JUZGADO LABORAL
Por disposición del Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Laboral 4ta. Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: “PÉREZ, EDUARDO c/ALVAREZ, RAMÓN AMADO y Otro s/Accidente de Trabajo (Expte. 368 - año 2007), de trámite ante este Juzgado; se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de: don Ramón Amado Alvarez argentino, Casado, DNI Nro. 12.774.209, fallecido el 04/12/2014 en Santa Fe; a que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el hall de Tribunales. Santa Fe, 22 de Febrero de 2018. Secretaria: Dra. Melchiori.
S/C 348717 Mar. 2 Mar. 6
__________________________________________
TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición de la Sra. Jueza del Trib, Col. de Resp. Extracontractual de la 4ta. Nom., de la ciudad de Santa Fe, Dra. Patricia Longhi Secretaría 2da. del Dr. Germán Romero, sito en calle San Jerónimo 1551 de esta ciudad, en autos: “GALIANO ROCÍO BELÉN c/PAYER OTILIO ANGEL y Otros s/Daños y perjuicios”, Expte CUIJ Nº 21-12105540-3, se ha dispuesto citar por edictos a los herederos del Sr. Otilio Angel Payer, a fin que comparezca por ante este Juzgado para hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de Ley. Santa Fe, 24/11/2017. Fdo.: Dr. Germán Romero - Secretario.
$ 45 348660 Mar. 2
__________________________________________
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por así estar dispuesto etí los autos “ROSILLO, ZULMA NOEMÍ S/QUIEBRA (EXPTE. CUIJ N° 21-01990443-9)“ la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Fomo de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 19 de Febrero de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Zulma Noemí Rosillo, apellido materno Pasquier, argentina, D.N.I. Nº 26.078.863, CUIL N° 27-26078863-4, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Misiones 6080, y legal en calle Estanislao Zeballos 2845, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.- 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces.- 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Sindico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.- 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico,los bienes el Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 21/2/2018 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 11/04/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 25/04/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 28/05/2018 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 24/07/2018 para la presentación del Informe General.- 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art.,21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publiquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste: Que en la audiencia realizada el día 21 de Febrero de 2018 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteada Sindica la C.P.N. Nancy Ortiz con domicilio en calle Alberdi 4655 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.
S/C 348671 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por así estar dispuesto en los autos “SÁNCHEZ GAMBOA, JUAN DE DIOS s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-01990330-0)“ la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 19 de Febrero de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Juan de Dios Sánchez Gamboa, apellido materno Gamboa, argentino, D.N.I. N° 29.560.713, CUIL N° 20-29560713-1, mayor de edad, empleado, con domicilio real en Vivienda 40, Manzana 3, Barrio El Pozo, y legal en calle Las Heras 2926, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico.- 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc, 10), del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente.- 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 21/2/2018 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 11/04/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 25/04/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 28/05/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 24/07/2018 para la presentación del Informe General.- 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- CONSTE: Que en la audiencia realizada el día 21 de Febrero de 2018 para sorteo de Sindico, en estos autos resultó sorteado Síndico el C.P.N. Roberto Mangini con domicilio en calle Talcahuano 7675 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretario.
S/C 348669 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “PÉREZ ANADÓN, BETIANA CELESTE s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ No 21-01990966-9), atento lo ordenado en fecha 14 de Diciembre de 2017 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1”)- Se ha declarado la quiebra de Betiana Celeste Pérez Anadón, D.N.I. N° 24.232.786, de apellido materno Anadón. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de l;is veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha lijado hasta el día 26 de Marzo de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al C.P.N. Alfio Martín Re, con domicilio en calle San Martín N° 3464, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marín – Jueza - Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los electos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 22 de Febrero de 2018.
S/C 348598 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “LENCINA, MIGUEL ANGEL s/Pedido de quiebra” (CUIJ N° 21-01991165-6), atento lo ordenado en fecha 14 de Diciembre de 2017 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1) Se ha declarado la quiebra de Miguel Angel Lencina, D.N.I. Nº 23.800.037 de apellido materno Baldomir. 2°) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al sindico de los bienes de pertenencia del prim;;ro, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición el” hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4) Se ha fijado hasta el 26 de Marzo de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado sindico a la C.P.N. C.P.N. María Lucila Claus, con domicilio en calle 4 de Enero N° 1742, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana E. Marín - Jueza- Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término d; cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 22 de Febrero de 2018. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.
S/C 348599 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “CUFRE PAULA DANIELA s/Quiebra” Expte. N° 21-01967204-9, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber a los señores acreedores que se ha puesto de manifiesto el informe final y distribución presentado por la Sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ). Firmado: Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria.
