INGENIERIA EN MUEBLES
Y MADERAS S.A.
CONTRATO
Por estar así dispuesto, en los autos caratulados INGENIERIA EN MUEBLES Y MADERAS S.A. s/estatuto y designación de autoridades, en expte. Nº 504, Folio 16, Año 2013, de trámite por ante el Registro Público de Comercio se hace saber:
1) Fecha del instrumento constitutivo: 04 de Abril de 2013
2) Integrantes de la sociedad: Rodolfo Edgardo Saux, argentino, nacido el 07-10-1980, titular del Documento Nacional de Identidad número 28.241.428, C.U.I.T. 20-28241428-8, profesión estudiante, casado en primeras nupcias con la Sra. María Jimena Borgarello, titular del Documento Nacional de identidad 29.834.162, domiciliado en calle Necochea 3043, de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe y el Sr. Javier Santiago Dalul, argentino, nacido el 23-08-1980, soltero, titular del Documento Nacional de Identidad número 28.241.225, C.U.I.T. 20-28241225-0, con domicilio en Francia 1329 de la ciudad Santa Fe, de profesión ingeniero industrial Denominación Social; VAREKAI S.R.L.
3) Domicilio: Roverano 4093 de la ciudad de Santo Tome, provincia de Santa Fe
4) Duración: 50 años
5) Objeto Social dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o en participación con terceros a las siguientes actividades: la fabricación, comercialización y distribución de maderas, muebles y productos para su tratamiento, indistintamente para el hogar, oficina o industria; comercialización9 y distribución de articules de decoración y para el hogar en general: importación y exportación de maderas, muebles y artículos de decoración y para el hogar en general. La enumeración anterior es meramente enunciativa y no excluye la realización de todo otro acto que tenga vinculación con o derive del objeto social.
6) Capital Social: El capital social se fija en $ 100.000.
7) Dirección y Administración: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del directorio compuesto del número de miembros que determine la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, con mandato por dos ejercicios a partir de su designación
Se designa como Presidente; Javier Santiago Dalul, Vicepresidente: Rodolfo Edgardo Saux. Director Titular: Rodolfo Edgardo Saux y Director Titular: Javier Santiago Dalul. Director Suplente: María Jimena Borgarello, Documento nacional de identidad 29.834.162 y Director Suplente: Silvia Lucrecia Toretta, Documento nacional de identidad 6.367.208
8) Fiscalización: Los socios tendrán el más amplio derecho de fiscalización y control de las operaciones sociales y el acceso a sus libros, ya sea personalmente o por medio de personal profesional designado al efecto.
9) Fecha de Cierre de Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
Santa Fe, 23 de setiembre de 2013. Fdo. Dra. Estela C. López Bustos, secretaria.
$ 125 210780 Oct. 1
__________________________________________
MAYO CONSTRUCCIONES S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito N° 4 en lo Civil v Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Reconquista Dr. J.M. Zarza se hace saber que en los autos Caratulados MAYO CONSTRUCCIONES S.R.L. s/Prorroga y Modificación de Contrato. Expte N° 29 Fº 106 Año 2013, ha dispuesto la siguiente publicación.
1) Socios Ramírez Mauricio, argentino, maestro mayor de obras, D.N.I. Nº 28.834.596, soltero, mayor de edad, con domicilio real en calle pasaje 43/45 N° 742 de la ciudad de Reconquista (Santa Fe), nacido el 08 de julio de 1981, de apellido materno Linares, C.U.I.T. Nº 20-28834596-2 y Linares María Yolanda, argentina, casada en primeras nupcias con Ramírez Alcides Osmar, comerciante, D.N.I. N° 10.662.973, con domicilio real en calle pasaje N° 43/45 N° 742 de la ciudad de Reconquista (Santa Fe), nacida el día 01 de agosto de 1953, mayor de edad, C.U.I.T. Nº 27-10662973-6 de apellido materno Hernández, a la fecha únicos integrantes de la firma MAYO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Inscripta así: Tómose razón bajo el n° 121 al folio n° 131 del libro n° 1 de S.R.L., legajo n° 68 de este Registro Público de Comercio. Conste.- Reconquista, 27 de marzo de 2003” Hay una firma y un sello: Patricia Vanrrel. Secretaria.—
2) Que modifican la cláusula Número Primero. Segundo y Décima Cuarta: que en el futuro quedará redactada de la siguiente manera: “Primera: La sociedad girará bajo la denominación de MAYO CONSTRUCCIONES S.R.L. tendrá su domicilio social y legal en calle Nº 45 Nº 668 del Barrio Chapero de esta ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado en la Provincia de Santa Fe, sin perjuicio de poder cambiarlo en el futuro cuando los socios lo consideren conveniente.
La Sociedad podrá establecer sucursales, agencias y/o dependencias y/o representaciones en cualquier parte del país o del extranjero.
Segundo: El término de duración de la Sociedad se convienen en Veinte (20) años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Este plazo se podrá prorrogar si la mayoría de los socios así lo resolviera, debiéndose en tal caso solicitar la inscripción de la prórroga en el Registro Público de Comercio, antes del vencimiento del Contrato Social.
Décima Cuarta: En este acto los socios acuerdan: a) Designar al Señor Ramírez Mauricio, Gerente de la Sociedad Mayo Construcciones S.R.L., quien manifiesta no estar comprendido dentro de las prohibiciones previstas en el artículo Nº 264 de la ley N 19.550 y constituye a favor de la empresa Mayo Construcciones S.R.L., un aval por el ejercicio de sus funciones de Socio Gerente en la suma de pesos Diez mil ($ 10.000). Las demás cláusulas no sufren modificación alguna. Reconquista, 23 de Setiembre de 2013. Fdo. Miriam Graciela David, secretaria.
