picture_as_pdf 2012-05-02

EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


CONCURSO PUBLICO DE PRECIO

NRO. 9075


Objeto: Contratación en alquiler de un vehículo tipo Furgón chico modelo 2005 en adelante por 1500 horas, para el servicio en U.T. Comercial Suc. Ciudadana Santa Fe Sur EPE-

APERTURA DE PROPUESTAS: día 14/05/12 - HORA: 10,00


CONCURSO PUBLICO DE PRECIO

NRO. 9076


Objeto: Contratación en alquiler de un vehículo tipo Furgón con puerta lateral, modelo 2005 en adelante por 1.200 horas, para el servicio en Sector Laboratorio Eléctrico EPE.-

APERTURA DE PROPUESTAS: día 14/05/12 - HORA: 10,30

CONSULTAS TECNICAS A: Movilidad y Transporte EPE - Urquiza y Tucumán

3000 - SANTA FE -

ENTREGA DE PLIEGO E INFORMES: EMPRESA PROVICIAL DE LA ENERGIA

Primera Junta 2558 - 1er. Piso - Of. 4.-

SANTA FE - Tel. 0342 - 4505849-4505846

S/C 8068 May. 2 May. 4

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DIRECCION GENERAL

DE RENTAS - TUCUMAN


SAN MIGUEL DE TUCUMÁN,

25 de Enero de 2012


Ref.: Expte. Nº 20646/376-D-2011.

IMPUESTO SOBRE LOS

INGRESOS BRUTOS.-


RESOLUCIÓN Nº I 1-12


VISTO lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley Nº 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme se encuentra acreditado en las actuaciones de la referencia, TABORDA ALEJANDRO, NELIDA ESTER Y OTRO, CUIT Nº 30-68695952-6, CM N° 9217443132, con domicilio en ESTANISLAO ZEBALLOS Nº 3518 de la localidad SANTA FE, Provincia de SANTA FE, cuya actividad desarrollada en forma habitual y a título oneroso es INDUSTRIAL, la que también es ejercida en esta jurisdicción de TUCUMÁN, no se encuentra inscripto como contribuyente en esta Autoridad de Aplicación existiendo la obligación legal de hacerlo, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (artículos 1° y concordantes CM y artículos 26, 27, 214, 215 y concordantes CTP), es que corresponde proceder conforme lo habilita el artículo 105 del Código Tributario Provincial dándolo de alta de oficio en esta jurisdicción, disponiendo, hasta tanto regularice su situación tributaria a través del Sistema Padrón Web dispuesto por la Comisión Arbitral del Régimen del Convenio Multilateral, su incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán –SARET XXI- para su administración dentro de la base de datos de contribuyentes locales de la Provincia con su número de inscripción en el referido régimen;

Que en virtud a lo antes considerado y lo dispuesto por la RG (DGR) Nº 176/10, corresponde expedir constancia de inscripción en formulario 901 (F.901);

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Departamento Técnico Legal en los presentes actuados, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 105 del Código Tributario Provincial y lo establecido por la RG (DGR) Nº 180/10 y sus modificatorias,

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO RECAUDACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1º.- Inscribir de oficio en la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS de la Provincia de TUCUMÁN a partir de 02/2010 inclusive, a TABORDA ALEJANDRO, NELIDA ESTER Y OTRO, CUIT N° 30-68695952-6, con domicilio en ESTANISLAO ZEBALLOS Nº 3518 de la localidad SANTA FE, Provincia de SANTA FE, como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Padrón Nº CM 9217443132 y código de actividad 343000, disponiéndose su incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán –SARET XXI-, con encuadre en las disposiciones establecidas por la RG (DGR) Nº 6/94.-

El domicilio citado en el párrafo anterior revestirá el carácter de domicilio fiscal conforme a lo establecido por el artículo 37 y concordantes de la Ley Nº 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias, y Apéndice al artículo 73 de la RG (CA) N° 2/10.-

Artículo 2º.- La incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán –SARET XXI-, tendrá vigencia a partir de la posición o período fiscal –inclusive- por el cual corresponde la inscripción de oficio dispuesta por el artículo anterior, manteniéndose dicha incorporación hasta tanto el contribuyente regularice su situación tributaria a través del Sistema Padrón Web dispuesto por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.-