S/C 348715 Mar. 2 Mar. 5
__________________________________________
En los autos caratulados autos: “IBARRA, TELMA NATALIA s/Solicitud propia quiebra” (Expte. CUIJ N° 21-01970919-9), que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Santa Fe, se ha puesto de manifiesto el Informe final y Proyecto de Distribución s/ art. 218 LCQ por el término de ley y fueron regulados los honorarios de la Sindica CPN Ileana Fasano en $ 47.417.21 y de la apoderada de la fallida Dra. Analía Correa en $ 11.854.31. Publíquense edictos de ley. Firmado: Dr. Jorge Gómez (Secretario) - Dr. Lucio A. Palacios (Juez). Dr. Salzman, Prosecretario.
S/C 348640 Mar. 2 Mar. 5
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados “OROÑO, KATERINA MICAELA s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ: 21-01990424-2) se ha declarado la quiebra en fecha 07 de Noviembre de 2017 de Katerina Micaela Oroño, D.N.I. 38.904.682, mayor de edad, empleada, apellido materno Guerrero domiciliado realmente en calle Pte. Perón 4027 de la ciudad de Santa Fe, y con domicilio ad lítem constituido en calle Comentes 2733 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Síndico designado: CPN Ileana Fasano, con domicilio en Piedras N° 6344 de la ciudad de Santa Fe, y horario de atención a los pretensos acreedores de 8 a 11 horas por la mañana y de 16 a 19 horas por la tarde. Se ordenó al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder; así como prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido Disponer que el fallido no podrá ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522. Ordenar la publicación de edictos en el Boletín oficial por el término de cinco días. Fdo.: Dr. Lucio Alfredo Palacios: Juez - Dr. Jorge A. Gómez, Secretario. Dr. Salzman, Prosecretario.
S/C 348641 Mar. 2 Mar. 5
__________________________________________
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “CANO, SILVINA ANDREA s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ: 21-01977314-8) que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Quinta Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se ha resuelto lo siguiente: “Santa Fe, 19 de Febrero de 2018. Por presentado el informe final y proyecto de distribución. De manifiesto el mismo por el término de ley. Publíquense edictos conforme lo dispone el art.218 de la Ley 24.522. Notifíquese. Firmado: Dr. Diego Aldao (Juez) - Dra. Alicia Roteta (Secretaria)“. Santa Fe, de Febrero de 2018.
S/C 348601 Mar. 2 Mar. 5
__________________________________________
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, se hace saber que en los autos: “MUTUAL ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB UNIÓN CULTURAL Y DEPORTIVO SAN GUILLERMO C/MEAT TRADING S.A. s/Solicitud de quiebra” CUIJ 21-01980398-5 de los que se ha dispuesto: “Santa Fe,... Resuelvo: 1°) Declarar la quiebra de MEAT TRADING S.A. CUIT 30-71113492-8, domiciliada legalmente en Vera Peñaloza 6298 de la ciudad de Santa Fe, Prov. de Santa Fe, y con domicilio procesal en Regimiento 12 de Infantería 970 de la ciudad de Santa Fe, Prov. homónima. 2°) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General de la Propiedad, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, para el día 28/02/2018 a las 10 horas. 13) Fijar hasta el día 16 de Abril de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico. 14) Fijar el día 02/05/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 29/05/2018 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 30/07/2018 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89-3er. Párrafo Ley 24522. Santa Fe, 21 de Febrero de 2018. Firmado: DR. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario) - Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez). Dra. Balestieri, Secretaria.
S/C 348588 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “GUILLAUME, DIANA YAMILA s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ 21-01991610-0) se ha declarado la quiebra de Daiana Yamila Guillaume, DNI 35.120.691, argentina, de apellido materno Vera, soltera, mayor de edad, empleada pública, domiciliada realmente en calle Necochea 6144 y legalmente en calle Francia 1743 Of. 2, ambos de la ciudad de Santa Fe, en fecha 26 de Febrero de 2018. Se dispuso el día 14.03.2018 como fecha en la que se realizará el sorteo del síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 11.04.2018. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario dé los bienes del fallido. Disponer que el fallido no puede ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522 y punto 7 de la resolución de quiebra, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Lucio Palacios (Juez) Dr. Jorge A. Gómez (Secretario). Santa Fe, 26 de Febrero de 2018. Dr. Gómez, Secretario.
S/C 348590 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos “ROMERO, MARÁ BEATRIZ s/Solicitud Propia Quiebra” (Expte. Nº 21-01990158-8 se ha dispuesto: Santa Fe, 18 de diciembre de 2017. AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: “Romero, Mará Beatriz s/Solicitud Propia Quiebra” CUIJ: 21-01990158-8, que tramitan por ante este Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Seguna Nominación. RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Romero, Mara Beatriz argentina, mayor de edad, D.N.I. Nº 35.131.625 de apellido materno Miño, con domicilio real en Dr. Rodolfo Borzone y Papa Francisco S/N de la ciudad de Recreo y legal Av. Freyre 2374, ambos de la Provincia de Santa Fe. - Fdo.: Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez) - Dr Pablo Silvestrini (Secretario). Otro Decreto: Santa Fe, 08/02/2018. Téngase presente. Designar para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, para el día 14 de marzo de 2018. Fijar el día 11 de abril de 2018 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos. Fijar el día 27 de abril de 2018 como fecha hasta la cual se podran efectuar las observaciones a los créditos. Señalar el día 28 de mayo de 2018 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 31 de julio de 2018 para la presentación del Informe General. Notifíquese. - Fdo. Dr. Carlos F. Marcolin (Juez) - Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario). - Secretaría, 16 de febrero de 2018. - pablo Silvestrini, Secretario.
