picture_as_pdf 2016-03-02

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial, Laboral IM° 19 de la ciudad de Esperanza (Santa fe), se cita y emplaza por el termino de ley, a todos los herederos, legatarios y acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia de LELIA BEATRIZ DIVERSI, L.C. n° 6.110.351, fallecida en la ciudad de Esperanza, Santa Fe, el día 6 de Febrero de 2004; y de Julián Valentín Combin, L.E. n° 2.398.546;"fallecido en la ciudad de Esperanza, Santa Fe, el día 8 de julio de 2015,por estar dispuesto en los autos caratulados: DIVERSI LELIA BEATRIZ y COMBIN JULIÁN VALENTÍN s/Sucesorio" (Expte. N° 941/2015) tramitados por ante el Juzgado de referencia. Publíquese los edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Fdos.: Juez: Julia Collado, Secretaria: Claudia Brown. Esperanza (Santa Fe), 14 de Diciembre de 2015. Dra. Matiller, Prosecretaria.

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Por así estar dispuesto en los autos "CIAN, ELDA ESTER s/Solicitud de Propia Quiebra (CUIJ N° 21-01966264-8)" la Sra. Jueza de Primera .Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: "Santa Fe, 23 de Febrero de 2016. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Elda Ester Cian, apellido materno Benítez, argentina, D.N.I. N° 11.855.464, CUIL N° 27-11855464-2, mayor de edad, jubilada, domiciliada realmente en calle Entre Ríos 2811 y legal en calle Junín 2883, ambos de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría "B", para el 24 de febrero del corriente año a las 10.00hs. 12) Disponer la inmediata incautación de los bienes de al fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez Comunitario correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio al ANSES a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en los haberes previsionales afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 13) Fijar el día 11/04/2016, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 14) Fijar el día 25/04/2016 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 23/05/2016 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 07/07/2016 para la presentación del Informe General. 16) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 17) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos. 19) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que asi le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. FDO.: Forno de Piedrabuena, Jueza. Naveda Marcó, Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 24/02/2016 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó desinsaculado - a los fines de actuar como tal la bolilla perteneciente a la C.P.N. María Eugenia Pellegrini con domicilio en calle Urquiza 2635 de esta ciudad. Dra. Marco, Secretaria.

S/C 284216 Mar. 2 Mar. 8

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Por así estar dispuesto en los autos "GUTIERREZ, BRIAN RAMÓN s/Quiebra" (CUIJ Nº 21-01967357-7) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: "Santa Fe, 23 de Febrero de 2016. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Brian Ramón Gutiérrez, apellido materno Ceballo, argentino, D.N.I. Nº 37.798.907, CUIL N° 20-37798907-5, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Pasaje Pallares 8216 y legal en calle San Martín nº 2047 Local nº 12, ambos de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la Inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría "B", para el 24 de febrero del corriente año a las 10.00 hs. 12) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunitario correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 13) Fijar el día 11/04/2016, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 14) Fijar el día 25/04/2016 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 23/05/2016 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 07/07/2016 para la presentación del Informe General. 16) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 17) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos. 19) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 Inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- Fdo.: Forno de Piedrabuena, Jueza. Naveda Marcó, Secretaria.- Conste: Que en la audiencia realizada el día 24/02/2016 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó desinsaculado - a los fines de actuar como tal- la bolilla perteneciente a la C.P.N. María Elena Pascuale con domicilio en calle Catamarca 3526 de esta ciudad.

S/C 284217 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: "LEDEZMA ALEJANDRA RAMONA s/Solicitud propia quiebra" (Expte. N° 21-01967853-6) se ha dispuesto: 1°) Declarar la quiebra de Ledezma, Alejandra Ramona, argentina, mayor de edad, D.N.I. 21.563.047, domiciliado realmente en calle Pasaje Leiva 9147, Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio procesal en 25 de Mayo 2126 Piso 2 DPTO B, de esta ciudad. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Sindico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar al deudor para: a) que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del articulo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 8°) Fijar hasta el día 5 de Abril de 2016 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida 'en el articulo 200. 9°) Fijar el 5 de Julio 2016 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao - Juez; Dra. Alicia Roteta, Secretaria.

