picture_as_pdf 2014-12-01

F9 S.R.L.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición de Sr. Juez de la Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe en autos caratulados: “F9 S.R.L. s/Designación de Autoridades” - Expte. Nº 944/2014 - se comunica que: Por resolución del Acta de Reunión de Socios Nº 13 de 05 septiembre de 2014, de “F9 S.R.L.”, se eligieron las autoridades y se distribuyeron los cargos respectivos quedando en consecuencia la Administración a cargo de: Socio Gerente: Pablo Andrés Filippa, norteamericano, casado, mayor de edad, D.N.I Nº 92.067.941, de profesión Ingeniero, domiciliado en Calle Pública 40 bis 3447 de la ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe, CUIT 20-92067941-3. Socio Gerente: Hernán Juan Filippa, argentino, casado, mayor de edad, D.N.I Nº 22.914.948, de profesión Ingeniero Agrónomo, domiciliado en Juan Manuel de Rosas 2195 de la ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe, CUIT 20-22914948-3. Socio Gerente: Gabriel Alejandro Filippa, argentino, casado, mayor de edad, D.N.I. N° 24.324.160, de profesión Ingeniero, domiciliado en Urquiza 5863 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, CUIT 20-24324160-0. Lo que se publica a sus efectos y por el término de la ley. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 246590 Dic. 1

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NUEVO BANCO DE SANTA FE

S.A.


AMPLIACION DE OBJETO


Por estar así dispuesto en autos caratulados: “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. s/AMPLIACIÓN DEL OBJETO, MODIFICACIÓN ART. 4°” (Expte. N° 748 Fe 92 Año 2014) de trámite por ante éste Registro Público de Comercio del Juzgado de la 1ra. Nominación de Santa Fe, donde se ha ordenado la siguiente publicación y se hace saber: que el texto ordenado del Estatuto Social que rige los designios del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. ha quedado redactado de la siguiente forma:

TITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION

ARTICULO 1: DENOMINACION Y REGIMEN LEGAL. Bajo la denominación Nuevo Banco de Santa Fe Sociedad Anónima, se constituye una sociedad anónima del derecho privado regida por las disposiciones del presente Estatuto, la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 y sus modificatorias, las normas legales que rigen la actividad bancaria y, en su caso, por las disposiciones que le sean aplicables del Código de Comercio y el Código Civil. El Nuevo Banco de Santa Fe Sociedad Anónima actuará como banco privado no oficial y, por lo tanto, la Provincia de Santa Fe no garantiza ni responde por sus operaciones u obligaciones.

ARTICULO 2: DOMICILIO. La Sociedad tiene su domicilio legal en la Ciudad de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales, delegaciones, agencias, oficinas o representaciones en toda la República Argentina y en el extranjero, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la materia. La sede social se fija en Tucumán 2545 - 2do. piso, pudiendo ser trasladada dentro del ámbito territorial de la ciudad de Santa Fe, con inscripción de su asiento en el Registro Público de Comercio.

ARTICULO 3: DURACION. El plazo de duración se fija en noventa y nueve años contados a partir de la inscripción de su constitución en el Registro Público de Comercio.

TITULO II

OBJETO

ARTICULO 4: OBJETO. La Sociedad tiene por objeto: a) dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada con terceros, a realizar todas las operaciones de intermediación financiera, de servicios y de inversión que, como banco comercial no resulten prohibidas por la Ley de Entidades Financieras N° 21.526, sus modificatorias y complementarias o por las normas del B.C.R.A. b) constituirse en agente financiero del Gobierno Provincial y caja obligada para el depósito de los recursos del fisco provincial, de los entes descentralizados y autárquicos y de los depósitos judiciales, excepto de aquellos fondos que, en virtud de disposiciones legales o reglamentarias nacionales o de organismos de financiación multilaterales, deban ser depositados en otra entidad financiera c) participar en la formación e integración de otras entidades financieras y participar en otras sociedades conexas a la actividad financiera; d) asimismo, podrá actuar como Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación - Integral de operaciones con valores negociables registradas en el marco de Mercados e intermediar en los mismos, en cualquiera de las subcategorías establecidas por las normas vigentes de la Comisión Nacional de Valores y como cualquier otro Agente con actividad compatible. Agente de administración de productos de inversión colectiva. Fiduciario de Fideicomisos, autorizado y registrado ante la Comisión Nacional de Valores y los Mercados correspondientes, pudiendo realizar todas las actividades y operaciones permitidas por la normativa vigente, adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todo tipo de actos relacionados al ejercicio de las mismas. Para todo ello, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

ARTICULO 5: OBJETIVOS. Sujeto a los criterios de rentabilidad, seguridad y eficiencia que determine el Directorio y los principios de la buena práctica bancaria, la Sociedad, dentro de la Provincia de Santa Fe, tenderá a fomentar y priorizar el acceso al crédito de los habitantes y actividades productivas radicadas en el territorio provincial; promover el desarrollo económico provincial; estimular la actividad económica personal de pequeños productores y cooperativas; la construcción y adquisición de viviendas; la incorporación y mejoramiento tecnológico de los sectores productivos santafesinos; promover y desarrollar el mercado local de capitales; asesorar financieramente al gobierno provincial mientras dure su carácter de agente financiero del mismo; y de todo aquello que acorde a su naturaleza, promueva y mejore las condiciones de vida, de trabajo, de producción y de cultura de la Provincia de Santa Fe.

TITULO III

CAPITAL SOCIAL, ACCIONES Y OTROS TITULOS

ARTICULO 6: CAPITAL SOCIAL Y CLASES DE ACCIONES. El capital social se fija en la suma de PESOS NOVENTA MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ 90.800.000,00) representado por NOVENTA MILLONES OCHOCIENTOS MIL (90.800.000) de acciones ordinarias escritúrales nominativas no endosables de valor nominal de UN PESO ($1,00) cada una, con derecho a (1) voto por acción. El capital se divide en dos (2) clases de acciones, identificadas como Clase A y Clase B, de las que OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHOSCIENTOS MIL (84.800.000) de acciones corresponden a la Clase A y SEIS MILLONES (6.000.000) a las acciones Clase “B”, destinadas al personal de la sociedad en un programa de propiedad participada.

ARTICULO 7: AUMENTOS DE CAPITAL. El capital social puede ser aumentado hasta el quíntuplo por decisión de la Asamblea Ordinaria, de conformidad con el Art. 188 de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550. Todo aumento de capital deberá ser aprobado guardando la proporción existente entre las distintas clases de acciones, salvo consentimiento expreso de la mayoría del capital social de cada una de ellas, prestado en asamblea especial de clase, y los demás casos admitidos por la legislación vigente. En cada oportunidad, respetando la proporción de cada una de las clases, se fijarán las características de las acciones a emitirse, pudiéndose delegar en el directorio la época de la emisión, forma y condiciones de pago.

ARTICULO 8: INTEGRACION Y PERMANENCIA DE LOS DERECHOS ESPECIALES DE CLASE. Los derechos especiales otorgados a la clase B en el presente estatuto se considerarán vigentes en tanto las mismas conserven una participación mínima del uno por ciento (1%) en el capital social. Si en cualquier momento la clase B hubiere quedado reducida a una participación menor, la asamblea general ordinaria podrá resolver la conversión de dicha clase en acciones clase A. La resolución que disponga la conversión será irrevocable. Las decisiones de la Sociedad que afecten los derechos especiales de alguna clase, deberán contar con la ratificación o el consentimiento expreso de dicha clase prestado en asamblea especial.

ARTICULO 9: EMISION DE ACCIONES, DEBENTURES Y OTROS TITULOS. Las acciones que en el futuro se emitan serán escritúrales nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas podrán tener derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, y/o podrá también fijárseles una participación adicional en las ganancias tener preferencia en el reembolso del capital en caso de liquidación de las Sociedad, todo ello conforme a las condiciones de su emisión. Las acciones preferidas se emitirán sin derecho a voto. También podrá emitir otros tipos de acciones autorizadas por las disposiciones legales o reglamentarias vigentes. La emisión de acciones, de obligaciones negociables, debentures y cualquier otro título, será resuelta por la asamblea ordinaria salvo cuando la ley requiera su resolución por una asamblea extraordinaria.

ARTICULO 10: CONTENIDO DE LOS TITULOS Y CERTIFICADOS. Las acciones y los certificados de acciones escritúrales contendrán las-menciones establecidas en los Arts. 207, 211 y 212 de la Ley de Sociedades Comerciales No 19.550 y en el Decreto 259/96 reglamentario de la Ley de Nominatividad de Títulos Valores Privados N° 24.587. Los certificados de titularidad de acciones Clase B contendrán la transcripción íntegra del Artículo decimotercero. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción.

ARTICULO 11: DERECHO DE PREFERENCIA Y ACRECER. Los accionistas titulares de acciones ordinarias tendrán derecho preferente en la suscripción de nuevas acciones y de todo otro título convertible en acciones que se emitan en proporción a sus tenencias. Los tenedores de acciones ordinarias tendrán preferencia para la suscripción de acciones preferidas en proporción a sus tenencias, sin discriminación de clases. Toda reducción de capital, y rescate de acciones deberá respetar la proporcionalidad entre todas las clases.

ARTICULO 12: MORA EN LA INTEGRACION. En caso de mora en la integración de las acciones, el Directorio deberá proceder de acuerdo con lo determinado por el Art. 193, segundo párrafo, de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550.

ARTICULO 13: NOTIFICACION DE TRANSFERENCIA DE ACCIONES. La transferencia de acciones o la constitución de cualquier derecho real sobre las mismas deberán ser notificadas por escrito a la Sociedad, La transferencia de acciones no surtirá efectos ante la Sociedad ni ante terceros mientras no se inscriba en el libro de registro de acciones que se llevará con los recaudos dispuestos por la legislación aplicable.

TITULO IV

PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA

ARTICULO 14: DESTINATARIOS DEL PROGRAMA. Las acciones de clase B, quedarán afectadas a un programa de Propiedad Participada, pudiendo ser titulares de las mismas únicamente los empleados del Banco Santa Fe S.A., que se incorporen al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y se adhieran a dicho Programa. Cuando se tenga la libre disponibilidad de las acciones se podrá transferir teniendo siempre preferencia en igualdad de precios los empleados del Banco, no pudiendo comprar los titulares de las clases A. También podrán ser titulares de acciones de clase B sociedades de inversión u otras personas jurídicas constituidas exclusivamente por los empleados en las condiciones antes mencionadas.

ARTICULO 15: AUMENTO DE CAPITAL Y CAMBIO DE CLASE. En todo aumento de capital, en caso de que quedaren acciones clase “B” no suscriptas por ninguno de los sujetos indicados en la cláusula precedente, se convertirán en acciones de clase A o serán canceladas. Si por éste o por cualquier otro motivo la clase “B” viera reducida su participación accionaria en el total de la Sociedad por debajo de su participación inicial, los accionistas de la Clase A, la Sociedad y los socios de las demás clases se obligan a acatar la decisión de la Asamblea de accionistas de la Clase B que solicite aumentar el capital social mediante la emisión únicamente de acciones de clase B, hasta alcanzar nuevamente su participación patrimonial y política inicial. Comunicada la decisión de la clase “B” al Directorio éste deberá llamar a Asamblea en el plazo de tres meses a efectos de tratar el aumento de capital correspondiente. En este caso, se entiende que los accionistas Clase A de las otras clases renuncian anticipadamente a su derecho de preferencia y acrecer en su carácter de accionista del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y por adhesión al presente estatuto.

TITULO V

ADMINISTRACION

ARTICULO 16: DIRECTORIO. La sociedad será administrada por un directorio compuesto de cinco (5) a diez (10) miembros, conforme lo establezca la asamblea. Los directores designados durarán en su cargo tres ejercicios. La asamblea podrá designar directores suplentes en igual o menor número que los titulares elegidos por cada clase, según lo resuelva cada clase.