S/C 348631 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe (San Jerónimo Nº 1551 - Planta Baja) se hace saber que en los autos caratulados: “MORALES, MARÍA ALEJANDRA s/Quiebra Pedida por Deudor”, cuij: 21-00996309-7; se ha presentado el informe final, proyecto de distribución y se han regulado los siguientes honorarios: $ 41.490,06 para el C.P.N Julio A. Espósito y $ 17.781,46 para la Dra. Analía Aidé Correa, lo que se publica a los fines establecidos en el art. 218 de la Ley 24.522. Santa Fe, 23 de febrero de 2018 - María Soledad Prieu Mántaras, Prosecertaria.
S/C 348719 Mar. 2 Mar. 5
__________________________________________
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “DO SANTOS, MARÍA INÉS s/Pedido de Quiebra” CUIJ Nº 21-01990929-5. se ha dispuesto: Santa Fe, 20/02/18). Declarar la quiebra de María Inés Do Santos, D.N.I. Nº 20.364.183, argentina, soltera, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle corrientes 3492 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Eva Perón 2242, Oficina 2 de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (21/09/18). 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 12) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 28/02/18 a las 10.00 hs.- A tales fines, oficiese. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora de la fallida MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. (Sucursal Tribunales) para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 27/07/18, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 17/05/17 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 06/07/18 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 21/09/18 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión e! art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe y notifíquese de conformidad al art. 29 de la LCQ a los acreedores denunciados por el fallido. - Firmado: Dra. Verónica Gisela Toloza, Secretaria.
S/C 348629 Mar. 2
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 31 de la ciudad de Súnchales, Dr. José Ignacio Pastore, Secretaria a cargo del Dr. Osmar R. Vargas Pascólo, en los autos caratulados “Expte. N° 1796/2017 NUEVO BANCO SANTA FE S.A. c/HEREDEROS DE BASUALDO, RAMÓN s/Ordinario”, se hace saber que se ha decretado la rebeldía, por falta de presentación en juicio, de los herederos del Sr. Ramón Óscar Basualdo (D.N.I. M 8.507.835, argentino, nacido el 31/8/1951, fallecido el 12/9/16, que se domiciliara en la zona rural de la localidad de Tacural -Pcia. de Santa Fe). Publicaciones en el Boletín Oficial y Sede Judicial por el término de ley. Súnchales, 27 de diciembre de 2017. - Osmar R. Varagas Páscolo, Secretario.
$ 33 348652 Mar. 2 Mar. 5
__________________________________________
Por disposición del señor Juez de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de San Justo (Santa Fe), se cita, llama y emplaza al Sr. Busto, Gustavo Luis D.N.I. 26.051.858. CUIT/CUIL 20-26051858-6. en los autos caratulados “GÓMEZ, ERICA ESTER c/BUSTO, GUSTAVO LUIS s/Aumentos y Litis Expensas” EXPTE.126/2017, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo (Santa Fe), a cargo de la Dra. Jueza Alessio Laura M., se ha ordenado lo siguiente San Justo, 8 de Marzo de 2017. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al poder especial acompañado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada demanda de Alimentos y Litis Expensas, a la que se le imprimirá el trámite de Juicio Sumarísimo (Art. 108 quater, Inc. 3) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Texto ordenado Ley 12.997), contra el Sr. Gustavo Luis Busto, a quien se cita y emplaza para contestar la demanda en el termino y bajo apercibimientos de ley, debiendo ofrecer en el mismo escrito la prueba de que intente valerse u oponer las excepciones que considere oportunas. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. En relación a la solicitud de cuota alimentaria provisoria, celebrada que fuera la audiencia del art. 19, se proveerá. A los fines previstos por el art. 19 del CPCC, señálese audiencia conciliatoria, la que se celebrará el día 5 de Abril de 2017, a las 11:45 hs. a la cual deberán concurrir ambos progenitores acreditando capacidad económica, oficiándose a quien corresponda en caso de ser menester. Notifíquese a la Sra. Defensora General. Asimismo, dispóngase la inaplicabilidad del impulso de oficio dispuesto por el art. 709 CCC atento la insuficiencia de recurso con que cuenta este Juzgado. Notifiquen: Alessio, Buzzani, Candioti, Germán, Lo Prestí y/o el Oficial Notifieador. Notifiquese. - Otro Decreto: San Justo, 21 de Junio de 2017. Agregúese. Téngase presente el nuevo domicilio real denunciado. A la solicitud de notificación por vía postal, no ha lugar en esta instancia. A lo demás, no estando acreditada la capacidad económica, fíjase como cuota alimentaria provisoria que deberá abonar al Sr. Gustavo Luis Busto, en favor de los menores Luis