picture_as_pdf 2018-05-02

JUZGADO FEDERAL


El Juez Federal a cargo del Juzgado Federal Nº 1 de Rosario, Dr. Aurelio Antonio Cuello Murua (Entre Ríos 730 de Rosario), Secretaria de la Dra. Mercedes Andrada, de conformidad con la Ley 346, texto 24.951, hace saber que en el expediente Nº FRO 31941/2017 el/la Sr./a. YUCRA TICUNA HECTOR HUGO, nacido el 20/05/1973 en Azangaro, Perú, D.N.I. Nº 94.166.158 domiciliado en calle San Nicolás 1178 1, 1 Rosario, Provincia de Santa Fe, tramita su ciudadanía argentina, así cualquier persona queda facultada para deducir oposición fundada contra la concesión del beneficio y hacer llegar las consideraciones que pudiesen obstar a su concesión. Secretaria, 21 de Diciembre de 2017. Mercedes Andrada, secretaria.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MATILDE FERNANDEZ (DNI SE DESCONOCE), de VICTOR SILVA (DNI 6.020.700) y de FRANCISCO SILVA(CI448.435), para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de diez días y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 6 de Abril de 2018. Gabriela B. Cossovich, secretaria.

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARIA CATALINA NOVILLO (LC 7.561.618) y de MARTIN ROSALES (DNI 2.832.205), para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de diez días y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 6 de Abril de 2018. Gabriela B. Cossovich, secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: MUÑOZ BEATRIZ RAMONA s/Sucesorio, CUIJ: 21-02887005-9, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por Doña Beatriz Ramona Muñoz DNI: 3.232.338- para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y Hall de Tribunales por el término de un día. Rosario, 10 de Noviembre de 2017. Dra. M. Eugenia Sapei. Secretaria. Dra. Suárez Mónaco, Secretaria.

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 3 de Rosario, dentro de los autos: “ACOSTA EZIO OLOFERNE PANTALEON s/Sucesorio” CUIJ: 21-02893197-9, se ha dictado Estando acreditado el fallecimiento de Ezio Oloferne Pantaleón Acosta y/o Ezio Oloperne Pantaleón Acosta con la partida de defunción acompañada, declárese abierto su juicio de declaratoria de herederos. Agréguense las partidas acompañadas. Hágase saber que deberá insertarse en autos si el derecho pretendido es exclusivo o concurrente con otros herederos (Art. 2340 CCyC). Ofíciese al Registro de Procesos Sucesorios. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales (...)“. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales conforme C.C.C. por el término de diez días. Rosario, 11 de abril de 2018, Dra. Gabriela B. Cossovich, Secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia dé Distrito en lo Civil y Comercial Nº 9 de Rosario, dentro de los caratulados CONSORCIO EDIF COMFORT II c/MARTIN ROSA ISABEL y Otros s/Juicios Ejecutivos 21-01366324-3, se ha ordenado notificar por edictos la parte resolutiva de la sentencia Nº 219 de fecha 05/03/2018: Vistos:... Considerando... Resuelvo: I) Desestimar la excepción de inhabilidad de título y mandar llevar adelante la ejecución hasta que la actora se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más intereses conforme a los considerandos precedentes. II). Imponer las costas a la parte demandada vendida (Art. 251 C.P.C.C.). Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. Firmado: Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria; Dr. Gabriel Oscar Abad, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 23/04/2018. Silvina L. Rubulotta, secretaria subrogante.

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La señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de esta ciudad de Rosario, Dra. Silvia Ana Cicuto, Secretaría de la Dra. Daniela A. Jaime, dentro de los autos caratulados ACOSTA, AGRIPINA CASTORA s/Otras Diligencias; Expte. Nº 151/2018, Ordena publicar edictos en el BOLETIN OFICIAL una vez por mes durante dos meses. A fin de notificar la demanda de autos. Iniciada por a la actora, Sra. Acosta, Agripina Castora, D.N.I. Nº 4.874.071. Se transcribe a continuación, el Decreto que así lo dispone: Rosario, 09 de Abril de 2018. Por presentada, con domicilio ad litem constituido y en el carácter invocado a mérito del poder especial acompañado. Por iniciada sumaria información de cambio de nombre. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL una vez por mes, durante dos meses. Ofíciese al Registro de la Propiedad y al Registro Nacional de Reincidencia a fin de que informen respectivamente si existen medidas precautorias y antecedentes penales a nombre de Acosta, Agripina Castora. Dése intervención al Sr. Fiscal y al Asesor Letrado del Registro Civil. Téngase presente la prueba ofrecida. Fdo. Dra. Silvia Ana Cicuto (Jueza) - Dra. Daniela A. Jaime (Secretaria). Rosario, 18 de Abril de 2018.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso (Juez), Secretaria de la Dra. María Sol Sedita, en los autos caratulados: VARELA, MARIA EUGENIA y Otros s/Quiebra; CUIJ N° 21-02866041-0, se ha resuelto lo siguiente; Resolución N° 396. Rosario, 23 de Abril de 2018. Y Vistos... Y Considerando... Fallo: 1) Declarar la quiebra de Várela, María Eugenia, DNI 30.685.559, con domicilio real en calle Montevideo Nº 1010 de la ciudad de Rosario; 2) Anotar la quiebra en el Registro de Procesos Concúrsales y demás registros pertinentes; 3) Anotar la inhibición general de bienes de la fallida en el Registro General Rosario, en el Registro de la Propiedad Automotor y/o que corresponda. Ofíciese a sus efectos; 4) Intimar a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquella en su poder a ponerlos a disposición del Síndico a designar; 5) Intimar a la deudora para que cumpla los requisitos a los que se refiere el Art. 86 de la Ley de Concursos y Quiebras y para que, dentro de las 24 hs., entregue el Síndico a designar los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, si los llevare; 6) Declarar la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces; 7) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar dirigida a la deudora, entregándose la misma al Síndico y oficiándose a sus efectos al Correo Argentino y/o repartición que corresponda. Hágase saber a la Sindicatura que deberá cumplimentar lo dispuesto por el Art. 114 de la Ley de Concursos y Quiebras; 8) Intimar a la fallida para que dentro del término de 48 hs. constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado; 9) Hacer saber a la fallida que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal hasta la presentación del informe general por la Sindicatura, efectuándose las comunicaciones necesarias para el cumplimiento del Art. 103 de la Ley de Concursos y Quiebras. Ofíciese a tal fin a la Policía Federal Argentina (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones (según disposición DNM Nº 914/11) y/o quien corresponda; 10) Desapoderar a la fallida de sus bienes existentes a la fecha de la declaración de esta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (art. 107 s.s. y ccs.. Ley 24.522); 11) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida, poniéndose los mismos en posesión de la Sindicatura. Desígnase como funcionario incautador al Sindico interviniente, a fin de que realice dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la Ley 24.522, llevándose a cabo tales medidas conjuntamente con el oficial de justicia que en tumo corresponda, librándose los despachos correspondiente. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al Sindico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero; 12) Clasificar el presente proceso en la categoría “B” y designar como fecha para sorteo de síndico de la lista respectiva categoría “B”, la audiencia del día 02 de Mayo del 2018 a las 10:00 horas. Las fechas para cumplimiento de los prescripto en el Art. 88 última parte de la Ley 24.522, se fijarán por auto ampliatorio de la presente, aceptado que fuera el cargo por el Sr. Síndico. Asimismo, se hará saber al funcionario que resulte designado que, al aceptar el cargo, deberá establecer el horario de atención al público durante todos los días hábiles, el que no deberá ser inferior a las 6 horas diarias y estar comprendido entre las 8 y las 20 horas (art. 275 inc. 7mo. de la L.C.Q. y Art. 14 de la Reglamentación de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario); 13) Disponer la comunicación de la presente quiebra al Registro Público de Comercio, a la A.F.I.P, al A.P.I. (a los fines del art. 23 del Código Fiscal), a la Municipalidad de Rosario y a quien corresponda. Ofíciese; 14) Publíquense edictos conforme lo dispuesto en el Art. 89 Ley 24.522 en el BOLETIN OFICIAL por el término de 5 días; 15) Líbrense las comunicaciones correspondientes a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el Art. 132 Ley 24.522, autorizándose a la Sindicatura a diligenciar los despachos pertinentes a tales efectos; 16) Encomendar a la Sindicatura el pronto diligenciamiento de los despachos ordenados, bajo responsabilidades de ley. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Pedro Antonio Boasso (Juez); Dra. Ma. Sol Sedita (Secretaria). Rosario, 23 de Abril de 2018.