ARTICULO 17: PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN. Para la elección de los directores se establece el siguiente procedimiento: a) Constituida la asamblea general ordinaria, la misma determinará, el número de directores titulares y suplentes que conformarán el directorio, b) Acto seguido los accionistas tenedores de cada clase se constituirán en asamblea especial conforme al Art. 250 de la Ley 19.550, a fin de designar los directores que les correspondiere. Dentro de cada clase no corresponderá el ejercicio del voto acumulativo, c) El derecho a designar directores será distribuido de la siguiente manera: (i) los accionistas de clase B designarán un (1) director titular, (ii) los accionistas de clase A designarán la totalidad de los restantes directores titulares, que en ningún caso podrán representar menos que la mayoría absoluta de los miembros titulares del directorio. Mientras esté vigente el actual Contrato de Vinculación con el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, o un nuevo contrato de vinculación de características similares que contenga como mínimo las mismas condiciones otorgadas al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. por el contrato vigente, el accionista Clase A está autorizado por este Estatuto a solicitarle al Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe que nomine a una persona para ocupar un lugar en el Directorio, quien ejercerá dicho cargo previa designación por la asamblea y la correspondiente autorización del Banco Central de la República Argentina, d) Los directores suplentes de cada clase si los hubiere reemplazarán, en el orden de su designación a los titulares elegidos por su misma clase ante cualquier impedimento o ausencia, temporal o definitiva del titular. El director suplente se podrá incorporar a las reuniones del Directorio ante la ausencia del titular de la misma clase - y de los suplentes que lo preceden en el orden de elección, si los hubiere -, sin necesidad de autorización ni decisión del órgano. En caso que no se hubieran designado suplentes, los síndicos designados por la misma clase del director titular impedido o ausente, designarán al reemplazante quien ocupará el cargo hasta la celebración de una asamblea ordinaria, e) Sólo si no hubiera concurrido ningún accionista tenedor de acciones de una clase determinada, los directores respectivos serán designados por la asamblea general, pero considerándose a éstos como representantes de la clase a los efectos de su remoción, reemplazo, renuncia, etc. f) En caso de renuncia, remoción, impedimento o incapacidad del director de una clase, y si todos los suplentes designados se hallaren en idéntica situación, la respectiva clase, en asamblea convocada al efecto, elegirá al director que lo reemplace y su nombramiento se extenderá hasta completar el mandato del director reemplazado.

ARTICULO 18: GARANTIA. Los directores deberán prestar una garantía adecuada a las exigencias del B.C.R.A., no siendo necesaria la constitución de ninguna otra garantía específica ante la Sociedad.

ARTICULO 19: DESIGNACION DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE. El directorio en la primera reunión luego de su elección y siempre que la propia Asamblea no lo hubiere hecho, elegirá de entre sus miembros al Presidente y uno o más Vicepresidentes que reemplazarán al Presidente en caso de ausencia o impedimento, en el orden de prelación que se establezca en su designación. El Presidente y los Vicepresidentes deberán ser Directores elegidos por la Clase A, salvo resolución unánime de los directores de está clase o decisión de la asamblea general.

ARTICULO 20: REUNIONES. El Directorio se reunirá, por lo menos, una vez cada tres (3) meses en las fechas y en los lugares que el mismo establezca al término de cada reunión, sin perjuicio de las reuniones que se pudieren celebrar por pedido de cualquier director o síndico. Las convocatorias a las reuniones de Directorio se efectuarán de conformidad con lo dispuesto por el artículo 267 de la Ley 19.550. En todos los casos la convocatoria deberá indicar los temas a tratar. El Directorio sesionará válidamente con la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes. Las resoluciones se adoptarán por la mayoría de votos presentes.

ARTICULO 21: REPRESENTACIÓN LEGAL. La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente y al Vicepresidente del Directorio, en forma indistinta; sin perjuicio de los poderes que el Directorio puede otorgar en caso de ausencia o impedimento de ambos o de cualquiera de ellos.

ARTICULO 22: FACULTADES. El Directorio tiene todas las facultades para dirigir los negocios sociables y administrar y disponer de los bienes, conforme a la ley y a este estatuto, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme a los Arts. 782, 806 y 1881 del Código Civil y el Art. 9° del Decreto Ley 5965/63. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con todas las instituciones del crédito oficiales o privadas; abrir sucursales o cualquier otra especie de representación dentro o fuera del país y otorgar a una o más personas poderes judiciales - inclusive para querellar criminalmente - o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente.

TITULO VI

FISCALIZACION

ARTICULO 23: COMISIÓN FISCALIZADORA. La Fiscalización de la Sociedad será ejercida por una Comisión Fiscalizadora integrada por 3 (tres) Síndicos Titulares. Uno (1) de ellos será designado por los accionistas de la clase B, mientras que los otros 2 (dos) serán designados por los accionistas de la clase A. Los síndicos durarán tres (3) ano en el ejercicio de sus funciones, y tendrán las atribuciones y deberes del Art. 294 de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550. Simultáneamente, y en la misma forma, y por el mismo plazo se elegirán Síndicos Suplentes, quienes reemplazarán a los respectivos titulares en caso de ausencia o impedimento del titular de la clase. La Comisión Fiscalizadora deberá reunirse por lo menos una vez por mes o cuando cualquiera de sus integrantes lo requiera. Sesionará válidamente con la presencia de dos de sus integrantes y adoptará las resoluciones por el voto favorable de la mayoría de los votos emitidos en cada caso, sin perjuicio de los derechos, atribuciones y deberes del Artículo 294 de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 que tendrá, en todo caso, el síndico disidente. La Comisión Fiscalizadora llevará un libro de actas.

TITULO VII

GOBIERNO

ARTICULO 24: ASAMBLEAS ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS. Las asambleas serán ordinarias o extraordinarias de conformidad al temario sometido a su consideración, ajustándose para ello a lo que disponen los Arts. 234 y 235 de la Ley de Sociedades Comerciales. Las asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias, se convocarán por publicaciones durante cinco días, con diez de anticipación por lo menos, y no más de treinta días, en el diario de publicaciones legales y en un diario de los de mayor circulación general en toda la República. Ello salvo los casos de asamblea unánime, en que se estará a lo dispuesto en el Art. 237, última parte, de la Ley de Sociedades Comerciales. Toda Asamblea puede ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria. Esta última podrá ser celebrada el mismo día, una hora después de la fijada para la primera convocatoria. De no efectuarse en forma inmediata, la asamblea en segunda convocatoria deberá celebrarse dentro de los 30 (treinta) días siguientes.

ARTICULO 25: QUORUM Y MAYORÍAS.- Las asambleas ordinarias se considerarán constituidas con la presencia de accionistas que representen la mayoría de las acciones con derecho a voto. En la segunda convocatoria, la asamblea ordinaria se considerará constituida cualquiera sea el número de acciones con derecho a voto presente. A su vez, las asambleas extraordinarias se considerarán constituidas con la presencia de accionistas que representen el sesenta por ciento (60%) de las acciones con derecho a voto. En la segunda convocatoria, las asambleas extraordinarias se considerarán constituidas con la concurrencia de accionistas que representen el treinta por ciento (30%) de las acciones con derecho a voto. En todos casos, las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos presentes que puedan emitirse en la respectiva decisión. En ningún caso, inclusive en las asambleas especiales de clase, podrá ejercerse el voto acumulativo.

ARTICULO 26: ASAMBLEA DE CLASE. Las asambleas de clase se reunirán con las mismas formalidades y requisitos que las asambleas ordinarias y, en su caso, serán convocadas juntamente con ellas, pudiendo sesionar conjuntamente. De todas las asambleas de clase deberá labrarse acta que se incluirá en el libro de actas de asambleas de la Sociedad.

ARTICULO 27: REPRESENTACIÓN. Conforme a lo dispuesto en el Art. 239 de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 los accionistas podrán hacerse representar en las asambleas mediante carta-poder en instrumento privado con las firmas certificadas en forma judicial, notarial o bancaria.

ARTICULO 28: ASISTENCIA. Para tomar parte de las Asambleas, se requiere que los accionistas cumplan con lo previsto en el Art. 238 de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550.

TITULO VIII

BALANCE Y DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES

ARTICULO 29: CIERRE DE EJERCICIO. El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones vigentes y normas técnicas de la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y denunciándola a la autoridad de control.

ARTICULO 30: DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES. De las utilidades líquidas y realizadas que resulten, se distribuirá: a) El cinco por ciento (5%) al fondo de reserva legal hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital suscripto, salvo mayores requerimientos emergentes de la situación de la Sociedad y de las disposiciones del B.C.R.A.; b) La suma que, ajustándose a las disposiciones legales vigentes, se determine para retribución de los integrantes del Directorio; c) La suma que se determine para retribución de los integrantes de la Comisión Fiscalizadora; d) La suma que se determine para dividendos de las acciones preferidas, si las hubiere, con prioridad para los acumulativos impagos; e) En su caso, a la amortización parcial o total de las acciones de participación emitidas; f) El saldo, en todo o en parte, a distribución de dividendos o reservas facultativas o al destino que establezca la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro de los (3) tres meses siguientes al de su aprobación. Los dividendos no cobrados dentro de los 3 (tres) años a contar desde la fecha en que fueron públicamente puestos a disposición de los accionistas, caducarán de pleno derecho y quedarán - sin necesidad de declaración alguna - a beneficio de la Sociedad.

ARTICULO 31: BONO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL. La Sociedad emitirá a favor de su personal un bono de participación en las ganancias netas y distribuidas bajo la forma de dividendos en dinero, equivalente al MEDIO POR CIENTO (0,5%) de éstas, en los términos del artículo 230 de la Ley de Sociedades 19.550 y artículo 29 de la Ley 23.696. Los bonos serán asignados al personal en una cantidad que resulte de su retribución mensual, antigüedad y cargas de familia conforme a la distribución originaria prevista para las acciones clase “B” en el Programa de Propiedad Participada. Dicha asignación será destinada al trabajador en un 50% de su valor y el 50% restante del valor del bono, será destinado a cancelar las acciones adquiridas por’ los trabajadores dentro del marco del Programa de Propiedad Participada. Los títulos representativos de los bonos son personales e intransferibles y su titularidad se cancelará al extinguirse la relación laboral, cualquiera fuere su causa. Anualmente la Sociedad recalculará el coeficiente que corresponda a cada empleado en función del número de los mismos al cierre del ejercicio, dividiendo el 0,5% referido por la cantidad de empleados a dicho momento, corregido por el coeficiente individual. La Sociedad emitirá recibos manuales o de computación certificados por ella, los que contendrán todos los requisitos previstos en la legislación vigente en la materia. Las condiciones de emisión de los bonos sólo serán modificables por asamblea especial convocada en los términos de los artículos 237 y 250 de la Ley 19.550. La participación correspondiente a los bonistas será computada como gasto y exigible en las mismas condiciones que el dividendo.

TITULO IX

DISOLUCION Y LIQUIDACION

ARTICULO 32: LIQUIDACION. Ocurrida la disolución de la Sociedad, la liquidación será efectuada según las disposiciones pertinentes de la Ley de Entidades Financieras y normas concordantes. En su defecto, la liquidación será realizada por el Directorio, bajo la vigilancia de la Comisión Fiscalizadora. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital el remanente se repartirá entre los accionistas en proporción a las respectivas integraciones y en caso de emitirse acciones preferidas respetando siempre las eventuales preferencias de dichas acciones para el caso de liquidación de la Sociedad. Santa Fe, 24 de Octubre de 2014. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 900 248015 Dic. 1

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LOS CINCO S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación a cargo de: Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe en autos caratulados “LOS CINCO S.A. s/Designación de Autoridades s/Cambio de Sede Social” Expte. Nº 1811, F° 45 año 2012-se comunica que:

Por Acta Constitutiva de fecha 9 de Octubre de 2011, los señores accionistas de “Los Cinco S.A. resuelven conformación del nuevo Directorio:

Presidente del Directorio - Director Titular: Sr. Sergio Daniel Messing domiciliado en Pje. Rodríguez Nº 3526 de la ciudad de Santa Fe.

Director Suplente: Sr. Marcelo Pablo Messing, domiciliado en Barrio la Tatenguita Santo Tomé.

Y fijan como nueva sede social para todos los fines legales y fiscales el inmueble de calle Santiago del Estero 2645 - Piso 13 de la ciudad de Santa Fe, provincia del mismo nombre. Santa Fe, 14 de Noviembre de 2014.

