picture_as_pdf 2006-01-02

DECRETO N° 3331

Santa Fe, 21 de Diciembre de 2005.

VISTO:

El expediente N° 00301-0052009-4 y sus agregados Nos. 00301-0052161-3, 00301-0052493-1; 00103-0029533-6, 00301-0052513-6, 00103-0029763-3; 15120-0034943-4 y 00301-0052531-0 del Registro del Sistema de Información de Expedientes relacionado con el Saneamiento de las Obligaciones Recíprocas entre el Estado Provincial y sus Municipalidades y Comunas previsto en el Título II - Capítulo II de la Ley N° 12.397 Complementaria del Presupuesto 2005. Y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 50° de la citada Ley, da por concluidos los procedimientos y las actuaciones realizadas por la Autoridad de Aplicación en el marco de los Regímenes de Compensación de Deudas y Créditos dispuestos por Decretos N° 3.469/93 y N° 0807/96 y sus modificatorios, entre el Estado Provincial y los Municipios y Comunas de la Provincia, como también entre Organismos y Entes no Financieros que conforman el Sector Público Provincial;

Que conforme a lo establecido en el artículo 56° fueron comunicadas las posiciones finales de cada ente municipal participante de los regímenes aludidos, implicando para la mayoría de los casos la conclusión, resolución y aceptación definitiva;

Que conforme a las solicitudes efectuadas por algunos municipios y comunas, por Decreto N° 1.627 del 29 de julio de 2005 se acordó a la Autoridad de Aplicación un plazo para que determine las posiciones finales de las Municipalidades de Rosario, San Lorenzo y Venado Tuerto y de las Comunas de Los Laureles y Estación Díaz, que efectuaron consideraciones respecto de cuestiones metodológicas y administrativas vinculadas al régimen;

Que atento a estas circunstancias se consideró viable las presentaciones efectuadas por la Municipalidad de San Lorenzo ante la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia y de la Municipalidad de Venado Tuerto y de las Comunas de Los Laureles y de Estación Díaz ante el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social y en función de ello, se determinaron las nuevas posiciones finales que esos entes tienen en el régimen de compensación aludido y que obran en los expedientes señalados precedentemente;

Que como consecuencia de los planteamientos formulados por esos municipios y comunas y de las comprobaciones practicadas por los organismos provinciales que emitieron sus respectivos informes, se procedió a rectificar los saldos deudores reclamados oportunamente por ellos y corresponde que el Poder Ejecutivo Provincial convalide las posiciones finales de los entes mencionados,

Que en el caso particular de la Municipalidad de Rosario, el organismo acreedor provincial, es decir el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social, ratificó los argumentos esgrimidos inicialmente en oportunidad de comunicar los saldos deudores que le correspondían dentro de los regímenes aludidos, al Instituto Municipal de Previsión Social, organismo descentralizado dependiente de ese municipio;

Que la Municipalidad de Rosario, en nota que obra en estas actuaciones, manifestó que en caso de no considerar viable ninguna de las alternativas se debería tener por rechazadas las posiciones presentadas por la Provincia de conformidad a los artículos 56° y sucesivos de la Ley 12.397;

Que al producirse esta resolución opera automáticamente lo señalado en el mencionado artículo 56° que en su segundo párrafo señala: "Para el caso de no aceptarse las posiciones comunicadas precedentemente, cada ente recurrente expresará formalmente su decisión de rechazarla dentro de un plazo de treinta días hábiles de su comunicación, lo que implicará automáticamente la separación de la totalidad de las deudas y créditos que les correspondan y que se hubieren incorporado a los Regímenes de Compensación, retrotrayéndolos a sus situaciones anteriores a la inclusión, quedando los mismos expuestos a los procedimientos y tratamientos de los regímenes originales y ordinarios de cancelación tanto por intereses como por las actualizaciones que correspondieren";

