REGISTRADA BAJO EL Nº 13033
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Dónase al Obispado de Reconquista, Provincia de Santa Fe, con destino al funcionamiento de la Parroquia Sagrado Corazón de Jesús, administrada por la Pastoral del Movimiento Rural de esa Diócesis, el Lote Nº 29 A de la Colonia "La Cigüeña", Distrito Fortín Olmos, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, identificado como "Lote N° 29 A" - en el Plano de Mensura y Subdivisión registrado en fecha 12 de octubre de 1981 con el Nº 97338 en el Servicio de Catastro e Información Territorial, inscripto el dominio a favor del Superior Gobierno de la Provincia, Tomo 65, Folio 198 vto., Nº 33778 en fecha 6 de marzo de 1941.
ARTICULO 2.- La escritura traslativa de dominio será otorgada por Escribanía de Gobierno.
ARTICULO 3.- Derógase la Ley Nº 9205.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Fabián Bastía
Subsecretario
Cámara de Senadores
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
25 NOV 2009
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Antonio Juan Bonfatti
Ministro de Gobierno y
Reforma del Estado.
3932
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