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SUPLEMENTOS MEDICOS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: SUPLEMENTOS MEDICOS S.R.L. s/Cesión de Cuotas, Mod. art. 4°”, Expte. Nº 1037, Año 2.014, en trámite por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que, el día 30 de Julio de 2013, el socio cedente Sr. Luciano Martín Budini, D.N.I. N° 25.126.754, ha cedido y transferido a favor de la Sra. Josefina Noseda D.N.I. N° 28.939.992, las siguientes cantidades de cuotas sociales de la entidad. Suplementos Médicos S.R.L.”, a saber: (1) cuota de capital de la Sociedad Suplementos Médicos S.R.L., de pesos dos mil ($ 2.000). El precio de la cesión se estableció en la suma única, total y definitiva de Pesos Diez Mil ($ 10.000), que fueron abonados por la cesionaria en el acto. En consecuencia, la cláusula 4° del contrato social ha quedado redactada de la siguiente manera: Cuarta: El capital social se fija en la suma de pesos veinte mil ($ 20.000), dividido en 10 cuotas iguales de valor nominal dos mil pesos ($ 2.000) cada una, que quedan suscriptas e integradas de la siguiente manera: El Sr. Gastón Ignacio Amado es titular de nueve (9) cuotas que se encuentran totalmente integradas por la suma de pesos dieciocho mil ($ 18.000) y la Sra. Josefina Noseda es titular de una (1) cuota que se encuentra totalmente integrada de pesos dos mil ($ 2.000). Se transcribe el decreto que ordena la presente publicación: “Santa Fe, 04 de noviembre de 2014 ... publíquese edicto. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre. Secretario”. Santa Fe, 13 de Noviembre de 2014.

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OVIDIO LAGOS S.A.


INSCRIPCION DE DIRECTORIO


Se hace saber que por acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 8 de julio 2014 se designó el nuevo directorio y por acta de Directorio de fecha 12 de julio 2014 se distribuyeron los cargos de directorio quedando el directorio constituido de la siguiente manera: Presidente: Rafael Caronna, D.N.I. N° 10.271.232, Director suplente: Norberto Valerio Castro, D.N.I. Nº 8.524.555. Los miembros del Directorio constituyen domicilio especial - art. 256 ley 19550 - en la sede social sito en calle Sarmiento N° 763, de Rosario.

$ 45 248048 Dic. 1

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PEDRO BRAVIN S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados PEDRO BRAVIN S.A. s/DESIGNACION DE AUTORIDADES, Expte. Nº 1050 Fº 102 Año 2014, que se tramitan por ante el Registro Público de Comercio del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 19/05/2014 se ha procedido a la designación de un nuevo directorio compuesto por: Presidente: Esteban Manuel Bravin, argentino, nacido el 7 de octubre de 1984, de estado civil soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Gral. Roca 1101 de la localidad de Carlos Pellegrini, D.N.I. Nº 30.643.479, C.U.I.T. N° 23-30643479-9. Vicepresidente: Luciano Pedro Bravin, argentino, nacido el 11 de febrero de 1990, de estado civil soltero, de profesión estudiante, con domicilio en Gral. Roca 1101 de la localidad de Carlos Pellegrini, D.N.I. N° 34.781.345, C.U.I.T. Nº 20-34781345-2. Director Titular: Javier Félix Bravin, argentino, nacido el 8 de junio de 1995, de estado civil soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Gral. Roca 1101 de la localidad de Carlos Pellegrini, D.N.I. N° 38.983.005, C.U.I.T. N° 20-38983005-5. Director Titular: Pedro Félix Bravin, argentino, nacido el 30 de octubre de 1958, de estado civil casado, de profesión comerciante, con domicilio en Gral. Roca 1101 de la localidad de Carlos Pellegrini, D.N.I. N° 13.145.359, C.U.I.T. N° 20-13145359-1. Directora Titular: Adriana Beatriz Bussetti, argentina, nacida el 29 de mayo de 1963, de estado civil casada, de profesión comerciante, con domicilio en Gral. Roca 1101 de la localidad de Carlos Pellegrini, D.N.I. Nº 16.655.404, C.U.I.T. Nº 27-16655404-2. Directora titular: Antonela María Bravin, argentina, nacida el 28 de octubre de 1983, de estado civil casada, de profesión Médica, con domicilio en Gral. Roca 1101 de la localidad de Carlos Pellegrini, D.N.I. Nº 30.643.410, C.U.I.T. Nº 27-30643410-7. Director Suplente: Horacio Daniel Bussetti, argentino, nacido el 15 de enero de 1969, de estado civil divorciado, de profesión Perito Clasificador de Cereales, Oleaginosas y Legumbres, con domicilio en Sarmiento 936 - 3er. Piso - Depto. B de la ciudad de San Jorge; D.N.I. Nº 20.507.839, C.U.I.T. Nº 20-20507839-9. Santa Fe, 14 de Noviembre de 2014. Fdo. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 248004 Dic. 1

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ESTABLECIMIENTO AGRICOLA DON MIGUEL S.A.


AUMENTO CAPITAL SOCIAL


Los accionistas Sr. David Jesús Giuliano, argentino, productor agropecuario, de 45 años de edad, nacido el 27 de Diciembre de 1968, titular del Documento Nacional de Identidad número 20.478.543, casado en primeras nupcias con María Cecilia Larrambebere, domiciliado en Lisandro de la Torre 1338 de la localidad de Arequito, con C.U.I.T. 20-20478543-1 y el Sr. Román Miguel Giuliano, argentino, productor agropecuario, de 51 años de edad, nacido el 18 de Marzo de 1963, titular del Documento Nacional de Identidad numero 16.355.925, casado en primeras nupcias con Silvia Marcela Miliszkevich, domiciliado en Lisandro de la Torre 1338 de la localidad de Arequito, con C.U.I.T. 20-16355925-1; mediante Asamblea General Extraordinaria Nº 8 y Nº 10 ratificativa de la primera, resolvieron el aumento del Capital Social, mediante al aporte de bienes muebles, manteniendo las proporciones originales por la suma de $ 282.000.00 delegando en el Directorio la época de emisión de las acciones, quedando la nueva redacción del artículo V como sigue:

Artículo IV: El capital social lo constituye la suma de pesos Trescientos Veintidós Mil ($322.000.00), representado por Trescientas Veintidós Mil acciones de un valor nominal de Un peso ($1.00) cada una. Podrán extenderse títulos representativos de más de una acción.

$ 45 248062 Dic. 1

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AER GESTION S.A.


ELECCION DE DIRECTORIO


Se hace saber que a los 2 días del mes de Septiembre de 2013 los accionistas de AER GESTION S.A. Sres. Germana M. Figueroa Casas, Carlos Manuel Aletta de Sylvas, Gustavo J. Enz, Charles B. Roberts y Mario G. Gaspar, quienes representan la totalidad del capital social, han decidido en forma unánime lo siguiente: A) Aprobar por unanimidad la gestión del Directorio; B) Elegir por unanimidad como miembro del Directorio y Presidente del mismo a Germana María Figueroa Casas, C.U.I.T. 27-18495941-6, argentina, contadora, con domicilio especial en calle Corrientes 751 P. 5° Of. B de Rosario, y elegir por unanimidad como miembro del Directorio y Suplente a Carlos Manuel Aletta de Sylvas, C.U.I.T. 20-6061333-9, argentino, abogado, con domicilio especial en calle Corrientes 751 P. 5° Of. B de Rosario, quienes aceptaron el cargo.

Rosario, 20 de Noviembre de 2014.

$ 45 248061 Dic. 1

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MR GROUP S.R.L.


CONTRATO


Se hace saber la siguiente constitución de sociedad:

Denominación: “MR GOUP S.R.L.”

Integrantes: Señora Danese María Eugenia, DNI. 26761411, CUIT 27-26761411-9, de nacionalidad argentina, casada, de profesión comerciante, domiciliada en Córdoba 44 de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos, provincia de Buenos Aires, nacida el 7 de agosto de 1978; y el Señor Rollan Marcelo Alejandro, DNI. 21415745, CUIT 20-21415745-5, de nacionalidad argentino, casado, de profesión comerciante, domiciliado en calle Guatemala 634 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, nacido el 12 de febrero de 1970.

Domicilio: Guatemala 634, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Duración: 10 años desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto social: venta por Internet de artículos de ferretería industrial.

Capital y Cuotas: el capital social será de pesos Cien mil ($100.000), dividido en mil cuotas de capital de valor nominal de pesos cien ($100) cada una, suscripto e integrado de la siguiente manera: la Señora Danese María Eugenia suscribe e integra quinientas cincuenta cuotas de capital de valor nominal pesos cien ($100), equivalentes a pesos cincuenta y cinco mil ($55.000); y el señor Rollan Marcelo Alejandro suscribe e integra cuatrocientos cincuenta cuotas de capital de valor nominal pesos cien ($100) equivalentes a pesos cuarenta y cinco mil ($45.000). Los aportes se efectuaran en su totalidad en efectivo.

Administración y representación: la administración, dirección y representación de la sociedad, así como el uso de la firma social, estará a cargo de la Señora Danese María Eugenia, en carácter de socio -gerente designado por el plazo de duración de la sociedad.

Cierre del ejercicio comercial: el 31 de diciembre de cada año.

Rosario, 20 de Noviembre de 2014.

$ 57 247957 Nov. 27

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PUERTOS S.R.L.


ACTA DE REUNION DE SOCIOS


En la ciudad de Rosario, a los 22 días del mes de agosto de 2014, siendo las 14 hs., se reúnen en la sede social de Puertos S.R.L., los señores socios representantes del 100% del capital social a efectos de considerar los siguientes ordenes del día:

1) Modificación de la cláusula Segunda del Contrato Social, Objeto. La Cláusula Segunda del Contrato Social, quedará redactada de la siguiente manera:

Segunda: Objeto: La sociedad tendrá por objeto el corretaje de cereales, legumbres, oleaginosas, aceites y subproductos. Así mismo podrá actuar como comisionista, mandataria, comprar, vender, acopiar, importar y exportar cereales, oleaginosas, forraje, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos y todo tipo de productos relacionados con la actividad agropecuaria, ya sea por cuenta propia, de terceros o asociados con terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del exterior. Desarrollar actividades en la órbita del Mercado de Capitales regulado por la ley 26.831. Desempeñando funciones en alguna de las categorías comprendidas en la ley, sus modificatorias y las que en el futuro puedan sustituirlas en tanto no sean incompatibles conforme a las normativas vigentes, sus modificatorias y complementarias. Para el cumplimiento de su objeto social, tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no le sean prohibidos por leyes o el presente estatuto, ajustándose su funcionamiento a las normas legales y reglamentaciones que le sean aplicables. Su objeto también incluye negociaciones de exportación e importación, efectuar y recibir consignaciones, y dar o tener agencias, todo relacionado con las operaciones antes mencionadas, podrá igualmente formará parte de otras sociedades, fusionarse, participar de ellas, formar agrupaciones de colaboración empresario y uniones de empresas, intervenir en licitaciones públicas o concursos de precios.

2) Modificar el domicilio legal.

Los socios deciden adecuar el domicilio legal y fiscal de la sociedad, el cual quedará establecido en la calle Sarmiento 756, piso 7, oficina 1, de la ciudad de Rosario. Ambos socios aprueban la moción.

$ 67 247946 Nov. 27

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DEPORT MEDIC S.R.L.


MODIFICACIÓN CONTRATO SOCIAL


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la Ciudad de Rosario se hace saber el siguiente Edicto:

En fecha 10 de Noviembre de 2014 se ha procedido a modificar el Contrato Social, en sus Cláusulas Tercera, Cuarta y Quinta: Duración, Objeto y Capital Social. Las Cláusulas quedan establecidas de la siguiente forma:

Tercera: Duración: El término de duración se fija en cinco años a partir del vencimiento, es decir hasta el 20/12/2019.

Cuarta: Objeto: “DEPORT MEDIC” SRL. tendrá por objeto la realización de servicios de prestaciones médicas en general y rehabilitación física.

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de Cien Mil Ochocientos Pesos ($100.800,00), dividido en Ochocientos Cuarenta cuotas de ciento veinte pesos ($ 120,00) cada una, suscriptas e integradas totalmente por los socios de la siguiente manera: socia Carolina Beatriz D’Elia: doscientas diez (210) cuotas de Valor Nominal Pesos ciento veinte ($ 120,00) cada una, o sea Valor Nominal total Pesos Veinticinco mil doscientos($ 25.200,00); socio Víctor Hugo Alfredo Noschese: doscientas diez (210) cuotas de Valor Nominal Pesos ciento veinte ($ 120,00) cada una, o sea Valor Nominal total Pesos Veinticinco mil doscientos($ 25.200,00); socio Martín Esteban D’Elia: doscientas diez (210) cuotas de Valor Nominal Pesos ciento veinte ($ 120,00) cada una, o sea Valor Nominal total Pesos Veinticinco mil doscientos($ 25.200,00); socia Ana María López: doscientas diez (210) cuotas de Valor Nominal Pesos ciento veinte ($ 120,00) cada una, o sea Valor Nominal total Pesos Veinticinco mil doscientos($ 25.200,00).