$ 128 210941 Oct. 1
__________________________________________
VIGORITA MADERAS S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por estar así dispuesto en los Autos Caratulados VIGORITA MADERAS S.R.L. s/Cesión de Cuotas, Mod. Art. 4to. y 5to. (Administ.) Expte. 1194, Año 2.013 de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto:
a) Silvia Verónica Vigorita Transfiere a su hermano Mariano Rene Vigorita las 4.935 cuotas sociales que tiene y le corresponden en Vigorita Maderas S.R.L., comprendiendo la cesión: a) valor nominal de las cuotas de capital; (b) el eventual crédito de su cuenta particular; (c) las reservas legales y voluntarias; (d) las ganancias no distribuidas y/o resultados no asignado; y (e) demás derechos aprobados por los socios, constando todo ello en el libro de actas respectivo comprensivo, en consecuencia, del derecho a todos los individuos pendientes de cobro, ajustes, aportes a cuenta de futuros aumentos, y/o cualquier otro rubro o concepto al que tuviere derecho legalmente.
b) A su vez, Mariano Rene Vigorita transferirá en trueque o permutación, los siguientes bienes de su propiedad, y de propiedad de la sociedad. Todos los inmuebles que estén a nombre de la sociedad serán transferidos por ésta, bajo la norma de cosa ajena, en cumplimiento de la obligación asumida por el Sr. Mariano Vigorita, en las permutas a celebrarse entre él y su hermana Silvia Verónica Vigorita, obligándose el primero de ellos a devolver el valor de tales bienes a la SRL en el término de un año.
c. Los valores de los inmuebles de propiedad del señor Mariano R. Vigorita y de la sociedad, que ingresan en el trueque, importan la suma de pesos $ 7.894.352,45, valor a que han arribado las partes ‘de común acuerdo, estimando que es el precio justo considerando los actuales tasaciones ye mercado.
D- Además el Sr. Mariano Rene Vigorita abonará la suma de $ 481.235, importe con el que cubre el saldo total de la operación convenida.
E- Los señores Mariano Rene Vigorita y Silvia Verónica Vigorita, ratifican lo expuesto precedentemente por su padre, y señalan que el acuerdo al que han arribado ambos ha sido reseñado integralmente por el mismo, y que esa ha sido su voluntad expresada al dicente.
Fecha de la cesión: once (11) de septiembre de 2013
Que como consecuencia de la cesión, la cláusula del capital social queda redactado de la siguiente-manera: “Cuarta: El capital social se fija en la suma de pesos cuatro millones ochocientos noventa mil seiscientos ($ 4.890.600); dividido en catorce mil ochocientas veinte (14.820) cuotas de pesos trescientos treinta ($ 330) de valor nominal cada una, las que son suscriptas totalmente por los socios de la siguiente manera: a) Biagio Salvador Luis Vigorita, dos (2) cuotas o sea $ 660 (pesos seiscientos sesenta), b) Mecha Silvia Hunzicker de Vigorita, dos (2) cuotas o sea $ 660 (pesos seiscientos sesenta), y c) Mariano Rene Vigorita catorce mil ochocientas dieciséis (14.816) cuotas o sea $ 4.889.280 (pesos cuatro millones ochocientos ochenta y nueve mil doscientos ochenta). El aporte de los socios se encuentra totalmente integrado.”
Que la cláusula referida a la administración queda redactada de la siguiente forma: “Quinta: La administración y representación de la sociedad y el consiguiente uso de la firma social estará a cargo de los Sres. Biagio Salvador Luis Vigorita, Mecha Silvia Hunzicker de Vigorita, y Mariano Rene Vigorita, a quienes se los inviste con el carácter de gerentes y desempeñarán sus funciones durante el plazo de duración de la sociedad. Los socios gerentes actuarán en forma indistinta, con las limitaciones de la cláusula siguiente, y utilizarán sus firmas con la aclaración de la denominación social y de su carácter de socio gerente. pesos trescientos treinta ($ 330.-) de valor nominal cada una, las que son suscriptas totalmente por los socios de la siguiente manera: a) Biagio Salvador Luis Vigorita, dos (2) cuotas o sea $ 660 (pesos seiscientos sesenta), b) Mecha Silvia Hunzicker De Vigorita, dos (2) cuotas o sea $ 660 (pesos seiscientos sesenta), y c) Mariano Rene Vigorita catorce mil ochocientas dieciséis (14.816) cuotas o sea $ 4.889.280 (pesos cuatro millones ochocientos ochenta y nueve mil doscientos ochenta). El aporte de los socios se encuentra totalmente integrado.”
Que la cláusula referida a la administración queda redactada de la siguiente forma: “Quinta: La administración y representación de la sociedad y el consiguiente uso de la firma social estará a cargo de los Sres. Biagio Salvador Luis Vigorita, Mecha Silvia Hunzicker de Vigorita, y Mariano Rene Vigorita, a quienes se los inviste con el carácter de gerentes y desempeñarán sus funciones durante el plazo de duración de la sociedad. Los socios gerentes actuarán en forma indistinta, con las limitaciones de la cláusula siguiente, y utilizarán sus firmas con la aclaración de la denominación social y de su carácter de socio gerente.”
Santa Fe, 19/09/2013. Fdo. Dra. Estela C. López Bustos, secretaria.