S/C 354726 May. 2 May. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de la ciudad de Rosario, se hace saber que se ha dispuesto: Rosario, 11 de Septiembre de 2017. Habiendo sido designado a cargo de este Juzgado, previo a todo, hágase saber que en los presentes entenderá el Dr. Ezequiel Zabale. Notifíquese por cédula. Asimismo, acompañe el original o copia certificada del poder invocado en autos. Fdo. Dra. Gabriela B. Cossovich (Secretaria). (Autos: MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/SUR COMERCIAL SRL s/Apremio; Expte. N° 874/2012). Rosario, 24/04/2018. María Sol Sedita, secretaria.

S/C 354738 May. 2 May. 4

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 4 de Rosario en los autos caratulados: SAN CRISTOBAL CAJA MUTUAL c/ALMADA CRISTIAN GABRIEL s/Ejecutivo; Expte. Nro. 613/2011 se ha resuelto por sentencia Nº 3909 de fecha 26/12/2017, ordenar llevar adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más sus intereses, en los términos señalados en los considerandos de este fallo; imponiendo las costas del presente a la parte accionada vencida (art. 251 CPCC) y difiriendo la regulación de honorarios para cuando se practique planilla de capital e intereses. Fdo. Dra. Cicuto (Juez). Dra. Jaime (Secretaria). Rosario, 20/04/2018.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4° de la ciudad de Rosario se hace saber que dentro de los caratulados: SERBALI MIGUEL ANGEL s/Pedido de quiebra; Expte. Nro. 574/2017 - CUIJ Nº 21-02881713-1, por resolución Nº 839 de fecha 17/04/18, se ha dispuesto declarar la quiebra de Miguel Angel Serbali, D.N.I. N° 11.018.253, CUIT Nº 20-11018253-9, con último domicilio conocido en calle Ocampo 3564 de Rosario, en consecuencia intímese a la fallida y a los terceros que detenten bienes y documentos de aquella a ponerlos a disposición de la Sindicatura; prohíbese hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de tenerlos por ineficaces; intímese al fallido o sus administradores para que dentro de las 48 hs. constituyan domicilio procesal dentro del radio urbano de la ciudad, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado; intímese el Art. 86 de la L.C.Q. y para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación solicitada. Secretaría, Rosario. Dra. Jaime, Secretaria.

S/C 354697 May. 2 May. 9

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Ejecución de Circuito Nº 1 de Rosario, Dra. Mariana Martínez en los autos caratulados: SAN CRISTOBAL CAJA MUTUAL c/RAMIREZ MARCELO ALEJANDRO s/Ejecutivo, se ha resuelto por auto Nº 4620 de fecha 25/10/2017 regular los honorarios del Dr. Miguel Angel Vitale, por los trabajos realizados en la suma de $ 1.875,53, equivalentes a 1 unidad Jus (Art. 32 Ley 12851), hasta tanto quede firme y notificada y luego de lo cual se convertirá en deuda dineraria y se le aplicará la tasa activa sumada que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Vista a Caja Forense. Fdo. Dra. Martínez (Juez) Dra. Fabbro (Secretaria). Secretaría. Rosario, 9 de Abril de 2018. Mabel Fabbro, secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4° de la ciudad de Rosario se hace saber que dentro de los caratulados: QUIROZ MIGUEL ANGEL s/Propia Quiebra; Expte. Nro. 406/2013, por decreto de fecha 05/04/2018 se ha puesto de manifiesto en la Oficina la readecuación al Proyecto de Distribución a los fines que por derecho hubiere lugar. Secretaría, Rosario, Daniela A. Jaime, secretaria.

S/C 354698 May. 2 May. 3

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaria a cargo de la Autorizante, en autos caratulados SAN CRISTÓBAL CAJA MUTUAL c/GENRE BERT JESÚS AVELINO y Otros s/Ejecutivo; Expte. 21-01658835-8 se ha dispuesto lo siguiente: Rosario, 27 de Agosto de 2015. Atento a lo solicitado e informado verbalmente por la Actuaría en este acto que los demandados Jesús Avelino Genre Bert y Sergio Raúl Maydana, no han comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificados con la cédula que se agrega, decláreselos rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo: Dra. Myrian Huljich Dra. (secretaria). Susana Gueiler (Juez). Rosario, 28 de Marzo de 2018. Atento las constancias de autos y tratándose de demandados con domicilio desconocido, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 73 del CPCC. Fdo: Dra. Myrian Huljich; Dra. (Secretaria). Rosario, 20/04/2018. Jonatan Pierini, Prosecretario.

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/SCJ S.R.L. s/Juicio Ejecutivo; Expte. 21-02889719-4, se ha dispuesto lo siguiente: Rosario, 05 de Abril de 2018; Atento a lo solicitado e informado verbalmente por la Actuaría en este acto que el demandado no ha comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificado con la cédula que se agrega, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo: Dra. Myrian Huljich, Dra. (Secretaria); Susana Gueiler, Juez. Rosario, 20/04/2018. Jonatan Pierini, Prosecretario.

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario en los autos caratulados: FRENKEL ELIAS LEONARDO c/LARDONE JOSÉ MARÍA y Otros s/Daños y Perjuicios; CUIJ 21-01558187-2, atento el fallecimiento del Sr. Lardone José Maria y de conformidad a lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. cítese y emplácese a estar a derecho, por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Tribunales, a los herederos del mismo y en caso de conocerse el domicilio notifíquese por cédula. Rosario, 13/04/2018. Fdo. Dra. Susana Gueiler (Juez); Dra. Myrian Huljich (Secretaria). Rosario, 20/04/2018. Jonatan Pierini, prosecretario.