$ 57 247934 Dic. 1

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SANTA SYLVINA S.A.


INSCRIPCION DIRECTORIO


A los efectos de su inscripción en el Reg. Púb. de Comercio con el Patrocinio de 1a Dra. C.P. Rosalía Sambuelli se publica por el término de Ley. Se procedió por Asamblea General Ordinaria de fecha 30/10/2014 a 1a designación del Directorio, por dos (2) ejercicios económicos, es decir hasta 1a Asamblea General Ordinaria que trate el ejercicio económico n° 26, que cerrará el 30/06/2016.- Presidente: Sylvina Morgantini de Boglione; Vicepresidente: Federico José Boglione; Director Titular: Sylvina María Boglione de Vázquez; Director Titular: Jorge Alberto Yordano; Director Titular: Daniel Omar Poblete; Director Titular: Raúl Morelli; Presidente: Sylvina Morgantini de Boglione, argentina, nacida e1 09/03/1946, comerciante, viuda en la nupcias de Federico Eduardo Boglione, domiciliada en calle Madres de Plaza 25 de Mayo N° 3020 - Piso 7° - Oficina 9 de 1a ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con D.N.I. n° 5.172.277, CUIT n° 27-05.172.277-4.-

Vicepresidente: Federico José Boglione, argentino, nacido e1 15/03/1967, contador, casado en la nupcias con Sabrina del Lujan Castelli, domiciliada en calle Madres de Plaza 25 de Mayo N° 3020 - Piso 7° - Oficina 6 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con D.N.I. nº 18.242.778, C.U.I.T. n° 20-18.242.778-1.-

Director Titular: Sylvina María Boglione de Vázquez, argentina, nacida el 22/05/1969, comerciante, casada en la nupcias con Juan Cruz Vázquez, domiciliada en calle Madres de Plaza 25 de Mayo N° 3020 - Piso 7° - Oficina 8 de la ciudad de Rosario, Provinda de Santa Fe, con D.N.I. n° 20.298.714, C.U.I.T. n° 27-20.298.714-7.- Director Titular: Jorge Alberto Yordano, argentino, nacido el 04/05/1954, contador, casado en 1ª. nupcias con Claudia Alicia Krause, domiciliado en calle José C. Paz n° 1326 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con D.N.I. n° 11.270.290, C.U.I.T. n° 20-11.270.290-4.- Director Titular: Daniel Omar Poblete, argentino, nacido e1 21/10/1956, contador, casado en 1ª. nupcias con Nora Beatriz López, domiciliado en Madres de Plaza 25 de Mayo N° 3020 - Piso 7° - Oficina 8 de 1a ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con D.N.I. n° 12.524.603, C.U.I.T. n° 20-12.524.603-7.- Director Titular: Raúl Morelu, argentino, nacido el 14/10/1961, comerciante, casado en 1ª. nupcias con Claudia Ana Morelli, domiciliado en calle 25 de Mayo N° 756 de la localidad de Totoras, Provincia de Santa Fe, con DNI. 14.509.469, CUIT n° 20-14.509.469-1.

$ 60 248057 Dic. 1

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EL CENCERRO S.A.


INSCRIPCION DIRECTORIO


A los efectos de su inscripción en el Reg. Púb. de Comercio con el Patrocinio de la Dra. C.P. Rosalía Sambuelli se publica por el término de Ley.

Se procedió por Asamblea General Ordinaria de fecha 25/08/2014 a la designación del Directorio, por Dos (2) ejercicios económicos, es decir hasta 1a Asamblea General Ordinaria que trate el ejercicio económico n° 26, que cerrará e1 30/04/2016.

Presidente: Sylvina Morgantini de Boglione: Vicepresidente: Federico José Boglione; Director Titular: Sylvina María Boglione de Vázquez; Director Titular: Guillermo Luis Veneranda; Director Titular: Jorge Alberto Yordano; Director Titular: Pedro Alberto Vacca.

Los electos aceptan los cargos para 1os que fueran designados cada uno.-

Todos ellos proceden a informar sus datos de identidad: Presidente: Sylvina Morgantini de Boglione, argentina, nacida e1 09/03/1946, comerciante, viuda en la nupcias de Federico Eduardo Boglione, domiciliada en calle Madres de Plaza 25 de Mayo n° 3020 - Piso 7° - Oficina 9 - Rosario, D.N.I. nº 5.172.277, CUIT n° 27-05.172.277-4.- Vicepresidente: Federico José Boglione, argentino, nacido el 15/03/1967, de profesión contador, de estado civil casado en la nupcias con Sabrina del Lujan Castelli, domiciliado en calle Madres de Plaza 25 de Mayo n° 3020 - Piso 7° - Oficina 6 - Rosario, con D.N.I. n° 18.242.778, CUIT n° 20-18.242.778-1.- Director Titular: Sylvina María Boglione de Vázquez, argentina, nacida el 22/05/1969, comerciante, casada en 1ª. nupcias con Juan Cruz Vázquez, domiciliada en calle Madres de Plaza 25 de Mayo n° 3020 - Piso 7° - Oficina 8 - Rosario, D.N.I. n° 20.298.714, CUIT n° 27-20.298.714-7.- Director Titular: Guillermo Luis Veneranda, argentino, nacido el 14/11/1960, de profesión veterinario, de estado civil divorciado en 1ª. nupcias con Flavia Mencucci (Resolución n° 1984), domiciliado en calle Madres de Plaza 25 de Mayo n° 3020 - Piso 6° - Oficina 9 - de Rosario, con D.N.I. n° 13.903.672, CUIT n° 20-13.903.672-8.- Director Titular: Jorge Alberto Yordano, argentino, nacido el 04/05/1954, de profesión contador, de estado civil casado en 1ª. nupcias con Claudia Alicia Krause, domiciliado en calle José C. Paz n° 1326 - de Rosario, con D.N.I. n° 11.270.290, CUIT n° 20-11.270.290-4.- Director Titular: Pedro Alberto Vacca, argentino, nacido el 28/02/1952, de profesión ingeniero, de estado civil casado en 1ª. nupcias con Mabel Susana Giménez, domiciliado en calle Salta n° 2356 - 1° A de Rosario, con DNI. Nº 10.068.425, CUIT n° 20-10.068.425-0.

$ 60 248055 Dic. 1

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VELMON S.R.L.


CONTRATO SOCIAL


Administración y Representación: La administración de la sociedad estará a cargo de las socias Venturino Vanesa Lorena y Montedoro Ayelen, que asumen el cargo de socias gerentes y que obligarán válidamente a la sociedad mediante su firma individual y debajo el sello aclaratorio de la misma que también destaque que es socio gerente de la sociedad con uso de la firma social.

$ 45 248050 Dic. 1

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MBC DESARROLLOS S.R.L.


CONTRATO


Socios: Luciano Alfredo Borra de apellido materno Villegas, argentino, D.N.I. 29.552.517, CUIT 20-29552517-8, con fecha de nacimiento el 25 de junio de 1982, abogado, de estado civil soltero, con domicilio en calle Avenida Pellegrini 1835 de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe, el Sr. Juan Andrés Comba apellido materno Paguegui, argentino, D.N.I. 30.395.877, CUIT 20-30395877-1, con fecha de nacimiento el 16 de octubre de 1983, abogado, de estado civil soltero, con domicilio en calle Corrientes 920, piso 4, departamento A, de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe.

Fecha del Instrumento de constitución: 10/11/ 2014.

Razón social o Denominación: “MBC DESARROLLOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.

Domicilio: Moreno N° 1510 de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Objeto Social: Desarrollar por si o asociados a terceros, por cuenta propia o de terceros, el diseño, proyección y realización de todo tipo de obras de ingeniería o arquitectura, de naturaleza civil, comercial y/o industrial, construcciones de carácter público o privado. La administración, compra, venta, permuta, locación, loteos, arrendamiento, explotación en todas sus partes de inmuebles urbanos, rurales, comerciales, fraccionamientos y realización de toda operación sobre inmuebles que autorizan las leyes y reglamentaciones, incluso las comprendidas en propiedad horizontal, por cuenta propia.

Se excluye expresamente la actividad de corretaje inmobiliario regulado por la ley provincial 13.154, es decir, cualquier actividad que implique intervenir en la intermediación, actividad propia de los corredores. Actuar como fiduciaria en todo tipo de fideicomisos excepto aquellos como oferta pública salvo que expresamente se obtenga la autorización para funcionar del organismo competente. Actuar como administrador en caso de régimen de propiedad horizontal o en el régimen de condominio. A todos los fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, no resultando propósito realizar actividades que incorporen a la sociedad entre las corporaciones regladas por el inc 4 del art 299 de la ley 19550.

Duración: 10 años.

Capital Social: Se fija en la suma de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000) dividido en 4.000 (cuatro mil) cuotas de $ 100 (pesos cien). En este acto se integra el veinticinco por ciento en efectivo, o sea la suma de $ 100.000 (pesos cien mil), debiendo integrarse el resto en dinero en efectivo en un plazo a dos años a contar de la fecha del presente.

Composición del órgano de fiscalización: a cargo de todos los socios indistintamente.

Composición del órgano de administración y representación legal: estará a cargo de dos socios indistintamente, quienes asumen en el carácter de “Socio gerente”. Se designa Gerente a los socios Sr. Luciano Alfredo Borra y el Sr. Juan Andrés Comba.

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Octubre de cada año.

$ 95 247982 Dic. 1

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AREA SANTAFESINA S.M.


MODIFICACION DE CONTRATO


Socios: Eduardo Jorge D’Ercole, argentino, nacido el 21 de abril de 1.956, de apellido materno Packer, titular de D.N.I. Nº 12.324.385, empleado, casado en 1ª nupcias con Amanda Liliana Iguarán, con domicilio en calle Entre Ríos 4210 de Rosario, C.U.I.L. 20-12324385-5 y Gabriel Luis Delpino, argentino, nacido el 3 de setiembre de 1960, de apellido materno Aurignac, titular de D.N.I. N° 13.958.675, de profesión Maestro Mayor de obras, divorciado, con domicilio en calle Sargento Cabral 147, sector 2, Piso 3, Dpto. A de Rosario, C.U.I.L. 20-13958675-2.

Gerente: Gabriel Luis Delpino, argentino, nacido el 3 de setiembre de 1960, de apellido materno Aurignac, titular de D.N.I. N° 13.958.675, de profesión Maestro Mayor de obras, divorciado, con domicilio en calle Sargento Cabral 147, sector 2, Piso 3, Dpto A de Rosario, C.U.I.L. 20-13958675-2.

$ 45 247933 Dic. 1

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TRANSPORTE LARGUIA HNOS.

S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo de la Marcela Zanutigh. en los autos caratulados “Expte 335/2012 Transporte Larguia Hnos. S.R.L. s/Cesión de cuotas y modificación del contrato social”, se ha dispuesto lo siguiente:

Cesión de Cuotas:

Datos de los socios cedentes: Angel Augusto Aguilar: D.N.I. 32.726.188, Mayra Gisel Aguilar: D.N.I. 34.720.196 y Sergio Enrique Aguilar: D.N.I. 12.585.720.

Datos del socio cesionario; Miguel Angel Aguilar: D.N.I. 28.375.415; Juan José Aguilar: D.N.I. 29.054.120; Martín Armando Aguilar: D.N.I. 31.200.218 y Nicolás Enrique Aguilar: D.N.I. 35.953.418.

Cantidad de cuotas cedidas: setecientas cincuenta y tres (753) cuotas sociales. El precio pactado por la venta de las cuotas sociales, incluye todo derecho que por cualquier concepto pudiera corresponderle al Cedente en la proporción de la participación cedida.

Modificación de Contrato:

Cláusulas modificadas en el Contrato Social a raíz de la cesión operada:

1) Conformación de la sociedad. La misma quedará constituida por los Sres. Miguel Angel Aguilar; Juan José Aguilar; Martín Armando Aguilar y Nicolás Enrique Aguilar.

2) Artículo 5°: El capital social se fija en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) representadas por un mil quinientas cuotas (1.500) de pesos cien ($ 100) cada una, que corresponden a las siguientes personas y en la siguiente proporción: Miguel Angel Aguilar: trescientas setenta y cinco cuotas sociales, representativo del 25% del capital social por un valor de pesos treinta y siete mil quinientos ($ 37.500); Juan José Aguilar: trescientas setenta y cinco cuotas sociales, representativo del 25% del capital social por un valor de pesos treinta y siete mil quinientos ($ 37.500); Martín Armando Aguilar: trescientas setenta y cinco cuotas sociales, representativo del 25% del capital social por un valor de pesos treinta y siete mil quinientos ($ 37.500) y Nicolás Enrique Aguilar; trescientas setenta y cinco cuotas sociales, representativo del 25% del capital social por un valor de pesos treinta y siete mil quinientos ($ 37.500).