$ 150 210906 Oct. 1
__________________________________________
PANADERIA BALEAR S.A.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados PANADERIA BALEAR S.A. s/modificación art. 14, expediente N° 1057, Folio 40, año 2013, en trámite ante el Registro Público de Comercio se hace saber que los accionistas de PANADERIA BALEAR S.A. han dispuesto modificar el artículo n° 14 del Estatuto Social el que queda redactado de la siguiente manera: Articulo 14°: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes. Para contraer deudas superiores a la suma de dólares estadounidenses cincuenta mil (U$S 50.000) o su equivalente en pesos y para aquellas operaciones para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al art. 1881 del Código Civil y el art. 9 del decreto 5965/63, y en especial para la venta de bienes inmuebles y constitución o cesión de derechos reales sobre éstos, será necesario contar con la aprobación de la mitad mas uno de los votos totales de las acciones emitidas teniendo en cuenta la pluralidad de votos. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con entidades financieras públicas o privadas, establecer agencias o sucursales u otra especie de representación dentro o fuera del país, otorgar a una o mas personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente, o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio, siendo necesario el aditamento del sello con la denominación social “Panadería Balear “ S.A. a cada firma para obligar a la sociedad, pudiendo éste nombrar apoderados para el caso de considerarlo necesario.
Santa Fe, 23/09/2013. Fdo. Dra. Estela C. López Bustos, secretaria.
$ 66 210982 Oct. 1
__________________________________________
LITORAL VIRTUAL S.R.L.
CESION DE CUOTAS
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe a los 16 día del mes de Julio de 2013 entre Pablo Leonel Serbassi argentino, nacido el 09/01/1972, abogado, casado en primeras nupcias con la señora María Fernanda Salsa, con domicilio en Mendoza Nº 3.179 dpto. 3 de la localidad de Rosario, con D.N.I. Nº 22.510.200, C.U.I.T. 20-22510200-8 y Cintia María Sandhagen, argentina, nacido el 17/09/1974, comerciante, casada en primeras nupcias con el señor Mariano Leone, con domicilio en Cordiviola 937 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. N° 23.978.649, C.U.I.T. 27-23978649-4 en sus carácter de únicos y actuales socios de LITORAL VIRTUAL S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos de fecha 02/11/2007, Tomo 158, Folio 26.077, Nro. 2052, convienen de común acuerdo celebrar el presente Contrato de Cesión de Cuotas y la modificación de la cláusula quinta del Contrato Social.
Primera: Pablo Leonel Serbassi, Vende Cede y Transfiere en plena propiedad la cantidad de cincuenta (50) cuotas de Capital de valor nominal cien pesos ($ 100) cada una de la sociedad Litoral Virtual S.R.L. a Cintia Maria Sandhagen, quien acepta de conformidad.-
Segunda: La presente Cesión de Cuotas se realiza por la suma de Pesos Diez mil ochocientos ($ 10.800), que Cintia María Sandhagen abonara a Pablo Leonel Serbassi $ 900 por mes a cada uno en efectivo durante 12 meses los días 10 de cada mes contando a partir de la inscripción de dicho contrato, quien acepta de conformidad.-
Tercera: Con la presente Cesión de Cuotas, el Cedente Transfiere al Cesionario quien acepta de conformidad con las cuotas partes objeto del presente contrato, la parte proporcional de todos los créditos y débitos que por cualquier causa o motivo tuviere como S.R.L., comprendida por los saldos en Cuentas Particulares, Reservas, Resultados No Asignados, Dividendos y cualquier otra cuenta integrante de la referida sociedad.-
Cuarta: Como consecuencia de la presente Cesión de Cuotas, la cláusula quinta del Contrato Social referente al Capital Social, queda redactada de la siguiente manera:
Quinta: El capital se fija en la suma de pesos cuarenta mil ($40.000) divididos en cuatrocientas (400) cuotas de pesos cien ($100) valor nominal cada una y de un (1) voto por cuota, que los socios suscriben de la siguiente manera:
El Sr. Pablo Leonel Serbassi, suscribe ciento cincuenta (150) cuotas de capital de valor nominal cien pesos ($100), representativa de un Capital Social de quince mil pesos ($15.000) y la Sra. Cintia María Sandhagen, suscribe doscientas cincuenta (250) cuotas de capital de valor nominal cien pesos ($ 100), representativa de un Capital Social de veinticinco mil ($ 25.000).
Quinta: Pablo Leonel Serbassi, y Cintia Maria Sandhagen, siguen siendo como consecuencia de la presente Cesión de Cuotas, únicos y actuales socios de Litoral Virtual S.R.L.
Sexta: En este acto presta su consentimiento conyugal a la realización del presente Contrato de Cesión de Cuotas Maria Fernanda Salsa en carácter de cónyuge del Cedente.
Datos de los actuales socios: Pablo Leonel Serbassi argentino, nacido el 09/01/1972, abogado, casado en primeras nupcias con la señora Maria Fernanda Salsa, con domicilio en Mendoza N° 3.179 dpto. 3 de la localidad de Rosario, con D.N.I. Nº 22.510.200, C.U.I.T. 20-22510200-8 y Cintia María Sandhagen, argentina, nacido el 17/09/1974, comerciante, casada en primeras nupcias con el señor Mariano Leone, con domicilio en Cordiviola 937 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. N° 23.978.649, C.U.I.T. 27-23978649-4.-
$ 130 210960 Oct. 1
__________________________________________
LITORAL MOVIL S.R.L.
CESION DE CUOTAS
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe a los 16 día del mes de Julio de 2013 entre Pablo Leonel Serbassi argentino, nacido el 09/01/1972, abogado, casado en primeras nupcias con la señora María Fernanda Salsa, con domicilio en Mendoza N° 3.179 Dpto. 3 de la localidad de Rosario, con D.N.I. Nº 22.510.200, C.U.I.T. 20-22510200-8 y Cintia María Sandhagen argentina, nacido el 17/09/1974, comerciante, casada en primeras nupcias con el señor Mariano Leone, con domicilio en Cordiviola 937 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. N° 23.978.649 C.U.I.T. 27- 23978649-4 en sus carácter de únicos y actuales socios de Litoral Móvil S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos de fecha 11/06/2007, Tomo 158, Folio 12 614 Nro 961 convienen de común acuerdo celebrar el presente Contrato de Cesión de Cuotas y la modificación de la cláusula quinta del Contrato Social.