Que por otra parte corresponde ampliar la partida de erogaciones contemplada en la Ley de Presupuesto del corriente ejercicio, para atender los saldos acreedores de la Municipalidad de Venado Tuerto y de la Comuna de Estación Díaz por un monto de $ 141.622,80;

Que en el marco de la autorización dispuesta en el artículo 54° de la citada Ley, el Poder Ejecutivo puede disponer la cancelación de los saldos acreedores de los Municipios y Comunas, con independencia de los ingresos por retenciones efectuadas a los entes deudores;

Que atento que el Poder Ejecutivo dispuso por Decreto N° 1.627 del 29 de Julio de 2005, la autorización para liquidar y transferir los saldos acreedores convalidados por dicha norma, corresponde autorizar a la Contaduría General de la Provincia a liquidar y transferir con la intervención de la Tesorería General de la Provincia los saldos acreedores que se convalidan en el presente Decreto;

Que para las Municipalidades y Comunas que resulten con saldos deudores de los citados regímenes, es decir la Municipalidad de San Lorenzo y la Comuna de Los Laureles, corresponde aplicar las disposiciones del artículo 53° de la Ley N° 12.397 Complementaria del Presupuesto 2005, para lo cual se les afectará el 0,5% (cincuenta centésimos por ciento) de la coparticipación mensual nominal total que les corresponda por los montos de coparticipación de Impuestos del Régimen Federal e Ingresos Brutos.

Que el artículo 57° de la Ley mencionada faculta al Poder Ejecutivo, para que a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, proceda a practicar las retenciones en las participaciones;

Que los procedimientos para el tratamiento y cálculo de dichas retenciones, fueron previstos en los artículos 4°, 5° y 6° del Decreto N° 1.627 del 29 de Julio de 2005 y corresponde autorizar a la Contaduría General de la Provincia para que aplique el mismo procedimiento hasta cancelar los saldos deudores finales de conformidad al detalle que forma parte integrante del presente Decreto.

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA

ARTICULO 1°: Apruébanse las posiciones finales de los organismos municipales y comunales que se incluyen en la Planilla Anexa "A" que forman parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 2°: Modifícase el Presupuesto vigente en el Carácter 1, Jurisdicción 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro Provincial - Inciso 5 por la suma de $ 141.622,80 (PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MIL, SEISCIENTOS VEINTIDOS CON OCHENTA CENTAVOS) (Reducción y Ampliación). conforme Planilla Anexa "B" que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 3°: Autorízase a la Contaduría General de la Provincia a liquidar en el ejercicio presupuestario 2005 y a transferir a favor de la Municipalidad de Venado Tuerto y de la Comuna de Estación Díaz, con la intervención de la Tesorería General de la Provincia, los saldos acreedores de los Regímenes de Compensación de Deudas y Créditos instituidos por los Decretos N° 3469/93 y N° 0807/96 y sus modificatorios de conformidad a las posiciones acreedoras que se convalidan en la Planilla Anexa "A" que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 4°: Las erogaciones que demande la atención del artículo precedente, se imputará al Presupuesto Vigente conforme la siguiente desagregación: Programa 94, Actividad Específica 8. Fuente de Financiamiento 111, Inciso 5, Partida Principal 7, Partida Parcial 6. Partida Sub-Parcial 99, Finalidad Administración Gubernamental, Función Relaciones Interiores. Ubicación Geográfica 82, "Aportes a Gobiernos Municipales y Comunales"

ARTICULO 5°: Autorízase a la Contaduría General de la Provincia a retener a la Municipalidad de San Lorenzo y la Comuna de Los Laureles, de conformidad a las posiciones deudoras que se convalidan en la Planilla Anexa "A" que forma parte integrante del presente decreto, el 0,5% (cincuenta centésimos por ciento) de la coparticipación mensual nominal total del mes inmediato anterior, de conformidad a los procedimientos establecidos en los artículos 4° 5° y 6° del Decreto N° 1.627 del 29 de Julio de 2005, hasta cancelar los saldos deudores finales de los Regímenes de Compensación de Deudas y Créditos instituidos por los Decretos N° 3469/93 y N° 0807/96 y sus modificatorios.