Artículo 6: La administración de la sociedad estará a cargo de los Sres. Miguel Angel Aguilar, Juan José Aguilar, Martín Armando Aguilar y Nicolás Enrique Aguilar, revistiendo el carácter de socios gerentes, ejerciendo la representación legal de la sociedad de manera indistinta, desempeñando sus funciones durante el plazo de duración de la sociedad, pudiendo ser removidos individualmente con justa causa y tendrán a su cargo de manera diferenciada y excluyente las siguientes facultades y funciones: Miguel Angel Aguilar: obligará a la sociedad con su firma, en el cumplimiento de los fines sociales, en el marco del cual podrá constituir toda clase de derechos reales, adquirir, permutar, ceder, vender, tomar en locación bienes inmuebles, muebles o vehículos, nombrar agentes, otorgar poderes generales y especiales, realizar todo acto o contrato por el cual se requiera adquirir o enajenar bienes muebles, inmuebles o vehículos, locaciones de obra y de servicios, solicitar créditos, abrir cuentas corrientes y efectuar toda clase de operaciones con entes oficiales o privados, constituir hipotecas o prendas, distribuir productos o subproductos, la enumeración precedente es meramente enunciativa y no limitativa, pudiendo realizar todos los actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad, incluso los previstos en los arts. 782 y 1881 del C.C. y lo dispuesto por el art. 9 del decreto ley No 5965/63. No obstante la amplitud de facultades otorgadas; será necesaria la aprobación y firma de todos los socios; para los actos de compra y/o enajenación de bienes inmuebles, como así también para la constitución de derechos reales sobre bienes muebles o inmuebles. Por su parte los Sres. Juan José Aguilar, Martín Armando Aguilar y Nicolás Enrique, tendrán a su cargo las tareas de administrar bienes de otros, ejercer mandatos, representaciones, consignaciones y gestiones administrativas, no siendo a su cargo ninguna de las facultades previstas para el socio-gerente; Miguel Aguilar.

Quienes ejerzan la firma social, no podrán comprometer a la sociedad en prestaciones a título gratuito o en negociaciones ajenas al objeto de este contrato, ni en operaciones que impliquen garantías o fianzas a terceros, aún a titulo personal.

Rafaela, 3 de noviembre de 2014 – Marcela H. Zanutigh, Secretaria.

$ 128 248049 Dic. 1

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MARANZANA Y ASOCIADOS S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela, se ha ordenado la siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de MARANZANA Y ASOCIADOS S.A., según acta de Asamblea Ordinaria y Acta de Directorio, ambas de fecha 01-09-

2014.

Director Titular - Presidente: Daniel Cristian Cuvertino, D.N.I. Nº 23.570.944, CUIT Nº 23-23570944-9; Director Titular - Vicepresidente: Luis Alberto Maranzana, D.N.I. Nº 13.221.311, CUIT Nº 23-13221311-9; Director Titular: Juan Carlos Maranzana, D.N.I. Nº 34.051.913, CUIT Nº 20-34051913-3; y Director Suplente: Isabel Bernardita Sereno, D.N.I. N° 13.711.912, CUIT N° 27-13711912-4. - Rafaela, 14 de noviembre de 2014 – Marcela H. Zanutigh, Secretaria.

$ 45 248003 Dic. 1

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GAJC S.A.


ESTATUTO


Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela se ha ordenado la siguiente publicación:

1. Fecha del Instrumento: 17 de septiembre de 2014.

2. Socios: Guillermo Miretti, apellido materno “Abrate”, nacido el 17 de abril de 1952, titular del D.N.I. Nº 10.243.301, C.U.I.T. Nº 20-10243301-8, argentino, casado en primeras nupcias con Graciela Luisa Josefa Barberis, agropecuario, domiciliado en calle Entre Ríos N° 44 de la localidad de Ataliva, Provincia de Santa Fe; y Graciela Luisa Josefa Barberis, apellido materno “Malano”, nacida el 17 de abril de 1955, titular del D.N.I. Nº 11.812.258, C.U.I.T. N° 27-11812258-6, argentina, casada en primeras nupcias con Guillermo Miretti, empresaria, domiciliada en calle Entre Ríos N° 44 de la localidad de Ataliva, Provincia de Santa Fe.

3. Denominación: GAJC S.A.

4. Domicilio: Ataliva, Provincia de Santa Fe. Sede Social: Entre Ríos N° 44 de la localidad de Ataliva, Provincia de Santa Fe.-

5. Plazo de Duración: Noventa y Nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio.

6. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la explotación directa, por si o por terceros, de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, propiedad de la sociedad o de terceras personas, destinados a tambos, cabañas, cría, engorde, reproducción, compra venta semen, embriones y/o de ganado, invernación, mestización, cruza de ganado, cultivos, compra, venta de cereales y oleaginosas, siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, así como la compra, venta, distribución, transporte y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera mencionadas. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigentes, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7. Capital: El capital se fija en la suma de pesos Trescientos Cincuenta Mil ($ 350.000), representado por Trescientas Cincuenta Mil (350.000) acciones de pesos Uno ($ 1,00) valor nominal cada una.-

8. Administración y Representación: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. Los accionistas fundadores designan para integrar el primer directorio: Director Titular Presidente: Guillermo Miretti, D.N.I. N° 10.243.301; Director Suplente: Graciela Luisa Josefa Barberis, D.N.I. Nº 11.812.25.

9. Fiscalización: La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19550.

10. Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de agosto de cada año.-

Rafaela, 18 de Noviembre de 2014. Fdo. Dra. Marcela H. Zanutigh, secretaria.

$ 45 248000 Dic. 1

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GANADERA HUANQUEROS

S.R.L.


AUMENTO DE CAPITAL

SOCIAL-RECONDUCCION


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: Expte. 411, F° 141, Año 2014- “GANADERA HUANQUEROS S.R.L. s/Aumento de capital social; Reconducción – Texto Ordenado” que se tramita ante el Registro Público de Comercio de Rafaela, se ha resuelto por unanimidad de los socios la reconducción por el término de noventa y nueve años desde la inscripción de la presente reconducción de Ganadera Huanqueros Sociedad de Responsabilidad Limitada y aumentar el capital social a la suma de cuatrocientos mil ($ 400.000) siendo el aumento de pesos trescientos ochenta mil ($ 380.000) mediante la capitalización de la cuenta Reserva Futuros Aumentos de Capital que asciende a $ 351.555,88 y la capitalización de la suma de $ 28.444,12 de la cuenta Resultados no Asignados de conformidad con el último estado contable cerrado al 31 de octubre de 2013. La cláusulas 2º y 4º quedaron redactadas de la siguiente forma: “Cláusula Segunda: Su duración es de noventa y nueve (99) años, contados desde la fecha de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la presente reconducción”. Los socios dejan constancia que no han efectuado actos liquidatorios ni han procedido a inscribir el liquidador en el Registro Público de Comercio.”. “Cláusula Cuarta: El Capital Social se fija en la suma de $ 400.000,00 (Pesos cuatrocientos mil) dividido en 4.000 (cuatro mil) cuotas de $100,00 (Pesos cien) valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios; o sea Guillermo Cenci suscribe e integra 2000 (dos mil) cuotas de valor nominal $ 100,00 (Pesos cien) cada una, o sea la suma de $ 200.000,00 (Pesos doscientos mil) y María Laura Cenci, suscribe e integra 2.000 (dos mil) cuotas de valor nominal $ 100,00 (Pesos cien) cada una, o sea la suma de $ 200.000,00 (Pesos doscientos mil). El capital social podrá aumentarse por decisión de los socios, resolviéndose en cada oportunidad el monto, forma, naturaleza, modalidad y demás condiciones del aumento conforme lo dispuesto en la parte pertinente del artículo 160 de la Ley de Sociedades Comerciales.”

Rafaela, 14 noviembre de 2014. Fdo. Dra. Marcela H. Zanutigh, secretaria.

$ 72 247950 Dic. 1

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BIELER MATERIALES S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio se ha ordenado la siguiente publicación:

Sociedad: BIELER MATERIALES S.R.L.

Domicilio: Coronel Denis Nº 0116- San Jerónimo Norte -Santa Fe -

Cesión de Cuotas Sociales

Según Contrato de fecha siete de Mayo de dos mil catorce Vanesa Bieler, argentina, casada, de profesión traductora de idiomas, nacida el 04 de Marzo de 1.983, D.N.I. 29.717.896, domiciliada en calle Eduardo Teisaire Nº 137 de San Jerónimo Norte y Nicolás Bieler, argentino, soltero, de profesión comerciante, nacido el 07 de Abril de 1.987, D.N.I. 32.068.849, domiciliado en calle Eduardo Teisaire N° 137 de San Jerónimo Norte, Santa Fe, cedieron 200 (Doscientas) cuotas sociales de la Sociedad Bieler Materiales S.R.L. con domicilio legal en calle Coronel Denis N° 0116 de San Jerónimo Norte, Santa Fe a Loreley Bieler, argentina, casada, de profesión comerciante, nacida el 19 de marzo de 1.985 D.N.I. 31.092.45ídomiciliada en calle Mendoza N° 940 de San Jerónimo Norte, Santa Fe, y a Matías Jorge Palacios, argentino, casado, comerciante, nacida el 18 de Mayo de 1.981 D.N.I. 28.571.345 domiciliado en calle Mendoza N° 940 de San Jerónimo Norte, Santa Fe.

La cesión se realiza en la suma de $ 20.000 (Pesos: Veinte Mil).

Modificación del Contrato Social

Se resolvió modificar las cláusulas Cuarta y Quinta del Contrato Social de la Sociedad Bieler Materiales S.R.L. quedando redactadas de la siguiente forma: Cláusula Cuarta: “El capital social se fija en la suma de pesos Treinta Mil ($ 30.000) dividido en Trescientas (300) cuotas sociales de Pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas por cada uno de los socios, de acuerdo al siguiente detalle La Sra. Loreley Bieler es titular de Doscientos Ochenta y Cinco (285) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Veintiocho Mil Quinientos ($ 28.500) y el Sr. Matías Jorge Palacios es titular de Quince (15) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Un Mil Quinientos ($1.500 ). El capital se encuentra totalmente integrado en dinero en efectivo.” Cláusula Quinta: “La dirección, administración de la sociedad, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de la Sra. Loreley Bieler como gerente. Usará la firma personal seguida de la palabra gerente y la denominación de la sociedad. Tendrá toda las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en los artículos 1881 del Código Civil y 9no.del Decreto Ley 5985/663, con la única limitación de no usar dicha firma para negocios ajenos al giro social. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 118,80 248178 Dic. 1

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DEPARTAMENTOS DE

INFORMES S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos “Departamento de Informes S.A. s/Designación de Autoridades”, Expte.1000 Folio 100 año 2014, que se tramitan ante el Registro Público de Comercio del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Santa Fe, se hace saber que por acta de asamblea general ordinaria de fecha 11/05/2014, se designaron autoridades, quedando conformados los órganos de la siguiente manera: Directores Titulares: Martín Andrés Salemi, D.N.I. 25.015.025, domicilio especial en Tacuarí 6261 de Santa Fe (Presidente), Carlos José Benassi, D.N.I. 8.618.157, domicilio especial en Alvear 3621 de Santa Fe, Jorge Baremberg, D.N.I. 11.874.849, domicilio especial en 25 de Mayo 2025 Piso 5 de Santa Fe, Daniel Bustamante, D.N.I. 8.441.248, domicilio especial en 3175 de Santa Fe y Humberto Annichini, D.N.I. 6.255.584, domicilio especial en Avenida Depetre s/n La Guardia, Santa Fe. Directores Suplentes: Oscar Tula, D.N.I. 8.507.508, domicilio especial en Buenos Aires 2044 de Santa Fe, Roberto Slobodianiuk, D.N.I. 11.555.328; domicilio especial en Marcial Candioti 6479 Depto. 1 de Santa Fe, Abdul Karim Musri, D.N.I. 14.397.594, domicilio especial en Almirante Brown 7147 de Santa Fe; Antonio Giorsino, D.N.I. 6.241.615, domicilio especial en 4 de Enero 2457 de Santa Fe y Aníbal Toretta, D.N.I. 12.471.722, domicilio especial en Entre Ríos 3202 de Santa Fe. Síndico Titular: Carlos Amut, D.N.I. 6.305.561, domicilio especial en Tacuarí 6461 de Santa Fe. Síndico Suplente: Patricio Manuel Prono, D.N.I. 26.789.158, domicilio especial en Facundo Zuviría 3675 de Santa Fe.

