picture_as_pdf 2016-05-02

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


por

JUAN PEDRO DE LA SALLE


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Octava Nominación Rosario, Dr. Luciano D. Juárez, Secretaría autorizante hace saber en autos “PUJOL, JAIME c/ OTRO s/ APREMIO”, Expte. CUIJ 21-01325917-5, se ha dispuesto que el Martillero Público UNL Juan Pedro de La Salle, Mat. 990-D-51 CMR, CUIT 20-10330877-2, venda en pública subasta el día 11 de Mayo de 2016, a las 15,00 hs., y de resultar inhábil y/o por razones de fuerza mayor el día hábil siguiente misma hora, en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros, sita en calle Entre Ríos 238 de Rosario, Pcia. de Santa Fe: “Un lote de terreno, con lo edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad, en la Avenida Francia Nº 921, entre las calles Rioja y San Luis, a los 25,98 m. de la calle Rioja hacia el Sud, cuyo terreno consta de 8,66 m. de frente al Oeste, por 25,98 m. de fondo y linda: por su frente al Oeste, con la Avenida Francia; al Norte y Sud, con Enrique Woodgate y Arturo Covernton; y al Este, con Pedro y Juan Pontiggia”.- Informe el Registro General Rosario Dominio inscripto al Tº 447 B, Fº 79, Nº 155.079, Dpto. Rosario, a nombre de la demandada (DNI 92.026.789). No Informa Hipotecas. Informa Embargo al Tº 120 E, Fº 893, Nº 318992, fecha 16/03/2011, por $ 50.000,00.- Orden autos: González, Daniel A. c/ Otro s/ Acción autónoma de Nulidad, Exp. 1172/10 (principales del apremio que ordena) y Juzgado del presente trámite. Obs.: Condicionado a Certificado N° 110068 (23-02-2011) Donación, Escribano Batagliotti, 24/04/2015.- Consta Ampliación por Monto $ 449.283,22 al T° 22 M.E., F° 58, N° 328065 (24-04-2015) Provisorio por $ 180 días. Definitivo N° 366724.- No Informa Inhibición s/t/r.- El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos, con la Base de $2.379.250,00.-; seguidamente, en caso de no haber postores, con una Retasa del 25% de la base, y de persistir la falta de interesados se retirará la oferta. Las ofertas mejoradoras de los postores no podrán ser inferiores a $3.000. En el acto de remate el comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra más la comisión de ley al martillero actuante (3%), en efectivo y/o cheque certificado. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $30.000.-, no podrá realizarse en efectivo, optando por los medios de pago mencionados conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23.11.2010, en la cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, sucursal caja de abogados, a nombre de estos autos y Juzgado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, sucursal caja de abogados, para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Se hace saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, no permitiéndose la compra en comisión. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos del martillero, se deberá oficiar al Registro General, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. F Código Fiscal). Exhibición los días 06/05/2016, 09/05/2016 y 10/05/2016 en el horario de 14.00 hs a 15.00 hs. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transfe-rencia de condominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del CPCC.- Todo lo que se hace saber a los efectos legales que por derecho hubiere lugar.- Secretaría, 22 de Abril del 2016. Vanina C. Grande, Prosecretaria.-

