picture_as_pdf 2014-10-01

I.A.P.O.S.


CONCURSO DE PRECIOS Nº 04/114

Expte. Nº 15302 - 0006145-3


Objeto: Alquiler Inmueble para el funcionamiento de la Delegación IAPOS en la localidad de Tostado.

Fecha de Apertura: 29/10/14 - 11:00 hs.

Informe y Apertura: IAPOS, Dpto. Contrataciones y Suministros - San Martín 3145 - Santa Fe - Tel/fax: 0342 - 4571428/4573204.

S/C 11936 Oct. 1 Oct. 2

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS

N° 3063


Objeto: Contratación utilitario tipo furgón, antigüedad no mayor a 7 años, con aire acondicionado, doble hilera de asientos, puerta lateral de acceso trasero y chofer, para la Agencia Alberdi.

Presupuesto Oficial: $ 70.800.- I.V.A. incluido

Apertura de Propuestas: 21/10/2014 Hora: 9.00


CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS

Nº 3064


Objeto: Contratación automóvil sedan 4 puertas, antigüedad no mayor a 3 años, con aire acondicionado y chofer con disponibilidad horaria, para el Sector Centro de Control de Operaciones.

Presupuesto Oficial: $ 138.000.- I.V.A. incluido

Apertura de Propuestas: 21/10/2014 Hora: 9,15


CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS

Nº 3065


Objeto: contratación utilitario tipo furgón, antigüedad no mayor a 7 años, con aire acondicionado, calefacción, puertas laterales vidriadas y chofer, para el Sector Almacenes.

Presupuesto Oficial: $ 58.000.- I.V.A. incluido

Apertura de Propuestas: 21/10/2014 Hora: 9,30


CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS

Nº 3066


Objeto: Contratación utilitario tipo furgón, antigüedad no mayor a 7 años, con doble hilera de asientos, puerta lateral de acceso trasero, porta escaleras, aire acondicionado y chofer, para el Sector Inspecciones y Conexiones Mitre.

Presupuesto Oficial: $ 81.000.- I.V.A. incluido

Apertura de Propuestas: 21/10/2014 Hora: 9,45


CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS

Nº 3067


Objeto: Contratación utilitario tipo furgón, antigüedad no mayor a 7 años, con doble hilera de asientos, puerta lateral de acceso trasero, aire acondicionado y chofer, para el Sector Ingeniería.

Presupuesto Oficial: $ 84.000,- I.V.A. incluido

Apertura de Propuestas: 21/10/2014 Hora: 10,00

Retiro de Pliegos: Empresa Provincial de la Energía - Bv. Oroño 1260-1° Piso - Rosario.

Apertura de Sobres: Salón de Reuniones E.P.E. - Bv. Oroño 1260 - 1° Piso - Rosario.

Consultas: Movilidades Rosario - (0341) 4207752.

Nota: Los pliegos podrán ser adquiridos hasta 48 horas antes de la fecha de apertura únicamente.

S/C 11939 Oct. 1 Oct. 3

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AGENCIA SANTAFESINA DE

SEGURIDAD ALIMENTARIA


Disposición Nº021


Santa Fe, 05 de Septiembre de 2014

VISTO

El expediente N° 15601-0001454-9 del SIE correspondiente al registro de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) por medio del cual se gestiona la actualización de diferentes registros otorgados por esta Agencia, y;

CONSIDERANDO

Que se hace necesario realizar una actualización de los registros- Registro Provincial de Establecimiento Domisanitario y Registro Nacional de Establecimiento Envase y sus respectivos productos;

Que la misma tiene como objetivo permitir el normal funcionamiento de las actividades que desarrolla esta Agencia y brindar una mejor información a los consumidores;

Que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria desde el año 2008 viene desarrollando sus actividades por medio de un sistema electrónico;

Que según la Orden Nº 021/12 establece los procedimientos con que deben cumplir los Establecimientos que se inscriben en el Registro correspondiente;

Que lo antes mencionado es conforme lo establecido en el Código Alimentario Argentino, Ley 18.284 y en el Código Bromatológico de la Provincia de Santa Fe, Ley Nº 2.998;

POR ELLO

El Secretario de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria en uso de sus facultades

DISPONE

Artículo 1º.- Establecese que todo establecimiento que elabore y/o fraccione productos Domisanitarios en el territorio de la Provincia de Santa Fe, que no posea habilitación Nacional, deberá registrarse por medio del sistema electrónico antes del 1º de Enero del año 2015.