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Por disposición del Juzgado de distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, Secretaría de la Dra. Marianela Godoy, se hace saber que dentro de los autos caratulados: FLAMENCO, CAROLINA ISABEL s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; CUIJ Nº 21-02878198-6) (Expte. Nº 260/2017), se ha Resuelto: Nro. 839, Rosario, ... Declarar en estado de falencia a la Sra. Carolina Isabel Flamenco, DNI Nº 26.125.610, con domicilio en calle Vélez Sarsfield 271 Piso 1 Dto. A de Rosario. Anotar la inhibición general de la fallida, en el Registro General de Propiedades, Registro de la Propiedad Automotor y cualquier otro que corresponda, y comunicar la presente declaración de quiebra al Registro de Procesos concúrsales, debiendo este punto ser cumplimentado a través de la Sindicatura. Intimar a la fallida y a los terceros que detenten bienes y documentos de aquélla, a ponerlos a disposición de la sindicatura. Intimar a la fallida para que dentro del término de veinticuatro (24) horas entregue al síndico la documentación relacionada a su actividad. Prohíbese hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser los mismos ineficaces. Reténgase la correspondencia epistolar y telegráfica debiendo oficiarse a tal fin a las reparticiones respectivas a fin de que la entreguen al síndico. Téngase por constituido domicilio procesal de la hoy fallida en calle Brown 2049 Piso 9 Oficina A de esta ciudad de Rosario. Hacer saber a la fallida, que no podrá ausentarse del país sin previa autorización judicial, hasta la presentación del informe general por parte de la sindicatura. Ordenar oficiar a los Organismos correspondientes a los fines de lograr las comunicaciones necesarias para asegurar lo dispuesto por el Art. 103 de la LCQ. Procédase a desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de esta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (Art. 106 LCQ). Líbrese mandamiento de inventario e incautación al Oficial de Justicia, con todas las facultades de ley. Procédase a la realización de la totalidad de los bienes de la fallida. Hágase saber que en los presentes deberá intervenir la misma sindicatura que en el concurso preventivo, quien deberá aceptar el cargo en condiciones de ley. Notifíquese al A.F.I.P., D.G.R., A.P.I. y Municipalidad de Rosario. Hágase saber a la sindicatura que se designe que deberá cumplimentar con lo dispuesto por la Resolución N° 745, del A.F.I.P y Circular 32/05 (Art. 224/ L.C.Q.). Diferir la designación de fechas de vencimiento del plazo de verificación y de presentación de los informes individual y general hasta tanto el síndico acepte el cargo y designe días y horarios de atención. Hágase saber que los acreedores que hubieran obtenido verificación en el concurso preventivo no tendrán necesidad de verificar nuevamente, procediendo el síndico a recalcular sus créditos según su estado en el término de quince días. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Publíquense edictos de ley. Dra. Viele, Prosecretaria.

S/C 354873 May. 2 May. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Carlos Eduardo Cadierno, Secretaría de la Dra. María Eugenia Sapei, en los autos caratulados CIURLUINI ADRIAN GUSTAVO s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; Expte. 21-02845824-7, por Resolución Nº 827 de fecha 23/04/18, se ha dispuesto lo siguiente: 1) Declarar la quiebra de Ciurluini Adrián Gustavo, DNI 23.371.732, con domicilio real en calle Lamadrid 1525 de a ciudad de Pérez y legal en calle Bv. Oroño 415 de la ciudad de Rosario; 2) Tener presente que deberá continuar interviniendo como síndico en autos el CPN Horacio Luis Corletta; 3) Ordenar se comunique la apertura de la quiebra al Registro de Procesos Concúrsales y se anote la inhibición del fallido en los Registros correspondientes. Ofíciese; 4) Intimar al, fallido para que en el término de 24hs. entreguen a la síndico la documentación relacionada con su actividad; 5) Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces; 6) Intimar al fallido y a los terceros para que entreguen a la síndico los bienes de aquella; 7) Fijar el día 25/07/2018 como fecha hasta la cual los acreedores posteriores a la presentación en concurso preventivo deberán presentar sus pedidos de verificación de créditos, acompañando los títulos justificativos de los mismos; los créditos oportunamente verificados en el concurso preventivo, la sindicatura deberá recalcular los mismos hasta la fecha de la declaración de la quiebra 8) Tener presente que la sindicatura deberá presentar el informe individual en fecha 23/08/2018 y el 05/10/2018 el informe general; 9) Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL de esta provincia; 10) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra el fallido, a los fines normados por el Art. 132 de la ley 24.522; 11) Hacer saber al fallido que sólo podrá salir del país previa autorización de este Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes; 12) Desapoderar al fallido de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107, ss. y ccs., Ley 24.522); 13) Proceder a la incautación de los bienes y papeles del fallido poniéndose los mismos en posesión de la síndico, librándose los despachos pertinentes (arts. 177, 179 y ccs. L.C. y Q.), 14) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole saber al síndico que debe cumplimentar lo dispuesto por el art. 114 de la Ley de Concursos y Quiebras; 15) Notificar al A.P.I. (a los fines del Art. 23 del Código Fiscal), a la A.F.I.P. y a la Municipalidad de Rosario; 16) Precédase a la realización de la totalidad de los bienes del fallido. 17) Precédase a recaratular los mismos teniendo en cuenta la presente declaración de quiebra. Insértese y hágase saber. Dra. Ma. Eugenia Sapei, (Secretaria); Dr. Carlos E. Cadierno (Juez).

S/C 354716 May. 2 May. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, hace saber al Sr. Lagos Luis Carlos DNI 5.222.033, que dentro de los autos caratulados: BANCO DE GALICA y BS. AS S.A. c/EL TAGUE S.A. y Otros s/Juicio Ejecutivo; 21-02861484-2; por sentencia Nº 398 de fecha 14/03/2018 se ha ordenado lo siguiente: Y Vistos; Estos autos caratulados: Banco de Galica y Bs. As. S.A. c/El Tague S.A. y Otros s/Juicio Ejecutivo; Expte. Nº 21-02861484-2 de los que resulta: A fs.5 la actora Banco de Galicia y Bs. As. S.A., por apoderado, promueve demanda ejecutiva contra El Tague S.A. y el Sr. Lagos Luis Carlos, tendiente al cobro de la suma de Pesos treinta y cinco mil ($ 35.000) con más los intereses y costas, alegando su origen en la acreencia de un pagaré vencido e impago (fs.4 ) Considerando:... Resuelvo: I) Ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más los intereses establecidos en los considerandos desde la fecha de la mora y hasta el día de su efectivo pago. II) Imponiendo las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.). III) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Analía Suárez Mónaco (Sec.); Dr. Marcelo C. M. Quaglia (Juez). Rosario, 5 de Abril de 2018.

