COMERCIO INTERIOR S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 01/06/2018, se resolvió designar por el término de 2 ejercicios como directores titulares de Comercio Interior S.A. a los señores Marcos Brito, Santiago H. Seeber, Claudio Osvaldo Catalá, Francisco Müller Neto, Walter Rubén Tombolini y Claudio Edelmiro Santecchia y como directores suplentes a María José Pérez Vanmorlegan, Martin Eduardo Medrano, Pedro Merlini, Alejandro Miguel Lafon, Juan Carlos Masciotta y Pablo de Vincenzo, que reemplazan a los titulares en orden de designación. También se resolvió designar por el término de 1 ejercicio como miembros titulares de la Comisión Fiscalizadora a los señores Eugenio Agustín Martínez Espeche, Gerardo Nelson Posadas y Carlos Augusto García Beltrame; y como miembros suplentes a los Señores Cristian Rodrigo González, Sergio Rubén Reinoso y María Elisa Mundiña. Por lo tanto queda conformado el Directorio de la siguiente manera: Director Titular- Presidente: MARCOS BRITO, D.N.I. 29.866.300, CUIT 20-29866300-8, apellido materno CARBALLO, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 05/10/1982, casado, con domicilio real en calle Onelli N° 26 de la localidad de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, y domicilio especial en calle Cordoba N° 1464 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios. Director Titular- Vicepresidente: SANTIAGO HORACIO SEEBER, D.N.I. 26.280.078, CUIT 20-26280078-5, apellido materno GRADIN, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 27/03/1977, casado, con domicilio real en calle Echeverria N° 1200 de la ciudad de Tigre, Provincia de Buenos Aires y domicilio especial en calle Córdoba N° 1464 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios. Director Titular: CLAUDIO OSVALDO CATALÁ, D.N.I. 17.052.159, CUIT 20-17052159-6, apellido materno CHAVES, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 11/04/1965, casado, con domicilio real en calle D. Porteau N° 199 de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, y domicilio especial en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duráción en el cargo por los próximos dos ejercicios. Director Titular: FRANCISCO MÜLLER NETO, D.N.I. 92.919.097, CUIT 20-92919097-2, apellido materno MÜLLER NETO, nacionalidad brasileña, sexo masculino, nacido el 27/12/1962, casado, con domicilio real en calle 12 de Octubre N° 731 Piso 11, Dpto. “D” de la ciudad de Salta, provincia de Santa y domicilio especial en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios. Director Titular: WALTER RUBEN TOMBOLINI, D.N.I. 12.748.474, CUIT 20-12748474-1, apellido materno SEVERINI, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 01/10/1958, casado, con domicilio real en calle Ituzaingo N° 1044 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y en calle Córdoba N° 1464 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios. Director Titular: CLAUDIO ELEDMIRO SANTECCHIA, D.N.I. 14.631.669, CUIT 20-14631669-8, apellido materno MESSINA, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 23/10/1961, divorciado, con domicilio real en calle Garay N° 757 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y domicilio especial en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios. Directora Suplente: MARÍA JOSÉ PEREZ VANMORLEGAN, D.N.I. 24.159.490, CUIT 23-24159490-4, apellido materno BUSSO, nacionalidad argentina, sexo femenino, nacida el 31/08/1974, divorciada, con domicilio real en calle Santa Fe N° 995 3º Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con domicilio especial en calle en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios Director Suplente: MARTÍN EDUARDO MEDRANO, D.N.I. 26.627.589, CUIT 20-26627589-8, apellido materno SWAELS, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 31/05/1978, casado, con domicilio real en calle B° Lomas de Medeiros Mza N° 632 a casa 16, de la ciudad de Salta, Provincia de Salta y con domicilio especial en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios Director Suplente: JUAN PEDRO MERLINI, D.N.I. 26.133.497, CUIT 20-26133497-7, apellido materno PONCE DE LEÓN, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 07/08/1977, casado, con domicilio real en Barrio Chacras de Santa María, Lote N° 130 de la ciudad de Salta, Provincia de Salta y domicilio especial en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios. Director Suplente: ALEJANDRO MIGUEL LAFON, D.N.I. 25.884.808, CUIT 20-25884808-0, apellido materno CAPODACQUA, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 23/07/1977, casado, con domicilio real en Barrio Mirasoles, Manzana N° 485 d, Casa 5 de la ciudad de Salta, Provincia de Salta y domicilio especial en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios. Director Suplente: JUAN CARLOS MASCIOTTA, D.N.I. 14.426.091, CUIT 20-14426091-1, apellido materno DI SANTO, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 21/04/1961, casado, con domicilio real en calle Almafuerte N° 78 de la ciudad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe y domicilio especial en calle Córdoba N° 1464 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios. Director Suplente: PABLO DE VINCEZNO, D.N.I. 23.049.566, CUIT 20-23049566-2, apellido materno FERRER, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 08/03/1973, casado, con domicilio real en calle Balcarce N° 2982 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y domicilio especial en calle en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por los próximos dos ejercicios.
A su vez, la Comisión Fiscalizadora queda conformada de la siguiente manera: Sindico Titular: GERARDO NELSON POSADAS, D.N.I. 13.977.271 CUIT 20-13977271-8, apellido materno PEREZ, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 13/09/1961, divorciado, con domicilio real en calle Urquiza N° 1337 de la ciudad de Salta, Provincia de Salta y domicilio especial en calle Córdoba N° 1464 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por un ejercicio. Sindico Titular: CARLOS AUGUSTO GARCÍA BELTRAME, D.N.I. 10.865.755, CUIT 20-10865755-4, apellido materno GODFRID, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 23/07/1953, casado, con domicilio real en calle Corrientes N° 763 - Piso 11 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y domicilio especial en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por un ejercicio. Sindico Suplente: CRISTIAN RODRIGO GONZALEZ, D.N.I. 28.543.073, CUIT 23-28543073-9, apellido materno CANTERO, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 27/1/1980, soltero, con domicilio real en calle O ‘Higgins N° 1928, 8º Piso de la ciudad de Salta, Provincia de Salta y con domicilio especial en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por un ejercicio. Sindico Suplente: SERGIO RUBÉN REINOSO, D.N.I. 28.948.631, CUIT 20-28948631-4, apellido materno CENTURIÓN, nacionalidad argentina, sexo masculino, nacido el 19/08/1981, casado, con domicilio real en Av. Libertador N° 3048 de la ciudad de Salta, Provincia de Salta y con domicilio especial en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por un ejercicio. Sindica Suplente: MARÍA ELISA MUNDIÑA, D.N.I. 17.486.204, CUIT 23-17486204-4, apellido materno TRAKALO, nacionalidad argentina, sexo femenino, nacida el 07/12/1964, casada, con domicilio real en calle Corrientes N° 763, Piso 11 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y domicilio especial en calle Córdoba N° 1464, 8º Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración en el cargo por un ejercicio.