Primera: Pablo Leonel Serbassi, Vende Cede y Transfiere en plena propiedad la cantidad de cincuenta (50) cuotas de Capital de valor nominal cien pesos ($ 100) cada una de la sociedad Litoral Móvil S.R.L. a Cintia Maria Sandhagen, quien acepta de conformidad.-
Segunda: La presente Cesión de Cuotas se realiza por la sumare Pesos Diez mil ochocientos ($ 10.800), que Cintia María Sandhagen abonará a Pablo Leonel Serbassi $ 900 por mes a cada uno en efectivo durante 12 meses los días 10 de cada mes contando a partir de la inscripción de dicho contrato, quien acepta de conformidad.-
Tercera: Con la presente Cesión de Cuotas, el Cedente Transfiere al Cesionario quien acepta de conformidad con las cuotas partes objeto del presente contrato, la parte proporcional de todos los créditos y débitos que por cualquier causa o motivo tuviere como S.R.L., comprendida por los saldos en Cuentas Particulares, Reservas, Resultados No Asignados, Dividendos y cualquier otra cuenta integrante de la referida sociedad.-
Cuarta: Como consecuencia de la presente Cesión de Cuotas, la cláusula quinta del Contrato Social referente al Capital Social, queda redactada de la siguiente manera:
Quinta: El capital se fija en la suma de pesos cuarenta mil ($40.000) divididos en cuatrocientas (400) cuotas de pesos cien ($100) valor nominal cada una y de un (1) voto por cuota, que los socios suscriben de la siguiente manera:
El Sr. Pablo Leonel Serbassi, suscribe ciento cincuenta (150) cuotas de capital de valor nominal cien pesos ($100), representativa de un Capital Social de quince mil pesos ($15.000) y la Sra. Cintia María Sandhagen, suscribe doscientas cincuenta (250) cuotas de capital de valor nominal cien pesos ($100), representativa de un Capital Social de veinticinco mil ($25.000).
Quinta: Pablo Leonel Serbassi, y Cintia Maria Sandhagen, siguen siendo como consecuencia de la presente Cesión de Cuotas, únicos y actuales socios de Litoral Móvil S.R.L.
Sexta: En este acto presta su consentimiento conyugal a la realización del presente Contrato de Cesión de Cuotas Maria Fernanda Salsa en carácter de cónyuge del Cedente.
Datos de los actuales gerentes: Pablo Leonel Serbassi argentino, nacido el 09/01/1972, abogado, casado en primeras nupcias con la señora María Fernanda Salsa, con domicilio en Mendoza N° 3.179 dpto. 3 de la localidad de Rosario, con D.N.I. N° 22.510.200, C.U.I.T.- 20-22510200-8 y Cintia María Sandhagen, argentina, nacido el 17/09/1974, comerciante, casada en primeras nupcias con el señor Mariano Leone, con domicilio en Cordiviola 937 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. N° 23.978.649, C.U.I.T. 27-23978649-4.
$ 130 210958 Oct. 1
__________________________________________
SWS S.R.L.
CESION DE CUOTAS
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 26 días del mes de agosto del año dos mil trece, se acordó lo siguiente: El socio Juan Alberto Sugasti vende, cede y transfiere, por un valor total de pesos cincuenta mil ($ 50.000) al Sr. Nicolás Ponte, argentino, titular del D.N.I. Nº 20.173.261, C.U.I.T. Nº 20-20173261-2, nacido el 8 de mayo de 1968, casado en primeras nupcias con Marisa Semino, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Morrison Nº 1760 de la ciudad de Rosario, la cantidad de quinientas (500) cuotas de capital de pesos cien ($ 100) cada una de valor nominal; la soda Patricia Alejandra Martín vende cede y transfiere, por un valor total de pesos cincuenta mil ($ 50.000) al Sr. Nicolás Ponte, la cantidad de quinientas (500) cuotas de capital de pesos cien ($ 100) cada una de valor nominal; el socio Diego Walter Willi vende cede y transfiere, por un valor total de pesos treinta y cinco mil ($ 35.000) al Sr. Nicolás Ponte la cantidad de trescientas cincuenta (350) cuotas de capital de pesos cien ($ 100) cada una de valor nominal, y vende cede y transfiere, por un valor total de pesos quince mil ($ 15.000) al Sr. José Luis Ponte, argentino, titular del D.N.I. N° 6.035.413, C.U.I.T. N° 20-06035413-9, nacido el 15 de diciembre de 1939, casado en primeras nupcias con Ana Inés Uranga, de profesión comerciante, domiciliado en la Ruta 9 Km. 315,5 S/N Zona Rural de la ciudad de Funes, la cantidad de ciento cincuenta (150) cuotas de capital de pesos cien ($ 100) cada una de valor nominal.
El Sr. Juan Alberto Sugasti renuncia en ese acto a su cargo de gerente de la sociedad.
Los socios resuelven por unanimidad designar como gerente al Sr. Nicolás Ponte.
