picture_as_pdf 2009-12-01

REGISTRADA BAJO EL Nº 13034


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTICULO 1º.- Adhiérese la Provincia de Santa Fe a las disposiciones del Decreto N° 1285 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional en fecha 2 de octubre de 2007, sobre Sistema de Seguridad Bancaria.

ARTICULO 2º.- Invítase a las municipalidades y comunas de la Provincia a adherir a los términos de la presente Ley.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Fabián Bastía

Subsecretario

Cámara de Senadores


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

25 NOV 2009

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Antonio Juan Bonfatti

Ministro de Gobierno y

Reforma del Estado.

3933

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