$ 320 369105 Oct. 1
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CASABLANCA S.R.L.
PRÓRROGA
Por estar así dispuesto en los autos de referencia, se hace saber que la entidad comercial mediante instrumento privado de fecha ... de Agosto de 2018, ha dispuesto lo siguiente
Primero: Prórroga de la Sociedad: Modificación Cláusula Segunda Duración. Que queda en definitiva de la siguiente forma: Segunda: Duración: El término de duración de la sociedad será de diez años (10) años a contar del día de inscripción de reconducción social en el Registro Público de Comercio -01/10/2013-. Por decisión de los socios podrá disolverse anticipadamente o prorrogarse, en este último caso antes del vencimiento del plazo de duración deberá resolverse la prórroga e inscribirse en el Registro Público de comercio.
Expte. 1948 año 2.018. Santa Fe, 12 de septiembre de 2018. Dr Freyre, Secretario.
$ 45 369051 Oct. 1
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COMPAÑÍA OROÑO S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Se hace saber que por escritura Nº 339 de fecha 07/09/2017 se realizó la adjudicación del 100% de las cuotas sociales en poder de la Sra. Graciela Leonor Allegretti es decir 92.400 de valor nominal Pesos uno ($1) al Sr. LUIS CARLOS GALVEZ, argentino, comerciante, nacido el 28/03/1959, divorciado, DNI 13537777, CUIT 20-13537777-6, domiciliado en calle Boulevard Oroño 697 de esta ciudad. Asimismo en el mismo acto se recibe su renuncia al cargo de socia gerente, y se designa al Sr. Juan Pablo Orsi, quien en el mismo acto acepta tal designación. Datos personales del Sr. Juan Pablo Orsi: Argentino, DNI 31393406, CUIT 20-31393406-4 matriculado en el Colegio de Corredores Inmobiliarios de Rosario al número 1346 nacido el 25/01/1985, domiciliado en calle San Martin Nº 534 Piso 14 de esta ciudad, soltero. En fecha 23/01/2018 por instrumento privado el Sr. LUIS CARLOS GALVEZ, cede 61200 cuotas sociales de Pesos Uno ($1) valor nominal cada una al Sr. Juan Pablo Orsi. Por todo lo cual la clausula quinta del contrato social queda redactada de la siguiente manera: Quinta: El capital social, se fija en la suma de pesos ciento veinte mil ($120.000) dividido en ciento veinte mil (120.000) cuotas de un peso ($1) valor nominal cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: JUAN PABLO ORSI en la cantidad de sesenta y un mil doscientos (61200) cuotas sociales de Pesos Uno ($1) valor nominal cada una, lo que hace un total de pesos sesenta y un mil doscientos ($61.200); LUIS CARLOS GALVEZ en la cantidad de treinta y un mil doscientos (31.200) cuotas de capital valor nominal de $1 (un peso) cada una, lo que hace un total de pesos treinta y un mil doscientos ($31.200) y RUBEN ALLEGRETTI en la cantidad de veintisiete mil seiscientas (27.600) cuotas sociales de Pesos Uno ($1) valor nominal cada una, lo que hace un total de pesos veintisiete mil seiscientas ($27600).
$ 73 368614 Oct. 1
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DISTRIBUIDORA CENTRAL ROSARIO S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
En Rosario, a los 6 días del mes de agosto de 2018, entre los Sres. ANTONIO EUGENIO GARCIA, D.N.I. nro.6.063.042, CUIT NRO 20-06063042-0 argentino, mayor de edad, estado civil viudo, con domicilio actual en calle J. C. Paz 2503, de la ciudad de Rosario, FEDERICO MANUEL GARCIA, DNI nro. 30.904.636, CUIT NRO 20-30904636-7, argentino, mayor de edad, estado civil soltero, con domicilio actual en calle JC paz 2503 de la ciudad de Rosario, MARIA FERNANDA GARCIA, DNI nro 29.662.516, CUIT NRO 27-29662516-2, argentina, mayor de edad, de estado civil soltera, con domicilio actual en calle Victor Mercante 1259 bis, LEONARDO ANDRES GARCIA, DNI nro 26.171.970 CUIT NRO 20-26171970-6, argentino, mayor de edad, de estado civil soltero, con domicilio actual en calle Belgrano 766 de la ciudad de Rosario y el Sr JUAN CARLOS GARCIA, D.N.I. nro.6.052.467, CUIT NRO 20-06052467-0 argentino, mayor de edad, casado en primeras nupcias con la Sra. Gladis Esther Tumini, con domicilio actual en calle Reconquista 1147, de la ciudad de Rosario, en adelante LAS CEDENTES por una parte; y por la otra los Sres. ENRIQUE OSCAR GARCIA, D.N.I. 8.617.282, CUIT NRO. 20-08617282-9 argentino, mayor de edad, casado en primeras nupcias con María Elena Perez, con domicilio en Laprida 585 6° piso A, de Rosario, y el Sr. JUAN IGNACIO NAZABAL D.N.I. 13.300.221, CUIT NRO. 23-13300221-9, argentino, divorciado, comerciante, con domicilio en calle Queque 693 de la ciudad de Tandil, pcia de Buenos Aires, en adelante LOS CESIONARIOS, convienen en celebrar la presente cesión de cuotas sociales, conforme a los considerandos siguientes, y para ser regido por las cláusulas aquí pactadas:
1. Antecedentes. El Sr Antonio Garcia, Federico Manuel Garcia, María Fernanda Garcia, Leonardo Andrés Garcia, Juan Carlos Garcia y Enrique Garcia son socios de una sociedad que gira en la plaza local bajo la razón social de DISTRIBUIDORA CENTRAL ROSARIO S.R.L., inscripta en Contratos EL 14/07/1975 al Tomo 126 Folio 3922 nro. 1262 y modificaciones inscriptas el 10/09/1980 al tomo 131, folio 3712, n°1287; el 05/09/1985, al tomo 136, folio 2718, n°879; el 10/09/1990, al tomo 141, folio 8813, n° 901; el 30/10/1995 al tomo 146, folio 16277, n°1668; el 26/07/2005 al tomo 156 fº14671 n°1160 y en fecha 14/09/2015, al tomo 166, Fº24339, n°1572, el 18/07/18 al tomo 169, fº4975, n°1212. Reúnen todos ellos el 100% del capital, integrado de la siguiente manera: el Sr Antonio Garcia posee 3350 cuotas partes, Federico Manuel Garcia posee 1116,66 periódico de las cuotas partes, María Fernanda Garcia posee 1116,66 periódico de las cuotas partes, Leonardo Andrés Garcia posee 1116,66 periódico de las cuotas partes, Juan Carlos Garcia posee 6700 cuotas partes y Enrique Garcia posee también 6700 cuotas partes, ascendiendo la totalidad a 20100 cuotas partes.