S/C 284181 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: ROJAS ERIKA MARIANELA s/Quiebra; (Expte. N° 21-01966940-5) se ha dispuesto: 1°)Declarar la quiebra de Erika Marianela Rojas, argentino, mayor de edad, D.N.I. 32.437.465, domiciliado realmente en calle Av. Peñaloza 8700, Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio procesal en Fray Cayetano Rodríguez 3881, de esta ciudad. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Sindico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar al deudor para: a) que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del articulo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 8°) Fijar hasta el día 5 de Abril de 2016 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en el articulo 200. 9°) Fijar el 5 de Julio de 2016 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Fdo.: Diego Raúl Aldao, Juez. Alicia Roteta, Secretaria.

S/C 284180 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en autos "MARTÍNEZ, FABIÁN RAMÓN s/Quiebra" (Expte. 862- año 2010), se ha dispuesto publicar el presente, haciendo saber que ha finalizado por pago total la quiebra del Sr. Fabián Ramón Martínez. D.N.I. Nº 20.149.349, argentino, casado, domiciliado en calle J. R. Méndez N° 5433. de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena: "Santa Fe, 2 de Diciembre de 2015. Y Vistos: Estos caratulados: "MARTÍNEZ FABIÁN RAMÓN s/Quiebra" (Expte. N° 862; Año 2.010), que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe. de los que resulta: (...) Y Considerando: (...) Resuelvo: 1) Dar por finalizada esta quiebra de Fabián Ramón Martínez; DNI N° 20.149.349; argentino, casado, domiciliado realmente en calle J. R. Méndez de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer el cese de todas las medidas que pesan sobre la fallida, oficiándose a sus efectos según corresponda. 3) Correr vista a la Administración Provincial de Impuesto a tenor de lo dispuesto por el art. 36 de la Ley Impositiva Anual (t.o. según dec. 198/90). 4) Disponer la publicación de edictos por el término de un día en el BOLETÍN OFICIAL y en un diario de esta ciudad, haciéndose saber esta resolución. Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Firmado: Dr. Néstor A. Tosolini- Secretario- Dr. Carlos Osvaldo Buzzani -Juez. Dr. Tosolini, Secretario.

S/C 284170 Mar. 2

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados "CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE c/BARBA, MARÍA DE LAS MERCEDES s/Juicio Ordinario" (Expte. N° 21-01970446-4), se cita y emplaza a los herederos de la Sra. María de las Mercedes Barba (L.C. Nº 3.959.176) para que comparezcan a tomar debida intervención en autos en el término y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente, que el Organismo Provisional se encuentra legalmente exceptuado del pago de impuestos y tasa de justicia, atento a lo dispuesto en el art. 41 de la Ley 6915, razón por la cual la publicación del presente resulta sin cargo. Santa Fe, 16 de Febrero de 2016. Dr. Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 284156 Mar. 2 Mar. 4

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de !a ciudad de Santa Fe, en autos caratulados "CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE c/OVIEDO LUCIA SAAVEDRA s/Juicio Ordinario" (Expte. N° 21-01961479-1), se cita y emplaza a los herederos de la Sra. Lucía Saavedra Oviedo (L.C. N° 06.314.232) para que comparezcan a tomar debida intervención en autos en el término y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente, que el Organismo Provisional se encuentra legalmente exceptuado del pago de impuestos y tasa de justicia, atento a lo dispuesto en el Art. 41 de la Ley 6915, razón por la cual la publicación del presente resulta sin cargo. Santa Fe, 23 de Septiembre de 2015. Dr. Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 284155 Mar. 2 Mar. 4

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Autos: "DALLAS, ADRIANA BEATRIZ s/Quiebra", Expte. Nº 201/2014; Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de Santa Fe. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido .a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: $ 22.001,76 Honorarios de la abogado de la fallida: $9.429,32. Santa Fe, 5 de Febrero de 2016. Dr. Hrycuk, Secretario.

S/C 284193 Mar. 2 Mar. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de Esperanza, Pcia. de Sta. Fe, en autos: Expte. 924-2015. ROSA, AMABLE AMÉRICO s/Declaratoria de Herederos, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Don Amable Américo Rosa, D.N.I. Nro. 6.242.862, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica en BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Esperanza, 24 de Febrero de 2016. Dra. Matiller, Prosecretaria.