Andrés Busto, Alan Santiago Busto y Gastón Exequiel Busto, el equivalente al 40% del Salario Mínimo, Vital y Móvil, en forma mensual, debiendo abonar tales sumas del 1 al 15 de cada mes mediante depósito en el Banco Santa Fe S.A., sucursal San Justo, para estos autos y a la orden de este juzgado. Acreditado que fuera el depósito, oficíese a la citada entidad bancaria a fin de que abone a la progenitora de los menores los montos depositados en concepto de cuota alimentaria. Notifíquese. Otro Decreto: San Justo, 5 de Febrero de 2018. Agréguese. Téngase presente. Previo a todo, cítese y emplácese al accionado mediante publicación de edictos, Notifíquese. - Fdo.: Dra Alessio, Jueza. Dra. Gioda, Secretaria. Comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que pública a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el espacio reservado a tal fin por la Corte Suprema de Justicia, según acordada del 7 de febrero de 1.996, acta Nº 3. - San Justo, 19 de Febrero de 2018 - María Alejandra Gioda, Secretaria.
$ 132 348668 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: “HERNÁNDEZ, CAROLINA LUCÍA s/Quiebra” (Expte. 720 - Año 2017) se ha dispuesto: 1) Disponer la apertura de la quiebra de la Sra. Carolina Lucía Hernández, D.N.I. N° 32.220.855, con domicilio en zona urbana de San Martín Norte, provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Batalla de Tucumán N° 2794 de esta ciudad. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12. Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 28 de Marzo de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo. Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Secretaría, 21 de Febrero de 2017. - Firmado: Dra. Laura Alessio - Juez; Dr. Julio Henares - Secretario a cargo.
S/C 348603 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: “ALBERTO, RODOLFO NICOLÁS s/Quiebra” (Expte. Nº 1066 - Año 2017) se ha dispuesto: 1: Disponer la apertura de la quiebra de Rodolfo Nicolás Alberto, D.N.I. N° 36.055.761, con domicilio en calle Formosa N° 2382 y a los efectos legales en calle Roque Sáenz Peña N° 2484 ambos de esta ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces; excepto salario con las especificaciones del párrafo 12) Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Sindico a los efectos del articulo 114 de la Ley.24.522. 8) Fijar hasta el día 28 de Marzo de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Firmado: Dra. Laura Alessio - Juez; Dra. Maria Alejandra Gioda - Secretaria. Secretaría, 22 de Febrero de 2018.
S/C 348615 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: “FURLANI, CRISTIAN ADRIÁN s/Quiebra” (Expte. 1039 - Año 2017) se ha dispuesto: 1) Disponer la apertura de la quiebra del Sr. Cristian Adrián Furlani, D.N.I. N° 39.127.990, con domicilio en calle Santa Fe N° 2672 de la ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Boulevard Roque Sáenz Peña N° 2484 de esta ciudad. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del articulo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo él apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12. Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 28 de Marzo de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo. Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Firmado: Dra. Laura Alessio - Juez; Dr. Julio Henares - Secretario a cargo. Secretaría, 21 de Febrero de 2017.
S/C 348609 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 19 de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “GODIO, HUGO NORBERTO s/Declaratoria de herederos” (Expte. Nro. 928 - Año 2017) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Hugo Norberto Godio, L.E. N° 6.262.014, con último domicilio en calle Dr. Gálvez N° 1442 de la ciudad de Esperanza (SF) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza (Santa Fe), 30 de Noviembre de 2.017.
$ 45 348661 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 19 de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “YEDRO, ANTONIA DIONISIA s/Declaratoria de herederos” (Expte. Nro. 927 - Año 2017) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Antonia Dionisia Yedro, DNI N° 4.607.896, con ultimo domicilio en calle Bolivia Nº 218 de la ciudad de Esperanza (SF) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza (Santa Fe), 28 de Noviembre de 2.017. Dra. Fascendini, Prosecretaria.
$ 45 348663 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
La Señora Jueza de Primera Instancia, de Distrito Nº 17, en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (S.F.), en autos “RAMOS, DOMINGO DELFÍN s/Sucesorio” (Expte. N° 656/2.017), llama a herederos, acreedores ó legatarios del causante Domingo Delfín Ramos, L.E. N° 6.331.340, cinco veces en diez días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos por el término de Ley en el BOLETÍN OFICIAL y conforme al art. 67 del C.P.C.C: Villa Ocampo, (SF), 9 de Febrero de 2018. Dr. Caglia, Secretario.