Artículo 2º.- Establecese que todo establecimiento que elabore y/o fraccione productos de Envase en el territorio de la Provincia de Santa Fe, que no posea habilitación Nacional, deberá registrarse por medio del sistema electrónico antes del 1º de Enero del año 2015.

Artículo 3º.- Establecese que todo producto de Envase o Domisanitario inscripto con anterioridad al 1º de Enero de 2009 deberá renovar la inscripción de los productos en el sistema electrónico antes del 1º de Enero del año 2015;

S/C. 11944 Oct. 1 Oct. 2

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SECRETARIA DE ESTADO

DE LA ENERGIA


RESOLUCIÓN Nº 066


VISTO:

El Expediente Nº 02401-0000332-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se promueve llamar a concurso para cubrir un cargo vacante, en el ámbito de la Jurisdicción, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto Nº 1729/09, homologatorio del Acta Paritaria Central N° 05, reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto Nº 3924/87, facultándose al titular de la Jurisdicción a efectuar el llamado a concurso;

Que se ha elaborado el perfil pretendido para el cargo, con la correspondiente participación de las entidades sindicales, conforme lo establecido en el artículo 21º del Decreto Nº 1729/09;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente – Ley N° 10.052 y modificatorias - en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales de la U.P.C.N.;

Que mediante Dictamen N° 10094/14 la Dirección General de Asuntos Jurídicos no presenta objeciones de carácter legal al presente trámite;

Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capitulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE ESTADO

DE LA ENERGIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Llamar a concurso interno para cubrir el siguiente cargo:


Perfil

Cargo

Agrupamiento

Función

Dependencia

I

9

Administrativo

Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho

Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho

Secretaría de Estado de la Energía


ARTÍCULO 2°: Dejar establecido que el concurso interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV - Decreto Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (art. 4° Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública Provincial; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II – art. 102° - Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar número 1729/09.

ARTÍCULO 3°: Aprobar el Anexo I, en el que se describe el puesto y determina el

perfil solicitado así como las condiciones generales y particulares exigibles.

ARTÍCULO 4°: Aprobar el Anexo II, en el que se determina la composición del

urado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito.

ARTÍCULO 5°: Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para la evaluación de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo N° 92, texto actual Decreto Acuerdo N° 2695/83 y archívese.

PERFIL

JURISDICCION: 83 – SECRETARÌA DE ESTADO DE LA ENERGÌA – DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y DESPACHO

Cargo a Cubrir: DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y DESPACHO - NIVEL 9 - Agrupamiento Administrativo.

Lugar de Prestación de Servicios: Tucumán 2945, Ciudad de Santa Fe.

Cantidad de Puestos a Cubrir: Uno (1).

Horario de Trabajo: Según reglamentación vigente.

PERFIL PRETENDIDO de acuerdo a las Misiones y Funciones previstas para el cargo s/ Estructura Orgánica funcional regulada por el Decreto N° 497/11, se detallan a continuación;

A. MISIÓN

Asesoramiento en general y, en especial, en todos los aspectos en que, por razón de competencia, no le corresponda intervenir a Fiscalía de Estado, dependiendo directamente del Sr. Secretario de Estado. Dicho asesoramiento se extenderá a toda el área de jurisdicción de la Secretaría de Estado de ENERGIA y en los asuntos que tengan trascendencia o relación con otras jurisdicciones y con la comunidad en general.

Asistir a la Superioridad en la oportuna y eficiente resolución, normalización y control del despacho y de la documentación administrativa que se formaliza, registra custodia y orienta en orden intra y extra institucional. Conducir en la preparación de la documentación que deba ser puesta a consideración y/o firma del Secretario de Estado de Energía. Supervisión de las tareas vinculadas a los recursos físicos y servicios.