Primera: Objeto. Las Cedentes, el Sr Juan Carlos Garcia, Federico Manuel Garcia, María Fernanda Garcia, Leonardo Andrés Garcia y Antonio Eugenio Garcia ceden a Los Cesionarios, aceptando estos de plena conformidad, la totalidad de las cuotas sociales de las que son titulares y les pertenecen hasta la fecha de la Sociedad DISTRIBUIDORA CENTRAL ROSARIO S.R.L., de la siguiente forma el Sr Juan Carlos Garcia cede la totalidad de sus cuotas, 6700, al Sr Juan Ignacio Nazabal, el Sr Antonio Eugenio Garcia cede la totalidad de sus cuotas, 3350, al Sr Juan Ignacio Nazabal; Federico Manuel Garcia, María Fernanda Garcia, Leonardo Andrés Garcia ceden 3350 cuotas que poseen en condominio, al Sr Enrique Oscar Garcia- En consecuencia se modifica la cláusula cuarta que queda redactada de la siguiente manera: El capital social se establece en la suma de doscientos un mil pesos ($201.000.-) dividido en veinte mil cien cuotas de diez pesos ($10.-) cada una, siendo suscripto de la siguiente manera: Los señores Enrique Oscar Garcia y Juan Ignacio Nazabal, la cantidad de diez mil cincuenta cuotas (10.050) que representan la suma de pesos cien mil quinientos($100.500.-), cada uno.
Segunda: Precio y Mora. La presente cesión se realiza por el precio único y definitivo de pesos -un millón $ 1,000,000,- que los cesionarios abonarán en forma proporcional a la adquisición en veinticinco (25) cuotas consecutivas, de pesos cuarenta mil $ 40,000,-, con vencimiento los días 28/08/18 28/09/18 28/10/18 28/11/18 28/12/18, 28/01/19 28/02/19 28/03/19, 28/04/19, 28/05/19 28/06/19 28/07/19 28/08/19 28/09/19 28/10/19 28/11/19, 28/12/19 28/01/20 28/02/20 28/03/20, 28/04/20 28/05/20 28/05/20 28/06/20 y última operando el vencimiento el día 28/07/20. Las partes acuerdan que las mismas pueden realizarse en efectivo o mediante transferencia bancaria lo que indique La Cedente.
Tercera: Obligaciones. Las partes acuerdan que a partir de la suscripción de esta cesión no se generan ni se comparten utilidades ni pérdidas entre los cesionarios y la cedente no existiendo cuentas por cobrar de ninguna naturaleza. Se deja constancia que las cuotas cedidas y transferidas fueron integradas en forma total con anterioridad a esta cesión. La presente cesión incluye todo crédito como así también todo débito que el cedente tenga en la sociedad, así como las utilidades o pérdidas que arrojen los ejercicios anteriores y el que se halla en curso.
Cuarta: Indemnidad. Los Cesionarios a partir de la firma del presente se obligan a mantener indemne a la cedente de cualquier obligación o deuda exigida por terceros, incluido cualquier organismo nacional, provincial y/o municipal público, privado o mixto (ej. AFIP, API, Municipalidad de Rosario, solo por citar algunos ejemplos) aún las generadas con anterioridad a la suscripción de este convenio, entendiendo las partes que a partir de la firma de este pacto quedan perfectamente compensados sus débitos y créditos, entre si y respecto de la sociedad estando todo esto comprendido en el monto del precio pactado.
Quinta: Renuncia a la Gerencia- Aprobación de la Gestión. Nueva Designacion. Los Cedentes, Antonio y Juan Carlos Garcia, renuncian a la gerencia de la SRL. El socio Enrique Garcia manifiesta su total aprobación y conformidad con las tareas desarrollada por las cedentes en todas sus funciones y especialmente en su función de Gerentes de la institución. Asimismo las cedentes se obligan a suscribir y regularizar la totalidad de las Actas y documentos en los que falte sus firmas, por acontecimientos anteriores a la presente cesión.- Con motivo de la presente cesión y renuncia se procede a designar gerente al Sr Enrique Oscar Garcia, por lo cual la cláusula quinta quedará redactada de la siguiente manera: La administración de la sociedad estará a cargo del Sr ENRIQUE OSCAR GARCIA quien revestirá el carácter de gerente, quien tendrá el uso de la firma social obligando a la sociedad en forma individual. El gerente, en cumplimiento de sus funciones podrá suscribir y efectuar todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. En uso de sus facultades de administración, para el cumplimiento del objeto social, y en la forma expresada para complementarla, el socio gerente gozará de todas las facultades que las leyes de fondo y forma consagran para el mandato de administrar.