$ 45 348710 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez de la Instancia de Distrito no 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Matilde Miño, D.N.I. N° 11.263.447, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley en autos “MIÑO, MATILDE s/Sucesorio” (Expte. Nº 702/2017). Villa Ocampo (SF), 7 de Diciembre de 2017. Dr. Caglia, Secretario.
$ 45 348712 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez de la Instancia de Circuito Nº 34 de Villa Ocampo (Santa Fe), se notifica a Avelina Insaurralde y/o quien resulte titular registral del inmueble identificado corno Lote/Solar letra “V de la Manzana no 98 de Villa Guillermina (Santa Fe), partida inmobiliaria no 03-04-00-011631/0000-3, Lote 1 (Políg. “ABCDA”) en el Plano duplicado no 857 de fecha 17/05/2013, superficie de 1.683,67 m2. Dominio inscripto al Tomo 57 Impar Folio 142 Número 23.797, Año 1932 del Registro General Santa Fe, que deberán comparecer a tomar la intervención que por derecho corresponda, en el plazo y bajo apercibimientos de ley en los autos: FLEYTA, DARÍO GUSTAVO c/INSAURRALDE, AVELINA y/o q. r. titular s/Demanda ordinaria de usucapión, Expte. Nº 167/2017 - Villa Ocampo (Santa Fe), 8 de Febrero de 2017. Dra. Zarza, Secretaria.
$ 45 348711 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez de la Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (Santa Fe), se notifica a los demandados Celia Esther Guastavino, Ricardo Guillermo Guastavino, Esther María Tosefina Binaghi, Sorda María Martha Binaghi y Susana María Angélica Binaghi que en los autos: “PÉREZ, ARIEL CEFERINO c/GUASTAVINO, ROSAURA ESTHER y Otros s/Escrituración” (Expte. n° 628/2016), se ha dictado la siguiente providencia: “Villa Ocampo, 02 de Febrero de 2018... Haciéndose efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde a los demandados. Notifíquese. Fdo. Gastón Germán Caglia, Secretario. María Isabel Arroyo, Juez. Villa Ocampo (SF), 20 de Febrero de 2018.
$ 45 348713 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Uno en lo Civil y Comercial Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. María Laura Crespi, Documento de Identidad: DNI F 14.048.757, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Por estar así ordenado en los autos caratulados “CRESPI MARÍA LAURA s/Sucesorio” CUIJ 21-01992697-1 año 2017 que se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Uno en lo Civil y Comercial Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, lo que se publica a sus efectos en el hall de tribunales de la ciudad de Santa Fe, 23 de Febrero de 2017. Dr. Maurutto, Secretario.
$ 45 348639 Mar. 2
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de esta ciudad de Santa Fe en autos caratulados: CRISTÓBAL DANIEL y GONZÁLEZ MARÍA FILOMENA s/Sucesorio - CUIJ: 21-01991730-1, se cita, llama y emplaza a quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por los fallecimientos de Don Daniel Cristóbal y/o Don Daniel Cristóbal hijo, L.E. n° 2.398.045, ocurrido el 25 de agosto de 2006 en la ciudad de Santa Fe, Provincia del mismo nombre; y de Doña María Filomena González, D.N.I. Nº 6.123.087, ocurrido el 09 de noviembre de 2017 en la ciudad de Santa Fe, Provincia del mismo nombre, para que comparezcan a hacerlos valer dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica en el Oficial y lugar designado por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. (Ley 11 287). En la ciudad de Santa Fe, 29 de diciembre de 2017 - María Ester Noé de Ferro, Secretaria.
$ 45 348662 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: FRIGO, NOELIA FANNY s/Declaratoria de Herederos 21-01988502-7 Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 8va. Nom. - Santa Fe, 28 de Agosto de 2017, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Noelia Fanny Frigo D.N.I. 2.837.932, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Santa Fe, 6 de febrero de 2018 - María Soledad Prieu Mántaras, prosecretaria.
$ 45 348653 Mar. 2 mar. 5
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación, ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Don Sánchez Daniel Ricardo D.N.I. 7.709.581, para que así lo acrediten dentro de los treinta (30) días y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “SÁNCHEZ, DANIEL RICARDO s/Sucesorio”. Expediente Nº 21-01991413-2. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. - Santa Fe, 21 de febrero de 2018 - Viviana Naveda Marcó, Secretaria.
$ 45 348716 Mar. 2
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, los autos caratulados “ZEBALLOS, MARTA BEATRIZ s/Sucesorio” (Expte. CUIJ Nro. 21-01990546-9), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante: Doña Marta Beatríz Zeballos D.N.I. 13.493.130 con último domicilio en Pasaje Francisco Aldao 3145, de la ciudad de Santa Fe, fallecida en fecha 04 de Mayo de 2017, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. - Santa Fe, 23 de febrero de 2018 - María Soledad Prieu Mántaras, prosecretaria.