$ 45 284182 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación, ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante, Sr. Serrano, Guillermo Arturo, D.N.I. N° 13.333.139, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados SERRANO, GUILLERMO ARTURO s/Sucesorio, Expte. N° CUIJ 21-01967786-6, Año 2015. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de estos tribunales. Santa Fe, 03 de Diciembre de 2015. Dr. Walter Eduardo Hrycuk, Secretario, Dr. Ana Rosa Alvarez, Jueza.

$ 45 284179 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Santa Fe, en los autos: OTRANTO GLADYS BELKIS s/Sucesorio (Expte. CUIJ. Nº 21-01960101-9) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Otranto Gladys Belkis, LC. Nº 2.839.578, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Sede Judicial (Conf. Art. 67 del C.P.C.C. Ref. Ley 11287). Fdo. Dr. Luciano F. Pagliano - Juez, Dr. Jorge A. Gómez - Secretario. Dr. Salzman, Prosecretario.

$ 45 284205 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito de la Tercera Nominación, Segunda Secretaria, en autos caratulados: CHEREP, FELIPE y Otras c/CHUARD, HECTOR RAMON y ESTHER GREGORIA MENDOZA s/Desalojo", Expte. Nro. 464- año 2012 se declaró rebeldes a los herederos de Esther Gregoria Mendoza. Santa Fe, Febrero 25 de 2016. Dra. Díaz, Secretaria.

$ 45 284146 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los Autos caratulados RIVERO, LIVIA SUSANA s/Declaratoria de herederos" Expte. 21-01966279-6 Año 2015, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Livia Susana Rivero (LE N° 2.389.789), fallecida en Santa Fe, en fecha 18/05/2012, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL (Art. 67 CPC y C, modificado por la Ley 11.287) y exhíbanse en el hall de Tribunales en el lugar dispuesto por la Corte Suprema de Justicia. Santa Fe, 17 de Febrero de 2016. Dr. Salzman, Prosecretario.

$ 45 284221 Mar. 22 Mar. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: GIAVITTO, ALBERTO OVIDIO s/Sucesorio, CUIJ N° 21-01968061-1 Año 2015, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho sobre los bienes de la Sucesión de Sr. Giavitto, Alberto Ovidio, D.N.I. N° 6.215.864 , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se Publica Edicto en el Boletín Oficial. Fdo: Dr. Diego Raúl Aldao, Juez - Dra. Alicia Isabel Roteta (Secretaria). Santa Fe, 22 de Enero de 2016.

$ 45 284215 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos: "SCHUMACHER, PETRONILA TERESA s/Declaratoria de herederos CUIJ N° 21-01970504-5 - Año 2016), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por fallecimiento de la Sra. Petronila Teresa Schumacher, L.C. Nº 6.310.399, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a hacerlos valer en el sucesorio abierto por el Dr. Luis Alberto Roulet en fecha 24 de Febrero de 2016. Dr. Maurutto, Secretario.

$ 45 284140 Mar. 2 Mar. 8

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Por estarlo así dispuesto en los autos caratulados: CISILIN, HUGO ADRIAN s/Declaratoria de Herederos; CUIJ N° 21-01963907-7 tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de esta ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza al heredero, acreedor y legatario del Sr. Hugo Adrián Cisilin, DNI N° 24.475.317 para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezca a hacer valer sus derechos. A sus efectos se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 05 de Febrero de 2016. Dr. Luciano F. Pagliano (Juez), Dr. Jorge Alberto Gómez (Secretario).

$ 45 284136 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación, ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don: Ignacio Domingo Engler, D.N.I. N° M 6.324.662, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer sus derechos en los autos: ENGLER, IGNACIO DOMINGO s/Sucesorio; CUIJ. Nº 21-01967769-6. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287 y cumplimentase con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 7/2/96 Acta N° 3 Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y exhibiéndose en el hall de planta baja de Tribunales. Santa Fe, 18 de Febrero de 2016. Secretaría. Dr. Noé de Ferro, Secretaria.