Santa Fe, 20 de Noviembre de 2014. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 248176 Dic. 1

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JORDAN Y RIBERO S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Se hace saber que en los autos caratulados “JORDAN y RIBERO S.A. s/RECTIFICACION ACTA DE REGULARIZACION” (Expte. Nº 943, Folio 98 Año 2014) que tramita por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe Registro Público de Comercio, Secretaría a cargo del Dr. Jorge E. Freyre, se ha promovido la Rectificación del Acta de Regularización Societaria de Jordán y Ribero S.A., la que al momento de confeccionarse la referida acta de su antecesora “Jordán y Ribero S.H.”, hoy Jordán y Ribero S.A. se omitió la descripción de uno de los bienes inmuebles rurales que los aportantes transfirieron a la sociedad anónima, como aporte de capital, todo de conformidad a lo aprobado por acta de Asamblea General Ordinaria N° 11 de fecha 13 de mayo de 2014 la que se transcribe a continuación: Acta Nº 11: En la localidad de Progreso, departamento Las Colonias, de ésta Provincia de Santa Fe, a los trece días del mes de Mayo de 2014, se reúnen en Asamblea General Ordinaria, los señores accionistas cuyos nombres, domicilio y demás datos obran insertos en el folio respectivo del Libro de Depósito de Acciones y Asistencia a Asambleas de Jordán y Ribero S.A.. Se hace constar que se encuentran presentes el cien por ciento de los accionistas con derecho a voto, por lo que la presente Asamblea se encuentra autorizada para funcionar sin necesidad de publicación de su convocatoria; a fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1°) Designación de dos accionistas a los fines de suscribir el Acta de Asamblea. El señor Presidente mociona para que el Acta de la Asamblea sea suscripta por todos los presentes. 2°) Se pasa a tratar el segundo punto del Orden del Día que dice: “Consideración de la Rectificación del Acta de Regularización Societaria” de Jordán y Ribero S.A.”. El Señor Presidente, manifiesta a los presentes, que al momento de confeccionarse el acta de regularización societaria de la antecesora “Jordán y Ribero S.H.”, hoy “Jordán y Ribero S.A.” se ha advertido que en la referida acta de regularización y al momento de detallarse los bienes inmuebles rurales, que los aportantes transfirieron a la sociedad anónima, como aporte de capital, se omitió la descripción de uno de ellos, el que consta de 97 hectáreas, cuya partida inmobiliaria se corresponde al N° 09-10-00-082905/0005-5 Que independientemente de omitirse la descripción de dicha fracción de terreno en el acta de regularización societaria de ésta sociedad anónima, dicho bien inmueble no solo formaba parte del detalle de los bienes de uso del ejercicio económico irregular de la sociedad predecesora sino que forma y ha formado parte integrante de los bienes de uso de Jordán y Ribero S.A., desde el primer balance practicado, el que indica un detalle de bienes de uso por la suma de $ 818.159,00 y que incluyen la partida inmobiliaria aquí referida, es decir la nº 09-10-00-082905/00005-5 que comprende las 97 hectáreas en cuestión. Que por tal motivo la referida cuestión hace necesario solicitar por ante el Registro Público de Comercio, la correspondiente rectificación del acta de regularización societaria de fecha 26 de Octubre de 2006 a fin que se incluya formalmente el bien inmueble antes indicado, que ha sido aportado a la sociedad anónima en su oportunidad. Oído lo cual, y luego de un breve intercambio de opiniones, los presentes por unanimidad, aprueban la moción de encomendar la rectificación del Acta de Regularización Societaria de Jordán y Ribero S.A., en base a los argumentos expuestos en la 2° Orden del Día, autorizándose al Dr. Rodolfo José Marelli a fin de que realice todas las gestiones necesarias para obtener la conformidad de la autoridad de control y/o la inscripción en el Registro Público de Comercio. No siendo para más, se da por finalizada la presente asamblea, previo un breve cuarto intermedio a los fines de la redacción de la presente. Santa Fe, 12 de Noviembre de 2014. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre, secretario

$ 138,60 248099 Dic. 1

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SERVICIOS ALAZAN S.A.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en autos caratulados: SERVICIOS ALAZAN S.A. s/ESTATUTO y DESIGNACION DE AUTORIDADES, Expte. 988 Folio 100 del Año 2014, de trámite ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se hace saber lo siguiente.

En cumplimiento Art. 10 Ley 19550.

1. Nonino Víctor Hugo argentino, casado, productor agropecuario, de apellido materno Pérez, D.N.I. Nro. 8.508.482, C.U.I.T. Nro. 20-08508482-9, nacido el l5 de Marzo de 1951, con domicilio en calle San Luis Nro. 1031 de la ciudad de San Jorge Pcia. de Santa Fe, Nonino Leonardo Andrés, argentino, soltero, productor agropecuario, de apellido materno Milanesio D.N.I. 24.570.187, C.U.I.L. Nº 20-24570187-0, nacido el 05 de Julio de 1976, con domicilio en calle San Luis 1031 de San Jorge Dto. San Martín Pcia. de Santa Fe y Nonino Franco Ezequiel argentino, soltero, comerciante, de apellido materno Milanesio, D.N.I. Nro. 33.010.987, C.U.I.L. Nro. 20-33010987- 5, nacido el 17 de Diciembre de 1987, con domicilio en calle San Luis 1031 de la ciudad de San Jorge, dto. San Martín, Pcia. de Santa Fe.

2. Nueve del mes de Septiembre de 2014.

3. SERVICIOS ALAZAN S.A.

4. San Luis 1031 - San Jorge - Santa Fe

5. a) Agropecuaria: Mediante la explotación de establecimientos rurales ganaderos, agrícolas, avícolas, frutícolas, forestales, siembra, cuidado y cosecha de granos, frutos y productos de la tierra, compra venta, acopio y transporte de cereales, cría, invernada, engorde, mestización y compraventa de hacienda aves carnes y cueros, explotación de tambos; b) Comercial: La realización de servicios de siembra, pulverización, desinfección, fumigación aérea y terrestre, servicios de cosecha mecánica, transporte de carga de corta, media y larga distancia y demás trabajos agrícolas con o sin personal propio o alquiler de los equipos necesarios para la prestación de tales servicios, asesoramiento técnico y agropecuario con destino a la alimentación animal y humana. c) Importación y Exportación: A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

6. La duración se fija en 99 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7. El capital social se fija en la suma de doscientos mil ($ 210.000), dividido en dos mil cien (2100) acciones de $ 100 cada una.

8. La-administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de seis quienes durarán en sus funciones Tres ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un Presidente y un Vicepresidente en caso de ser el órgano plural, éste último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes, teniendo el Presidente o quien lo reemplace estatutariamente que volver a votar en caso de empate. La asamblea fija la remuneración del Directorio.

9. Por unanimidad se designa para integrar el Directorio a: Director Titular Presidente: Leonardo Andrés Nonino, argentino, nacido el 05/07/1976, D.N.I. 24.570.187, soltero, con domicilio calle Moreno 1653 de la ciudad de San Jorge.

Director Suplente: Franco Ezequiel Nonino, argentino, nacido el 17/12/1983, D.N.I. 33.010.987 con domicilio en calle San Luis 1031 de la ciudad de San Jorge. Quienes en este mismo acto aceptan el cargo que les fuera designado.

10. El 30 de Junio de cada año, cierra el ejercicio social. Santa Fe, 14 de noviembre de 2014. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 248183 Dic. 1

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BASSO S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela, se ha ordenado la siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de BASSO S.A., según Acta de Directorio de fecha 10-09-2014 por vacancia en el cargo que ocupaba el Dr. Mauricio J. Basso. En su reemplazo fue designada la Srta. Tatiana Basso, D.N.I. N° 32.251.999, quien permanecerá en el cargo hasta la próxima asamblea que aprueba los estados contables por el finalizado el 28-02-2015.

Rafaela, 18 de Noviembre de 2014. Fdo. Dra. Marcela H. Zanutigh, secretaria.

$ 45 248106 Dic. 1

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TRANSPORTE RICO S.R.L.


CONTRATO


1) Socios: Ernesto Emilio Schiavoni, argentino, comerciante, casado en primeras nupcias con la Sra. Marisa Del Carmen Arias, domiciliado en calle Tucumán 917 de la localidad de Alvarez, Provincia de Santa Fe, República Argentina, Código Postal 2107, nacido el trece de Julio de mil novecientos sesenta y uno, titular D.N.I. 14.048.861, C.U.I.T. 20-14048861-6 y Raquel Marcela Ferrero, argentina, comerciante, casada en primeras nupcias con el Sr. Richard Hinre Cacciagioni, domiciliada en calle Caseros 261, de la localidad de Alvarez, Provincia de Santa Fe, República Argentina, nacida el veintiuno de Agosto de mil novecientos sesenta y tres titular D.N.I. 16.573, C.U.I.T. 23-16573893-4, y hábiles para contratar.

2) Fecha del Instrumento de Constitución 06/10/2014.

3) Razón social: TRANSPORTE RICO S.R.L.

4) Domicilio de la Sociedad: Tucumán 917, de la localidad de Alvarez, Provincia de Santa Fe.-

5) Objeto social: La sociedad tiene por objeto el Transporte de cargas generales, por vía terrestre, nacional e internacional-

6) Plazo de Duración: veinte años.-

7) Capital Social: se fija en la suma de Pesos Doscientos Cincuenta mil ($ 250.000), el cual es suscripto en su totalidad por los socios. Este capital está representado por Doscientas cincuenta (250) cuotas de Pesos Un Mil ($ 1.000) cada una, que los socios suscriben totalmente de la siguiente manera: El Socio Ernesto Emilio Schiavoni, ciento veinticinco (125) cuotas de pesos Un Mil ($ 1.000) cada una, o sea un capital de Pesos Ciento Veinticinco Mil ($ 125.000) y la Socia Raquel Marcela Ferrero, ciento veinticinco (125) cuotas de pesos Un Mil ($ 1.000) cada una, o sea un capital de Pesos Ciento Veinticinco Mil ($ 125.000). Los socios integran en este acto el Veinticinco por ciento (25%) en dinero en efectivo.-

8) Composición de órganos: La Fiscalización de la Sociedad podrá ser ejercida por todos los socios conforme lo dispuesto por la Ley N° 19550. La administración y dirección de los negocios sociales, así como el uso de la firma social para todos los documentos, actos y contratos inherentes a la sociedad, estará a cargo de la Socia Raquel Marcela Ferrero.-

9) Fecha de cierre del ejercicio: 30 de Septiembre de cada año.-

$ 67 248077 Dic. 1

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CTPM S.R.L.


CESION DE CUOTAS


En fecha 27 de octubre del año 2014, el Sr. Néstor Pedro Pellegrinet vendió, cedió y transfirió en favor del Sr. Arturo Trini, de apellido materno Frutos, argentino, D.N.I. 37.574.039, C.U.I.L. 20-37574039-8, nacido el 20 de abril de 1994, soltero, con domicilio en calle Córdoba 1444 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe la cantidad de un mil seiscientas (1.600) cuotas sociales de CTPM S.R.L, que eran de propiedad de aquel por un precio total de Pesos Dieciséis Mil ($ 16.000,00.-). En virtud de ello, El Cesionario adquirió la plena titularidad de un mil seiscientas (1.600) cuotas sociales de CTPM S.R.L. que le fueron cedidas. A partir de la cesión de cuotas referida, la Cláusula Cuarta del Contrato Social de CTPM S.R.L quedó redactada de la siguiente manera: “Cuarta: El capital social es de Pesos Ciento Veinte Mil ($ 120.000,00) dividido en 12.000 cuotas de pesos diez ($ 10) valor nominal cada una, suscripto e integrado de acuerdo al siguiente detalle: 1) María Florencia Woelflin, es titular de Ocho Mil (8.000) cuotas de capital equivalentes a Pesos Ochenta Mil ($ 80.000,00); 2) Néstor Pedro Pellegrinet, es titular de Dos Mil Cuatrocientas (2.400) cuotas de capital equivalentes a Pesos Veinticuatro Mil ($ 24.000,00); y 3) Arturo Trini, es titular de Un Mil Seiscientas (1.600) cuotas de capital equivalentes a Pesos Dieciséis Mil ($ 16.000,00).