$ 45 348709 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación, ciudad de Santa Fe se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don: Daniel Osvaldo Oblan, D.N.I. Nº M 7.675.110, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezca a hacer valer sus derechos en los autos: “OBLAN, DANIEL OSVALDO s/Sucesorio” CUIJ Nº 21-01992209- 7.Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287 y cumpliméntese con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 7/2/96 Acta Nº 3 Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibiéndose en el hall de planta baja de Tribunales. - Santa Fe, 22 de Febrero de 2018. - Walter Eduardo Hrycuk, Secretario.
$ 45 348692 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, de la Ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante: Sr. Alcídes Luis Antonio Romanesse, D.N.I N° 8.584.594, para que dentro el término y bajo apercibimientos de ley, comparezca/n a hacer valer sus derechos en los autos: “ROMANESSE, ALCIDES LUIS ANTONIO s/Sucesorio (CUIJ Nº 21-01992043-4/2017). Se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: “Santa Fe, 14 de Diciembre de 2017. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y exhíbanse los mismos en el Hall de planta baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo.: Néstor Antonio Tossolini, Secretario A/C. - Juez -. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibiéndose en el hall de planta baja de Tribunales. - Santa Fe, 20 de febrero de 2018 - Marcelo D. Leiza, prosecretario.
$ 45 348691 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “VIGNOLO, MARCELO HORACIO s/Sucesorio” (Expte. CUIJ Nº 21-01979356-4, Año 2016), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Marcelo Horacio Vignolo, DNI 13.163.869, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287 y conforme el acuerdo ordinario del 07/02/96 Acta Nº 3 - Santa Fe, 15 de Febrero de 2018. Dr. Maurutto, Secretario.
$ 45 348672 Mar. 2
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: “MORAN, JORGE ANTONIO s/Declaratoria de herederos” (Expte. 21-01991829-4), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Jorge Antonio Moran, L.E. Nro. 7.196.100, fallecido el día 26 de Julio de 2017, en ésta ciudad, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Santa Fe, 21 de Febrero de 2018. Dr. Hrycuk, Secretario.
$ 45 348596 Mar. 2
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia en lo civil y Comercial de la 3ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “BARATERO NELVIO JOSÉ DOMINGO s/Sucesorio (Expte. Nº CUIJ 21-01990012-3)“ se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos quienes se consideren con derechos del causante don Baratero Nelvio José Domingo, D.N.I. N° M6.197.021, Domiciliado en Dorrego Nº 748 de la localidad de Gálvez, hijo de Carlos Baratero y de Margarita Baratero, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, Para mayor recaudo se transcribe el decreto en su parte pertinente, que asi lo ordena: “Santa Fe, 12 de Octubre de 2017...,...Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL...,... Notifíquese. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó – Secretaria; Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena - Jueza). Santa Fe, 23 de Febrero de 2019. Dra. Marcó, Secretaria.
$ 45 348718 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del señor Juez de Primera, Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en autos: “ARTEAGA, CARLOS ALFREDO s/Sucesorio “(CUIJ: 21-0199067 5-9) se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ARTEAGA, CARLOS ALFREDO, Doc. de Ident: M.8.280.665, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 15 de Febrero de 2018. Dra. Mántaras, Prosecretaria.
$ 45 348600 Mar. 2
__________________________________________
SAN CRISTÓBAL
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Dra. Graciela V.Gutscher Secretaría Única a cargo del Dr. Ricardo Ruiz Díaz, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos quienes se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el Sr. Atilio Miguel Becchio, L.E. Nº 3.167.613, por su fallecimiento, para que los hagan valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley (art.2340 2do. párrafo C.C. y C. y art.592 C.P.C.C.) en los autos: Expte. Nº 664 año 2017 BECCHIO, ATILIO MIGUEL s/Declaratoria de herederos – San Cristóbal, 29 de Diciembre de 2017. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.
$ 45 348648 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral Dra. Graciela V. Gutscher, Secretaría Única a cargo del Dr. Ricardo Ruiz Díaz, en los autos: Expte. Nº 693/2016 - ARBIZU, SERGIO MARCELO - BRILLADA, MARIANA SOLEDAD c/Propietarios desconocidos s/Prescripción Adquisitivia (inmueble ubicado en la manzana 96 de la ciudad de San Cristóbal Sup.300m2 e individualizado en la Provincia con la partida del I.I.N°070800-037209/0002-2 y en la Municipalidad con el Nº Cuenta 853), se ha ordenado lo siguiente “San Cristóbal, 30 de noviembre de 2017. Proveyendo escrito con cargo actuarial Nº 9008/2017. Agréguese. Téngase presente. Atento lo manifestado y las constancias obrantes en autos, declárese rebelde a los demandados (propietarios desconocidos). Notifíquese por edictos. Publíquense en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado. San Cristóbal, 2 de Febrero de 2018. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.
