DISTRIBUIDORA ALFER S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10° inc. b) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550 se hace saber que, por acta de reunión de socios de fecha 27 de Enero de 2015 se decidió la reconducción societaria, modificar el domicilio, aumentar el capital, y modificar la administración dirección y representación, y en consecuencia redactar un texto ordenado:
TEXTO ORDENADO
Fecha de Reconducción: 27 de Enero de 2015.
Denominación: DISTRIBUIDORA ALFER S.R.L.
Datos de los socios: Alberto José Carrara, nacido el 3 de Marzo de 1963, argentino, casado en primeras nupcias con Patricia Susana Ciucci, con domicilio en calle Laprida 1323 de la ciudad de Totoras, de profesión comerciante. Documento Nacional de Identidad Nº 16.074.978, CUIT 20-16074978-5, y Fernando Raúl Caterina, nacido el 22 de Agosto de 1986, argentino, soltero, con domicilio en calle Presidente Roca 2336, de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante. Documento Nacional de Identidad Nº 32.289.914, CUIL 23-32289914-9.
Domicilio Legal: Mitre 868 Piso 2do. Oficina 3 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
Plazo de duración: 10 años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio de la presente Reconducción.
Objeto Social: La sociedad tiene por objeto a) El faenamiento en establecimientos propios o de terceros de animales vacunos, porcinos y ovinos, b) La comercialización al por mayor y por menor de carnes vacunas, porcinas y ovinas, y de sus subproductos y derivados.
Capital Social: $ 300.000,00 dividido en 3.000 cuotas de $ 100,00 cada una. Suscripto e Integrado en su totalidad.
Administración y representación: estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usará o usarán su propia firma con el aditamento de “socio gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual e indistinta cualquiera de ellos. El o los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en lo artículos Nros 782 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63 Art 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
Designación de Gerentes: se designa gerente al señor socio: Alberto José Carrara, DNI. 16.074.978.
Fiscalización: Estará a cargo de los socios de acuerdo con el Art. 55 de la ley 19550.
Cierre de ejercicio: 31 de Mayo de cada año.
$ 80 251992 Feb. 2
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ANGELICA S.C.A.
TRANSFORMACION EN S.A.
En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 19550, se hace saber que por Resolución de Asamblea unánime de fecha 14 de Enero de 2015 se ha resuelto modificar los artículos 2, 3, 9 y 10 de los Estatutos Sociales los que quedaron redactados de la siguiente manera: Artículo 2 Duración: Su duración será hasta el 27 de Noviembre del 2068. Artículo 3 Objeto Social: La sociedad tendrá por finalidad dedicarse por cuenta propia, o de terceros y/o asociada a terceros en el país o en el exterior a la realización de servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes propios o arrendados, siempre y cuando no se realicen actividades alcanzadas por la Ley de la Provincia de Santa Fe Nº 13154. En cumplimiento de sus fines, la Sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Artículo 9 La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto por el número que fije la Asamblea, entre el mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios siendo reelegibles. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente, este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate el presidente debe volver a votar. La asamblea fija la remuneración del Directorio. Artículo 10 En garantía de su gestión, cada uno de los directores debe depositar en la caja de la sociedad la suma de veinte mil pesos ($ 20.000) en efectivo, o su equivalente en títulos públicos de fácil realización. Lo que se publica por el término de Ley a sus efectos legales. Rosario, Enero de 2015.