B. FUNCIONES

1. Supervisar directamente las tareas encomendadas al personal de esta Dirección General de Asuntos Jurídicos.

2. Fijar pautas de uniformidad de criterios jurídicos y administrativos.

3. Organizar y supervisar las tareas a desempeñar por el Subjefe de Departamento Análisis Legal.

4. Dictaminar en aquellos asuntos que refieran a las materias de ENERGIA, traídos a opinión de este Órgano.

5. Dictaminar en aquellos asuntos que se vinculen con convenios a suscribir entre la Secretaría de Estado de ENERGIA y Universidades públicas o privadas, organismos provinciales, nacionales o internacionales, fundaciones, y con toda otra institución u organismo vinculado al área ENERGIA.

6. Orientar y asesorar a los Jefes de Departamentos que de él depende.

7. Entender en la distribución del despacho diario.

8. Centralizar la recepción, supervisión y control de la documentación remitida para la consideración o firma de la Superioridad y ordenar el trámite de asuntos administrativos

C. Formación Académica requerida:

Título universitario en Abogacía (excluyente)

Poseer título universitario de posgrado en áreas disciplinares de las Ciencias Jurídicas – con nivel de Especialización, Maestría o Doctorado relacionadas con el marco regulatorio de las energías renovables, el gas y las energías convencionales (no excluyente).

D. Conocimiento general:

De la organización del Estado:

- Constitución de la Provincia de Santa Fe.

Ley de Ministerios - Ley N° 12.817 y su modificatoria Nº 13.240.

Ley 12510 (Titulo I, III, IV, V y VI)

Del personal:

Ley N° 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública.

Decreto N° 2695/83 y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.

Decreto N° 1919/89 y modificatorios - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el / los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo - Ley N° 10.052 y modificatorias.

Decreto 1729/2009 y modificatorios. Régimen de Concursos del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83.

Del trámite y la gestión:

Decreto Acuerdo N° 10.204/58 - "Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas".

Decreto 0132/94 y modificatorios N° 1255/08 – Reglamentación del funcionamiento de los servicios permanentes de asesoramiento jurídico.

Decreto Acuerdo N° 0916/08, 306/11 y 2716/08 – Delegación de facultades.

Decretos N° 4211/90 y 3321/93 – Confección de normas legales.

Decreto Nº 0692/09 – de Acceso a la Información Pública

F. Conocimiento específico inherente a la Jurisdicción y al cargo:

Decreto N° 497/11 - Estructura y competencias de la Secretaría de Estado de la Energía.

Ley Orgánica de Fiscalía de Estado Nº 11.875

Ley Nº 12036 – Deudas con sentencias firmes y reconocimientos administrativos

Ley Nº 8808 – De indemnizaciones

Ley N° 12.503 - Declara de interés provincial la generación y el uso de energías alternativas o blandas a partir de la aplicación de las fuentes renovables en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe.

Ley N° 12.692 - Régimen Promocional Provincial para la investigación, desarrollo, generación, producción y uso de productos relacionados con las energías renovables no convencionales.

Ley N°12.956 -  Sustituye artículo 7 de la Ley Nº 12692. 

Decreto N° 2644/12 – Reglamenta artículo 11 Ley 12.692, creación de cargo de fomento de energías renovables.

Decreto N° 1351/13, Programa “Santa Fe Avanza en la Sustentabilidad de los Edificios y Oficinas Públicas”.

Resolución N° 013/13 de la Secretaría de Estado de la Energía, Programa “Un Sol para tu Techo”.

Ley N° 11.717 de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Ley Nacional N° 15.336 – Régimen de la Energía Eléctrica.

Ley Nacional N° 24.065 - Régimen Legal de la Energía Eléctrica.

Ley Nacional N° 17.319 – Ley de Hidrocarburos - Gasífera

Ley Nacional N° 24.145 - Federalización de Hidrocarburos.

Ley Nacional N° 24.076 – Marco Regulatorio del Gas Natural.