$ 33 348649 Mar. 2 Mar. 6
__________________________________________
Por estar así dispuesto por la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, se hace saber lo ordenado en los autos caratulados “ARCE, CARLOS RAÚL s/Pedido de quiebra”, Expte. N° 405 - Año 2017: “San Cristóbal, 14 de Febrero de 2018. Venidos los autos... A los fines de ordenar el proceso, reprográmense las fechas ordenadas en el proveído de fs. 20 vto de la siguiente manera: 1) Fijar el día 18 de abril de 2018 como último plazo para que los acreedores presenten la verificación de sus créditos y títulos pertinentes al Síndico actuante, con arreglo a lo dispuesto por el art. 32 de la Ley 24.522. 2) Fijar el día 31 de mayo de 2018 a fin de que el Síndico acompañe el Informe Individual previsto por el art. 88 último párrafo de la citada ley. 3) Designar el día 30 de julio de 2018 en que el Síndico debe presentar el informe General. Notifíquese mediante edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial, en Sede Judicial y de existir fondos suficientes, en otros medios periodísticos (art. 89 Ley 24.522)...”. Se hace saber que la sindica designada es la CPN María Elena de los Milagros Sabater, con domicilio fijado en calle Pringles N° 323 de San Cristóbal, con horarios desatención a los pretensos acreedores de lunes a viernes de 9:00 hs. a 12:00 hs. y de 16:00 hs. a 19:00 hs. San Cristóbal, 14 de Febrero de 2018. Dr. Ruiz Diaz, Secretario.
S/C 348592 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, en autos: “GERVASONI, MIRTHA GRISELDA ABBÁ, OSCAR LORENZO s/Designación de Tutor (del menor Gervasoni, Pablo Nahuel (Expte. N° 918 - Año 2.016) se cita, llama y emplaza a las partes que se consideren con derecho sobre la tutoría del menor, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. San Cristóbal, 3 de Marzo de 2017. Dr. Ruiz Diaz, Secretario.
$ 45 348684 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, en autos “VIOTTI, DOLMEN MARÍA AURELIA s/Declaratoria de herederos’(Expte. Nº 79- Año 2.017) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Dolmen María Aurelia Viotti, DNI Nº F 3.965.744, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. San Cristóbal, de 2017. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.
$ 45 348683 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
VERA
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial No 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera, Pcia. de Santa Fe, 1ra. Nominación a cargo del Dra. Jorgelina Yedro - Jueza, Dra. Margarita Savant - Secretaria, en los autos caratulados: “VALLEJOS, DESIDERIO s/Sucesorio”, Expte. N° 578, año 2017, se ha dispuesto cítese y emplácese a todos los que creyeren con derechos a los bienes de la herencia del de cujus, para que dentro del término legal comparezcan a hacerlos valer. Vera, 21 de Febrero de 2018. Dra. Savant, Secretaria.
$ 33 348625 Mar. 2
__________________________________________
RAFAELA
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial y Laboral de la Segunda Nominación con asiento en Rafaela, en los autos caratulados: “Expte. N° 1710, 2017 - CIPRÉS, JAVIER HORACIO “; tramitada por ante éste, S.S. ha ordenado la ubicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522, haciendo saber que en fecha 06 de noviembre de 2017 mediante resolución N° 1192 Folio N° 252 Libro N° 35 Año 2017 y mediante decreto de fecha 23 de febrero de 2018 mediante proveídose ha dispuesto: Declarar la quiebra de Javier Horacio Ciprés DNI. 1°) 28.131.869 CUIL 20-1°) 28.131.869-7 con domicilio real en calle Erasmo Poggi 1661 de Rafaela y legal en José Gálvez 1851. Ordenar se anote la quiebra y la inhibición general de bienes en los registros correspondientes, oficiándose. Ordenar al fallido y a terceros para que entreguen al síndico los bienes de aquel. Hacer saber la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. Ordenar se intercepte la correspondencia y se entregue al síndico oficiándose a la oficina de Correo Argentino S.A. y correos privados con sucursales en el domicilio del fallido. Ordenar se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 LC.-Ordenar la realización de los bienes del deudor por el síndico, disponiendo que la enajenación esté a cargo de un martillero a designarse por sorteo. Fijar el día 09/04/2018 hasta el cual se pueden presentar las solicitudes de verificación al síndico, quedando establecidas como fechas para la presentación por la sindicatura de los informes individuales el día 23/05/2018 general el día 23/07/2018. Comunicar la presente declaración de quiebra a la Administración Provincial de Impuestos y AFIP-DGI. Librar mandamiento al Sr. Oficial de justicia para que realice el inventario de los bienes. Atento a lo dispuesto por el art.177 de la L.C. y a los fines de proceder a la inmediata incautación de los bienes y papeles de la fallida que pudieren