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Por disposición del señor Juez Juan Alberto Rambaldo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 23 de la Primera Nominación de la ciudad de Las Rosas, en autos ASOCIACION MUTUAL METROPOLITANA c/SUAREZ RUBEN ALFREDO s/Ejecutivo; (Expte. Nº 379/2016), se ha dispuesto la publicación por edictos al Sr. Rubén Alfredo Suárez, DNI 18.069.717 (sin domicilio conocido) del siguiente Auto: T° XIII, F° 476, Nº 618. Las Rosas, 03/10/17. Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: 1) Mandando llevar adelante la ejecución contra el Sr. Rubén Alfredo Suárez, hasta tanto la Asoc. Mutual Metropolitana se haga íntegro cobro de la suma de $ 10.000,00, más los intereses en la forma establecida en los considerandos; 2) Imponer las costas a la demandada (art. 251 C.P.C.Co.). Estime el profesional sus honorarios en base a la liquidación de capital e intereses. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Juan Alberto Rambaldo (Juez). Dr. Oscar A. Estelrich (Secretario). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal Judicial. Las Rosas, 5 de Abril de 2018. Oscar A. Estelrich (Secretario).

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Por disposición del señor Juez Juan Alberto Rambaldo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 23 de la Primera Nominación de la ciudad de Las Rosas, en autos ASOCIACION MUTUAL METROPOLITANA c/ORELLANA MAXIMILIANO y Ot. s/Ejecutivo; (Expte. Nº 345/2017), se ha dispuesto la citación por edictos por el plazo de 20 días del Sr. César Leopoldo Pérez, DNI 20.698.918 (sin domicilio conocido) del siguiente decreto: Las Rosas, 09/08/17. Téngase al compareciente por presentado, con domicilio procesal constituido y, a mérito del poder general que en fotocopia acompaña, otórguesele la participación que por derecho le corresponda. Por promovida la Demanda Ejecutiva que se expresa. Resérvese en secretaría la documental acompañada y déjese copia auténtica en autos. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del plazo de diez días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo sobre el bien denunciado en el punto V) en cantidad suficiente a cubrir la suma de $ 6.500 por todo concepto, librándose a tales fines los respectivos despachos. A lo demás, oportunamente. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Rodolfo J. Baldani (Juez en suplencia). Dr. Oscar A. Estelrich (Secretario). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal Judicial. Las Rosas, 6 de Abril de 2018. Oscar A. Estelrich (Secretario).

$ 33 354866 May. 2 May. 4

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito N° 33 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE ALVEAR c/SAUCEDO, JUAN s/Apremio Fiscal; Expte. Nº 588/16, se ha dictado la siguiente Resolución: N° 3624. Villa Gobernador Gálvez, 03 de Noviembre de 2017. Autos y Vistos: Los presentes caratulados COMUNA DE ALVEAR c/SAUCEDO, JUAN s/Apremio Fiscal; Expte. Nro. 588/16. Y Considerando:...; Por tanto, en mérito de lo expuesto y disposiciones legales citadas, Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución contra Juan Saucedo, hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma reclamada con más sus intereses, conforme considerandos precedentes. Costas a la demandada (Art. 251 CPCC), difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad, una vez practicada la planilla. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 588/16). Fdo. Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaria. Y otro que dice: Nº 106. Villa Gobernador Calvez, 21/12/2017. Vistos: El recurso de apelación Parcial interpuesto...; Y Considerando:...; Resuelvo: 1) Conceder el recurso de apelación Parcial interpuesto en relación y con efecto suspensivo contra la sentencia N° 3624 de fecha 03/11/2017, protocolizada al T° 105, F° 256/257, 2) Disponer la elevación de los autos al superior previo cumplimiento de las formalidades de Ley. Fdo. Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaría. Por lo indicado se hace saber al Sr. Saucedo, Juan que ha sido condenado a abonar la suma de pesos dos mil doscientos veinticinco ($ 2.225) con más sus intereses y costas; y que se ha concedido el recurso de apelación parcial interpuesto por la actora. Laura F. Acosta, secretaria.

S/C 354727 May. 2 May. 4

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Circuito N° 33 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE ALVEAR c/GIAGNONI, DELIA s/Apremio Fiscal; Expte. Nº 1026/16, se ha dictado el siguiente decreto: N° 200. Villa Gobernador Gálvez, 08 de Febrero de 2018. Autos y Vistos: Los presentes caratulados Comuna de Alvear c/Giagnoni, Delia s/Apremio Fiscal; Expte. Nro. 1026/16...; Y Considerando:...; Por tanto, en mérito de lo expuesto y disposiciones legales citadas Fallo: Declarando la nulidad del procedimiento con costas en el orden causado (Art. 250 C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 1026/16). Fdo. Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaría. Y otro que dice: N° 108. Villa Gobernador Gálvez, 07 de Marzo de 2018, Vistos: El recurso de apelación y nulidad interpuesto...; Y Considerando:...; Resuelvo: 1) Conceder el recurso de apelación y nulidad interpuesto en relación y con efecto suspensivo contra la sentencia N° 200 de fecha 08/02/2018, protocolizada al T° 107, F° 71/72, 2) Disponer la elevación de los autos al superior previo cumplimiento de las formalidades de Ley. Fdo. Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaria. Por lo indicado se hace saber a la Sra. Delia Giagnoni que se ha declarado la nulidad del prodimiento y que se ha concedido el recurso de apelación y nulidad interpuesto por la actora. Laura F. Acosta, secretaria.

S/C 354728 May. 2 May. 4

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Circuito Nº 33 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE ALVEAR c/CHAPARRO MONTENEGRO, ROQUE s/Apremio Fiscal; Expte. N° 1022/16, se han dictado las siguientes resoluciones: Nº 256. Villa Gobernador Gálvez, 08 de Febrero de 2018. Autos y Vistos: Los presentes caratulados COMUNA DE ALVEAR c/CHAPARRO MONTENEGRO ROQUE s/Apremio Fiscal; Expte. Nro. 1022/16...; Y Considerando:...; Por tanto, en mérito de lo expuesto y disposiciones legales citadas Fallo: Declarando la nulidad del procedimiento con costas en el orden causado (Art. 250 C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 1022/16). Fdo. Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaría. Y otro que dice: N° 108. Villa Gobernador Gálvez, 07 de marzo de 2018. Visto: El recurso de apelación y nulidad interpuesto...; Y Considerando:...; Resuelvo: 1) Conceder el recurso de apelación y nulidad interpuesto en relación y con efecto suspensivo contra la sentencia N° 256 de fecha 08/02/2018, protocolizada al T° 107, F° 132/133, 2) Disponer la elevación de los autos al superior previo cumplimiento de las formalidades de Ley. Fdo. Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaría. Por lo indicado se hace saber al Sr. Roque Oscar Chaparro Montenegro, que se ha declarado la nulidad del procedimiento y que se ha concedido el recurso de apelación y nulidad interpuesto por la actora. Laura F. Acosta, secretaria.