$ 75 210979 Oct. 1
__________________________________________
CVN MOTORS S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición de la Sra. Secretaria Subrogante del Juzgado en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación y de la Sra. Jueza Subrogante en Primera Instancia del Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto a cargo del Registro Público de Comercio, se ordena la siguiente publicación de edictos, por Resolución de fecha 13 de septiembre de 2.013, mediante la cual se hace conocer el Directorio de CVN MOTORS S.A., con domicilio en la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, mandato que durará en sus funciones por tres ejercicios a saber: Presidente: Leandro José Iraola D.N.I. 23.356.440 nacido el 10 de septiembre de 1973, en Venado Tuerto. Casado en primeras nupcias con Melina Carignano, comerciante, con domicilio en Roca N° 1165, Venado Tuerto, Santa Fe, Argentina. Vicepresidente: Martín Iraola D.N.I. 27.733.849 nacido el 13 de noviembre de 1979, en Venado Tuerto, comerciante. Divorciado, domiciliado en Roca 1165, Venado Tuerto, Santa Fe, Argentina. Director Suplente: Patricia Iraola D.N.I. 22.483.833, nacida el 09 de mayo de 1972, en Venado Tuerto, comerciante. Casada en primeras nupcias con Esteban Mariano Burgio, con Domicilio en Jorge Newbery N° 2590 - Venado Tuerto Santa Fe – Argentina. Venado Tuerto, 23 de septiembre de 2013.
$ 71,61 211011 Oct. 1
__________________________________________
CORMAX S.R.L
DISOLUCION
En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe a los 04 días del mes de septiembre de 2013 se reúnen Gusella Artemio Juan, titular de Documento Nacional de Identidad Nº 6.548.660 Argentino, Casado en Primeras Nupcias con Elsa María Pierucci con Libreta Cívica N° 4.899.402, C.U.I.T. 20-06548660-2, Nacido el 22 de Abril de 1940, de 73 años de edad, de profesión Comerciante, domiciliado en calle Paraná 292 de Corral de Bustos, Provincia de Córdoba; Gusella Sandra Verónica, titular de Documento Nacional de Identidad N° 22.304.984, Argentina, Soltera, C.U.I.T. 27-22304984-8, Nacida el 06 de Julio de 1972, de 41 años de edad, de Profesión Comerciante, domiciliada en Calle San Lorenzo 826 Piso 8°. Dpto. “A” de la Ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, en su carácter de únicos socios de “CORMAX S.R.L.” C.U.I.T. 30-70807335-7, sede social en la calle San Lorenzo 826 Piso 8° Dpto. “A” de Rosario, y resuelven por unanimidad: 1) la disolución de la sociedad a partir de su inscripción en el registro público de comercio; y 2) la designación como liquidador al socio Sandra Verónica Gusella.
$ 56 210937 Oct. 1
__________________________________________
TRANSPORTE FRANCO S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario se hace saber lo siguiente:
Los datos personales de la nueva socia que se incorporó a la sociedad: Debora Marina Franco, argentina, nacida el 5 de enero de 1988, empleada, titular del D.N.I. 32.763.250, soltera, con domicilio en Pasaje Gezrik 178 de la localidad de Oliveros (Pcia. De Santa Fe), C.U.I.L. 27-32763250-2. Asimismo la cesión y transferencia de cuotas se formalizó mediante instrumento de cesión celebrado el 2 de septiembre de 2013.
$ 45 210975 Oct. 1
__________________________________________
LA CEPA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
LA CEPA S.A. con sede social en la calle Rioja 2120, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, en la sección Estatutos en el Tomo 92, Folio 200 N° 11, ha resuelto en el acta de asamblea ordinaria de fecha 20 de agosto de 2013, lo siguiente: Designación de los representantes, a las siguientes personas: Director titular y Presidente: Margarita María Girardi; Director Suplente: Ider Ramón Cerutti.
$ 45 210953 Oct. 1
__________________________________________
MEGA GROUP S.R.L.
CESION DE CUOTAS
1) Fecha del Contrato: 1 de Agosto de 2013
2) Cesión de Cuotas: Alberto Raúl Pesaola nacionalidad argentina, nacido el 18 de Agosto de 1966, de profesión comerciante, con documento de Identidad D.N.I. 17.798.118, C.U.I.T. 20-17798118-5 de apellido materno Glagnorio, de estado civil divorciado, con domicilio en calle Las Heras 270 de la localidad de Alcorta, departamento Constitución, cede y transfieren a título gratuito seiscientas cuotas sociales (600), de pesos diez ($10) cada una, o sea pesos seis mil ($ 6.000), que representan la totalidad de cuotas sociales que le pertenecen en la sociedad, a Paulina Carla Pesaola de nacionalidad argentina, nacida el 1 de Agosto de 1989, de profesión estudiante, D.N.I. 34.525.546, C.U.I.T. 27-34525546-5, de apellido materno Corona, de estado civil soltera, con domicilio en calle España 549 de la localidad de Alcorta, departamento Constitución.
3) Designación de socio Gerente: Se designa como socio gerente al socio ingresante Pualina Carla Pesaola, A tal fin usará su propia firma con el aditamento de “socio-gerente”, precedida de la denominación social, actuando en forma individual.
$ 45 210933 Oct. 1
__________________________________________
MATERIALES PRIMARIOS S.R.L.
OBJETO SOCIAL
Por reunión de socios de fecha 15 de noviembre de 2012, Jorge Alberto Baraguid, argentino, nacido el 8 de noviembre de 1959, soltero, materno Abraham, comerciante, D.N.I. N° 13502418, C.U.I.T. Nº 20135024180 domiciliado en calle rioja 1637 de Rosario, y Liliana Mirta Besi, argentina, nacida el 02 de abril de 1969, materno Bruzatti, soltera, D.N.I. N° 20700864 C.U.I.T. 20-20700864-9, con domicilio en calle Chacabuco 1518 de Rosario, comerciante, han resuelto constituir una sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación será MATERIALES PRIMARIOS S.R.L. Capital $ 150.000.