$ 753 289844 May. 2 May. 4

__________________________________________


POR

CARLOS ARIAS PESADO


Por disposición del Juez de 1ra. Instancia Civil y Comercial de Distrito 13ª Nominación Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: MENEGHELLO, OSCAR s/Quiebra; (Expte. N° 1938/03), (CUIL 20-10058727-1); el Martillero Carlos Arias Pesado, (CUIT: 20-20.008.072-7), venderá en pública subasta, en el Juzgado de Pequeñas Causas de Granadero Baigorria el día 19 de Mayo de 2016 a las 11:00 horas; el inmueble que a continuación se describe: Primero: Un tote de terreno, situado en la ciudad de Granadero Baigorria, Distrito del mismo nombre, Departamento Rosario, designado como Lote 9 B en el plano, suscripto por el Ingeniero Civil don Agustín Previgliano archivado en la Dirección General de Catastro de la ciudad de Rosario, Departamento Topográfico, bajo el número 105.742 del año 1980; y según el cual se encuentra ubicado en el interior de la manzana formada por las calles San Lorenzo, Arenales, Buenos Aires y Alvear, a los 20,56m de ésta última hacia el Norte, y a los 23,60m de calle San Lorenzo hacia el Oeste; es de forma regular y mide diez metros ochenta y cinco centímetros en cada uno de sus lados Este y Oeste por catorce metros en cada uno de sus lados Norte y Sur, lo que hace una superficie total de 151m90dm2; Lindando: Al este, con el lote 9 A del mismo plano; al Oeste, con el lote 9 C, al Norte, con el lote 9 E destinado a pasillo; y al Sur, con Angel L. Meneghello, todos de la misma manzana y plano. Y segundo: La cuarta parte indivisa sobre el lote designado como Lote 9 E. del plano antes citado, y según el cuál se encuentra ubicado en la calle San Lorenzo, entre las de Arenales y Alvear, a los 76,43m de calle Arenales hacia el Sur, se compone de tres metros de frente al Este, por cincuenta y un metros sesenta centímetros de fondo, lo que hace una superficie total de 154m80dm2; y linda: por su frente, al Este, con calle San Lorenzo; al Oeste, con el lote 9 D; al Norte, con Cesar Armando Bordón; al Sur, con los lotes 9 A, 9 B y 9 C, todos de la misma manzana y plano. El lote 9 E está destinado a pasillo en condominio. Informa el Registro General Rosario: dominio a nombre del fallido, Inscripto: al T° 471 A, F° 16, N° 103.199, Departamento Rosario; registrando las siguientes medidas precautorias: Inhibiciones: 1°) Tomo 14 IC, Folio 462, Aforo: 350915, del 04/06/2004, monto: Sin Monto, orden: Juzgado C. y C. Distrito 13a Nominación Rosario, Autos que se ejecutan. 2°) Tomo 15 IC, Folio 675, Aforo: 379799, del 21/09/2005, monto: Sin Monto, orden: Juzgado C. y C. Distrito 13ª Nominación Rosario, Autos que se ejecutan. Hipotecas y Embargos No Registra. El inmueble saldrá a la venta con la base de $ 264.000, en el estado y condiciones en que se encuentra según constancias de autos. Seguidamente, si no hubiere postores, con retasa del 25% ($ 198.000), y si tampoco los hubiere, con la retasa del 50% ($ 132.000) como última base, no admitiéndose ofertas inferiores a $ 2.000. En el acto del remate el comprador deberá pagar el 10% del precio en efectivo, cheque certificado o cheque cancelatorio, con más el 3% de comisión de ley al Martillero. Deberá cumplimentarse con las comunicaciones del Banco Central de la República Argentina “A” 5147 y “A” 5212, según circular Nro. 79/11 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. Haciéndose saber a los interesados que, para el caso de que el precio de compra, el saldo de venta o la comisión del Martillero superen la suma de treinta mil pesos ($ 30.000), no se aceptara su cancelación en dinero en efectivo, debiendo optarse por los siguientes medios de pago: transferencia bancaria, cheque cancelatorio o cheque certificado. El saldo de precio deberá ser depositado por el comprador dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta; caso contrario deberá abonarse por el retraso, en concepto de intereses, la tasa activa promedio mensual que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 C.P.C.C., dejándose sin efecto la venta. Previo a la aprobación de la subasta deberá oficiarse al Registro General, con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y expensas que gravaren el inmueble deberán ser abonados por el comprador a partir de la fecha de declaración de quiebra, igualmente serán a su cargo los gastos de la toma de posesión, levantamiento de gravámenes, gastos de escrituración, mas I.V.A., si correspondiere. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del C.P.C.C. Para el caso de compra por terceros, fíjase como condición que el adquirente designe en el acto del remate la identidad de la persona para la cual adquiere, quién deberá aceptar la compra en el término de cinco días. Transcurrido el plazo señalado sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó en el acto. Las copias y los títulos obrantes en autos están a disposición de los interesados para ser examinados por Secretaria, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos posteriores al remate (Art. 494 inc. 2 y 3 CPC). Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y diario “El Jurista” por el término de ley. Exhibición: los días 16 y 17 de Mayo, en el horario de 11 a 12 hs. Todo lo que se hace saber a efectos legales. Secretaria. Rosario, 26 de Abril de 2016. Dra. Jessica Cinalli, Secretaria.