S/C 354730 May. 2 May. 4

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Circuito N° 33 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE ALVEAR c/RODRIGUEZ, JUAN s/Apremio Fiscal; Expte. N° 407/16, se ha dictado el siguiente decreto: N° 3623. Villa Gobernador Gálvez, 03 de Noviembre de 2017. Autos y Vistos: Los presentes caratulados: COMUNA DE ALVEAR c/RODRIGUEZ, JUAN s/Apremio Fiscal; Expte. Nro. 407/16, de los que resulta que la parte actora, por medio de apoderada promueve formal demanda de Apremio Fiscal... Y Considerando:... Por tanto y en mérito de lo expuesto y disposiciones legales citadas Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución contra Juan Rodríguez, hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma reclamada con más sus intereses, conforme conciderandos precedentes. Costas a la demandada (Art. 251 CPCC), difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad, una vez practicada la planilla. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 407/16). Fdo: Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaría. Y otro que dice: N° 4142. Villa Gobernador Gálvez 21 de Diciembre de 2017. Vistos: El recurso de apelación Parcial interpuesto por la actora, en los presentes caratulados... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Conceder el recurso de apelación Parcial interpuesto en relación y con efecto suspensivo contra la sentencia N° 3623 de fecha 03/11/2017, protocolizada al T° 105, F° 254/255, 2) Disponer la elevación al superior previo cumplimiento de ley. Insértese, agréguese y hágase saber. Fdo: Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaría. Por lo indicado se hace saber al Sr. Juan Rodríguez que ha sido condenado a abonar la suma de Pesos un mil ochocientos ($ 1.800) con más sus intereses y costas y que se ha concedido el recurso de apelación interpuesto por la actora. Laura F. Acosta, secretaria.

S/C 354733 May. 2 May. 4

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Circuito Nº 33 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE ALVEAR c/RODRUGUEZ, FRANCISCO y Otros s/Apremio Fiscal; Expte. Nº 395/16, se ha dictado el siguiente decreto: N° 3527. Villa Gobernador Calvez 30/10/2017. Autos y Vistos: Los presentes caratulados Comuna de Alvear c/Rodríguez, Francisco y Otros s/Apremio Fiscal; Expte. N° 395/16, de los que resulta...; Y Considerando:...; Por tanto, en mérito de lo expuesto y disposiciones legales citadas Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución contra Francisco Rodríguez y Juan Rodríguez, hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma reclamada con más sus intereses conforme considerandos precedentes. Costas a la demandada (art. 251 CPCC), difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad, una vez practicada la planilla. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 395/16). Fdo. Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaría. Y otro que dice: N° 3680. Villa Gobernador Gálvez, 13 de Noviembre de 2017. Vistos: El recurso de apelación Parcial interpuesto por la actora, en los presentes...; Y Considerando:...; Resuelvo: 1) Conceder el recurso de apelación Parcial interpuesto en relación y con efecto suspensivo contra la sentencia Nº 3527 de fecha 30/11/2017, protocolizada al T° 105, F° 157/58, 2) Disponer la elevación de los autos al superior previo cumplimiento de las formalidades de Ley. Fdo. Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaría. Por lo indicado se hace saber a los Sres. Francisco Rodríguez y Juan Rodríguez que han sido condenados a abonar la suma de Pesos novecientos ($ 900) con más sus intereses y costas; y que se ha concedido el recurso de apelación parcial interpuesto por la actora. Laura F. Acosta, secretaria.

S/C 354735 May. 2 May. 4

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Norma María Chapman, D.N.I. Nº 2.960.295 y don Matías Antonio Acosta, D.N.I. Nº 6.008.548, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: CHAPMAN NORMA MARIA y Ot. s/Declaratoria de herederos; Expte. Nro. 184/2018. Secretaría. Rosario, 23/04/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 354689 May. 2

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Héctor Miguel Sebastián Giacomino, D.N.I. Nº 6.059.931, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: GIACOMINO HECTOR MIGUEL SEBASTIAN s/Sucesorio; Expte. Nro. 159/2018. Secretaría. Rosario, 20/04/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 354690 May. 2

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Ermelinda Beatriz Dora Ruiz, D.N.I. Nº 5.883.567, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: RUIZ ERMELINDA BEATRIZ DORA s/Sucesorio; Expte. Nro. 160/2018. Secretaría. Rosario, 20/04/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 354691 May. 2

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Carlos Alberto Librera, D.N.I. Nº 5.985.981 y doña María Angela Saleme, L.C. Nº 3.236.595, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: LIBRERA CARLOS ALBERTO y Ot. s/Declaratoria de herederos; Expte. Nro. 91/2018. Secretaría. Rosario, 20/04/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 354692 May. 2

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Angela Sánchez, D.N.I. Nº 1.515.288, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: SANCHEZ ANGELA s/Sucesorio; Expte. Nro. 497/2015. Secretaría. Rosario, 20/04/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 354693 May. 2

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Miguel Jorge Giménez, D.N.I. Nº 5.976.490, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: GIMENEZ MIGUEL JORGE s/Sucesorio; Expte. Nro. 106/2018. Secretaría. Rosario, 20/04/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 354694 May. 2

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaria a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de LOMENZO EDUARDO LUCIANO (DNI N° 10.988.757), para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante éste Tribunal. Rosario, 20/04/2018. Jonatan Pierini, prosecretario.

$ 45 354768 May. 2 May. 16

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaria a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de LEON LEONOR JUANA (DNI N° 3.496.036), para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante éste Tribunal. Rosario, 20/04/2018. Jonatan Pierini, prosecretario.

$ 45 354765 May. 2 May. 16

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaria a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de GONZALEZ ETELVINA GREGORIA (DNI N° 1.514.831), para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante éste Tribunal. Rosario, 20/04/2018. Jonatan Pierini, prosecretario.

$ 45 354764 May. 2 May. 16

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaria a cargo de la autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de CAMPREGHER JUAN ALBERTO (DNI N° 12.730.877), para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante éste Tribunal. Rosario, 20/04/2018. Jonatan Pierini, prosecretario.

$ 45 354763 May. 2 May. 16

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, Sta. Fe, la Secretaria que suscribe comunica que en el juicio seguido por ante este tribunal caratulado: API c/SÁNCHEZ MIGUEL s/Ejecución Fiscal; Expte. 1284/14, se hace saber a Sánchez Miguel, que se ha dictado lo siguiente: T° 71, F° 9, N° 7. San Lorenzo, 6 de Febrero de 2018. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Hacer lugar a la demanda ordenando se lleve adelante la ejecución contra la parte demandada hasta tanto la actora perciba íntegramente el capital reclamado, con más los intereses legales correspondientes desde la fecha de su liquidación hasta el momento de su efectivo pago. Imponer las costas del presente a la parte demandada, conforme al Art. 251 del C.P.C.y C. Diferir la regulación de honorarios profesionales a la aprobación de la planilla de capital e intereses que habrá de practicarse conforme a los considerando precedentes. Insértese, dése copia y hágase saber. (API c/Sánchez Miguel s/Ejecución Fiscal; Expte. N° 1284/14). Fdo. Dra. Gladys Silvia López de Pereyra (Juez), Dra. Luz María Gamst (Secretaria). Publíquese sin cargo por cinco (5) días Art. 132 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe (to 1997 y Modif). San Lorenzo, 16 de Abril de 2018. Firmado Dra. Luz María Gamst, secretaria.