Duración 20 años. Gerencia: uno o mas socios. Designado Jorge Alberto Baraguid. Objeto: dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a la Transformación, elaboración, compra venta, importación, exportación, consignación, distribución, representación, comisión, concesión y/o mandatos, explotación y/o concesión de franquicias de materias primas y productos elaborados y manufacturados textiles, comprendidos sus procesos de industrialización y comercialización, tanto en la fuente de origen de sus materias primas como en sus etapas posteriores, con todas las actividades afines, tratamiento de todos los productos y subproductos destinados a la industria del vestido, tales como lanas, algodones, rayones, sedas y toda clase de fibras naturales o artificiales, comercializando, estampando, tiñiendo y confeccionando prendas de vestir de cualquier tipo.
Sede social: Presidente Roca 1019 -2000 Rosario. Fiscalización Art. 55 Isc.
Cierre de ejercicio: 31 de abril
$ 72 210883 Oct. 1
__________________________________________
BAQUE-GOÑI S.A.
ESTATUTO
1) María Lidia Baqué, argentina, Documento Nacional de Identidad N° 12.404.475, CUIT 27-12404475-3, de estado civil soltera, nacida el 25 de Febrero de 1956, domiciliada en calle Buenos Aires 1272, piso 3, Departamento “B”, de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, de profesión Ingeniera Civil; y Hugo Juan Goñi, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 8.071.321, C.U.I.T. 20-08071321-6, casado en segundas nupcias con Maria Sol Chinellato, nacido el 28 de Diciembre de 1950, domiciliado en calle Italia 515, piso 3, de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, de profesión Arquitecto.
2) 28 de Febrero de 2012.
3) Baqué-Goñi Sociedad Anónima.
4) Buenos Aires 1272, piso 3, departamento “B”, ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe.-
5) La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: a) Industriales y Comerciales: La construcción y venta de edificaciones destinadas a vivienda, comercio o industria, realizada por procedimientos industriales ó tradicionales y montadas in situ en terreno de los compradores. Exportación de edificaciones completas o partes de ellas, destinadas a vivienda, comercio o industria, realizadas por procedimientos industriales para ser montadas in situ en terreno de los compradores. En caso de ser necesario, se contratarán profesionales en la materia respectiva, debiendo devengarse por separado sus honorarios. b) Representaciones y Mandatos: El ejercicio de todo tipo de representaciones nacionales y/ó extranjeras; la explotación de concesiones y la realización de comisiones, agencias, gestiones de negocios y mandatos.- A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
6) Su término de duración será de noventa y nueve años contados desde su inscripción en el Organo Registral.
7) Doscientos mil pesos ($ 200.000).
8) La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5), con mandato por tres ejercicios, cuyos miembros podrán ser reelectos indefinidamente.- La asamblea designará como mínimo un (1) Director suplente y como máximo cinco (5) por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produzcan en el orden de su elección. El Directorio en su primera sesión nombrará un Presidente y, en su caso, un Vicepresidente.- El Vicepresidente reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento.- El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fijará la remuneración de los miembros del Directorio.
9) Presidente Sra. María Lidia Baqué, quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula novena del contrato social.-
10) La representación social corresponde al Presidente del Directorio o al Director que lo reemplace.
11) 30 de Junio de cada año.
$ 90 210884 Oct. 1
__________________________________________
GAIA S.R.L.
EDICTO COMPLEMETARIO
Organización y representación legal El uso de la firma social estará a cargo del socio gerente Roberto Horacio Orlowski y la fiscalización estará a cargo de cualquiera de los socios.
$ 45 210917 Oct. 1
__________________________________________
CLF Higiene y Seguridad S.R.L.
FISCALIZACION
Fiscalización de la Sociedad: Podrá ser ejercida portados los socios, conforme lo dispuesto por las Leyes 19.550 y 22.903.
$ 45 210954 Oct. 1
__________________________________________
A. MELIAN E HIJOS S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dr. Marcelo S. Ferraro, Secretaría a cargo de la Dra María Julia Retracco, se ordena la publicación de Edictos en el Boletín Oficial.
1) Datos de los Socios: Melian Gustavo Daniel, de nacionalidad argentino, nacido el 10/03/1983, de estado civil soltero, con domicilio en la calle San Juan 33, de ésta localidad de Sancti Spíritu, titular de documento nacional de identidad N° 29.860.900 y el Sr. Melian Sergio David, de nacionalidad argentino, nacido el 06/02/1968, de ocupación transportista, de estado civil casado con la Sra. Bruno Hilda Esther, con domicilio en Entre Ríos 70 de ésta localidad de Sancti Spíritu, titular de documento nacional de identidad N° 20.142.737, y el Sr. Melian Leonardo Omar, de nacionalidad argentino, nacido el 14/05/1984, de estado civil soltero, con domicilio en la calle San Juan 33, de ésta localidad de Sancti Spíritu, titular de documento nacional de identidad N° 30.859.137, y el Sr. Melian FERNANDO ARIEL, de nacionalidad argentino, nacido el 27/02/1974, de estado civil soltero, con domicilio en la calle Estanislao López 144 de ésta localidad de Sancti Spíritu, titular de documento nacional de identidad N° 23.797.875.
2) Fecha de Constitución: 09 de Septiembre del 2013.
3) Denominación Social: “A.MELIAN e HIJOS SRL”.
4) Domicilio: San Juan 33, Sancti Spíritu, Prov. de Santa Fe.
5) Duración: Veinte (20) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Transporte nacional e internacional de todo tipo de bienes y/o mercadería ya sea con medios de transporte propios y/o de propiedad de terceros que se contrataren para tal fin y la realización de servicios conexos. En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto.
