picture_as_pdf 2013-07-02

CIENCIAS ECONOMICAS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


RESOLUCION DE CONSEJO SUPERIOR

Nº 08/2013


VALOR MODULO CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL


VISTO

Lo dispuesto en la Ley de la Provincia de Santa Fe Nº 11085 (t.o), y

CONSIDERANDO

Que la medida que por la presente se dispone se funda en las facultades que los artículos 15, inciso g) y 24 de la Ley Nº 11085 (t.o) otorgan al Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.

Que se ha recibido una propuesta del Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas, para determinar el valor del módulo, que es unidad de medida del sistema previsional, en pesos cuarenta y dos con cincuenta centavos ($ 42,50), desde la fecha de la presente.

Que se han efectuado los correspondientes cálculos y proyecciones técnicas con el valor propuesto del módulo.

Por ello,

EL CONSEJO PROFESIONAL DE

CIENCIAS ECONOMICAS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE

Artículo 1°: A partir de la fecha de la presente, el módulo al que refiere el artículo 24 de la Ley N° 11085 (t.o) tiene el valor de pesos cuarenta y dos con cincuenta centavos ($ 42,50).

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a las Cámaras, al Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas, a los afiliados y archívese.

Santa Fe, 10 de mayo de 2013.

$ 60 202733 Jul. 2

__________________________________________


RESOLUCION DE CONSEJO SUPERIOR

Nº 09/2013


VALOR MODULO PARA CANCELAR

OBLIGACIONES CON LA

CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL


VISTO

Lo dispuesto en la Ley de la Provincia de Santa Fe N° 11085 (t.o) y la Resolución de Consejo Superior N° 21/2012, y

CONSIDERANDO

Que por Resolución de Consejo Superior N° 08/2013 se ha dispuesto una modificación del valor del módulo que es unidad de medida del sistema provisional, de acuerdo a las facultades que los artículos 15, inciso g) y 24 de la Ley N° 11085 (t.o) otorgan al Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.

Que se ha recibido una propuesta del Consejo de Administración de la Caja para establecer un plazo razonable, durante el cual, el pago de las obligaciones con la Caja se realice al valor del módulo que se modifica, antes de la aplicación del nuevo valor dispuesto. De tal manera se contará con un plazo para difundir la información entre los afiliados sobre el nuevo valor del módulo que les resultará plenamente aplicable una vez concluido el mismo.

Que la presente medida se adopta en ejercicio de las facultades referidas en el párrafo primero y según lo previsto en el artículo 15, inciso f) de la Ley Nº 11085 (t.o).

Que los estudios técnicos realizados permiten concluir que la presente medida no perturba el normal cumplimiento de las obligaciones de la Caja.

Por ello,

EL CONSEJO PROFESIONAL DE

CIENCIAS ECONOMICAS DE

LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE

Artículo 1°: Las obligaciones en módulos a cargo de los afiliados por periodos anteriores al mes de julio de 2013, se abonan al valor del módulo de pesos treinta y siete con cincuenta centavos ($ 37,50), hasta el día 30 de agosto de 2013. Luego de esa fecha, la cancelación de las respectivas obligaciones se cumple al valor determinado en el artículo 1° de la Resolución de Consejo Superior N° 08/2013 o el que se encontrara vigente a la fecha del pago.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a las Cámaras, al Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas, a los afiliados y archívese.

Santa Fe, 10 de mayo de 2013,

$ 80,25 202736 Jul. 2

__________________________________________


RESOLUCION DE CONSEJO SUPERIOR

Nº 10/2013


BONIFICACION GENERAL EXTRAORDINARIA PARA BENEFICIARIOS


VISTO

Lo dispuesto en la Ley de la Provincia de Santa Fe N° 11085 (t.o) y la Resolución de Consejo Superior N° 15/2008.

CONSIDERANDO

Que la medida que por la presente se dispone se funda en las facultades que el artículo 15, inciso f), dé la Ley N° 11085 (t.o) otorga al Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.