S/C 354529 May. 2 May. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, Sta. Fe, la Secretaria que suscribe comunica que en el juicio seguido por ante este tribunal caratulado: API c/AGROPECUARIA PUMA SA s/Ejecución Fiscal; Expte. 1034/15, se hace saber a Agropecuaria Puma SA, que se ha dictado lo siguiente: T° 71, F° 81, N° 74. San Lorenzo 16 de Febrero de 2018. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Hacer lugar a la demanda ordenando se lleve adelante la ejecución contra la parte demandada hasta tanto la actora perciba íntegramente el capital reclamado, con más los intereses legales correspondientes desde la fecha de su liquidación hasta el monto de su efectivo pago. Imponer las costas del presente a la parte demandada, conforme al Art. 251 del CPCC. Diferir la regulación de honorarios profesionales a la aprobación de la planilla de capital e intereses que habría de practicarse conforme a los considerandos precedentes. Insértese, dése copia y hágase saber; Expte. N° 1034/15). Fdo. Dra. Gladys Silvia López de Pereyra (Juez), Dra. Luz María Gamst (Secretaria). Publíquese sin cargo por cinco (5) días Art. 132 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe (to 1997 y Modif). San Lorenzo, 16 de Abril de 2018. Firmado Dra. Luz María Gamst, secretaria.

S/C 354528 May. 2 May. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, Sta. Fe, la Secretaría que suscribe comunica que en el juicio seguido por ante este tribunal caratulado: A.P.I. c/PENESSI ROGELIO O. s/Ejecución Fiscal; Expte. 792/16, se hace saber a Penessi Rogelio O., que se ha dictado lo siguiente: T° 64, F° 51, N° 1977; San Lorenzo 27 de Octubre de 2016. Por presentado, domiciliado, en el carácter expresado a mérito del Poder General acompañado que deberá certificar en debida forma. Por iniciada la presente Demanda de Ejecución Fiscal correspondiente a Impuestos Inmobiliarios - partida N° 150100-200945/0000-9. Cítese de remate al demandado Rogelio O. Penessi, por el término de 10 días y bajo los apercibimientos de ley (art. 76 ley 3456). Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo hasta cubrir la cantidad de $ 22.536,38, en concepto de capital, con más la de $ 6.761 estimada provisoriamente para intereses y costas. Librándose los despachos que fueren menester a sus efectos. Autorizándose para intervenir en los mismos de la manera solicitada. Debiendo el peticionante de la cautelar que una vez que la misma sea trabada notificar por cédula al cautelado dicha medida. Siendo carga del mismo el inmediato diligenciamiento de la cédula respectiva. Notifíquese por cédula. Debiendo el Notificador requerir del atendiente o vecino si el mismo se domicilia allí, o el conocimiento que tengan de su paradero. (Expte. N° 792/16) (API c/Penessi Rogelio O. s/Ejecución Fiscal). Fdo. Dra. Gladys Silvia López Pereyra (Jueza), Dra. Luz María Gamst (Secretaria). Publíquese sin cargo por cinco (5) días Art. 132 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe (to 1997 y Modif) San Lorenzo, 16 de Abril de 2018. Fdo.: Dra. Luz Maria Gamst, (Secretaria).

S/C 354527 May. 2 May. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de San Lorenzo, Sta. Fe, la Secretaria que suscribe comunica que en el juicio seguido por ante este tribunal caratulado: API c/ZURLO LUIS s/Ejecución Fiscal; Expte. 809/16, se hace saber a Zurlo Luis, que se ha dictado lo siguiente: Tº 68, F° 58, N° 1616; San Lorenzo 21 de Noviembre de 2016. Por presentada, domiciliada y en el carácter que invoca a mérito del poder general en copia acompañado. Por iniciada demanda de ejecución Fiscal. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma reclamada de $ 32.030,11 con más la de $ 9.000 estimada para intereses y costas, sobre bienes del demandado. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención que si dentro del término de 20 días no opone excepciones legítimas se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Por propuestos Oficiales de Justicia Ad Hoc quienes deberán aceptar el cargo ante la Actuaría cualquier día y hora hábil de audiencia. (Expte. N° 809/16); (API c/Zurlo Luis s/Ejecución Fiscal). Fdo. Dra. Stella Maris Bertune (Jueza), Dra. Ma. Amalia Lantermo (Secretaria). Publíquese sin cargo por cinco (5) días Art. 132 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe (to 1997 y Modif). San Lorenzo, 16 de Abril de 2018. Firmado Dra. Ma. Amalia Lantermo (Secretaria). Pablo A. Devadder, prosecretario.

S/C 354526 May. 2 May. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de San Lorenzo, Sta. Fe, la Secretaria que suscribe comunica que en el juicio seguido por ante este tribunal caratulado: API c/SANCHEZ AIDE L DE. y Otra s/Ejecución Fiscal; Expte. 1350/14, se hace saber a los herederos de Lagomarsino Haidee Adelaida, que se ha dictado lo siguiente: T° 58, F° 181, N° 30. San Lorenzo 03-02-2015. Por presentada, domiciliada, en el carácter que invoca, a mérito del Poder General en copia acompañado, el que deberá certificar. Por iniciada demanda de ejecución fiscal. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma reclamada de $ 32.741,38 con más la de $ 9.822,41 estimadas provisoriamente para intereses y costas, sobre bienes libres de la demandada. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de 10 días no opone excepciones legítimas se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Desígnese Oficiales de Justicias Ad Hoc a los propuestos quienes deberán aceptar el cargo ante la Actuaria. (API c/Sánchez Aide y Otro s/Ejecución Fiscal; Expte. N° 1350/14). Fdo. Dra. Marisa M. Malvestiti (Jueza subrogante), Dra. Graciela Fournier (Secretaria); Y También: San Lorenzo 8 de Marzo de 2018. Precédase a la notificación de los decretos y providencias de autos mediante edictos, por el término de ley, atento haberse acreditado el cumplimiento de las diligencias tendientes a ubicar a los herederos del demandado; Expte. N° 1350/14). Fdo. Dra. Stella Maris Bertune (Jueza); Dr. Pablo A. Devadder (Prosecretaria). Publíquese sin cargo por cinco (5) días Art. 132 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe (to 1997 y Modif). San Lorenzo, 16 de Abril de 2018. Firmado Dra. Ma. Amalia Lantermo (Secretaria). Pablo A. Devadder, prosecretario.

S/C 354525 May. 2 May. 9

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La Sra. Jueza Dra. Griselda Ferrari a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de la ciudad de Villa Constitución, hace saber que dentro de los autos caratulados FIGUEREDO PATRICIA MONICA c/ROMAGNOLI ELISA M. y Otros s/Usucapión; Expte. N° 219/17, por medio de la publicación del presente edicto Judicial se hace saber que se ha decretado en fecha 15 de Marzo de 2018 lo siguiente: A los fines solicitados, designase fecha de Audiencia para Sorteo de Defensor de Oficio el día 28 de Mayo de 2018 a las 09.00hs. Notifíquese por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto con el Art. 67 y cc del C.P.C.C. Expte. 219/17. Fdo. Dra. Griselda Ferrari (Jueza); Dr. Mauro R. Bonato (Secretario). Villa Constitución, 16 de Abril de 2018.