Sexta: Gastos. Los Cesionarios se hacen cargo de la totalidad de honorarios, gastos y sellados que irrogue la presente cesión.
Séptima: Inscripcion Registral. Las partes autorizan a la Dra. PAULA REGINA SEFFINO para gestionar la correspondiente inscripción de esta cesión de cuotas.
Octava: Asentimiento Conyugal. La Sra. Gladis Esther Tumini, D.N.I. 5.588.717, argentina, casada con el Sr Juan Carlos Garcia, ama de casa, con domicilio en calle Reconquista 1147 de la ciudad de Rosario, presta su consentimiento y plena conformidad a la presente cesión de cuotas, en virtud de lo normado por el art 470 inc. c) del Código Civil y Comercial de la Nación, a sus efectos y con las prerrogativas de ley.
Novena: A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución UIF 11/2011, el socio Juan Ignacio Nazabal, declara bajo juramento que los datos consignados son correctos, completos y fiel expresión de verdad y que NO se encuentra incluido y/o alcanzado dentro de la “nómina de funciones de personas expuestas políticamente” aprobada por la unidad de información financiera, que ha leído y suscripto. Además asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.
Décima -Jurisdicción. Los contratantes pactan someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios con competencia en la ciudad de Rosario, para dirimir cualquier conflicto que surja con motivo del presente, fijando domicilios especiales en los mencionados en el encabezamiento, donde serán validas todas las notificaciones, renunciando a todo otro fuero que pudiera corresponder. No siendo para más se firman tres ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto.-
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D’EJACA S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
1. Socios, AGUILAR NESTOR GUSTAVO, DNI. N° 21.040.853, CUIT: 20-21040853-4 argentino, nacido el 29 de Julio de 1969, soltero, comerciante, domiciliado en Formosa 344 Bis de Rosario y AGUILAR OSVALDO DANIEL, D.N.I. N° 11.873.247, CUIT: 20-11873247-3 argentinos nacido el 28 de Diciembre de 1955, casado en primeras nupcias con García Nora Liliana, comerciante, domiciliado en Formosa 344 Bis.
2. Capital: $ 150.000.- (pesos ciento cincuenta mil) en la misma proporción anterior.
3. Se nombran socio gerente al señor Aguilar Nestor Gustavo y a Aguilar Osvaldo Daniel.
4. El domicilio social de D’EJACA S.R.L. en: Junin 1991 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
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DROGUERÍA INDUSTRIAL
SAN JUAN S.R.L.
RECONDUCCIÓN
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10º inc. a), de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 y modificatorias, se hace saber de la reconducción societaria de DROGUERIA INDUSTRIAL SAN JUAN S.R.L., de acuerdo al siguiente detalle:
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 30 días del mes de Agosto del año dos mil dieciocho entre los señores, EDUARDO JOSE BALBUENA, argentino, mayor de edad, comerciante, fecha de nacimiento 18-10-1945, divorciado, D.N.I. N° 6.062.617 CUIT 20- 06062617-1, con domicilio en calle Almafuerte 1 070 P.A. de Rosario, Provincia de Santa Fe, HUGO FABIAN MOLINA, argentino, mayor de edad, comerciante, fecha de nacimiento 02-09-1970, D.N.I. N° 21.814.638, CUIT 20-21814638-5, casado en primeras nupcias con Mirta Susana Machuca, DNI N° 28.002.208, fecha de nacimiento 26-07-1979, con domicilio en calle Cabildo 451 de Rosario Provincia de Santa Fe, NESTOR JAVIER VILLEGAS, argentino, mayor de edad, comerciante, fecha de nacimiento 21-07-1965, DNI N° 17.370.664, CUIT 20-17370664-3, casado en primeras nupcias con Laura Roxana Igüelas, DNI N° 17.668.109, fecha de nacimiento 20-11-65, con domicilio en Pasaje Santafesino 2890 de Rosario, Provincia de Santa Fe, CRISTIAN GUILLERMO BORDONI, argentino, mayor de edad, comerciante, soltero, fecha de nacimiento 2008-1973, D.N.I; N° 23.512.630, CUIT 20-23512630-4, con domicilio en calle Warnes 1150 3º A de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y VIVIANA ELISA BALBUENA, D.N.I. 32.324.709 CUIT 27-32324709-4, argentina, nacida el 06 de Mayo de 1.986, de profesión comerciante, estado civil soltera, con domicilio en calle Milicianos Rosarinos 8817 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en su carácter de socios de DROGUERIA INDUSTRIAL SAN JUAN S.R.L., inscripta en Contratos al Tomo 159, Folio 11.846, Número 982 con fecha 06 de Junio de 2.008 y posteriores modificaciones, quienes luego de un intercambio de opiniones acuerdan por unanimidad formalizar las siguientes decisiones:
1º) Acuerdan reconducción societaria: Los socios deciden la reconducción societaria y fijan el plazo de duración de la sociedad en cinco (5) años más a partir de la fecha de inscripción del presente.
Por lo expuesto, el contrato social de DROGUERIA INDUSTRIAL SAN JUAN S.R.L. queda regido por las siguientes cláusulas en particular y por la ley de sociedades 19.550 y modificatorias en general y el texto ordenado del mismo es el siguiente:
Texto Ordenado Contrato Social. DROGUERIA INDUSTRIAL SAN JUAN S.R.L.
Denominacion, Domicilio y Duración. Primera: Denominación: La sociedad girará bajo denominación de DROGUERIA INDUSTRIAL SAN JUAN S.R.L.
Segunda: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país, o del extranjero.
Tercera: Duración: El término de duración se fija en cinco (5) años a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio.