corresponder, desígnase a la sindicatura, quien queda facultada a allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario y debida moderación, pudiendo requerir custodia policial si los bienes se encontraren en sitios que no ofrezcan seguridad para su conservación o seguridad y adoptar en definitiva todas cuanto más medidas urgentes resulten necesarias para evitar sustracciones, pérdidas o deterioros, todo con comunicación al Juzgado. Exhortar a los juzgados de Primera Instancia de estos tribunales a los fines del cumplimiento del art. 132 de la LC. Prohibir al fallido ausentarse del país conforme lo dispuesto por el art. 103 LCQ, oficiándose a quien corresponda. Ordenar el cese de todas las retenciones realizadas sobre los haberes del fallido, ordenándose mantener la traba de embargo sobre el 20% de los mismos -entendiéndose por tal el haber bruto menos los descuentos de ley, los que se deberán depositar para estos autos y a la orden de este juzgado en el Nuevo Banco de Santa Fe. A tal fin ofíciese a la empleadora. Ordenar la transferencia de las sumas declaradas como activo a la cuenta judicial a abrirse, librándose exhortes a los respectivos juzgados en los que se hubieren depositado. Datos de la Sindicatura: es ejercida por la CPN María del Pilar Piva, quien ha fijado domicilio de atención al público en calle José Ingenieros 107 de la ciudad de Rafaela, de lunes a viernes de 10,00 a 12,00 hs. y por la tarde de 16,00 a 20,00 hs. Secretaría 23 de Febrero de 2018. Dr. García, Prosecretario.
S/C 348611 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Laboral de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: CUIJ 21-16383277-9 “ASOCIART ART S.A. c/AQUINO CLAUDIO MARCELO s/Consignación Judicial Laboral”, se cita y emplaza a los herederos y/o sucesores del Sr. Aquino Claudio Marcelo, DNI N° 24.410.313 para que comparezcan a tomar intervención, bajo apercibimientos de rebeldía. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de estos Tribunales, según lo dispuesto en la ley 11.287 y con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 07.02.96 Acta Nº 3. Rafaela, 5 de Febrero de 2018. Fdo.: Nicolás Mosconi, Secretario. Dr. Lucas Marin, Juez.
S/C 348685 Mar. 2 Mar. 6
__________________________________________
En autos Expte. Nº 885 / 2017 “MODENESI, RINALDO INOCENCIO s/Sucesorio”, en trámite por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación, de la ciudad de Rafaela, abierto por el Dr. Pablo Javier Miassi, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Rinaldo Inocencio Modenesi, D.N.I. Nº M6.292.450, para que hagan valer sus derechos en término y bajo apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Ana Laura Mendoza (Juez) - Dra. Carolina Castellano (Secretaria). Rafaela, 22 de febrero de 2018. Dra. Olivera, Prosecretaria.
$ 45 348642 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primer Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: BELTRAMINO, GLADYS JUANITA CRISTINA s/Declaratoria de herederos - Expte. N° 588 - Año 2017, emplaza a herederos, acreedores y legatarios de doña Gladys Juanita Cristina Beltramino, D.N.I. 3.561.920, para que en término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos legales. Juicio sucesorio promovido por la Dra. María Cristina Astesana. Rafaela, 21 de Febrero de 2018. Dra. Sandra Inés Cerliani (Secretaria). Ercole (Juez). Dr. Pasero, Prosecretario Subr.
$ 45 348621 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito No 5 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Rafaela (SF), se cita y emplaza por el término de ley a todos los que se consideren con derecho a la herencia de don Riorda Rafael Ramón, DNI N° 06.285.500 y Machado Felicita Marta, LC N° 03.198.205, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en Expte N° 779/2017- “RIORDA RAFAEL RAMÓN Y MACHADO FELICITA s/Declaratoria de herederos”.- Fdo: Dra. Carolina Castellano (Secretaria)- Dra. Ana Laura Mendoza (Juez). Rafaela, 22 de Febrero de 2018.
$ 96,30 348658 Mar. 2
__________________________________________
RECONQUISTA
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
En los autos caratulados “DEL FABRO SANTIAGO y Otra S/sucesorio”, Expte. Nº 167/17021-00933130-9 por disposición del Si. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1era. Nominación de Reconquista, se cita, llama emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante. Nombre: Santiago Del Fabro, nacido en Italia y fallecido en Villa Ocampo el 14 de julio de 1953 y de doña Margarita Rupil, nacida en Italia y fallecida en San Antonio de Obligado, Provincia de Santa Fe el 10 de diciembre de 1934, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales de esta ciudad. Reconquista, Fdo. Dr. José María Zarza (Juez), Dra. Patricia Vanrrell (Secretaria). Dr. Astesiano, Secretario.
$ 45 348696 Mar. 2 Mar. 8
__________________________________________