7) Capital Social: El Capital Social se fija en la suma de Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000) dividido en Dos Mil Quinientas (2500) cuotas de $ 100 cada una, que los socios suscriben íntegramente en este acto de la siguiente manera: el Sr. Melian Gustavo Daniel suscribe Seiscientas Veinticinco (625) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Sesenta y Dos Mil Quinientos ($62.500.-) que integra: en forma proporcional, un 25% (veinticinco por ciento) en este acto y el saldo dentro del plazo de dos años contados a partir de la fecha del presente contrato; y el Sr Melian Sergio David, suscribe Seiscientas Veinticinco (625) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Sesenta y Dos Mil Quinientos ($ 62.500) que integra: en forma proporciona], un 25% (veinticinco por ciento) en este acto y el saldo dentro del plazo de dos años contados a partir de la fecha del presente contrato, y el Sr. Melian Fernando Ariel suscribe Seiscientas Veinticinco (625) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Sesenta y Dos Mil Quinientos ($ 62.500) que integra: en forma proporcional, un 25% (veinticinco por ciento) en este acto y el saldo dentro del plazo de dos años contados a partir de la fecha del presente contrato, y el Sr. Melian Leonardo Omar suscribe Seiscientas Veinticinco (625) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Sesenta y Dos Mil Quinientos ($ 62500) que integra: en forma proporcional, un 25% (veinticinco por ciento) en este acto y el saldo dentro del plazo de dos años contados a partir de la fecha del presente contrato.
8) Administración y Representación Legal: Será desempeñada por el Sr. Melian Gustavo Daniel con el cargo de Gerente según Acta Acuerdo.
9) Fecha de Cierre de Ejercicio: 31 de Julio de cada año.
10) Fiscalización. Reunión de Socios: La fiscalización y contralor de las operaciones sociales podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquiera de los socios, pudiendo inspeccionar libros, cuentas y demás documentos de la sociedad, por sí o por representantes legales y técnicos debidamente acreditados. Los socios se reunirán por lo menos una vez al año para considerar el Inventario, Balance general. Cuadro de Ganancias y Pérdidas, y todas las demás veces que cualquiera de los socios lo requiera, previa citación de los restantes socios con una anticipación no menor a veinte (20) días corridos y mención expresa del orden del día, salvo que decidan de común acuerdo celebrarla en cualquier oportunidad y para tratar temas cuya decisión sea por unanimidad.
11) Sancti Spíritu, 22/09/2013.
$ 359,04 210977 Oct. 1
__________________________________________
9 DE MARTIN S.R.L.
RECONDUCCION
1) Fecha del instrumento que dispone la reconducción: 15 de Junio de 2013.
2) Socios: la Sra. Beatriz Mercedes Francioni, D.N.I. Nº 13.696.626, nacida el 14/10/1959, de estado civil divorciada según sentencia nro. 422/2002 del Juzgado Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto con fecha 18/09/2002, argentina, de profesión comerciante, domiciliada en calle La Rioja nº 92 de la localidad de Venado Tuerto - Provincia de Santa Fe; el Sr. Néstor Hugo Bacalini, D.N.I. n° 6.140.744, nacido el 30/08/1945, de estado civil divorciado según sentencia nro. 175/2001 del Juzgado Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto con fecha 19/04/2001, argentino, de profesión veterinario, con domicilio en calle La Rioja n° 92 de la localidad de Venado Tuerto - Provincia de Santa Fe; la Srta. Gisela Soledad Rotondo, D.N.I. n° 28.274.630, nacida el 08/11/1980, soltera, argentina, de profesión abogada, domiciliada en la calle Almafuerte 964 de la localidad de Venado Tuerto; el Sr. Marcos Alexis Fredes, D.N.I. n° 26.681.153, nacido el 22/03/1978, de estado civil divorciado según resolución de fecha 25/07/2005 (Expte. 7885/2003) del Juzgado de Paz letrado de la ciudad de Salto - Provincia de Buenos Aires, argentino, de profesión comerciante, domiciliado en calle Presidente Perón (ex Estados Unidos) n° 1232 de la ciudad de Venado Tuerto; y el Sr. Ignacio Martín Bacalini, D.N.I. n° 29.830.798, nacido el 25/04/1983, soltero, argentino, de profesión comerciante, domiciliado en calle Neuquén n° 61 de la ciudad de Venado Tuerto.
3) Razón Social: 9 de Martín S.R.L.
4) Domicilio Social: Francisco Carelli n° 2800 de Venado Tuerto. Santa Fe.
5) Plazo de duración: diez años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la reconducción.
6) Objeto Social: Procesamiento y/o transformación de materias primas de origen animal y/o vegetal y/o mineral con destino a la alimentación animal para su posterior comercialización tanto en el mercado interno como en el externo.
7) Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos Ciento Sesenta Mil ($ 160.000) dividido en un mil seiscientas (1.600) cuotas partes de valor nominal pesos cien ($ 100) cada una, de las cuales el señor Néstor Hugo Bacalini posee seiscientas ochenta (680) cuotas, a sea la suma de pesos sesenta y ocho mil ($ 68.000), la señora Beatriz Mercedes Francioni posee quinientas sesenta (560) cuotas, o sea la suma de pesos cincuenta y seis mil ($ 56.000), la señorita Gisela Soledad Rotondo posee ciento sesenta (160) cuotas, o sea la suma de pesos dieciséis mil ($ 16.000); el señor Marcos Alexis Fredes posee ciento sesenta (160) cuotas, o sea la suma de pesos dieciséis mil ($ 16.000) y el señor Ignacio Marin Bacalini posee cuarenta (40) cuotas, o sea la suma de pesos cuatro mil (4.000).-
8) Administración y Representación: a cargo de la Sra. Beatriz Mercedes Francioni, D.N.I. N° 13.696.626 y el sr. Néstor Hugo Bacalini D.N.I. 6.140.744 quienes actuarán en forma individual e indistinta.