$ 45 284206 Mar. 2 Mar. 8

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 15, en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría única, de Tostado, en autos "SARCO ROQUE SIXTO s/Sucesorio" Expte. N° 688 Año 2015, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y a todos aquellos que se creyeren con derecho sobre los bienes del Sr. Sarco Roque Sixto, para que comparezcan a este juzgado dentro del término y bajo los apercibimientos de ley a hacer valer sus derechos. Lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Fdo. Hayde M. Regonat (Jueza), Secretaria única, Tostado, 23 de Febrero de 2016. Dra. Barrera, Secretaria.

4 45 284174 Mar. 2 Mar. 8

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nro. 11 de esta ciudad de San Jorge, Pcia. de Santa Fe, en autos MUTUAL DE RESIDENTES DEL BARRIO TAIS DE LA CIUDAD DE EL TRÉBOL c/CANZONETTI, VÍCTOR VICENTE s/Ejecución Hipotecaria" (Expte. Nro. 652/15), se cita y emplaza al deudor y/o terceros adquirentes si los hubiera, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, a fin que dentro de los cinco días contados desde la última publicación, pague el importe del crédito, intereses y costas u oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de dictarse sentencia en rebeldía, sin más trámite y darlo por notificado de cualquier resolución o providencia posterior desde su fecha. El inmueble hipotecado se encuentra ubicado en el Distrito María Susana, Dpto. San Martín, Pcia. de Santa Fe, y el dominio se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad de la ciudad de Santa Fe, bajo el Nro. 76050, Folio 1171, Tomo 233 Par, de fecha 05 de agosto de 2004 - Sec. Propiedades del Registro General de Santa Fe. San Jorge, 16 de Febrero de 2016. Dra. Piazzo, Secretaria.

$ 45 284154 Mar. 2 Mar. 15

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de San Cristóbal de la Provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados "MALDONADO, FELICIA OLGA y Otra c/VOSA VERAYE OMNIBUS S.A. y/u Ot. s/Daños y Perjuicios, Expte. N° 89 - Año 2009.", se han declarado rebeldes los herederos de la Sra. Marta Margarita Orellana. San Cristóbal, 3 de Agosto de 2015. Dr. Ruiz Diaz, Secretario.

$ 33 284203 Mar. 2 Mar. 4

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Única Secretaría de la ciudad de San Cristóbal, dictada en autos; "GIMÉNEZ, HÉCTOR EZEQUIEL y Otros c/AIASSA, GUILLERMO ANTONIO y Otros s/Declaratoria de pobreza", Expte. N° 99/2015, cítese y emplácese a los herederos de Cristian Leonardo Cardozo, DNI N° 27.170.025 y Susana Leonilda Guzzo, DNI N° 29.955.126, por el término de ley (Art. 73 del CPCC) en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado, debiendo comparecer al proceso dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento de rebeldía. Se publica a esos efectos en el Boletín Oficial de la ciudad de Santa Fe. San Cristóbal, 5 de Noviembre de 2015. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

S/C 284204 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Única Secretaria de la ciudad de San Cristóbal, dictada en autos; "SERRANO JESÚS RUBÉN s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 890/2015, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y a todos los que se consideren con derecho a los bienes de don Jesús Rubén Serrano, DNI N° 13.065.435, CUIL N° 20-13065435-6, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de Ley. Se publica a esos efectos en el Boletín Oficial de la ciudad de Santa Fe. San Cristóbal, 14 de Diciembre de 2015. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

S/C 284202 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, dictado en autos: GRINBERG BEATRIZ, NELIDA s/Declaratoria de herederos", Expte. N° 868 - Ano 2.015, se llama, cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeren con derechos sobre los bienes de la Sra. Beatriz Nélida Grinberg, con D.N.I: 4.966.392, para que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de Ley. Se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en Sede Judicial. Fdo. Dra. Graciela V. Gutscher (Jueza) - Dr. Ricardo Ruiz Díaz - (Secretario). San Cristóbal, 11 de Febrero de 2016. Dra. Giampietri, Secretaria Subr.

