo el N° 1729, Folio 66, Tomo IV, que se agrega como anexo y
forma parte de esta ley.
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A UN DÍA DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Marcos Corach
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 27 de julio de 2.004
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe
Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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