picture_as_pdf 2004-08-02

REGISTRADA BAJO EL Nº 12301

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1º - Apruébase en todos los términos, el Convenio Marco suscripto el día 5 de Mayo de 2003, entre el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial y la Provincia de Santa Fe, representada por el Señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, el que tiene por objeto proveer acciones generales de cooperación mutua, con la finalidad de difundir y agilizar la aplicación de los derechos en propiedad industrial.

Dicho convenio fue aprobado por Decreto 2299/03 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 12 de Mayo de 2003, bajo el 1729, Folio 66, Tomo IV, que se agrega como anexo y forma parte de esta ley.

ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A UN DÍA DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

 

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE, 27 de julio de 2.004

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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