Ley Nacional N° 25.019 - Generación de energía eléctrica de origen eólico y solar en todo el territorio nacional.

Ley Nacional N° 23.879 -  Evaluación de consecuencias ambientales que producen o podrían producir en territorio argentino cada una de las represas construidas, en construcción y/o planificadas.

Ley Nacional N° 26.190 - Régimen de Fomento Nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica.

Ley Nacional N° 26.473 – Prohibición de importación y comercialización de lámparas incandescentes.

Ley de Presupuestos Mínimos N° 25.675 – Ley General del Ambiente

Ley de Presupuestos Mínimos N° 23.831 – Acceso a la información pública ambiental.

Ley de Presupuestos Mínimos N° 25.688 – Régimen de Gestión Ambiental de Aguas.

Decreto Nacional N° 140/07 – Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de la Energía.

Declaración de Río de 1991 sobre Medio Ambiente y Desarrollo.

Declaración de Río + 20 "El futuro que queremos", 2012.

Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

Tratado de Asunción – Mercosur.

Tratado Constitutivo Unasur.

Estatuto de Irena.

Marco regulatorio del Gas Natural:

LEY 24076.

LEY 23.696 de emergencia administrativa.

Decreto 633/91 de reestructuración de la industria del gas natural.

Decreto 1189/92 que estableció la privatización total de Gas del Estado S.E.

Decretos 1738/92, 2255/92

Contrato de Transferencia de Acciones de “Distribuidora de Gas del Litoral S.A.”.

Licencia para la prestación del servicio público de distribución de gas otorgada a Litoral Gas S.A. - Decreto P.E.N. Nº 2455/92

Licencia para la prestación del servicio público de transporte de gas otorgada a Transportadora de Gas del Norte SA - Decreto P.E.N. Nº 2457/92

Resoluciones del Ente Regulador del Gas –ENARGAS- Resoluciones Nº 0035/93 – Nº 0409/08 – Nº 0910/09 – Nº 1410/10 – Nº 2407/12 – Nº 2850/14 – Nº 2905/14

Decretos Nº 180 y 181 AÑO 2004.

Régimen de Comercialización de Gas, Aspectos Tarifarios, NORMAS TÉCNICAS NAG 100, 112 "Normas para el Proyecto de Construcción y Operación de Plantas de Almacenamiento de Gases Licuados de Petróleo", 200 – Resolución ENARGAS Nº 478/97

Ley de Emergencia Económica, Renegociación de Contratos de UNIREN. Acuerdo de abastecimiento propano por redes de distribución de gas propano indiluido Decreto P.E.N. Nº 934/03; Ley Nº 26.197; Ley Nº 26.741; Decreto P.E.N. Nº 1277/12; Decreto P.E.N. Nº 0929/13;

Ley 26.020 Régimen regulatorio de la Industria y comercialización de Gas Licuado de Petróleo.

Resoluciones de Secretaría de Energía de la Nación, Nº 1071/08 (Ratificación acuerdo de estabilidad del precio del Gas Licuado de Petroleo envasado en garrafas de 10, 12 y 15 kg de capacidad); Nº 0037/14; Nº 0419/03; Nº 0024/08 y Nº 0226/14.

G. Conocimientos técnicos no específicos

Manejo de herramientas informáticas (tecnologías libres, procesador de texto, planilla de cálculo, base de datos, correo electrónico, internet).

Excelente nivel de redacción y manejo del idioma español.

Conocimientos y experiencia en redacción administrativa (Decretos, Resoluciones, proyectos de Leyes y Mensajes, Memos, Notas.).

Conocimiento del Sistema de Información de Expedientes (SIE).

H. Competencias Actitudinales:

Trato amable y respetuoso.

Responsabilidad y compromiso.

Capacidad de análisis y resolución de problemas.

Espíritu crítico y creativo.

Iniciativa y proactividad.

Correcta expresión oral y escrita.

Capacidad de integración y conformación de equipos de trabajo interdisciplinarios.

Espíritu innovador acorde a las modificaciones tecnológicas que influyen en a modificación de la regulación jurídica de la energía.