9) Fiscalización: estará a cargo de todos los socios, quienes la ejercerán por si mismos. En la deliberación de los asuntos que interesen a la sociedad expresarán su voluntad en reuniones, cuyas resoluciones serán asentadas en un Libro de Actas que se llevará al efecto.
10) Fecha cierre ejercicio: 30 de Junio de cada año.
11) Disolución y Liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el Art. 94 de la Ley 19550.
Venado Tuerto, 23 de Septiembre de 2013.
$ 160 211003 Oct. 1
__________________________________________
MEULE S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por estar así dispuesto en los Autos Caratulados: MEULE SRL S/ PRORROGA MOD. ART 3°, Expte. Nº 1195 - Folio 45 - Año 2.013, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que:
En la ciudad de Santa Fe a los 26 (veintiséis) días del mes de agosto de dos mil trece entre Ernesto Ignacio Teplitzky, de apellido materno Spector, nacido el 07 de Diciembre de 1959, CUIT Nº 20-13728279-9, DNI. 13.728.279, comerciante, de nacionalidad argentino, casado en primeras nupcias con Clara Raquel Malqui, con domicilio en calle Francia Nº 1311 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe y Ariel Martín Teplitzky, de apellido materno Malqui, nacido el 18 de Enero de 1982, CUIL Nº 20-29233601-3, DNI. 29.233.601, comerciante, de nacionalidad argentina, casado en primeras nupcias con María Mercedes Caminito Iturraspe, con domicilio en calle Francia Nº 1311 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y de común acuerdo en este acto, resuelven modificar del contrato constitutivo de la sociedad “MEULE S.R.L.”, la cláusula tercera prorrogando la duración de la sociedad en 10 años contados a partir del vencimiento del contrato social, que se produce el día 22 Setiembre de 2013. Por lo tanto se establece que la duración se prorroga por el término de 10 años más, contados a partir de la fecha de vencimiento del contrato social, que se produce el 22 de Setiembre de 2.013, pasando a ser la duración de 20 años desde la fecha de inscripción del contrato de constitución en el Registro Público de Comercio, venciendo el 22 de Setiembre de 2.023. De acuerdo a lo acordado la nueva cláusula del contrato queda redactada de la siguiente forma:
Tercero: El plazo de duración de la sociedad será de 20 (veinte) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio o sea desde el 22 de Setiembre de 2.003, pasando por lo tanto a vencer el día 22 de Setiembre de 2.023 y se prorrogará por igual período previo cumplimiento de lo establecido en el art. 95 de la Ley 19.550 si de común acuerdo los socios no disponen lo contrario.
Santa Fe, 23/09/2013. Estela C. López Bustos, secretaria.
$ 89 211013 Oct. 1
__________________________________________
LOS TAMAYOS S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez subrogante de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18º Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco y por Resolución de fecha 13 de Septiembre de 2013, se ordenó la publicación de edictos de la celebración del contrato social de LOS TAMAYOS S.R.L.
1) Fecha de constitución: 4 de marzo de 2013.
2) Socios: Mauro Javier Cavallo, argentino, nacido el 29 de abril de 1981, D.N.I. N° 28.533.474, de estado civil soltero, de profesión Ingeniero Agrónomo, con domicilio en calle Mendoza N° 108 de la ciudad de Venado Tuerto y Maso S.R.L. CUIT N° 30-71244860-8, inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos, Tomo-40, Folio 159, N° 2048, con fecha 21/12/2012, con domicilio legal en calle Laprida N° 345 de la ciudad de Venado Tuerto, representada en este acto por Nora Lidia Coassolo, argentina, nacida el 03 de marzo de 1956, D.N.I. N° 12.326.020, de estado civil casada en primeras nupcias con Marcelo Taricco, de profesión comerciante, con domicilio en calle Laprida N° 345 de la ciudad de Venado Tuerto, en carácter de Socio Gerente.
3) Razón Social: LOS TAMAYOS S.R.L.
4) Domicilio Social: La sociedad tiene su domicilio legal en la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero. Se resuelve por unanimidad fijar sede social en calle Alvear N° 1438 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.
5) Plazo de Duración: 99 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.
6) Objeto Social: La sociedad se dedicará a la siguiente actividad; Transporte en General: Explotación del transporte de cargas en general, fletes, acarreos, encomiendas y equipajes, su correspondiente distribución, almacenamiento, y depósito, en vehículos propios y/o de terceros. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos aquellos actos que no estén prohibidos por este contrato o por las leyes.
7) Capital social: El capital social se fija en la suma de $ 200.000.- (pesos doscientos mil), dividido en veinte mil cuotas de $ 10.- (pesos diez) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Mauro Javier Cavallo suscribe diez mil cuotas de capital, o sea $ 100.000 (pesos cien mil) y MASO S.R.L. suscribe diez mil cuotas de capital, o sea $ 100.000 (pesos cien mil). Los socios integran el 25% (veinticinco por ciento) del capital en este acto en efectivo, comprometiéndose a integrar el 75% (setenta y cinco por ciento) restante en un plazo no mayor de dos años a partir de la fecha del presente contrato.”
8) Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social. El o los socios gerentes o gerentes durarán en sus funciones por tres años pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrán actuar en forma indistinta, efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y Decreto N° 5965/63, artículo 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Se resuelve fijar en uno el número de gerentes y designar para tales funciones al Señor Mauro Javier Cavallo.
9) Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios.
10) Fecha cierre de Ejercicio: 30 de junio de cada año.
$ 159,72 210990 Oct. 1
__________________________________________
CORTINAS-CARDINI S.R.L.
DURACION
Se deja constancia que la nueva redacción del Art. Segundo de su estatuto quedará formalizado de la siguiente manera: Segundo.- Duración: El término de duración se fija en cinco (5) años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la presente reactivación.
$ 45 210992 Oct. 1
__________________________________________