Objeto y Capital. Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicase por cuenta propia o de terceros o asociados a terceros a las siguientes actividades: a) producción, distribución, fraccionamiento, comercio y venta de productos de perfumería, limpieza, sustancias y productos químicos industriales; b) exportación e importación de productos de perfumería, sustancias y productos químicos industriales; A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o el Contrato Social.
Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos trescientos mil($ 300.000.-) divididos en seiscientas (600) cuotas de pesos quinientos ($ 500.-) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: EDUARDO JOSE BALBUENA CIENTO VEINTE (120) cuotas de capital que representan la suma de sesenta mil ($60.000.-), HUGO FABIAN MOLINA CIENTO VEINTE (120) cuotas de capital que representan la suma de pesos sesenta mil ($60.000.-), NESTOR JAVIER VILLEGAS ciento veinte (120) cuotas de capital que representan la suma de pesos sesenta mil ($60.000.-), CRISTIAN GUILLERMO BORDONI ciento veinte (120) cuotas de capital que representan la suma de pesos sesenta mil ($60.000.-) y VIVIANA ELISA BALBUENA ciento veinte (120) cuotas de capital que representan la suma de pesos sesenta mil ($60.000.-).
Administración y Fiscalización. Sexta: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de dos gerentes socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en todos los casos en forma indistinta. Los socios acuerdan por unanimidad designar, de acuerdo a la cláusula sexta, como gerentes, a los señores HUGO FABIAN MOLINA y CRISTIAN GUILLERMO BORDONI, fijando domicilio especial en el domicilio real declarado por los mismos.
Los señores socios aceptan el cargo para el cual fueron designados, comprometiéndose a actuar de acuerdo la cláusula sexta del Contrato Social, es decir en forma indistinta.
Séptima: Fiscalización. Reunión de socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresaran su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptaran según las mayorías establecidas por el art. 160 de la Ley 19.550.-
Balances y Distribuciones de Utilidades. Octava: Balance general y resultado: La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de octubre de cada año, fecha en la cual se confeccionara un balance general, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el balance general, la gerencia convocara a una reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de estos para su conocimiento y consideración, en las condiciones establecidas en la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudieran realizarse, el balance se considera automáticamente aprobado si dentro de los diez días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de socios, no fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas. El balance deberá ser considerado dentro de los 120 días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 días de anticipación. Si el ejercicio arrojara ganancias, de estas se destinaran el cinco por ciento para la constitución de la “Reserva Legal”, hasta que la misma alcance al veinte por ciento del capital social. Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del art. 70 de la ley 19.550. Salvo lo dispuesto por el art. 71 de la misma ley para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arroja perdidas, estas se cargarán a las reservas especiales y en su defecto, a la Reserva Legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando esta ultima con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, tendiendo presente al respecto lo dispuesto por el art. 71 de la ley 19.550. Las perdidas que insuman el capital social no importaran la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.-
Cesión de cuotas, fallecimiento e incapacidad. Novena: Cesión de cuotas: a) Entre los socios: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existentes entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirirlas proporcionalmente a su participación social. b) A terceros: Las que se otorgarán a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la ley 19.550 en el Art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios. c) Procedimiento de cesión o transferencia: El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a sus consocios, estos últimos deberán notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a la Gerencia y a sus consocios debelar indicar el nombre y apellido del interesado, precio y condiciones de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerencias o de administración.-
Décima: Fallecimiento e incapacidad: En caso de fallecimiento, o por cualquier otra causal legal que importe el retiro o desvinculación de algunos de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores o; b) Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional de las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicara a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando su personería. El importe resultante se abonara a los herederos, sucesores o representantes en tres (3) cuotas pagaderas, la primera de inmediato y las restantes a los noventa (90) y ciento ochenta (180) días respectivamente, debidamente actualizada y con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para prestamos de capital ajustable, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedara sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el termino de diez (10) días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este artículo.-
Disolución y Liquidación. Prohibición de Los Socios. Undecima: Disolución y liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la ley 19.550. En tal caso, la liquidación se practicara por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por mayorías establecidas en la cláusula séptima de este contrato decidan nombrar un liquidador en cuyo caso lo harán dentro de los 30 días de haber entrado en la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 a 112 de la ley 19.550 e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) se reembolsaran las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante, y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.-
Duodecima: Prohibiciones a los socios: Queda terminantemente prohibido a los socios intervenir en ningún trabajo o actividad afín al objeto principal de la sociedad, fuera de la misma, salvo expresa autorización de los demás socios formalmente manifiesta. La utilidad proveniente de cualquier negocio realizado en trasgresión a esta cláusula se considera utilidad de la sociedad, y habiendo pérdidas serán de cuenta exclusiva del socio interviniente.-
Decima Tercera: Diferencia entre los socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición d la sociedad, será sometida a la decisión de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Rosario, a cuya competencia y jurisdicción se someten los socios, expresamente, renunciando a cualquier fuero de excepción, inclusive al Federal, si pudiere corresponderles.-
Asimismo los socios ratifican, mediante Acta Acuerdo de fecha 10 de Septiembre de dos mil dieciocho, la sede social en calle San Juan 1.074 de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe.
$ 490 368648 Oct. 1
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DISTINCION REMIS S.R.L.
CAMBIO DE DOMICILIO
Se hace saber, que DISTINCION REMIS S.R.L., sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio, en Contratos al Tomo 162, Folio 26461, N° 1750 con fecha 3 de Octubre de 2011, y sus modificaciones de fecha 14 de Noviembre de 2016 Tomo 167, Folio 31709 N° 1927, con domicilio actual en calle Bv. Rondeau 778, de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe ha resuelto, por Acta de Asamblea N° 21 de fecha 14 de Agosto del año 2018 y por unanimidad fijar sede social a la dirección de Bv Rondeau 711, local 1, de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe.