Que se ha recibido una propuesta elaborada por el Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para establecer una prórroga de la bonificación transitoria dispuesta por la Resolución del Consejo Superior N° 15/2008 del 05.12.2008.

Que los estudios técnicos realizados permiten concluir que se cuenta con los recursos suficientes para el financiamiento de la bonificación sin perturbar el normal cumplimiento de las obligaciones de la Caja.

Por ello,

EL CONSEJO PROFESIONAL DE

CIENCIAS ECONOMICAS DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE

Artículo 1°: Prorrogase hasta el 31 de diciembre de 2013 la bonificación general de carácter mensual establecida por la Resolución de Consejo Superior N° 15/2008 de fecha 5 de diciembre de 2008.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a las Cámaras, al Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas, a los afiliados y archívese.

Santa Fe, 10 de mayo de 2013.

$ 59,70 202739 Jul. 2

__________________________________________


RESOLUCION DE CONSEJO SUPERIOR

Nº 11/2013


BONIFICACION EXTRAORDINARIA SEMESTRAL PARA BENEFICIARIOS


VISTO

Lo dispuesto en la Ley de la Provincia de Santa Fe Nº 11085 (t.o) y la Resolución de Consejo Superior Nº 22/2012.

CONSIDERANDO

Que la medida que por la presente se dispone se funda en las facultades que el artículo 15, inciso f), de la Ley Nº 11085 (t.o) otorga al Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.

Que se ha recibido una propuesta elaborada por el Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para establecer una prórroga de la bonificación transitoria dispuesta por la Resolución del Consejo Superior Nº 22/2012 del 16.11.2012.

Que los estudios técnicos realizados permiten concluir que se cuenta con los recursos suficientes para el financiamiento de la bonificación sin perturbar el normal cumplimiento de las obligaciones de la Caja.

Por ello,

EL CONSEJO PROFESIONAL DE

CIENCIAS ECONOMICAS DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE

Artículo 1°: Prorrogase hasta el 31 de octubre de 2013 la bonificación extraordinaria de carácter semestral establecida por la Resolución de Consejo Superior Nº 22/2012 de fecha 16 de noviembre de 2012.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a las Cámaras, al Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas, a los afiliados y archívese.

Santa Fe, 10 de mayo de 2013.

$ 59,70 202741 Jul. 2

__________________________________________


COLEGIO DE MARTILLEROS

DE ROSARIO


A los fines previstos en el Art. 7° de la Ley 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. N° 20.266, modificada por Ley Nac. Nº 25.028, hace saber que el señor DARIO EZEQUIEL BERTORELLO, D.N.I. Nº 26.902.275, Argentino, casado, nacido el 27/10/1978, en Alcira Gigena, provincia de Córdoba, de apellido materno MOGNA, con domicilio real en calle Esteban Piacenza S/N° de la localidad de Alcira Gigena y legal en calle Rioja N° 1474 6to. de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno 1546 de la ciudad de Rosario, a los diecisiete días del mes de junio de 2013. Firmado: Martín G. Aguiló - Secretario.

$ 90 202816 Jul. 2 Jul. 3

__________________________________________


A los fines previstos en el Art. 7° de la Ley 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. N° 20.266, modificada por Ley Nac. N° 25.028, hace saber que el señor HORACIO RICARDO FREY, D.N.I. N° 28.498.365, Argentino, soltero, nacido el 25/12/1980, en San Fernando, provincia de Chaco, de apellido materno ROCHA, con domicilio real en calle Av. Italia Nº 521 de la localidad de Resistencia, provincia de Chaco y legal en calle Córdoba Nº 1464 piso 9no. de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno 1546 de la ciudad de Rosario, a los veinticinco días del mes de junio de 2013. Firmado: Martín G. Aguiló - Secretario.

$ 90 202814 Jul. 2 Jul. 3

__________________________________________