COMUNA DE BARRANCAS
ORDENANZA Nº 428/2018
s/Desguace Moto Vehículos
VISTO:
Los informes elevados por la División Tránsito, y;
CONSIDERANDO:
Que se informa sobre la existencia de doce (12) motocicletas, en el predio destinado al depósito de vehículos remitidos por la Dirección de Tránsito; muchas de las cuales se encuentran abandonadas desde hace más de 6 meses;
Que la acumulación de estos vehículos constituye un foco infeccioso, de inseguridad y contaminación debido a las sustancias peligrosas que contienen, como así también un habitat especial para la permanencia y proliferación de roedores, alacranes, etc.;
Que obra detalle de las unidades existentes en el corralón comunal;
Que la Ley Nº 11856, en su Art. 8, Inc. B autoriza a las Comunas a disponer el desguace cuando es estado del vehículo, por su deterioro, implique un peligro real o inmediato para la salud o el medioambiente y haga presumir que el mismo fue abandonado y no pedido por su dueño;
Que iguales potestades concede la Ordenanza Nº 318/2016, en su Art. 3 al disponer que “En el supuesto de no regularizarse la situación, y por ende, no retirarse el vehículo secuestrado dentro del término de 6 (seis) meses de producido el acto de remisión al corralón, la Comuna se encontrará habilitada para proceder a su desguace...”;
Que, consecuentemente, se formalizarán dos publicaciones en un medio local y en el boletín oficial de la Provincia de Santa Fe, otorgando un plazo de cinco (5) días para que los titulares y/o quienes se creyeran con el derecho a las unidades en cuestión, regularicen la situación de los mismos y los retiren de la dependencia comunal donde están;
Que la Comisión Comunal trató el tema en su sesión de fecha 11/10/2018, según consta en el Libro de Actas bajo el N° 187;
POR TODO ELLO:
LA COMISIÓN COMUNAL DE BARRANCAS (Santa Fe), en uso de las facultades que le son propias, sanciona y promulga la siguiente
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º) Otórguese un plazo de cinco (5) días, a los titulares y/o quienes se creyeran con derecho a las unidades que se detallan a continuación, para que regularicen la situación de las mismas y las retiren de la dependencia comunal donde se encuentran:
UNIDADES VEHICULARES:
MOTOS Y CICLOMOTORES:
ACTA-FECHA INFRACCIÓ VEHÍCULO
1212-27/08/2016 MUNDIAL 110 CC, MOTOR 1P52FMHBJ008459;
1292-04/01/2017 HONDA STORN, MOTOR SDH157FMIC93403039, DOMINIO 208EPP;
1441-17/05/2017 ZANELLA 50 CC, MOTOR AG64484;
1613-09/08/2017 GUERRERO 110 CC, MOTOR 150FM32007008760;
1659-23/08/2017 ZANELLA 50 CC, MOTOR 50LH11353;
1662-25/08/2017 MOTOMEL SKUA 150 CC, MOTOR 162FMJ11B15610;
1674-15/09/2017 ZANELLA 50 CC, MOTOR 50AG36595;
1604-16/07/2017 GUERRERO GT 70 DAY, MOTOR KT1P47FMDD0057734;
1687-24/09/2017 GUERRERO TRIP 110, MOTOR LF1P50FMH81168508, DOMINIO 130DXS;
1694-06/10/2017 YAMAHA CRIPTON, MOTOR E3H1E006898, DOMINIO 496HTP;
1683-20/09/2017 APPIA BREZZA, MOTOR DY157FMJ2D3041045, DOMINIO 315JLV;
1631-03/10/2017 GUERRERO G110, MOTOR LF1P50FMH81019313.
ARTÍCULO 2°) Publíquese conforme se detalla en los considerandos.
ARTÍCULO 3°) Expirado el tiempo establecido sin que sus titulares hayan ejercido sus derechos, se dispondrá el desguace de los rodados, a través de un mecanismo que asegure la no utilización de partes de los mismos.
ARTÍCULO 4°) Comuníquese, regístrese publíquese y archívese.
BARRANCAS, 12 de Octubre de 2018.-
JORGE A CALVET
Presidente
Comuna de Barrancas
$ 450 372919 Nov. 1 Nov. 7
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