$ 45 284176 Mar. 2 Mar. 8

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Vera, en los autos caratulados FUMIS SILVIA MABEL s/Ausencia con presunción de fallecimiento (Expte. Nº 552 Año 2015), se ha dispuesto citar y emplazar una vez por mes durante seis meses a la Sra. Silvia Mabel Fumis, argentina, soltera, nacida el 7 de Enero de 1969, último domicilio conocido en Simón de Iriondo y Ejercito Argentino de la ciudad de Calchaquí, para que comparezca a hacer valer sus derechos en esta causa, bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Vera, 11 de Febrero de 2016. Dra. Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 33 284184 Mar. 2 Mar. 8

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 5 -en lo Civil y Comercial- Tercera Nominación, Rafaela (SF) -Dra. Ana Laura Mendoza (Juez) - Dra. Carolina Castellano (Secretaria), se notifica por este medio a la Sra. Giselle Jeangeorges, D.N.I. N° 25.900.028, la sentencia recaída en autos: Expte N° 27/2011 "BORGIATTINO, HERNÁN LUÍS c/NOVA, GASTÓN NICOLÁS y Otros s/Declaratoria de Pobreza", la cual dispone: Rafaela, 30 de Junio de 2014.- Y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: Hacer lugar a la demanda, declarando al Sr. Hernán Luis Borgiattino, D.N.I. N° 26.055.900, pobre para litigar en fa acción de indemnización de daños y perjuicios ocasionados como consecuencia del accidente de tránsito ocurrido en fecha 15/07/2010, contra Gastón Nicolás Nova, Giselle Jeangeorges, Hugo Daniel Albornoz, titular/res registrales del camión marca Ford cargo 1722 E, dominio HDP-583 y semi o acoplado dominio BAO-860, contra La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales, y Federación Patronal Seguros S.A., con los alcances previstos por los arts. 332 a 339 del C.P.C. Imponer las costas en el orden causado. Regular los honorarios profesionales del Dr. Pablo Mosconi en la suma de $ 3.898,62 equivalente a 6 unidades jus; los del Dr. Guillermo Buonifacino en la suma de $ 3.898,62 equivalente a 6 unidades jus; los del Dr. Gabriel Alejandro Caffaro en la suma de $ 3.898,62 equivalente a 6 unidades jus, y los honorarios de los Dres. Roberto Daniel Navarro y Alejandro Emilio Porta, en forma conjunta y proporción de ley, en la suma de $ 3.898,62 equivalente a 6 unidades jus, por sus trabajos realizados en autos. Vista a Caja Forense. Formúlense los aportes de ley. Establézcase para dicha regulación de honorarios, en caso de no abonarse en término, el interés equivalente a la tasa activa mensual cartera general de diversas que cobra el Banco de la Nación Argentina o la que la sustituya en el futuro, desde la fecha de la mora y hasta el momento del efectivo pago.- Archívese el original, expídase copia y hágase saber. (Pobreza no repone). Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y conforme Ley Nº 11.287. Rafaela, 4 de Diciembre de 2015. Dra. Castellano, Secretaria.

S/C 284172 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela en autos: Expte. 335 - Año 2004 - ZURVERA, HUMBERTO y ZURVERA, ALBA LIBERTAD c/ZUVERA, NORMA BEATRIZ s/Rendición de Cuentas con Medida Cautelar, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 597 y 67 del C.P.C.C. se emplaza a los herederos de Norma Beatriz Zurvera, en la forma ordinaria, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a estar a derecho. Dra. Carina Gerbaldo - Secretaría. Rafaela, 17 de Febrero de 2016.

$ 33 284168 Mar. 2 Mar. 4

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela en los autos caratulados: BOSCHETTI, RAFAEL ANGEL s/Sucesorio; Expte. Nº 1295/2015); se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o quienes se consideren con mejor derecho a los bienes dejados por el causante; Sr. Rafael Angel Boschetti, D.N.I. Nº 6.303.758, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que publica en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados del Juzgado. Rafaela, 12 de Febrero de 2015. Dra. Castellano, Secretaria.

$ 45 284157 Mar. 2 Mar. 8

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela (Sta. Fe), en autos caratulados: Expte. Nº 1174-2015 RASTELLI ROBERTO RAUL s/Declaratoria de herederos", se notifica, cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores del causante don Rastelli, Roberto Raúl, L.E. Nº 5.269.054 para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por el término legal en el BOLETIN OFICIAL y en la Sede Judicial respectiva. Fdo.: Dra. Jesica Regis; Prosecretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail; Juez. Rafaela, 13 de Noviembre de 2015. Dra. Castellano, Secretaria.

$ 45 284161 Mar. 2 Mar. 8

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