$ 45 248212 Dic. 1

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EMILIO GASPARRI S.A.


REFORMA ESTATUTARIA


Cumplimentando las disposiciones del artículo 10 inc b) y 60 de la Ley de Sociedades Comerciales 19.550, se hace constar que: 1) por asamblea general extraordinaria del 9 de enero de 2013, se procede a la reforma estatutaria y recomposición del Directorio, y 2) asamblea general extraordinaria del 10 de junio de 2014, se procede a aumentar el capital social, aumentar la garantía de Directores y aprobar el nuevo texto ordenado del estatuto social, de acuerdo al siguiente detalle:

1) Razón social: EMILIO GASPARRI S.A. CUIT 30-63153006-7.

2) Datos de inscripción de la sociedad: en el Registro Público de Comercio de Rosario, con fecha 22 de Enero de 1997, en Estatutos, al Tomo 78, Folio 507, N° 23 y modificatoria inscripta con fecha 7 de noviembre de 2003, en Estatutos, al Tomo 84, Folio 8612, Número 468 y modificatoria de fecha 20 de diciembre de 2007 y de fecha 11 de setiembre de 2008, ambas, inscriptas en el Registro Público de Comercio de Rosario en fecha 29 de setiembre de 2008, en Estatutos, al Tomo 89, Folio 10915, Número 393.

3) Fecha del instrumento de prórroga y recomposición del Directorio: 9 de enero de 2013.

4) El actual Directorio está formado por los señores: José María Antonio Gasparri, C.U.I.T. N° 20-13167844-5 a cargo de la Presidencia, Gabriel Antonio Gasparri, C.U.I.T. N° 20-92271637-5 a cargo de la Vicepresidencia, y el Sr. Nicolás Gasparri, CUIL Nº 20-35550542-2, como director suplente.

5) Prórroga: Se prórroga el término de duración de la sociedad por diez años contados a partir de la fecha de vencimiento que opero el día 13 de enero de 2013, quedando redactado el artículo segundo del estatuto social luego de producirse dicha modificación, de la siguiente forma: “Artículo Segundo: la duración social es de 40 años contados a partir de la inscripción de la sociedad antecesora en el Registro Público de Comercia de Rosario, con fecha 14 de Enero de 1983 al Tomo 134, Folio 180, Nº 60.

6) Fecha del instrumento que dispone el aumento de capital social y aumento de la garantía de los Directores: 10 de junio de 2014.

7) Se aumenta el capital social en la suma de $ 240.000 (pesos doscientos cuarenta mil), para que así el Capital Social alcance la suma de $ 300.000.

Este aumento está representado por la emisión de 240.000) acciones nominativas no endosables, ordinarias de $ 1 (un peso) valor nominal cada una, 72.000 clase “A” de cinco votos por acción y 168.000 clase “B” de tres votos por acción, suscriptas por los accionistas de acuerdo al siguiente detalle: Emilio Juan Antonio Gasparri como titular de 96.000 nuevas acciones, 72.000 clase “A” y 24.000 clase “B”, José María Antonio Gasparri como titular de 72.000 nuevas acciones clase “B” y Gabriel Antonio Gasparri como titular de 72.000 nuevas acciones clase “B”, e integradas en este acto por todos los accionistas el 25% de la suscripción propuesta en efectivo, es decir la suma de $ 60.000, y comprometiéndose a integrar el saldo también en efectivo, es decir la suma de $ 180.000, (pesos ciento ochenta mil), en un plazo de dos años a contar desde la fecha de la presente asamblea, el artículo cuarto del Estatuto luego de la reforma queda redactado de la siguiente forma: Artículo Cuarto: el Capital Social asciende a la suma de $ 300.000 (pesos trescientos mil), representado por 300.000 acciones nominativas no endosables, ordinarias de $ 1 (pesos uno) valor nominal cada una, 90.000 clase “A” de cinco votos por acción y 210.000 clase “B” de tres votos por acción. El Capital puede ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto por asamblea ordinaria, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550.

8) Fondo de Garantía de directores: Se incrementa el fondo de garantía de los directores, en la suma de $ 19.700 por cada Director. En consecuencia, luego de operada la reforma, el artículo décimo del Estatuto queda redactado de la siguiente forma:

Artículo Décimo: Los Directores prestarán como garantía la suma de $ 20.000 (pesos veinte mil) cada uno de ellos, en dinero en efectivo, títulos públicos, acciones de otra sociedad o moneda extranjera, al momento de asumir sus funciones, que será depositada en la caja de la sociedad o en cuenta bancaria especialmente habilitada al efecto, siéndoles reintegrada dicha suma, con más los intereses en el segundo caso, una vez finalizada la gestión y aprobada por la Asamblea de Accionistas.

$ 135 248199 Dic. 1

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PH CONSTRUCTORA S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


Organo de Administración, Dirección y Representación: estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no. A tal fin utilizarán su propia firma con el aditamento “socio gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. Por unanimidad deciden ejercer la gerencia en forma indistinta, siendo ambos socios gerentes.

El Sr. Juan Gabriel Porrini, D.N.I. 23.928.609, y la Sra. María Laura Sessa, D.N.I. 10.779.305, aceptan el cargo y constituyen domicilio a los efectos de la presente en el domicilio legal de la sociedad, en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 248181 Dic. 1

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LOS DANESES S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


De acuerdo al acta de fecha 23 de octubre de 2014, se resolvió la siguiente cesión de cuotas sociales: Michela Auert, vende, cede y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, o sea, 139.437 (Ciento treinta y nueve mil cuatrocientas treinta y siete) cuotas de capital, o sea $ 139.437 (Ciento treinta y nueve mil cuatrocientos treinta y siete pesos) a sus socios, en las siguientes cantidades:

a) Ivan Alberto Rubinich, 32,759 (Treinta y dos mil setecientas cincuenta y nueve) cuotas equivalentes a $ 32.759 (Treinta y dos mil setecientos cincuenta y nueve pesos), y; b) Jonathan Jamez O’Dea, 106.678 (Ciento seis mil seiscientas setenta y ocho) cuotas equivalentes a $ 106.678 (Ciento seis mil seiscientos setenta y ocho pesos).

Las cláusulas del Contrato Social, quedan redactadas en los siguientes términos: “Tercera – Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: A) Agropecuarias: mediante la explotación, en campos propios o arrendados, de establecimientos rurales, agrícolas, ganaderos; cría y/o invernada de ganado de todo tipo de especie; explotación de cabañas y harás. B) Comerciales: b. 1) mediante el acopio, compra, venta, consignación, depósito, distribución, recepción, control y embarque de hacienda, cereales, oleaginosas y demás productos provenientes de las explotaciones agropecuarias antes mencionadas. Con carácter de gestora efectuar remates de haciendas. Formalizar negociaciones de capitalización de haciendas, contratos de aparcerías, de pastaje y todo lo relacionado con marcas y señales de hacienda, b. 2) La gestión y/o construcción de emprendimientos en parcelas destinadas a chacras y/o clubes de campo, por cuenta propia en terrenos de la Sociedad, o por cuenta de terceros en inmuebles ajenos, no pudiendo en este último supuesto, realizar operaciones de intermediación. A tal efecto la Sociedad gozará de plena capacidad jurídica para practicar toda clase de operaciones, actividades y contratos, sin limitación alguna, dentro de los actos permitidos por la ley para el cumplimiento del objeto ante dicho.”

Cuarta – Capital Social: El capital social se fija en la suma de $ 600.000 (Seiscientos mil pesos) representado por (Seiscientas mil) cuotas de $ 1 (Un peso) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: el socio Iván Alberto Rubinich suscribe 360.000 (Trescientas sesenta mil) cuotas de capital, o sea $ 360.000 (Trescientos sesenta mil pesos) y el socio Jonathan James O’Dea suscribe 240.000 (Doscientas cuarenta mil) cuotas de capital, o sea $ 240.000 (Doscientos cuarenta mil pesos)“.

Décima – Decisiones Sociales: Las decisiones sociales se adoptarán en reuniones de socios citadas conforme lo dispuesto en la cláusula novena. Las reuniones serán promovidas por la Gerencia o solicitud de cualquier socio. El quórum necesario para su celebración será del sesenta por ciento (60%) del capital social.

Para el cambio de objeto, prórroga, transformación, fusión, escisión, designación de nuevos gerentes y en general cualquier modificación que imponga mayor responsabilidad al socio se requerirá el sesenta y cinco por ciento (65%) de los votos totales. Las demás decisiones sociales requerirán una mayoría del sesenta por ciento (60%) de los votos totales. Las decisiones se anotarán en un libro especial que se llevará al efecto.

$ 95 248165 Dic. 1

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P.P.G S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Se hace saber por un día que en fecha 25/09/2014 la totalidad de los socios han resuelto reconducir la sociedad P.P.G S.R.L. Plazo de Duración: 15 años a contar desde la fecha de inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio. En virtud de la reconducción los socios han resuelto además aumentar el capital social el que se fijo en la suma de Doscientos Mil ($ 200.000) representado por Dos Mil (2.000) cuotas de Pesos Cien ($ 100) cada una.

En la misma fecha, la totalidad de los socios deciden modificar el objeto social quedando redactada la cláusula cuarta de la siguiente manera: Cuarta: Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a: 1°) La fabricación, venta y reparación de casillas rodantes y fijas para usos múltiples. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, ejercer los actos y celebrar los contratos que no sean prohibidos por las leyes o por este Contrato.

$ 45 248139 Dic. 1

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ENERGY SERVICIOS DE

LIMPIEZA S.R.L.


CONTRATO


Se hace saber por un día conforme lo establece el Artículo 10 de la Ley 19.550, modificado por la Ley 21.357, que: 1) Socios: Cristian Ceferino Antonio Ventura, argentino, D.N.I. Nro. 23.534.994, nacido el día 23 de Febrero de 1974, soltero, de profesión comerciante, C.U.I.T. 23-23534994-9, con domicilio en calle Montevideo 2034 PB B de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe y Diego Daniel Marinozzi, argentino, D.N.I. 30.677.999, nacido el 09 de Agosto de 1984, soltero, de profesión comerciante, C.U.I.T. Nro. 20-30677999-1, con domicilio en calle Pellegrini N° 2165 de la localidad de Criabas, Provincia de Santa Fe; 2) Lugar v Fecha del Instrumento Público de Constitución: Rosario, 25/09/2014.- 3) Denominación Social: Energy Servicios de Limpieza S.R.L. -4) Domicilio legal: calle Montevideo 1744 Piso 1 A - Rosario 5) Objeto Social: dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros 1) Compra y venta por mayor y menor de artículos de limpieza. 2) Servicio de limpieza, mantenimiento de aires acondicionados e instalaciones eléctricas. 3) Trabajos de albañilería y pintura de interiores.; 6) Plazo de Duración: 10 años a partir de la Inscripción del Contrato Social en el Registro Publico de Comercio.7) Capital Social: Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) divididos en Quince Mil (15.000) cuotas de Diez Pesos ($ 10.-) cada una.- 8) Composición de los órganos de Administración: La dirección y administración de los negocios sociales estará a cargo de un gerente pudiendo ser socio o no, tendrá el uso de la firma social obligando a la sociedad con su firma precedida de Energy Servicios de Limpieza S.R.L. La remoción y nombramiento de gerentes se efectuará en asambleas de socios. El Gerente en cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y Decreto 5965/63 artículo 9 con la única excepción de prestar fianzas y garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la Sociedad. 9) Gerente: Diego Daniel Marinozzi 10) Fecha de cierre del Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.- 11) La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios según lo prescribe el artículo Décimo Primero del Contrato Social.

$ 70 248141 Dic. 1

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AIS CEREALES S.R.L.