$ 45 368537 Oct. 1
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DREU S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
Con relación a “DREU” S.R.L., se hace saber que por instrumento de fecha 18 de julio de 2018, entre los socios: GISELA VANESA CARDELLA, argentina, D.N.I. Nro. 25.204.942, nacida el 11 de noviembre de 1976, CUIT 27-25204942-3, de profesión Contadora Pública, casada en primeras nupcias con Hugo Alberto Jesús Cabeza, con domicilio en calle Suipacha 743 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; y JUAN JOSÉ MOSER, argentino, D.N.I. Nro. 32.218.568, nacido el 24 de mayo de 1986, CUIT 20-32218568-6 de profesión Comerciante, soltero, con domicilio en Av. Presidente Perón 4259, dpto. 5 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, en pleno ejercicio de sus derechos como socios, han decidido realizar la siguiente cesión de cuotas de la sociedad denominada “DREU” S.R.L., por medio de la cual la Sra. GISELA VANESA CARDELLA, contando con el asentimiento conyugal del Sr. Cabeza, vende, cede y transfiere al Sr. JUAN JOSÉ MOSER, de forma absoluta, definitiva e irrevocable, la totalidad de sus cuotas sociales que a la fecha son Cuatrocientas Veinte (420), y que a su valor nominal de Pesos Cien ($100) cada una, totalizan un capital de Pesos Cuarenta y Dos Mil ($42.000). La venta, cesión y transferencia de las cuotas sociales se realizó en el precio total de Pesos Doscientos Mil ($200.000). Se encuentran comprendidos en dicha venta todos los derechos que pudiera tener el cedente sobre las mencionadas cuotas. Consecuentemente, y atento a la cesión efectuada, la cláusula QUINTA del contrato social quedará redactada de la siguiente manera: QUINTA: Capital: El Capital Social se fija en la suma de Pesos Ciento Cuarenta Mil ($140.000), dividido en mil cuatrocientas cuotas de capital de un valor nominal de Pesos Cien ($100) cada una. El Capital Social ha sido suscripto de la siguiente manera: la socia MARCELA ALEJANDRA MEDINA suscribe setecientas (700) cuotas que representan Pesos Setenta Mil ($70.000), y el socio JUAN JOSÉ MOSER suscribe setecientas (700) cuotas que representan Pesos Setenta Mil ($70.000). El Capital Social se encuentra integrado en su totalidad.
$ 75 369096 Oct. 1
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ENERGY INVESTMENTS S.A.
ESTATUTO
A efectos del art. 10 de la Ley 19.550 se hace saber que por instrumento de constitución de fecha 18 de junio de 2018, se ha resuelto constituir una sociedad anónima que girará bajo la denominación de “ENERGY INVESTMENTS” S.A., cuyos socios son: Leandro Salvatierra, argentino, nacido el día 18.11.1969, DNI 20.904.126, de estado civil casado, de profesión abogado, CUIT Nº 20-20904126-0, con domicilio en calle Génova 9016, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y Diego Feser, argentino, nacido el día 13.03.75, DNI 10.069.285, de estado civil casado, de profesión abogado, CUIT 20-24322504-4 con domicilio en calle en Paraguay 777, piso 10 de Rosario, Provincia de Santa Fe. Su plazo de duración es de 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Tiene por objeto: desarrollar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior la producción, generación y comercialización de energía eléctrica obtenida a partir de fuentes de energía renovables. A tal fin, la sociedad tiene planea capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y llevar a cabo todos los actos jurídicos no prohibidos por las leyes aplicables, reglamentaciones vigentes y por este Estatuto.- El capital social es de Pesos Trescientos Cincuenta Mil ($350.000), representado por Trescientos Cincuenta Mil (350.000) acciones, nominativas no endosables, de pesos uno ($1) de valor nominal cada una. La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto de un número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de 1 y un máximo de 7 quienes durarán en sus funciones 3 ejercicios, pudiendo ser reelegidos. De acuerdo a lo establecido por el art. 284 último párrafo de la ley 19.550, se prescinde de sindicatura, pudiendo los socios ejercer el contralor que prevé el art. 55 de la misma ley Se hace saber que se han designadoun director titular y uno suplente: Como Presidente y único Director Titular a ALEXIS WALTER WEITEMEIER, argentino, nacido el día 04.07.1979, DNI 27.114.953, de estado civil casado, de profesión abogado, CUIT Nº 20-27114953-1, con domicilio en calle Gould 942, Piso 5º de la ciudad de Rosario, Provincia qe Santa Fe, y como Directora Suplente a VIVIANA CLAUDIA COSENTINO, argentina, nacida el 24.01.1979, D.N.I. Nº 27.059.714, CUIT 27-27059714-4, de estado civil casada, de profesión Abogada, con domicilio en calle Garibaldi 1760 de Rosario, Provincia de Santa Fe. El ejercicio económico de la sociedad cierra el día 31 de diciembre de cada año. En relación a la sede social, la misma ha sido fijada en calle Paraguay 777 Piso 10, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
$ 87 369157 Oct. 1
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ENERGIZE S.R.L.