S/C 289887 May. 2 May. 6

__________________________________________


POR

RODOLFO LEON GAMBERINI


Por disposición Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Sexta Nominación Rosario, dentro autos TABORDA MARIO ANGEL c/OTRO s/Apremio; Expte. 1380/2013, CUIJ: 21-01243708-8, Martillero Gamberini Rodolfo León (CUIT 20-24902464-4), venderá en pública subasta día 09 Mayo 2016 a las 16:30hs., en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238 de Rosario, Pcia. de Santa Fe, respecto al 25% indiviso de un lote de terreno ubicado en calle Santiago 1224 entre Mendoza y 3 de Febrero, designado como lote Uno-a plano 32.896/72, ubicado a los 92,66m. de 3 de Febrero al N. y se compone de 3,77m. de frente al E.; 15,12m. de fondo costado N.; 7,59n. contrafrente O. y 15,60m fondo costado sur, en línea oblicua, lindando frente E. calle Santiago, al N. y O. con lote uno-b y al S. con Francisco Fiorillo y otros. Encierra una Sup. De. 85,88m2. Inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo T. 709; F. 170 y Nº 309804. Del informe registral consta a nombre del demandado y registra los siguientes gravámenes: Embargos: 1) CITIBANK N.A. c/OTRO s/Demanda Ejecutiva, Expte. Nº 165/2005, J. Distr. Nom 6° Rosario, Inscripto al T: 122E, F: 2532, Nº 356687 de fecha 18/07/2013 por $ 48.161,48. 2) ORALLO MARCELO c/OTROS s/Apremio, Expte. Nº 689/2013 J. Distr. Nom 6° Rosario, Inscripto al T: 122E, F: 2935, N° 367111 de fecha 22/08/2013 por $ 1.606,44. 3) TABORDA MARIO ANGEL c/OTRO s/Apremio, Expte. Nº 1380/2013, CUIJ: 21-01243708-8, J. Distr. Nom. 6; Rosario, Inscripto al Tº 123 E, Fº 1563, N° 338810 de fecha 19/05/2014 por $ 7.864,24, y 4) CITIBANCK N.A. c/OTRO s/Demanda Ejecutiva, Expte. Nº 165/2005, J. Distr. Nom 6° Rosario, Inscripto al Tº 124 E, Fº 666, N° 318483, de fecha 18/03/15 por $ 18.676,92. Inhibición: Tº 126 I, Fº 5462 N° 352719, de fecha 18/06/14. Autos: TABORDA MARIO ANGEL c/OTRO s/Apremio. Expte. N° 213/14, Juzgado de la 6° Nom. de Rosario. Saldrá a la venta en el estado que da cuenta el acta de constatación a Fs. 63 con la base de $ 100.000, en caso de no haber postores con una retasa de $ 50.000, siendo la última base de $ 20.000. El comprador deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio de compra en efectivo y/o cheque certificado con más 3% de comisión al Martillero. Para el caso que la comisión supere los $ 30.000 no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optar por cheque certificado o en su defecto deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Santa Fe sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A.. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el Martillero actuante a la AFIP. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del Art. 497 CPCC. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o servicios que adeudaren, gastos de transferencia e IVA sobre el precio de compra, si correspondiere, son a cargo del comprador. El saldo se depositará una vez aprobada la subasta judicialmente, en los términos de los Arts. 497 y 499 CPCC. Publíquense los edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el Término de ley y Aviso en Diario La Capital de Rosario. De Comprarse en Comisión debe indefectiblemente comunicarlo en el acto de remate haciendo saber los datos personales de aquel por quien compra, quien deberá además aceptar la misma en el plazo de tres días a partir de la fecha de subasta, bajo apercibimiento de tener al comprador en comisión como adjudicatario definitivo. A los fines de la exhibición del inmueble a Subastar, desígnase los días 4 y 5 de Mayo de 10 a 12 hs. Haciéndose saber a los ocupantes de deberán permitir el ingreso a tal fin. Hágase saber que el adquirente deberá acudir a escribano público para confeccionar escritura que instrumenta transferencia a su favor, por lo que se excluye en la especie la opción prevista en el Art. 505, 2° párr. del C.P.C.C.. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, 22 de Abril de 2016. María Belén Baclini, secretaria.

$ 730 289894 May. 2 May. 4

__________________________________________