picture_as_pdf 2009-01-02

DECRETO N° 3064

SANTA FE, 18 de Diciembre de 2008

VISTO:

El Expediente N° 00201-01026909-0 del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.), en cuyas actuaciones se gestiona la actualización de los valores asignados al personal del Servicio Penitenciario en concepto de "viáticos" y la equiparación del monto del viático diario del personal de la fuerza al del personal permanente comprendido en el Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública Provincial Ley N° 8525; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2° del acta de Paritaria N° 20, de fecha 25 de abril de 1989, homologada por Decreto N° 1745/89 se aprobó el Régimen de Comisiones de Servicios para los agentes de la Administración Pública Provincial;

Que por Decreto N° 1904, de fecha 12 de octubre de 2004, se elevó el monto del viático diario a la suma de Pesos Ochenta ($ 80,00) -art. 4°-, previsto en la normativa arriba citada;

Que por Decreto N° 0667, de fecha 28 de marzo de 2006, se volvió a incrementar el valor diario del viático, estableciéndoselo en la suma de Pesos Ciento Veinte ($ 120,00) -art. 28°-;

Que, asimismo, por Decreto N° 993/08 se actualizó el monto de los viáticos en el marco del artículo 6º del Régimen de Comisiones de Servicios aprobado por Acta Paritaria Nº 20/89 y homologado por Decreto Nº 1745/89 estableciendo el valor del viático diario en la suma de Pesos Ciento Ochenta ($ 180,00) -art. 22°-;

Que, para el personal del Servicio Penitenciario, por Decreto N° 4381/88 se fijó como viático diario en un cinco por ciento (5%), calculado sobre los importes que se perciben en concepto de Sueldo Básico, Riesgo Profesional, Dedicación Especial y Responsabilidad Funcional;

Que este último monto resulta exiguo para cubrir los costos originados en las comisiones de servicio, limitando las tareas del personal;

Que con la finalidad de posibilitar un viático que responda a los costos reales que originan tales servicios y con el objeto de que el mismo sea equitativo para todo el personal del Servicio Penitenciario Provincial, resulta procedente acceder a lo solicitado;

Que la Ley N° 7979 faculta al Poder Ejecutivo a mantener actualizados los viáticos para el personal de la Administración Pública Provincial;

Que a fs. 24 obra informe de la Dirección de Administración del Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Fe, donde consta la existencia de crédito presupuestario suficiente para hacer lugar a la presente gestión;

Que ha tomado intervención la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Economía a fs. 21 y 30, sin oponer reparos a la continuidad del trámite;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad se ha expedido favorablemente mediante Dictamen N° 1969/08 – fs. 27-;

Que, en fecha 17 de noviembre de 2008 se ha dictado el Decreto N° 2723, cuya copia obra a fs. 34/35, mediante el cual se modificó el Artículo 1° del Decreto N° 4381/80 en relación al Personal Policial. Que mediante el presente decreto, se modificará nuevamente el citado Artículo a fin de incluir al Personal del Servicio Penitenciario;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1° - Modifícase el art. 1° del Decreto 2831/80 en lo que respecta al Personal de Seguridad, con el siguiente texto: "Personal de Seguridad: Fíjase como valor del viático diario para la totalidad del Personal Policial y del Servicio Penitenciario dependiente del Ministerio de Seguridad, el mismo que rija para el personal permanente comprendido en los alcances del Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública Provincial Ley N° 8525".

ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese, y archívese.

BINNER

Dr. Daniel O. Cuenca

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