CONTRATO
Constituída el 24 de Septiembre de 2018. Socios: Sr. Fernando Gabriel Pisso, argentino, soltero, comerciante, nacido el 15 de Enero de 1988, D.N.I. N° 33.513.753, CUIT N° 20-33513753-2, domiciliado en calle Riobamba 623 Dpto. 01, de la ciudad de Rosario y el Sr. Alejandro Carlos Bondino, argentino, casado en primeras nupcias con Estela Beatriz Pozzi, nacido el 06 de Septiembre de 1960, D.N.I. N° 14.444.230, CUIT N° 20-14444230-0, domiciliado en calle Presidente Roca N° 2733, de la ciudad de Rosario, Denominación: ENERGIZE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Domicilio: San Martín N° 1267 Piso 10, de la ciudad de Rosario. Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar por cuenta propia o asociada a través de terceros, las siguientes actividades: Fabricación, Distribución y Comercialización de productos tangibles o intangibles para obtener, transformar y/o aprovechar todo tipo de fuentes energéticas, tales como: radiación y luz solar, energía eólica, energía geotérmica, energía química, energía mareomotriz e hidráulica, biomasa y cualquier otro tipo de fuentes de energía, renovables y/o no renovables y toda otra actividad relacionada con Energías renovables y/o no renovables creadas o a crearse, por cuenta propia o de terceros, pudiendo asociarse, tomar y dar representaciones y comisiones, tanto en el país como en el extranjero, realizando asimismo todo tipo de actividades relacionadas con el tratamiento, recuperación, reciclado y eliminación de efluentes y residuos de todo tipo, en todas sus formas y por cualesquiera de los medios tecnologías existentes o a crearse. Asesoramiento, investigación, comunicación, diseño, creación, fabricación, instalación, fijación y comercialización de Sistemas Complejos para obtener estos aprovechamientos sean estos de cualquier tenor u origen tanto en su obtención como en su uso. Cuando los actos u obras a reaIizar demanden el patrocinio y/o concurrencia de profesionales con incumbencias estos serán contratados a tal fin. Duración: 30 (Treinta) años. Capital Social: $ 300.000.- (Pesos trescientos mil). Dirección y Administración: La Dirección, Administración y uso de la firma social estará a cargo de un gerente, quedando ya establecido que podrán ser socios o no, designándose en este acto y aceptando su cargo el Sr. Fernando Gabriel Pisso. Ejercicio Comercial: 31 de Agosto de cada año. Fiscalización. La fiscalización de las operaciones sociales podrá ser efectuada en cualquier momento, por cualquiera de los socios, pudiendo inspeccionar, los libros, cuentas y demás documentos de la sociedad.
$ 85 369028 Oct. 1
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FM AZ 92.7 S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
Por disposición del Señor Juez en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario se procede a realizar la siguiente publicación: 1) Fecha del instrumento: 17 de enero de 2018. 2) Cesión de cuotas sociales de FM AZ 92.7 SRL: a) Ramona Enriqueta Ponce vende, cede y transfiere a Analía Ema Cingolani Cuatro mil (4000) cuotas de capital representativas de Pesos Cuarenta Mil que tiene y posee en su calidad de socia de FM AZ 92.7 S.R.L; b) Silvana Andrea Cingolani vende, cede y transfiere a Analía Ema Cingolani Dos mil (2000) cuotas de capital representativas de Pesos Veinte Mil que tiene y posee en su calidad de socia de FM AZ 92.7 S.R.L. c) Federico Gabriel Cingolani vende, cede y transfiere a Pablo Esteban Spoto Dos mil (2000) cuotas de capital representativas de Pesos Veinte Mil que tiene y posee en su calidad de socio de FM AZ 92.7 S.R.L. 3) Analía Ema Cingolani y Pablo Esteban Spoto dejan expresa constancia que quedan subsistentes y de plena vigencia todas las demás cláusulas del contrato social en cuanto no fueren modificadas por el presente; 4) Datos de los cedentes y cesionarios: Ramona Enriqueta Ponce, argentina, nacida el 4 de Julio de 1956, de apellido materno Algarañaz, DNI N° 12.222.873, CUIT 27-12222873-3, viuda de primeras nupcias de Juan Carlos Cingolani, domiciliada en calle Pescio N° 2655 de Casilda, provincia de Santa Fe; Silvana Andrea Cingolani, nacida el 12 de Mayo de 1985, DNI N° 31.498.580, CUIT 27-31498580-5 y Federico Gabriel Cingolani, nacido el 31 de Marzo de 1988, DNI N° 33.477.122, CUIT 23-33477122-9; ambos argentinos, de estado civil solteros y domiciliados en calle Pescio N° 2655 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe; Analía Ema Cingolani, argentina, nacida el 17 de Junio de 1961, de apellido materno Marinelli, DNI N° 14.260.819, CUIT 27-14260819-2, divorciada, domiciliada en Bv. Colón N° 1932 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe y Pablo Esteban Spoto, argentino, nacido el 30 de Junio de 1979, DNI N° 27.462.054, CUIT 20-27462054-5, soltero, domiciliado en Pje. Zaballa N° 3980 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. 5) Capital: la cláusula quinta de la sociedad queda redactada de la siguiente forma “QUINTA: El capital social se fija la suma de $ 100.000 (pesos cien mil) dividido en 10.000 (diez mil) cuotas de pesos 10 (pesos diez) cada una que los socios suscriben integrai de la siguiente manera: Analia Ema Cingolani, ocho mil (8.000) cuotas de pesos diez cada una, o sea, la suma de pesos ochenta mil ($80.000), y Pablo Esteban Spoto dos mil (2.000) cuotas de pesos diez cada una, o sea, la suma de pesos veinte mil ($20.000); las cuotas se encuentran totalmente integradas.
$ 119 368547 Oct. 1
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FAIC S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber por el término de un día la designación del director suplente por dos ejercicios de FAIC S.A. según lo resuelto en asamblea de fecha 20 de septiembre de 2018:
Directora suplente: Liliana Alejandra Arca, de nacionalidad, argentina, D.N.I. 12.804.589 C.U.I.T. 27-12804589-4, de profesión comerciante, fecha de nacimiento 7 de noviembre de 1958, estado civil casada, y domicilio real en ltizaingo 114, Rosario, Santa Fe.
$ 45 369027 Oct. 1
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GALT S.A.
EDICTO COMPLEMENTARIO
A efectos del art. 10 de la Ley 19.550, se hace saber que por instrumento de constitución de fecha 07 de febrero de 2018 e instrumento adicional de fecha 5 de septiembre de 2018, se ha resuelto constituir una sociedad anónima que girará bajo la denominación de GALT S.A., cuyo domicilio legal ha sido fijado en la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina, y su sede social en calle Paraguay 777 Piso 10, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
$ 45 368634 Oct. 1
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GONEA S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público, se realiza la siguiente publicación correspondiente a GONEA S.A.:
Fecha de Asamblea General Ordinaria que aprobó la elección de Directores: 10 de mayo de 2018:
Directorio: Director Titular: Aguirre Víctor Rodrigo, DNI Nro. 33.098.070, CUIT 20-33098070-3, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, nacido el 09 del mes de julio del año 1987, de profesión comerciante, con domicilio en calle David Peña 220 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. Director Suplente: Aguirre Andrés Antonio, DNI Nro. 35.196.220, CUIT 20-35196220-9, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, nacido el 07 del mes de mayo del año 1990, de profesión comerciante, con domicilio en calle David Peña 220 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
A los efectos de la, inscripción respectiva, se deja expresa constancia de la aceptación de conformidad de los cargos.