CESION DE CUOTAS


En cumplimiento a lo dispuesto por Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, se hace saber de la cesión de cuotas dispuesta por instrumento de fecha 11 de noviembre de 2014, de acuerdo al siguiente detalle: El Sr. Sr. Lucas Ezequiel Galvano, argentino, de profesión Abogado, nacido el 25/05/1979, de estado civil soltero, con domicilio en calle J.M. Gutiérrez Nº 1062 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con D.N.I. N° 25.161.795, C.U.I.T. 20-25161795-4 cede y transfiere a favor del Sr. Rodrigo Gonzalo Izaguirres, argentino, de profesión Comerciante, nacido el 17/03/1976, de estado civil soltero, con domicilio en calle 9 de Julio SIN de la localidad de Máximo Paz, Provincia de Santa Fe, con D.N.I. Nº 25.161.221, C.U.I.T. 20-25161221-9, la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en la sociedad Ais Cereales S.R.L., sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo 162, Folio 7173 Nro. 484 con fecha 07 de abril de 2011, y que son doscientas cincuenta (250) cuotas de pesos cien (100) valor nominal cada una; el Sr. Fernando Gabriel Almiron, argentino, de profesión Comerciante, nacido el 09/09/1968, de estado civil divorciado, con domicilio en calle Savio Nº 856, Piso 1 Dpto. 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I. N° 20.392.031, C.U.I.T. 20-20392031-9 cede y transfiere a favor del Sr. Rodrigo Gonzalo Izaguirres la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en la sociedad Ais Cereales S.R.L. y que son doscientas cincuenta (250) cuotas de pesos cien (100) valor nominal cada una; y el Sr. Gabriel Scaglione, argentino, de profesión Comerciante, nacido el 24/05/1979, de estado civil soltero, con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 674 de la localidad de Sanford, Provincia de Santa Fe, D.N.I. Nº 27.174.910, C.U.I.T. 20-27174910-5, cede y transfiere a Rodrigo Gonzalo Izaguirres doscientas cuarenta (240) cuotas de pesos cien (100) valor nominal cada una, que tiene y le corresponden en la sociedad Ais Cereales S.R.L.. Como consecuencia de lo expresado la composición del Capital Social queda conformada de la siguiente manera: El socio Rodrigo Gonzalo Izaguirres, novecientas noventa cuotas (990) de capital de pesos cien (100) cada una, equivalente a un total de pesos noventa y nueve mil (99.000). El socio Gabriel Scaglione, diez cuotas (10) de capital de pesos cien (100) cada una, equivalente a un total de pesos un mil (1.000).- Rosario, 21 de Noviembre de 2014.

$ 80 248127 Dic. 1

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GDA CONSULTORES S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


En cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 10° inc. b) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber de la cesión de cuotas dispuesta por instrumento del 19 de noviembre de 2014, de acuerdo al siguiente detalle:

1) Prórroga de Duración: Se resuelve prorrogar el plazo de duración por un período adicional de 10 (diez) años a contar desde el 24/11/2014, de tal forma que el vencimiento se produzca el 24 de noviembre de 2024.

2) Aumento de Capital: Se resuelve elevar el Capital Social a la suma de $ 120.000, dividido en 12.000 cuotas sociales de $ 10 cada una, quedando: Graciela Emilce Gaioli con 10.800 cuotas sociales y Carla Valeria Chaparro con 1.200 cuotas sociales.

3) Cambio de Sede Social: Se resuelve el cambio de sede social de calle Tábarez Nº 618 a calle Belgrano N° 2157, ambas de la ciudad de Villa Constitución.

$ 45 248105 Dic. 1

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LA BULONERA DE VILA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por Reunión Unánime de Socios Nº 113, de fecha 22/10/2014, se aprobó el aumento del capital de la sociedad en la suma de Pesos Tres Millones ($ 3.000.000) que fue suscripta e integrada en su totalidad mediante la capitalización de la Cuenta Resultados No Asignados y de acuerdo al porcentaje de participación social de cada socio; quedando, en consecuencia, la Cláusula Cuarta del Contrato Social, de la siguiente manera:

Cuarta: El Capital social se fija en la suma de Pesos Nueve Millones Quince Mil ($ 9.015.000) divididos en 9.015.000 cuotas de $ 1 (Pesos Uno) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Armando Jorge Vila; Cuatro Millones Quinientas Siete Mil Quinientas (4.507.500) cuotas de Capital Social, que totalizan la suma de Pesos Cuatro Millones Quinientos Siete Mil Quinientos ($ 4.507.500), totalmente suscriptas e integradas; y Osvaldo Carlos Vila: Cuatro Millones Quinientas Siete Mil Quinientas (4.507.500) cuotas de Capital Social, que totalizan la suma de Pesos Cuatro Millones Quinientos Siete Mil Quinientos ($ 4.507.500), totalmente suscriptas e integradas.”

$ 45 248085 Dic. 1

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MIGUEL TORRES S.A.


REDUCCION CAPITAL SOCIAL


Fecha Reducción de Capital: 28 de Octubre de 2014. El Capital Social se reduce de $ 1.150.000 a $ 200.000. Esta reducción no altera la paridad entre los socios ni afecta los derechos de terceros. La valuación Contable de la Reducción de Capital asciende a la suma de pesos Novecientos Cincuenta mil.

$ 135 248214 Dic. 1 Dic. 3

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LICINGSER S.R.L.


CONTRATO


1. Integrantes de la sociedad: Bruno Luciano Scarlatto, 35 años de edad, casado en primeras nupcias con Yanina Mariel Agatiello, argentino, Ingeniero y Empresario, domiciliado en Rosario en la calle Saavedra nº 1621, D.N.I. 27.666.733, C.U.I.T. 20-27666733-6 y Francisco Javier Gutiérrez, 35 años de edad, casado en primeras nupcias con María Belén Festa, argentino, Licenciado en Administración de Empresas y Empresario, D.N.I. 27.386.526 , C.U.I.T. 20-27386526-9 , domiciliado en Rosario en la calle San Lorenzo no 2133, 4° piso, departamento “A”.

2. Fecha del instrumento de constitución: 1° de Octubre de 2014.

3. Razón social: Licingser S.R.L.

4. Domicilio: Saavedra n° 2262 - Piso 1°, Departamento 3° - Rosario.

5. Objeto social: Prestación de servicios a otras empresas o personas, básicamente tareas de poda, desmalezamiento, fumigaciones, escamonda; servicios de mantenimiento y limpieza de casas, edificios y otro tipo de instalaciones habitables o donde se desarrollen actividades laborales.

6. Plazo de duración: Treinta (30) años contados a partir de la Inscripción en el Registro Público de Comercio

7. Capital social: Ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000)

8. Administración y fiscalización: La administración estará a cargo en forma indistinta por el Señor Bruno Luciano Scarlatto y el Sr. Francisco Javier Gutiérrez en calidad de Socios Gerentes ambos, en tanto que la fiscalización estará a cargo de todos los socios, que la ejercerán por sí mismos.

9. Organización de la representación: A cargo del Sr. Bruno Luciano Scarlatto y el Sr. Francisco Javier Gutiérrez, ambos con todas las facultades para disponer de todos los bienes de la sociedad.

10. Fecha de cierre del ejercicio: 30 de junio de cada año.

$ 57 248211 Dic. 1

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BUFALO S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Fecha: 26 de Setiembre de 2014.

Aumento de Capital: Se aumenta el Capital social en la suma de $ 980.000,00 en acciones nominativas no endosables, ordinarias con derecho a cinco (5) votos por acción que se suscribe e integra con la capitalización de $ 950.671,77 de la cuenta “Resultados no Asignados” y $ 29.328,23 de la cuenta “Ajustes al Capital”, que los accionistas suscriben en proporción a sus respectivas tenencias modificando de esta manera el art.4 el cual queda redactado de la siguiente forma: “Artículo 4°: El Capital suscripto es de pesos un millón ($ 1.000.000) representado por 100.000 acciones de un valor nominal de pesos diez ($ 10) cada una, nominativas no endosables, ordinarias con derecho a cinco votos cada una. El Capital Social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550.

Modificación Fecha de Cierre de Ejercicio al 31 de enero: Se modifica el art. 15 quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 15°: El Ejercicio Social cierra el 31 de Enero de cada año. A esa fecha se confeccionarán los Estados Contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del Ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándolo a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) 5% hasta alcanzar el 20% del Capital suscripto para el Fondo de Reserva Legal; b) a remuneración del Directorio y Síndico, en su caso; c) A dividendos de las acciones preferidas con prioridad los acumulativos impagos; d) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativas o a cuenta nueva o al destino que se determine en la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción.

Modificación a 3 años la Duración en Funciones de los Directores: Se modifica el art. 9 quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 9°: La administración de la Sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de dos (2) y un máximo de siete (7), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Los directores, en la primera sesión, deben designar un Presidente y, en su caso, un Vicepresidente, salvo que lo haya decidido la asamblea de accionistas que los elige. El vicepresidente reemplazará al presidente en caso de ausencia, impedimento o fallecimiento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes.

La Asamblea fija la remuneración del Directorio.

$ 87 248200 Dic. 1

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METALURGICA LA HERENCIA S.R.L.


CONTRATO


Socios: Jorge Raúl Piccolini, argentino, mayor de edad, apellido materno Lottatori, nacido el 8 de Julio de 1966, D.N.I. N° 17.735.344, C.U.I.T. 20-17735344-3, industrial, casado en primeras nupcias con Claudia Teresa Pilka, con domicilio en Calle España N° 12 de la ciudad de Cañada de Gómez-Santa Fe; y Juan Carlos Calvan, argentino, mayor de edad, apellido materno Calderón, nacido el 16 de Diciembre de 1964, D.N.I. N° 16.880.964, C.U.I.T. 20-16880964-7, industria), soltero, con domicilio en Calle 20 N° 965 de la ciudad de Las Parejas-Santa Fe.

Fecha Contrato Social: 5 de Octubre de 2012.

Razón Social: Metalúrgica La Herencia S.R.L.

Domicilio: Calle Cortada 3 Bis N° 903, Las Parejas, Provincia de Santa Fe.

Objeto Social: Fabricación, Comercialización y Distribución de implementos agrícolas no autopropulsados; sus partes, accesorios, repuestos y reparaciones de los mismos; su importación y exportación.

Plazo: veinte (20) años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Capital Social: Pesos Ciento Cincuenta Mil ($150.000) divididos en Quince Mil (15.000) cuotas de capital de Pesos Diez ($10) cada una, que los socios suscriben en la siguiente proporción: Jorge Raúl Piccolini 7.500 cuotas de capital y Juan Carlos Calvan 7.500 cuotas de capital.

Administración y Representación: La Administración de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, actuando en forma indistinta cada uno de ellos. La administración y representación estará a cargo en forma exclusiva del socio Jorge Raúl Piccolini.

Fiscalización: a cargo de los socios Jorge Raúl Piccolini y Juan Carlos Galván.

Fecha de Cierre del Ejercicio: 30 de Noviembre de cada año.

$ 67 248198 Dic. 1

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HELADERIAS CEyCE S.R.L.


PRORROGA - AUMENTO DE CAPITAL


A los efectos legales se hace saber que por escritura n° 215 de fecha 11 de Noviembre de 2014 formalizada ante el Escribano Daniel V. Cócola y Registro nº 70, se produjo la siguiente modificación:

a) Prorroga del Contrato Social: Se Prorrogó el plazo de duración de la sociedad por 10 años llevando la vigencia hasta el 22/11/2024

b) Aumento de Capital: A la suma de Doscientos Mil Pesos ($ 200.000.-), para lo cual suscriben la suma de Ciento ochenta y ocho mil pesos divididas en 1880 cuotas de cien pesos cada una, las que son suscriptas de la siguiente forma: el señor Cristian Diego Cacciabue suscribe la cantidad Novecientos Cuarenta (940) cuotas de Cien Pesos cada una o sea la suma de Noventa y Cuatro mil pesos ($. 94.000); el señor Ciro Celso Cacciabue suscribe la cantidad de Trescientos setenta y seis (376) cuotas de Cien Pesos cada una o sea la suma de Treinta y siete mil seiscientos pesos ($ 37.600); el señor Facundo Ciro Cacciabue suscribe la cantidad de Doscientos ochenta y dos (282) cuotas de Cien Pesos cada una o sea la suma de Veintiocho mil doscientos pesos ($ 28.200); y Florencia Cacciabue suscribe la cantidad de Doscientos ochenta y dos (282) cuotas de Cien Pesos cada una o sea la suma de Veintiocho mil doscientos pesos ($ 28.200); que integran cada uno el 25% en dinero efectivo y el resto será integrado por los socios también en dinero efectivo y en un plazo no mayor de dos (2) años.

$ 45 248186 Dic. 1

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COEX-SI S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, se ha dispuesto publicar un edicto complementario correspondiente a la firma “COEX - SI S.R.L.”, dejándose expresamente aclarado que la fecha del Instrumento es: “En la ciudad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, a los 17 días del mes de Octubre de 2014.-

$ 45 248185 Dic. 1

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