COMPOSICIÓN DEL JURADO

El Jurado estará integrado de la siguiente manera:

Presidente: Secretario de Estado de la Energía – CP. Jorge Mario Alvarez

Miembros Titulares:

Sr. Marcos Rivas – Director General de Despacho - Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente

Dr. Gerardo Galimberti, Director General de Asuntos Jurídicos – v

Lic. Rodolfo Agnese, Subsecretario de Gas y Energías Convencionales

Dr. Leandro Maiarota, Subsecretario Legal – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Suplentes

Dr. Damián Bleger, Subsecretario de Energías Renovables

Ing. Jose Luis Parrino, Director Provincial de Eficiencia Energética

Dra. Leonor Vera Marconi, Subsecretaría Legal y Tecnica - Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente

Dr. Orlando Pitteri, SubDirección General de Asuntos Jurídicos - Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente

Miembros por las Entidades Sindicales:

Unión del Personal Civil de la Nación

Titulares:

Sr. Francisco Ramos

Téc. Heriberto Martínez

Tec. Eduardo Belmonte

Suplentes:

Sr. Hugo Rodriguez

Dr. Roberto Francucci

Sr. Leonardo Carreras

Asociación de Trabajadores del Estado

Titulares:

Arnoldo Tibaldo

Suplentes:

Cristian Filossi

I. PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:

Lugar de presentación de la documentación:

En la Coordinación General de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General de Administración – Sede Central - Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, sita en calle Avda. Alte. Brown Nº 4751 de la ciudad de Santa Fe.

Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8.30 hs. a 12.30 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y modificatorias.

Difusión: Desde el 29/09/2014 al 10/10/2014 Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la portada de la Página Web Oficial de la Provincia.

Inscripción: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta 5 (cinco) días hábiles después de su finalización, esto es, desde el 29/09/2014 al 20/10/2014, en el horario de 8:00 hs. a 12:00 hs. en la Mesa de Entradas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, sito en calle Avda. Almirante Brown 4751 de la ciudad de Santa Fe.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concursos abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.

En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.

II. ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: A partir del día 21/10/2014 en horario a determinar por el Jurado.

Lugar: A confirmar por el Jurado del Concurso.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos de la siguiente manera:


PUNTAJE TOTAL 40

ÍTEM 1. Estudios y Capacitación

COMPONENTES PUNTAJE

1.1 Educación Formal 20

1.2. Capacitación específica

1.2.1. Cursos 20

1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos

PUNTAJE TOTAL 60

ÍTEM 2. Antecedentes Laborales

2.1. Posición escalafonaria

2.1.1. En el organismo 25

2.1.2. En la Administración Provincial

2.2. Desempeño específico

2.2.1.Actual 20

2.2.2. Últimos 5 años

2.3 Antigüedad en la

Administración Provincial 5

2.4 Otros 5

2.5 Docentes y de investigación 5


Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: a partir del día 04/11/2014, en horario a determinar por el Jurado.

Lugar: A confirmar por el Jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes inscriptos. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación de antecedentes.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.

Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

Etapa III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: A partir del 11/11/2014 en horario a determinar por el Jurado.

Lugar: A confirmar por el Jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación técnica.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

El jurado interviniente podrá solicitar a los profesionales, un informe ampliatorio del resultado de la evaluación de las competencias laborales si lo considera necesario.

Etapa IV: Entrevista Personal:

Fecha: A partir del 25/11/2014, en horario a determinar por el Jurado.

Lugar: A confirmar por el Jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación psicotécnica.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos para los concursos internos de las categorías 6, 7, 8 y 9; igual o mayor a 50 puntos para los concursos internos de las categorías 3, 4 y 5. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionado en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Peso relativo de cada Etapa

Categorías 9

Evaluación Antecedentes 30 %

Evaluación Técnica 40 %

Evaluación Personalidad 20 %

Entrevista Personal 10 %

Total 100 %

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

S/C. 11946 Oct. 1 Oct. 3

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DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD


NOTIFICACION


En relación a los autos administrativos Nº 16101-0102982-5 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1531 de fecha 11/06/2009 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28° del Decreto Nº 10.204/58, al infractor MALVESTUTO CARLOS MARCELO con domicilio en calle España Nº 1034 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 772 dictada el 21 de Agosto de 2014 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve … “ ARTICULO 1°.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 1531 de fecha 11/06/2009, conforme la legislación vigente. ARTICULO 2º.- Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la firma CARDOL S.A., por apoderado, contra el Acta de Infracción N° 1531 de fecha 11/06/2009 por los motivos invocados en los considerandos- ARTICULO 3°.- Intimar al Sr. SOSA CARLOS ALBERTO, con domicilio en Rivadavia 55 de la localidad de Cañada de Gómez, provincia de Santa Fe, transportista CARDOL S.A. con domicilio en España 1034 de la localidad de Cañada de Gómez, provincia de Santa Fe, MALVESTUTO CARLOS MARCELO con domicilio en calle España Nº 1034 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia, de Santa Fe y cargador BASALTO IND. Y COM. S.R.L. con domicilio en R.P. 14 entre R.N. Nº 7 y 8 de la ciudad de Justo Daract, provincia de San Luis, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 2.760,34 (PESOS DOS MIL SETECIENTOS SESENTA CON 34/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis Nº 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta.- 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 4º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión marca IVECO, modelo 200 E37, dominio UNIDAD TRACTORA FFB - 319 y dominio Semirremolque HHO - 982, el Sr. SOSA CARLOS ALBERTO, con domicilio en Rivadavia 55 de la localidad de Cañada de Gómez, provincia de Santa Fe, el transportista CARDOL S.A. con domicilio en España 1034 de la localidad de Cañada ce Gómez, provincia de Santa Fe, MALVESTUTO CARLOS MARCELO con domicilio en calle España Nº 1034 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe y el cargador BASALTO IND. y COM. S.R.L. con domicilio en R.P. 14 entre R.N. Nº 7 y 8 de la ciudad de Justo Daract, provincia de San Luis, tendiente al cobro de la suma de $ 2.760,34 (PESOS DOS MIL SETECIENTOS SESENTA CON 34/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 11918 Oct. 1 Oct. 2

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NOTIFICACION


En relación a los autos administrativos Nº 16102-0032061-4 y su agregado Expte. Nº 16139-0001228-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2225 de fecha 14/11/13 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto Nº 10.204/58, al infractor Sr. HERRERO CARLOS ALBERTO, con último domicilio conocido en Blas Parera N° 6051 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 652 dictada el 14 de Julio de 2014 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve …” ARTICULO 1º.- Rechazar el descargo interpuesto por JAVIER ENGLE contra el Acta de Infracción Nº 2225 de fecha 14/11/13 por inadmisible en virtud de la falta de legitimación activa. ARTICULO 2º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 2225 de fecha 14/11/13, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 3º.- Intimar al Sr. JUAREZ PALACIOS ANGEL ARIEL en carácter de conductor, con domicilio en San Martín N° 673 de la localidad de San Carlos Centro, Provincia de Santa Fe y a los transportistas HERRERO CARLOS ALBERTO con domicilio en Blas Parera N° 6051 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y SIGOTTO RAUL ANTONIO, con domicilio en Quintana N° 328 de la localidad de Bandera, Provincia de Santiago del Estero, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 47.756,71 (PESOS CUARENTA y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 71/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial.- El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis N° 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9715/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICTLO 4°.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Scania, Modelo T114, Dominio Chasis CEQ 294, Dominio Acoplado LXJ 314, Sr. JUAREZ PALACIOS ANGEL ARIEL con domicilio en San Martín N° 673 de la localidad de San Carlos Centro, Provincia de Santa Fe y los transportistas HERRERO CARLOS ALBERTO con domicilio en Blas Parera N° 6051 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y SIGOTTO RAUL ANTONIO con domicilio en Quintana N° 328 de la localidad de Bandera, Provincia de Santiago del Estero, tendiente al cobro de la suma de $ 47.756,71 (PESOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 71/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.”

Le que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 11919 Oct. 1 Oct. 2

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