$ 33 354553 May. 2 May. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 Civil, Comercial y Laboral de la 1a. Nom. de Villa Constitución, se hace saber que en autos SCHENONE, MAURO s/Quiebra Pedida por acreedor; Expte. Nº 794/2017, por auto N° 834 de fecha 16 de Abril de 2018, se ha ordenado lo siguiente: 1) Fijar el día 8 de Junio de 2018 como fecha tope hasta la cual los acreedores deben presentar al síndico las solicitudes de verificación de créditos. 2) Fijar el día 6 de Agosto de 2018 como fecha para que el síndico presente el informe individual de los créditos y el día 18 de Septiembre de 2018 para presentar el informe general. 3) Ordenar la publicación de edictos de ley por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL. Insértese, agréguese copia y hágase saber. (Firmado: Dra. Agueda M. Orsaria, Juez; Dra. Melisa Peretti Secretaria Subrogante). Secretaría, 18 de Abril de 2018.

S/C 354556 May. 2 May. 9

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El Sr. Juez del Juzg. de 1ra. Inst. de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2a Nominación de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/GAMARRA OMAR D. s/Ejecutivo” (Expte. N° 72/16), ha resuelto: “Villa Constitución, 20 de octubre de 2017.- Atento a lo informado por mesa de entradas, no habiendo comparecido el demandado a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado, decláreselo rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. (Expte Nº 72/16). Fdo: Griselda Ferrari (Juez), Mauro R. Bonato, Secretario. Dr. Bonato, Secretario. Villa Constitución, 15 de Diciembre de 2017.

$ 33 354647 May. 2 May. 4

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El Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Villa Constitución (SF), a cargo de la Dra. Griselda Ferrari, dentro de los caratulados: PALAVECINO, SILVIA B. s/Sucesión; Expte. Nº 734/16, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por doña Palavecino, Silvia Beatriz, por 30 días, para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos. (Art. 2340 C.C.C.N.). Secretaría, Villa Constitución, 5 de Abril de 2018. Dra. Griselda Ferrari, Secretaría del Dr. Mauro R. Bonato.

$ 45 354549 May. 2 May. 16

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Villa Constitución, dentro de los caratulados SUAREZ y BUSTOS MANUEL CLAUDIO RENE s/Sucesión; Expte. Nº 58/2018, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de por treinta días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 12 de Abril de 2018. Mauro R. Bonato, secretario.

$ 45 354548 May. 2 May. 16

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Villa Constitución, dentro de los caratulados MONTI, ROSALINA L. s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 726/2017, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios, de Rosalina Lucrecia Monti, por treinta días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 4 de Abril de 2018. Melisa Peretti, secretaria subrogante.

$ 45 354545 May. 2 May. 16

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados: CORRADINI, AURELIO s/Sucesión; Expte. Nº 33/18, se cita a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, don Aurelio Corradini, por el término de treinta días para que comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 16 de Abril de 2018. Melina Peretti, secretaria subrogante.

$ 45 354544 Abr. 27 May. 15

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados CORRADINI, DOMINGO s/Sucesión; Expte. N° 34/18, se cita a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, don Domingo Corradini, por el término de treinta días para que comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 16 de Abril de 2018. Melisa Peretti, secretaria subrogante.

$ 45 354543 Abr. 27 May. 15

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 14, 2° Nominación, de la ciudad de Villa Constitución, llama a los herederos, acreedores y/o legatarios de don Enzo Daniel De Marchi por diez días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 17 de Abril de 2018. Dr. Mauro Bonato, Secretario. Autos: DE MARCHI, ENZO DANIEL s/Declaratoria de Herederos; (Expte. N° 866/17). Dr. Bonato, Secretario.

$ 45 354542 Abr. 27 Mat. 15

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Villa Constitución, dentro de los caratulados SILVA JUANA DELFINA s/Sucesión; Expte. Nº 1033/2017, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Juana Delfina Silva, por treinta días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 20 de Abril de 2018. Melisa Peretti, secretaria subrogante.

$ 45 354541 Abr. 27 May. 15

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Villa Constitución, dentro de los caratulados: LOPEZ MARÍA LUISA s/Sucesorio; Expte. Nº 144/2018, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de María Luisa López, por treinta días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 20 de Abril de 2018. Melisa Peretti, secretaria subrogante.

$ 45 354537 Abr. 27 May. 15

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Villa Constitución, dentro de los caratulados MORO RUBÉN R. s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 43/2018, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Rubén Rogelio Moro, por treinta días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 20 de Abril de 2018. Melisa Peretti, secretaria subrogante.

$ 45 354533 May. 2 May. 16

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Dra. Graciela V. Gutscher Secretaría Única a cargo del Dr. Ricardo Ruiz Díaz, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos quienes se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante Sr. Ramón Rondan, L.E. Nº 2.430.187, por su fallecimiento, para que comparezcan a hacerlos valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos Expte. Nº 700, año 2017; RONDAN, RAMON s/Declaratoria de herederos. San Cristóbal, 26 de Marzo de 2018. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 354682 May. 2 May. 9

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Rufino, el Secretario que suscribe notifica a Pérez José, en su carácter de accionado en los autos: ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/PÉREZ JOSÉ s/Ejecución Fiscal; Expte. Nº 304/14 que en dichos autos se ha dictado el auto del tenor siguiente.: Rufino, 24 de Abril de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter que expresa, otórguesele el plazo de treinta días para acreditar en debida forma la personería invocada, acuérdesele la participación que por derecho le corresponda. Agréguese la boleta colegial y la documental acompañada. Por entablada demanda de ejecución fiscal promovida por la Administración Provincial de Impuestos contra Pérez José. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma de Pesos dieciocho mil novecientos veinte ocho con noventa y tres ($ 18.928,93) en concepto de capital, con mas la de pesos cinco mil seiscientos setenta y ocho con sesenta y siente ($ 5.678,67) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Cítese de remate a la accionada con la prevención de que si dentro del término de diez días no opone excepción legítima alguna, se mandara llevar adelante la ejecución. Desígnese oficiales de justicia Ad-Hoc al Dr. Jorge Ramos y/o la Dra. Laura Borras y/o Dra. María Soledad Bone, quienes podrán concurrir cualquier día hábil y en hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifiquen indistintamente oficial de justicia y oficial notificador. Martes y viernes notificaciones en secretaria. Fdo: Dr. Luis Alberto Cignoli (Juez); Dra. Marianela Montemarani Menna (Secretara). Publíquese sin cargo por cinco (5) días (Art. 132 del Código Fiscal T.O.2014). Rufino, 21 de Diciembre de 2017. Dra. Parenti, Secretaria Subr.

S/C 354560 May. 2 May. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 9 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino, a cargo del Dr. Luis A. Cignoli, Secretariado la Dra. Luciana Parenti, en autos: CHATELAIN, RENE EDGARDO s/Sucesorio; Expte. Nº 305/2018, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Chatelain, Rene Edgardo para que en el término de Treinta días comparezcan ante estos Tribunales a hacer valer sus derechos. Rufino, 19 de Abril de 2018. Dra. Parenti, Secretaria Subr.