ARTICULO 6°: Dándose por concluidos los procedimientos y las actuaciones realizadas por la Autoridad de Aplicación con los Municipios y Comunas, en el marco de los Regímenes de Compensación de Deudas y Créditos, dispuestos por Decretos N° 3469/93 y N° 807/96 y sus modificatorios, la Municipalidad de Rosario no se incluirá en el Régimen de Saneamiento de las Obligaciones Recíprocas entre la Provincia y sus Municipalidades y Comunas previsto en el Título II - Capítulo II de la Ley N° 12.397 Complementaria del Presupuesto 2005, rigiendo en este caso lo dispuesto en el artículo 56° de dicha Ley.

ARTICULO 7°: El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Coordinador y de Hacienda y Finanzas.

ARTICULO 8°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

C.P.N. Rubén Héctor Michlig

C.P.N. Walter Alfredo Agosto

ANEXO "A"

Regímenes de Compensación de Deudas y Créditos - Decretos N° 3469/93 y 807/96 y sus modificatorios

DECRETOS 3469/93 DECRETOS 807/96 TOTALES

CODIGO ENTE DPTO DEBITOS CREDITOS DEBITOS CREDITOS DEBITOS CREDITOS SALDO

B-035 SAN LORENZO SLor 255.534,08 131.207,16 177.353,20 2.213.150,78 432.887,28 2.344.357,94 -1.911.470,66

B-041 VENADO TUERTO GLop 391.584,74 242.882,01 299.119,58 311.352,47 690.704,32 554.234,48 136.469,84

SUBTOTAL MUNICIPALIDADES DE 2° 647.118,82 374.089,17 476.472,78 2.524.503,25 1.123.591,60 2.898.592,42 -1.775.000,82

C-118 LOS LAURELES GObI 13.008,80 52.890,72 2.566,39 39.591,35 15.575,19 92.482,07 -76.906,88

C-250 ESTACION DIAZ SJer 13.076,45 10.977,32 4.111,66 1.057,83 17.188,11 12.035,15 5.152,96

SUBTOTAL COMUNAS 26.085,25 63.868,04 6.678,05 40.649,18 32.763,30 104.517,22 -71.753,92

TOTAL MUNICIPIOS Y COMUNAS 673.204,07 437.957,21 483.150,83 2.565.152,43 1.156.354,90 3.003.109,64 -1.846.754,74

Oblig. Tesoro Modificaciones presupuestarias

Intervención de modificaciones en lnstitución - Ejercicio: 2005

Jurisdicción: 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro

Número: 127

Estado,

Formulación

Expediente: 00301-0052009-4

Observaciones Institución: Posiciones Finales de Organismos Municipales y Comunales- Planilla Anexa "B"

Modificaciones relacionadas

SAF Número Expediente Estado Nivel Tipo de Reconducción

Aprobación modificación

1 128 0 0301-0052009-4 Formulación en nivel superior Rector Normal No

Detalle de modificaciones relacionadas

Gastos

SAF Número SAFoP Categoría Fuente Objeto Clasif. geogr. Finalidad Tipo Importe Reconducción

Modif. programática del gasto y función Modif.

1 128 0 94.8.0.0. - APORTES A ENTES VARI 111 - Tesoro Provincial 5.7.6.99 - Aportes a Gob.MMCC 0-0-0 1.5.0 - Rel. Interiores Ampl. 141.622,80 No

5.8.1.1 - Ap.de Cap. Entes Vs 0-0-0 .5.0 - Rel. Interiores Reduc. 141.622,80 No

Totales

Ampliación: 141.622,80 Reducción: 141.622,80 Saldo: 0,00

Totales intervención Gastos

Ampliación: 141.622,80

Reducción: 141.622,80

Saldo: 0,00

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