$ 85 251993 Feb. 2
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ACOFREN S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Se hace saber que en fecha 20/07/2012, los señores socios de ACOFREN S.R.L, Daniel Víctor Hugo Frontalini y María Esther Chappa, han resuelto, por unanimidad, las siguientes modificaciones al contrato social: 1) modificación del objeto social, quedando la cláusula tercera redactada así: Tercera: La sociedad tendrá por objeto realizar las siguientes actividades: a) compra, venta, fabricación, importación y exportación de todo tipo de accesorios y repuestos para automotores, camiones y acoplados, b) compra, venta, fabricación, importación y exportación de acoplados semirremolques, remolques y o sus carrocerías, c) compra, venta, fabricación, importación y exportación de bienes, materias primas, productos en curso de elaboración y elaborados referidos a todo tipo de accesorios y repuestos para automotores, camiones, acoplados, semirremolques, remolques y o sus carrocerías, d) compra, venta de patentes de invención, marcas de fábricas y modelos industriales, nacionales y/o extranjeros, e) ejecución de represtaciones, comisiones y consignaciones referidos a todo tipo de accesorios y repuestos para automotores, camiones, acoplados, semirremolques, remolques y o sus carrocerías. Para el cumplimiento de los fines sociales, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen directamente con su objeto. La sociedad realizará la fabricación por sí o por terceros en establecimientos industriales de propiedad de la sociedad o de terceras personas. 2) Aumento del capital: como consecuencia de la modificación del objeto social, fue necesario aumentar el capital social a la suma de $ 800.000 (pesos ochocientos mil), resultando la redacción de la cláusula cuarta de la siguiente manera: Cuarta: El capital social se fija en la suma de ochocientos mil pesos ($ 800.000,00) dividido en ochenta mil cuotas (80.000) de diez pesos ($ 10,00) cada una, que los socios suscriben por partes iguales, o sea, el Sr. Daniel Víctor Hugo Frontalini cuarenta mil cuotas (40.000,00) lo que hace un importe de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000,00) que representa el 50% del capital y la Sra. María Esther Chappa cuarenta mil cuotas (40.000,00) lo que hace un importe de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000,00) que representa el 50% del capital.
$ 70 251989 Feb. 2
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RIZZOTTO CONSTRUCCIONES S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Registro Público de Comercio, dictada en autos RIZZOTTO CONSTRUCCIONES S.R.L. s/Prórroga; (Expte. 3803/2014) según decreto de fecha 30/12/14, se ordena la siguiente publicación de Edictos a efectos de comunicar que la Sociedad Rizzotto Construcciones S.R.L., en fecha 22 de Diciembre de 2014, ha modificado la cláusula Tercera de su contrato social, prorrogando el plazo de duración de la misma por 10 años más a partir del 27 de Diciembre de 2014, por lo que el plazo de dicha sociedad se extiende hasta el 27 de Diciembre de 2024, la cláusula cuarta modificando el objeto social y la cláusula quinta del mismo contrato social aumentando el capital social en la suma de $ 200.000 (pesos cien mil). Por lo tanto las cláusulas modificadas quedan redactadas de la siguiente manera: Cláusula Tercera: Duración: La sociedad tendrá una duración hasta el 27 de Diciembre de 2024; Cláusula Cuarta, Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la construcción, financiación, venta de inmuebles, edificios y obras civiles y prestación de servidos profesionales de proyecto, administración, dirección y ejecución de obras. La sociedad no va a realizar ninguna de las actividades reservadas a las Entidades Financieras, ni a recurrir al concurso del ahorro privado. La venta es exclusiva de los inmuebles que la sociedad construya o adquiera, excluyéndose expresamente el corretaje inmobiliario. Cláusula Quinta: Capital Social: El Capital Social se fija en la suma de Doscientos Mil Pesos ($ 200.000), divididos en doscientas mil (200.000) cuotas sociales de $ 1 (un peso) cada una, suscriptas de la siguiente manera: Alberto Pombo: 100.000 (cien mil) cuotas de $ 1 (un peso) cada una, equivalente a $ 100.000 (cien mil pesos), e Irma Beatriz Rizzotto: 100.000 (cien mil) cuotas de $ 1 (un peso) cada una, equivalente a $ 100.000 (cien mil pesos).
$ 55 251985 Feb. 2
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SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Se hace saber que conforme Acta Nro. 32 celebrada en la ciudad de Firmat, el 25-08-2014, los socios de Servicios y Construcciones S.R.L., Srta. Marianela Caren Colaccini Ciancio y Sra. Carla Marien Colaccini Ciancio resolvieron que la referida sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta y/o nombre propio o de terceros o asociados a terceros en cualquier parte de la República Argentina las siguientes actividades: mantenimiento, refacción, reparación, reformas, señalización, iluminación, parquización, decoración y limpieza de inmuebles residenciales y/o no residenciales, urbanos y/o rurales. Servicio de carga y descarga de camiones, transporte urbano de cargas. La sociedad podrá formar parte de otras sociedades de Capital, y además podrá establecer Uniones Transitorias de Empresas para emprendimientos determinados y formar otros grupos asociativos o no en cumplimiento de su objeto. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Asimismo establecen que la duración de la sociedad se prorrogará por el término de 10 años a partir de su vencimiento que opera en fecha 7 de Junio de 2014, o sea que el término de duración de la sociedad será hasta el 7 de Junio de 2024. Y establecen que el capital social se fija en una suma de pesos trescientos cincuenta mil ($ 350.000) dividido en 3.500 cuotas de $ 100 cada una, que los socios poseen de la siguiente forma: Marianela Caren Colaccini Ciancio, 1750 cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, o sea pesos Ciento Setenta y Cinco Mil ($ 175.000) y Carla Marien Colaccini Ciancio, 1750 cuotas de pesos Cien ($ 100) cada una, o sea, pesos Ciento Setenta y Cinco Mil ($ 175.000).