$ 45 354580 May. 2 May. 9

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados: SANATORIO CASTELLI S.R.L. s/Concurso Preventivo; (Expte. Nº 565/2017), en trámite por ante el Juzgado de Distrito C.C. y L, de Melincué, a cargo de la Dra. Analía Irrazábal, Secretaría del Dr. Leandro Carozzo, se ha dispuesto lo siguiente: Nº 1185 - Fº 25 - Tº 89. Melincué, 28 de Junio de 2017. Y Vistos:... Resuelvo: Téngase presente lo manifestado. Agréguense en autos las constancias que acompaña. 1) Declarar la apertura del concurso preventivo de Sanatorio Castelli S.R.L. 2) Designar audiencia para sorteo de Síndico para el día 10 de Agosto del año por ante la Excma. Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto oficiándose. 2) Publíquese edictos en la forma prevista en el art. 27 y 28 de la Ley 24522 designándose el Boletín Oficial y diario El Informe.4) Difiérase la publicación de edictos a la designación de las restantes fechas, hasta la aceptación del cargo por parte del Síndico que fuere designado. 5) Ofíciese a fines de la anotación de la presente al Registro de Procesos Concúrsales. 6) Decrétase la Inhibición General del concursado librándose oficios pertinentes a los Registros respectivos. 7) Efectuar las notificaciones necesarias a los fines del fiel cumplimiento del art. 14 de la Ley N° 24.522.8) Notificar a la A.F.I.P. y A.P.I. 9) Intimar a los presentantes para que depositen judicialmente dentro de los tres días de notificada la presente resolución la suma de $ 3.500 que se estiman para gastos concúrsales, de publicación de edictos y de correspondencia. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Analía Irrazábal (Juez), Dr. Leandro Carozzo (Secretario). Nº 424 - Fº 270 - T° 93. Melincué, 04 de Abril de 2018. Y Vistos:... Resuelvo: 1) Designar fecha hasta la cual los acreedores podrán verificar sus créditos el día 28 de mayo de 2018, para que el Síndico presente el Informe Individual el día 24 de julio de 2018, para que la Sindicatura presente el Informe General el día 6 de septiembre de 2018, y Audiencia Informativa para el día 13 de Febrero de 2019, venciendo el período de Exclusividad el 20 de Febrero de 2019. 2) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, Diario El Informe, por el término y bajo apercibimientos de ley. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Asimismo, se hace saber que la Síndica interviniente es la C.P.N. Clara Echecury, con domicilio en calle M. Moreno 517, de Melincué. Tel.: 0341-4494330. Melincué, 17 de Abril de 2018.

$ 355 354562 May. 2 May. 9

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


A los efectos legales que hubiere lugar se hace saber que en los autos caratulados: BANCO BID C.L. s/Quiebra s/INCIDENTE VENTA DE CARTERA Nº 20 - Expte. N° 1079/2017, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2a. Nominación de esta ciudad, a cargo del Dr. Federico G. Bertram, Secretaría a cargo del Dr. A. Walter Bournot, se ha dispuesto, mediante Resolución Judicial N° 150 de fecha 14 de Marzo de 2018, llamar a mejoramiento de oferta para la adquisición del siguiente bien: Descripción: cartera activa de créditos cuya composición consta en el CD rotulado como venta de Cartera Activar- 1 Juzgado”, que se encuentra reservado en Secretaría de este Juzgado.- Precio Base Ofrecido: $80.000- (pesos ochenta mil).- Forma de Pago: de contado dentro de los 10 días corridos siguientes a la comunicación de la preadjudicación. Recepción de Ofertas: En Sede de Sindicatura Concursal, calle Brown 1744 de la Ciudad de Venado Tuerto (CP 2600), en días hábiles de 8,30 hs. a 12 hs. en sobre cerrado, hasta el día 22 de Mayo de 2018, a las 10,00 horas, debiendo reclamar constancia de recepción. La apertura de sobres se realizará el día de cierre, en la sede de la Sindicatura Concursal, y a continuación de ese acto. En caso de resultar necesario, se efectuaran las Rondas Complementarias de Mejoramientos de Ofertas, con la presencia de todos los oferentes habilitados a participar del proceso. Se computarán únicamente las ofertas efectiva y materialmente recibidas en término. Las ofertas deberán ser presentadas en formulario oficial provisto por la Sindicatura, acompañadas de un ejemplar del pliego (firmado por el oferente), con constancia de su adquisición. Valor del Pliego: $3.000.- (Pesos tres mil). Ofertas: Sólo se aceptará una (1) oferta por cada oferente. Días y horas de consultas: A acordar con la Sindicatura. Mayores datos: a los Tel. (03462) 432234 - 420291, FAX (03462)420768. La adjudicación provisoria será comunicada por la Sindicatura dentro de los cinco días hábiles siguientes al de cierre de recepción de ofertas (o de último acto de mejoramiento), exclusivamente al adjudicado, sin dar derecho a reclamo alguno a los terceros oferentes, y se tendrá por definitiva una vez aprobada por el Juez de la Quiebra. Se deja constancia que el presente estará exento del previo pago de aranceles y sellado y será sin cargo en virtud de lo estipulado por el artículo 182 de la Ley 24.522.- Venado Tuerto, 28 de Marzo de 2018. Dr. A. Walter Bournot, Secretario.

S/C 354576 May. 2 May. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Federico Gustavo Bertram en autos “BALINETY, AGUSTÍN s/ Declaratoria de Herederos” (Expte. 174/2016) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Agustín Balinety y de doña María Pilar Ramos, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Venado Tuerto, 23 de Abril de 2018.

$ 45 354626 May. 2 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Federico G. Bertram, Secretaría a cargo del Dr. Alejandro Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de doña Edit Emilce Massons (D.N.I. Nº 12.037.018), y de don Víctor Hugo Pérez (D.N.I. N° 11.377.828), para que dentro del término de ley comparezcan ante este Juzgado a hacer valer sus derechos. Autos: MASSONS, EDIT EMILCE y PÉREZ, VÍCTOR HUGO s/Declaratoria de herederos - Juicio sucesorio; (Expte. Nº 1105/2017. Venado Tuerto, 4 de Abril de 2018. Dr. Bournot, Secretario.

$ 45 354637 May. 2 May. 9



Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 3 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico Bertram, Secretaría a cargo del Dr. Walter Bournot, dentro de los autos caratulados EGUIA JUANA ROSARIO s/Sucesión (Expte. 591/2017), se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de Juana Rosario Eguia, para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley. Venado Tuerto, 18 de Abril de 2018. Dr. Bournot, Secretario.

$ 45 354564 May. 2 May. 4

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia dé Distrito en lo Civil y Comercial, Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, en los autos caratulados: BAUMANN, CARLOS RODOLFO s/Declaratoria de Herederos; (Expte. Nº 168/2018), la Secretaria que suscribe cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de don Carlos Rodolfo Baumann, D.N.I. M Nº 6.040.678, para que dentro del término de ley comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 17 de Abril de 2018. Dra. Chaparro, Secretaria.

$ 45 354671 May. 2 May. 9

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