picture_as_pdf 2009-06-02

MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN Nº 0002


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 14 de Mayo de 2009

VISTO:

El Expediente Nº 02001-0003319-5, del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que, por disposición del artículo 3 del Decreto 164/2007 por el cual se reglamenta la conformación del Cuerpo Colegiado de Evaluación Técnica del Consejo de la Magistratura de la provincia, las instituciones convocadas “remitirán anualmente durante el mes de diciembre de cada año al Presidente del Consejo una Nómina de quince (15) o más miembros, garantizando un mínimo de tres (3) por cada una de las especialidades que se consignan”;

Que, la selección de los miembros de los Cuerpos Colegiados de Evaluación Técnica se realiza conforme al procedimiento establecido por el decreto 164/2007, de las listas recibidas por la dirección Provincial del Consejo de la Magistratura;

Que, el Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción Judicial, habiendo sido intimado en forma fehaciente el día 23 de febrero de 2009, no ha presentado su nómina de postulantes a la fecha de esta resolución;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE

ARTICULO 1º - Declárase vencido el plazo para la presentación de la nómina de miembros para el Cuerpo Colegiado de Evaluación Técnica del Consejo de la Magistratura para el Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción Judicial, para el presente ejercicio.

ARTICULO 2º - Dicha institución podrá presentar su nómina para el próximo ejercicio en el plazo establecido por el artículo 3 del decreto 164/2007.

ARTICULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dr. Roberto J. Vicente

Secretario de Justicia

Min. de Justicia y Derechos Humanos

S/C 3182 Jun. 2

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RESOLUCIÓN N° 0003


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 21 De Mayo de 2009

VISTO:

El Expediente N° 02001-0003417-2, del Registro del Sistema de Información de Expedientes; por lo que se dispone la descentralización operativa del Registro General de la 1° Circunscripción.

CONSIDERANDO:

Que la intensa actividad inmobiliaria que se genera en esta provincia se concentra en el Registro General a cargo de esta Secretaria; actualmente dividido en dos sedes; Santa Fe y Rosario,

Que es objetivo primordial del Poder Ejecutivo lograr una adecuada descentralización administración a través de la creación de Nodos Regionales.

Que en el marco de dicho programa resulta imprescindible lograr la apertura en cada Nodo Regional de oficinas públicas donde funcionen dependencias del Registro General con la finalidad de permitir a la población el rápido y fácil acceso a la publicidad regictral dando mayor celeridad a las operaciones inmobiliarias.

Que en el mes de noviembre pasado se precedió a la inauguración de la primera oficina en la ciudad de Venado Tuerto como prueba par la posterior aplicación a los restantes nodos.

Que atendiendo al objetivo de descentralización propuesto por el Poder Ejecutivo y la total aceptación que generó la prueba llevada a cabo en el Nodo Venado Tuerto resulta necesario continuar con el preceso, arbitrando los mecanismos pertinentes tendientes a la inauguración de las

oficinas en los Nodos Reconquista y Rafaela.

Que a los fines de alcanzar los objetivos prepuestos es necesario unificar la dirección de las tareas a desarrollar para la instalación, puesta en funcionamiento y control de los mismos.

POR ELLO:

EL SEÑOR SECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: - Proceder a la organización y puesta en marcha de un plan técnico-administrativo a los efectos de lograr la descentralización administrativa del Registro General 1° Circunscripción, en las localidades de Rafaela y Reconquista, sede de sendos Nodos regionales, garantizando todas las medidas de seguridad relativas a la información registral.

ARTÍCULO 2°: - Disponer que el Dr. Santiago Lemos, actual Director Provincial de Registros, participe en las reuniones que se lleven a cabo por la realización del “Proyecto de Modernización del Registro General de la Propiedad de la Provincia de Santa Fe -MOREG -”

ARTÍCULO 3°: - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dr. Roberto J. Vicente

Secretario de Justicia

Min. de Just. y Derechos Humanos

S/C 3183 Jun. 2

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