Asimismo, se pone en conocimiento, que los directores constituyen domicilio especial en la sede social, de calle David Peña 220 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, dando de este modo cumplimiento a lo establecido por el Art. 256 in fine de la Ley de General de Sociedades.
$ 52,50 369113 Oct. 1
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GLOBAL INGENIERÍA
CONSTRUCCIONES Y
SERVICIOS S.R.L.
CONTRATO
1) Integrantes de la sociedad: Alberto Alejandro Aguilera, argentino, nacido el 8 de junio de 1963, de estado civil casado en primeras nupcias con Stella Maris Contreras, de profesión maquinista naval, con domicilio en calle Ecuador N° 835 de la ciudad de Rosario, D.N.I. N° 16.155.864, CUIT 20-16155864-9; Rodolfo Luis Carlos Coman, argentino nacido el 23 de junio de 1977, de estado civil casado en primeras nupcias con Ana María Buraglia, de profesión técnico electricista, con domicilio en calle Pérez Bulnes N° 6080 de la ciudad de Rosario, D.N.I. N° 25.713.067, CUIT 20- 25713067-4; Javier Adrián Lisandrini, argentino, nacido el 7 de Octubre de 1966, de estado civil divorciado según Sentencia de fecha 02/05/1997 dictada en el marco de los autos caratulados “Álvarez Silvia c/ Lisandrini Javier s/ Divorcio por Presentación Conjunta” Expte. N° 1429/1996, que tramitó por ante el Tribunal Colegiado de Familia de la Quinta Nominación de Rosario, de profesión empresario, con domicilio en calle Pje. Paraíso s/n de la localidad de Pueblo Esther, provincia de Santa Fe, D.N.I. N° 17.985.605, CUIT 20-17985605-1 y Adriana Leonor Moyano, argentina, nacida el 9 de Mayo de 1956, de estado civil casada, jubilada, con domicilio en calle Juan B. Justo N° 2257 de Rosario, D.N.I. N° 12.526.206, CUIT 27-12526206-1.-
2) Fecha de instrumento constitutivo: 18 de junio de 2018.-
3) Denominación Social: GLOBAL INGENIERÍA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.
4) Domicilio Social: en la ciudad de Alvear, con sede social en Ruta 9 Km 280.5 colectora oeste “Micro Parque Industrial”
5) Duración: 99 años a contar desde la inscripción en el R.P.C. de Rosario.-
6) Objeto Social: ejecución de proyectos, dirección, administración, y realización de obras, tanto públicas como privadas y/o mixtas, la construcción de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura, inmuebles, edificios, complejos urbanísticos o de descanso, obras viales, puentes, caminos, obras hidráulicas, energéticas, obras eléctricas, instalación, modificación y reparación de cableados, tanto en viviendas particulares cuanto en la vía pública, viaductos, oleoductos, gasoductos, conductores eléctricos, túneles, aeródromos, puertos y cuantas más obras de naturaleza similar a las mencionadas existan, tanto para personas físicas cuanto jurídicas ya sean de carácter privado, público y/o mixto. La importación y exportación, compra, venta, comercialización y distribución de toda clase de mandatos, comisiones y gestiones de negocios relacionados con el objeto social. Ejecutar por sí o por terceras personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, pública y/o mixta, las siguientes actividades: servicios de mantenimiento y reparación en general de propiedades, servicios de demoliciones, estudios de factibilidad de anteproyectos y proyectos de obras de ingeniería y arquitectura, servicios de evaluación y seguimiento de obras y servicios de seguridad industrial en obras tanto públicas cuanto privada y /o de naturaleza mixta.
7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de $600.000 (pesos seiscientos mil), dividido en sesenta mil cuotas de $10 (pesos diez) cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Alberto Alejandro Aguilera suscribe 15000 cuotas sociales que representan el 25% del Capital Social, o sea $150000 (pesos ciento cincuenta mil), que integra en dinero en efectivo, 25% en este acto y el 75% restante en el término máximo de dos años a contar de la fecha del presente contrato a pedido de la Gerencia; Rodolfo Luis Carlos Coman suscribe 15000 cuotas sociales que representan el 25% del Capital Social, o sea $150000 (pesos ciento cincuenta mil), que integra en dinero en efectivo, 25% en este acto y el 75% restante en el término máximo de dos años a contar de la fecha del presente contrato a pedido de la Gerencia; Javier Adrian Lisandrini, suscribe 15000 cuotas sociales que representan el 25% del Capital Social, o sea $150000 (pesos ciento cincuenta mil), que integra en dinero en efectivo, 25% en este acto y el 75% restante en el término máximo de dos años a contar de la fecha del presente contrato a pedido de la Gerencia; Adriana Leonor Moyano, suscribe 15000 cuotas sociales que representan el 25% del Capital Social, o sea $150000 (pesos ciento cincuenta mil), que integra en dinero en efectivo, 25% en este acto y el 75% restante en el término máximo de dos años a contar de la fecha del presente contrato a pedido de la Gerencia.-
8) Administración: la administración de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes tendrán facultades para comprometerla firmando en forma conjunta de a dos cualquiera de ellos, si fueran designados dos o más Gerentes, con sus firmas precedidas de la denominación social, que estamparán en sello o de su puño y letra. Se designa como Gerente al socio Rodolfo Luis Carlos Coman
9) Fiscalización: art. 55 de la ley 19.550, a cargo de todos los socios.-
10) Fecha de cierre de ejercicio: el 31 de diciembre de cada año.-
$ 145 369064 Oct. 1
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