Artículo 3º.- Conforme lo resuelto y dispuesto por los artículos 1º y 2º, expedir constancia de inscripción en formulario 901 (F.901) que a los efectos establecidos por el artículo 8º de la RG (DGR) Nº 176/10, forma parte integrante de la presente resolución como anexo.-

Artículo 4º.- Notificar al contribuyente y a los Departamentos, Divisiones y Secciones que componen el Organismo y gestionar su publicación en los Boletines Oficiales de las Provincias de Tucumán y Santa Fe. Cumplido archivar.-

S/C 8074 May. 2

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS


RECAUDACION TOTAL POR IMPUESTO

MARZO 2012

(en millones de pesos corrientes)


IMPUESTOS IMPORTE

INGRESOS BRUTOS 501.166.731,00

INMOBILIARIO 47.439.366,00

ACTOS JURIDICOS 71.899.073,00

PATENTE VEHICULOS 50.454.420,00

APORTES SOCIALES 297.286,00

OTROS RUBROS 1.353.492,00

TOTAL 672.610.368,00

S/C 8058 May. 2

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ARCHIVO GENERAL DE LOS

TRIBUNALES DE SANTA FE


DESTRUCCION DE EXPEDIENTES.


Conforme los términos del artículo 272 de la Ley 10.160 (t.o.). Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, anunciase a través de la Dirección, a cargo de la Sra. Noemí Calvo de Costa (Directora General), que el Archivo General de los Tribunales de Santa Fe, el día 22 de Mayo de 2012, procederá a la Destrucción de Expedientes de los Fueros y Años que se detallan, con plazos de conservación vencidos al 31/12/2011: Juzgados y Tribunales de Santa Fe. Fuero Penal: Penal Correccional: 2da., 3ra., 6ta., 7ma. y 8va. nominación, terminados, año 2006. Penal de Instrucción: 1ra., 2da., 3ra., 4ta., 5ta., 6ta., 7ma. y 8va. nominación, terminados, año 1996. Penal de Sentencia: 1ra., 2da. y 3ra. nominación, terminados, año 1991. Penal de Faltas: 1ra. y 2da. secretaría, terminados, año 2.008. Expedientes que no fueron destruidos en la destrucción del año 2010, atento a que el año de iniciación o la fecha de último movimiento eran posteriores al Año de Archivo y con Plazos de conservación vencidos al 31/12/2011: Juzgado Correccional 6ta. Nominación (Santa Fe), terminados, año 2005. Juzgado de Instrucción 1ra. Nominación (Santa Fe), terminados, año 1995. Juzgado de Instrucción 4ta. Nominación (Santa Fe), terminados, año 1995. Juzgado de Instrucción 5ta. Nominación (Santa Fe), terminados, año 1995. Juzgado de Instrucción 6ta. Nominación (Santa Fe), terminados, año 1995. Juzgado de Instrucción 7ma. Nominación (Santa Fe), terminados, año 1995. Juzgado de Sentencia 3ra. Nominación (Santa Fe), terminados, año 1990. Juzgado de Faltas 2da. Secretaría (Santa Fe), terminados, año 2007.

Expedientes Reintegrados hasta el 20/04/2012 al Archivo para Destruir, por tener plazos de conservación vencidos: Juzgado Correccional 7ma. Nominación (Santa Fe), terminados, años 1993, 2000, 2002. Juzgado de Instrucción y Correccional - Secretaría Faltas (Tostado), terminado, año 2007. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de ley.

Santa Fe, 23 de Abril de 2012.

S/C 165385 May. 2 May. 4

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


DISPOSICIÓN Nº 0024


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 18/04/2012

VISTO:

El Expediente Nº 02004-0001140-4 del Registro del Sistema de Información -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la habilitación como Institución Formadora de la Universidad del Centro Educativo Latinoamericano de Rosario; y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición Nº 0070/11 se ordena la apertura del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Provincia de Santa Fe y la Homologación de los Programas del Curso Básico de Formación de Mediadores y de los Cursos de Capacitación Continua;

Que la citada Institución cumple con los requisitos para la habilitación de las Instituciones Formadoras en Mediación según el Anexo II del Decreto Nº 1747/11;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los artículos 4º, 11º y 13º del Decreto Nº 1747/11;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION

DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS INTERPERSONALES

DISPONE:

ARTICULO 1º: Habilítese e Inscríbase con el Nº 11 (Once) del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Provincia de Santa Fe a la Universidad del Centro Educativo Latinoamericano, sita en Av. Pellegrini 1332 de la ciudad de Rosario.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 8062 May. 2

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DISPOSICIÓN Nº 0025


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 18/04/2012

VISTO:

El Expediente Nº 02001-0013425-4 del Registro del Sistema de Información -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la habilitación como Institución Formadora de la Fundación Cooperación y Cultura “Profesor Luis Ravera” y Homologación del Curso Básico de 150 horas; y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición Nº 0070/11 se ordena la apertura del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Provincia de Santa Fe y la Homologación de los Programas del Curso Básico de Formación de Mediadores y de los Cursos de Capacitación Continua;

Que la citada Institución cumple con los requisitos para la habilitación de las Instituciones Formadoras en Mediación según el Anexo II del Decreto Nº 1747/11;

Que asimismo la Institución cumple con todos los requisitos para la Homologación del Curso de Formación Básica según Anexo III del Decreto 1747 /11;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los artículos 4º, 11º y 13º del Decreto Nº 1747/11;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION

DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS INTERPERSONALES

DISPONE:

ARTICULO 1º: Habilítese e Inscríbase con el Nº 10 (Diez) del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Provincia de Santa Fe a la Fundación Cooperación y Cultura “Profesor Luis Ravera”, sita en calle Huergo N° 808 de la ciudad de Santa Fe.-

ARTICULO 2°: Homológuese el Curso Básico de Formación de Mediadores de 150 Horas presentada por dicha Institución Formadora.

ARTICULO 3°: Establécese que la homologación otorgada en el Artículo 2° podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de incumplimiento de los términos previstos en el respectivo programa.-

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 8060 May. 2

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DISPOSICIÓN Nº 0026


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 18/04/2012

VISTO:

El Expediente Nº 02004-0001236-6 del Sistema de Información -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la habilitación del Centro de Mediación I.N.M.A.R. (Instituto de Negociación, Mediación y Arbitraje de Rosario; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 1747/2011 se reglamenta la Ley 13.151 de Mediación;

Que mediante disposición 0063/2011 -DPDSCI- se regula lo referido a Oficinas y Centros de Mediación;

Que los artículos 3º,4º,5º y 7º de la referida normativa establecen los requisitos con que deben contar los centros de mediación para su habilitación, aprueban los formularios de Croquis de Arquitectura -los que deberán presentarse con carácter de declaración jurada;

Que el artículo 6º establece que: “…el estado general, las dimensiones e instalaciones del inmueble que el croquis describa podrán ser verificadas por esta Dirección Provincial la habilitación otorgada podrá ser revocada por esta Dirección Provincial en caso de que no se cumplan con los requisitos previstos en la presente disposición”;

Que, la Dra. Lucrecia María Valenti, en su carácter de Responsable del Centro de Mediación I.N.M.A.R. presenta ante esta Dirección Provincial, documentación tendiente a obtener la habilitación de las instalaciones destinadas a Mediación como “Centro de Mediación I.N.M.A.R. (Instituto de negociación, Mediación y Arbitraje de Rosario) sito en calle Mitre 959 Piso 5to Of.03-04 de la ciudad de Rosario;

Que, asímismo se compromete a presentar la nomina de mediadores que constituyan domicilio en ese Centro de Mediación y a notificar las altas y bajas;

Que dichas instalaciones se ajustan a los parámetros establecidos en la disposición Nº 0063/2011 para su habilitación;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el artículo 24° Inc. (4) del Anexo I del Decreto 1747/2011;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION

DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS INTERPERSONALES

DISPONE:

ARTICULO 1º: Habilítense las instalaciones destinadas a Mediación del “Centro de Mediación I.N.M.A.R. Instituto de Negociación, Mediación y Arbitraje de Rosario” sito en calle Mitre 959 piso 5to Of. 03-04 de la ciudad de Rosario y expídase el correspondiente certificado de habilitación Nº 0015.-

ARTICULO 2º: Establécese que la habilitación otorgada en el artículo 1° podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de que no se cumplan los requisitos previstos en la disposición Nº 0063/2011-DPDSCI- o la norma vigente en la materia.-

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 8061 May.2

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