$ 80 251977 Feb. 2
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DIGITCALL S.R.L.
MODIFICACION DEL CONTRATO
Cumplimentando las disposiciones del Art. 10 inc. a de la ley 19.550, se procede a realizar la siguiente publicación en oportunidad de la reforma del contrato social de DIGITCALL S.R.L.:
1- Plazo de Duración: quince años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
2- Objeto Social: La sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia, por cuenta de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: La explotación comercial del negocio de telefonía y de tarjetas prepagas y pines virtuales de telefonía, mediante la compra, venta, locación, leasing, comodato, agencia, uso, recaudación por cuenta y orden de terceros, y otros contratos nominados o innominados, la promoción, gestión, distribución y comercialización de los productos y servicios vinculados con la telefonía y con las tarjetas prepagas y los pines virtuales de telefonía y sus afines, existentes en el mercado nacional o internacional, pudiendo realizar importaciones y exportaciones de los mismos. Además la sociedad podrá realizar las siguientes actividades: a) Gestión de venta, consignación y activación de líneas para teléfonos celulares y actividades vinculadas, b) Comercialización de servicios de telefonía celular y telecomunicaciones, incluyendo todos aquellos productos accesorios a dichos servicios, c) Comercialización de teléfonos celulares propios o de terceros, d) Comercialización de servicio de televisión satelítal e) Venta, mantenimiento y colocación de equipos de televisión satelítal f) Venta y distribución al por mayor y menor de tarjetas de telefonía y de teléfonos celulares preactivados, suscripciones o presuscripciones para telefonía celular y en general todos los productos de telefonía que desarrollen las empresas de telefonía habilitadas por las autoridades competentes, h) Comercialización de accesorios para teléfonos celulares, i) Servicio de pagos y/o cobranzas electrónicas por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios públicos, impuestos, tasas y otros servicios, j) La importación, exportación, compra, venta, distribución y consignación de productos relacionados con la telefonía celular y satelítal. k) La comercialización y reparación, al por mayor y menor, de equipos e insumos de computación. I) Venta e instalación de alarmas domiciliarias, comerciales o para automotores. II) Venta y representación de servicios de monitoreo de alarmas, monitoreo satelítal, monitoreo a través de cámaras, m) Importación y exportación de equipos de telefonía celular, telefonía, equipos e insumos informáticos, n) Venta de servicios de Internet, Voice IP y televisión digital, prestados por terceros. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para celebrar toda clase de contratos civiles y comerciales y realizar toda clase de actos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social.
3- Capital Social: Pesos ciento cincuenta mil, divididos en 100 cuotas de $ 1.500 valor nominal cada una. Integración: Pesos sesenta mil ya se encuentran integrados. Pesos veintidós mil quinientos se integran en efectivo con la reforma del contrato social. Saldo en efectivo a los dos años desde la celebración del contrato de reconducción. Suscripción: Daniel Hugo Gimenez suscribe cincuenta (50) cuotas de capital representativas de Pesos Setenta y Cinco Mil ($ 75.000); Mónica Patricia Cianci, suscribe cincuenta (50) cuotas de capital representativas de Pesos Setenta y Cinco Mil ($ 75.000).
4- Fecha de la Resolución de la Sociedad que aprobó la Reforma del Contrato Social: 05 de Enero de 2015.
$ 110 251996 Feb. 2
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ELECTROSAN ROSARIO S.A.
ESTATUTO
Por disposición del Registro Público de Comercio se informa que la conformación del actual Directorio de Electrosan Rosario S.A., con domicilio en Garay 1530 de la ciudad de Rosario, inscripta en Estatutos al Tº 61, Fº 1048, Nº 183 de fecha 16/12/1980, está compuesta por los señores Romelio Enrique Gómez, presidente; Natalia Andrea Gómez, Director Titular y Mario Federico Gómez Madoery, Director Suplente, con mandato hasta el 31 de Julio de 2015. Rosario, 27 de Enero de 2015.
$ 45 251990 Feb. 2
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GALVAMETAL S.R.L.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que Antonio Taraborrelli, socio-gerente de Galvametal S.R.L. (sociedad con sede en la calle San Luis 4362 de la ciudad de Rosario, con contrato constitutivo inscripto en la Sección “Contratos” del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, al Tomo 108, Folio 1178, Número 2092), falleció en fecha 12 de Enero de 2014, en la ciudad de Rosario. Por tal motivo, por reunión de socios de fecha 31 de Diciembre de 2014, los socios de la sociedad designaron como nueva gerente a Liliana Beatriz Taraborrelli, de apellido materno Benedetti, argentina, de estado civil casada, contadora, D.N.I. 13.544.438, nacida el día 19 de Septiembre de 1959, con domicilio real en calle Mendoza 2111 Piso 4° “A” de la ciudad de Rosario, C.U.I.T. 27-13544438-9. En consecuencia, la cláusula Octava del Contrato Social de Galvametal S.R.L., queda redactada de esta forma: Octava: La dirección, representación legal y administración de la sociedad estará a cargo de un socio-gerente, recayendo dicho cargo en la señora Liliana Beatriz Taraborrelli, quien con su sola firma representará y obligará a la sociedad, sin perjuicio de los poderes que la última pueda otorgar en el futuro. Dicho socio-gerente podrá ejercer todos los actos para los que está facultada la sociedad, inclusive los de las cláusulas Novena y Décima. En todos los casos deberá anteponerse a la firma la expresión GALVAMETAL S.R.L., seguida de las palabras “Socio-gerente”.
$ 64 251984 Feb. 2
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MEDIOS DE COMUNICACION SANTA FE S.A.
DESIGNACION DE DIRECTORIO
Se hace saber que por acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 22 de Septiembre 2014, se designó el nuevo directorio y por acta de Directorio de fecha 28 de Septiembre 2014, se distribuyeron los cargos de directorio quedando el directorio constituido de la siguiente manera: Presidente: Daniel Eduardo Vil, D.N.I. N° 10.942.100, Director suplente: Sergio Mario Ceroi, D.N.I. Nº 13.035.945. Los miembros del Directorio constituyen domicilio especial - Art. 256 ley 19550 - en la sede social sito en calle Córdoba Nº 1843, de Rosario.
$ 45 252001 Feb. 2
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L y M CARNES S.R.L.
CONTRATO
Fecha Constitución: 19 de Enero de 2015.
Integrantes de la sociedad: Mariano Esteban Tordini, argentino, soltero, nacido 31/07/1993, D.N.I. 37.668.751, C.U.I.T. 20-37668751-2, Comerciante, domicilio en calle Córdoba 695 Piso 8 de Rosario; y Leandro Esteban Tordini, argentino, casado, nacido 13/04/1968, D.N.I. 20.229.564, C.U.I.T. 23-20229564-9, Comerciante, domicilio en calle Córdoba 695 Piso 8 de Rosario.
Denominación Social: La sociedad girará bajo la denominación de “L y M Carnes S.R.L.”.
Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la calle Córdoba 695 Piso 8 de Rosario, pudiendo establecer sucursales en cualquier punto del país, o del exterior.
Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco (5) años, a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto la Comercialización de carnes bovina, porcina y sus derivados. Consignatario de Hacienda.
Capital Social: El Capital Social se fija en la suma de pesos Doscientos mil ($ 200.000), divididos en doscientas mil cuotas de un peso valor nominal cada una. El socio Mariano Esteban Tordini, suscribe Noventa mil cuotas, equivalentes un capital de pesos Noventa mil y el socio Leandro Esteban Tordini, suscribe Ciento diez mil cuotas, equivalentes un capital de pesos Ciento diez mil.
Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más socios gerentes, firma indistinta, siendo designado el socio Mariano Esteban Tordini, en su calidad de socio Gerente.
Balance General: La sociedad cerrará su ejercicio económico el 31 de Enero de cada año.
Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios.
$ 60 251983 Feb. 2
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